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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 246680
Resolución de la presidenta del patronato de la Fundación para el Deporte Balear por la que se aprueba la Base de la convocatoria del proceso de selección para cubrir un puesto de trabajo de Responsable de medicina deportiva del Centro de Tecnificación Deportiva de las Illes Balears (CTEIB) de la Fundación para el Deporte Balear

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 21 de febrero de 2013 se firmó el acuerdo entre la Fundación para el Deporte Balear y el Comité de Empresa relativo a la relación de puestos de trabajo (RPT) del personal al servicio de la Fundación para el Deporte Balear, que se aprobó en la sesión de Patronato de la Fundación de 25 de febrero de 2013. Esta RPT incluye el puesto de responsable de medicina deportiva.

2. En la sesión de Patronato de día 8 de octubre de 2020, el Patronato de la Fundación para el Deporte Balear ratifica la relación de puestos de trabajo (RPT) actual de la Fundación para el Deporte Balear.

3. Desde el día 14 de julio de 2022, la persona que ocupaba este puesto como médico responsable del Centro Médico está de baja por incapacidad temporal, cuya finalización es imprevisible.

4. Con el fin de cubrir este tipo de necesidades, a llevar a cabo por un médico o médica del deporte, con la inmediatez que requiere, se formalizó un contrato menor de servicio médico externo, el cual finalizó el pasado 28 de febrero de 2023.

5. En la sesión de Patronato de la Fundación para el Deporte Balear de día 27 de febrero de 2023, se aprobó la convocatoria y el borrador de bases para la selección de un/a responsable de medicina deportiva de la fundación con la mayor agilidad posible.

6. En fecha 27 de marzo de 2023, la Fundación para el Deporte Balear recibió el informe favorable de la Dirección General de Función Pública en relación con las bases de la citada convocatoria.

Por todo esto, se toma el siguiente

Acuerdo

1. Aprobar la convocatoria del proceso de selección para cubrir un puesto de trabajo de Responsable de medicina deportiva del Centro de Tecnificación Deportiva de las Islas Baleares (CTEIB) de la Fundación para el Deporte, las bases que constan en el anexo 1 y el baremo de méritos que consta en el anexo 2 (Acuerdo del Patronato de la Fundación para el Deporte Balear de 27 de febrero de 2022).

2. Hacer público el modelo de solicitud a disposición de las personas interesadas en la página web www.fundacioesportbalear.es.

3. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (11 de abril de 2023)

La presidenta del Patronato de la Fundación para el Deporte Balear Fina Santiago Rodríguez

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria del proceso de selección para cubrir un puesto de trabajo de Responsable de medicina deportiva del Centro de Tecnificación Deportiva de las Islas Baleares (CTEIB) de la Fundación para el Deporte Balear

1. Objeto

El objeto de esta convocatoria es la contratación con carácter temporal (hasta la reincorporación de la persona titular del puesto de trabajo, cobertura definitiva del puesto de trabajo o un máximo de tres años) del puesto de trabajo de Responsable de medicina deportiva del Centro de Tecnificación Deportiva de las Islas Baleares (CTEIB) de la Fundación para el Deporte Balear.

La relación contractual será de 37,5 horas semanales.

2. Forma de selección

La selección se realizará mediante el procedimiento de concurso de méritos, de conformidad con el baremo (anexo 2).

3. Requisitos y condiciones de las personas aspirantes

Para la admisión a estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán cumplir, en la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o la de un estado de la Unión Europea, o ser nacional de otros estados con las condiciones establecidas en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público.

b) Tener 16 años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo de Responsable de medicina deportiva del Centro de Tecnificación Deportiva de las Illes Balears (CTEIB) de la Fundación para el Deporte Balear.

d) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las de la categoría correspondiente. En caso de personas nacionales de otro estado, no haber sido inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.

e) Estar en posesión de la licenciatura en medicina (especialidad en medicina de la educación física y el deporte) o titulación equivalente. En el supuesto de titulaciones expedidas en el extranjero, debe aportarse la homologación correspondiente del Ministerio de Educación.

f) Estar en posesión del conocimiento de la lengua catalana (nivel B2), de conformidad con lo que dispone el artículo 4 del Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia de la lengua catalana en procedimientos selectivos de acceso en la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. En caso de no poder acreditar este nivel, la persona dispone de un período de dos años para acreditarlo.

En caso de que ningún aspirante reúna todos los requisitos y condiciones establecidos en este apartado, podrán aceptarse aspirantes que no acrediten el requisito f).

4. Funcions del lloc de treball de Responsable de medicina esportiva del Centre de Tecnificació Esportiva de les Illes Balears (CTEIB) de la Fundació per a l'Esport Balear

La persona que ocupe el puesto de Responsable de medicina deportiva del Centro de Tecnificación Deportiva de las Islas Baleares (CTEIB) de la Fundación para el Deporte Balear será la encargada de realizar las siguientes funciones:

• Atender los problemas de salud de los/las deportistas-pacientes.

• Dirigir y coordinar un centro médico multidisciplinar con directrices acordadas con la gerencia.

• Coordinar la atención sanitaria de los/las deportistas con los/las tutores/as legales y los/las técnicos/as deportivos/as.

• Coordinar el servicio del centro médico con las demandas de atención de los directores/as técnicos/as deportivos/as.

• Impulsar programas de prevención de lesiones y readaptaciones para los deportistas de los distintos programas de tecnificación.

• Facilitar servicios puntuales, como vendajes, por la prevención de lesiones y la seguridad de los deportistas.

• Planificar acciones formativas en materia de salud del deportista.

• Velar por la integridad de los derechos del/de la menor como paciente.

• Contactar y coordinar con otros especialistas sanitarios la atención sanitaria de los/las deportistas.

• Elaborar informes de necesidad para la dotación de material fungible y no fungible del centro médico y cualquier otra necesidad de suministro o servicio propio de su área.

• Redactar informes médicos.

• Coordinar la elaboración de informes y estadísticas sobre cuestiones que puedan resultar de interés para los programas de tecnificación.

• Valorar y prever las necesidades del servicio médico e iniciar los trámites pertinentes a efectos de las necesarias contrataciones.

• Trasladar periódicamente a la gerencia las cuestiones más relevantes que afectan al servicio.

• Proponer innovaciones para la mejora continua de los servicios y de la coordinación entre los distintos profesionales del centro médico.

• Desarrollar cualquier otra responsabilidad que sea propia de su categoría, titulación, de su puesto de trabajo, así como de las competencias generales de su ámbito profesional y/o que le encomiende la gerencia o jefes inmediatamente superiores.

5. Solicitudes y documentación

Las personas interesadas en participar en este proceso selectivo deben presentar una solicitud de acuerdo con el formulario que está a disposición de las personas interesadas en la página web de la Fundación para el Deporte Balear (www.fundacioesportbalear.es) .

A la solicitud, se adjuntará la siguiente documentación:

a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o, en caso de no tener la nacionalidad española, una fotocopia del documento oficial acreditativo de la nacionalidad.

b) Declaración responsable de que se cumple con el requisito de tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que son necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo de Responsable de Medicina Deportiva del Centro de Tecnificación Deportiva de las Illes Balears (CTEIB) de la Fundación para el Deporte Balear, de acuerdo con el modelo que está a disposición de las personas interesadas en la página web de la Fundación para el Deporte Balear.

c) Declaración responsable de que se cumple con el requisito 3.d de estas bases, de acuerdo con el modelo que está a disposición de las personas interesadas en la página web de la Fundación para el Deporte Balear.

d) Título original o copia compulsada que acredite estar en posesión de la licenciatura en medicina (especialidad en medicina de la actividad física y el deporte) o titulación equivalente.

e) Certificado original o copia compulsada que acredite el conocimiento de la lengua catalana (nivel B2).

f) Documentación acreditativa de los méritos.

Las solicitudes y documentación adjunta se podrán presentar de forma presencial o electrónica. Para presentarlo de forma electrónica, se podrá realizar el trámite mediante el Registro Electrónico Común (REC), accediendo al enlace https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do con certificado digital ; dentro de este registro deberá seleccionarse como organismo destinatario la "Consejería de Asuntos Sociales y Deportes" y en el asunto indicar "Convocatoria Fundación para el Deporte Balear". Para presentarlo de forma presencial, se podrá realizar el trámite en el Registro de la Fundación para el Deporte Balear (Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears, calle Gremi Forners, 4, polígono de Son Castelló de Palma) o en cualquiera de los registros que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si la solicitud se hace de forma presencial y se entrega en un lugar diferente al registro de la Fundación para el Deporte Balear, debe enviarse por correo electrónico a (info@fundacioesportbalear.es), el formulario de solicitud con el sello o resguardo que acredite que se ha presentado dentro del plazo establecido. Este correo deberá enviarse a más tardar, durante las 24 horas siguientes a que termine el plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo para presentar las solicitudes es de diez días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Si el último día de presentación de las solicitudes cae en sábado, el plazo se entenderá ampliado hasta el siguiente día hábil.

Se considera que las personas que han presentado una solicitud para participar en esta selección dan su consentimiento para que la Fundación trate sus datos personales a los efectos que se deriven.

6. Lista de personas admitidas y excluidas

Una vez finalice el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web de la Fundación la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de la exclusión. Las personas interesadas disponen de un plazo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de las listas para subsanar los defectos o aportar los documentos preceptivos. Una vez resueltas las enmiendas, se publicará en la página web de la Fundación la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.

7. Comisión técnica de valoración

La comisión técnica de valoración estará formada por las siguientes personas:

Presidente o presidenta:

Titular: Mateu Cañellas Martorell, Coordinador de tecnificación deportiva.

Suplente: Montse Cardona Capellà, Delegada de la Fundación para el Deporte Balear en Menorca.

Secretario o secretaria:

Titular: Jorge Grigelmo Miguel, Responsable de promoción y patrocinio, TIC y I+D.

Suplente: Damià Parpal Ramis, Responsable de formación.

Vocal:

Titular: Carlos García Cerdà, Responsable de psicología deportiva

Suplente: Isabel Pons Llull, responsable de los servicios jurídicos

Se abstendrán de formar parte de la comisión técnica de valoración los cargos de naturaleza política y la persona eventual de la Administración (artículo 51 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma), los funcionarios interinos (artículo 60.2 del EBEP) ni si concurren las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Tampoco pueden formar parte el personal laboral que tenga asignado un crédito horario para desarrollar funciones sindicales o de representación de personal.

En las reuniones de la comisión técnica puede asistir con voz, pero sin voto un miembro del comité de empresa de la Fundación para el Esport Balear. A tal efecto, se comunicarán al comité de empresa, con suficiente antelación, las fechas de las reuniones.

Las funciones básicas de la comisión técnica de valoración son las siguientes:

• Comprobar que las personas aspirantes cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria.

• Valorar los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el baremo establecido (anexo 2).

• Elevar a la gerencia de la Fundación para el Esport Balear un informe con la relación ordenada por puntuación de las personas admitidas y baremadas y las actas firmadas de las reuniones de la comisión técnica.

8. Valoración de méritos

Los méritos alegados deben valorarse de acuerdo con el baremo (anexo 2).

Sólo podrán puntuarse los méritos que sean debidamente justificados mediante la documentación aportada por los candidatos (presentación del original o copia compulsada).

No se valorará ningún mérito profesional si no se especifica claramente su plazo de inicio y de finalización.

No se valorarán las certificaciones acreditativas de formación, que no indiquen las horas de duración de las acciones formativas acreditadas.

9. Publicación de las valoraciones

Una vez concluida la valoración de los méritos, la comisión técnica debe hacer pública, en la página web de la Fundación para el Deporte Balear una lista provisional de las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.

Esta lista debe publicarse por orden de mayor a menor puntuación total.

Las personas aspirantes disponen de un plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la lista para alegar las rectificaciones pertinentes sobre la valoración provisional.

Una vez resueltas las alegaciones debe publicarse la lista definitiva de valoraciones en la página web de la Fundación para el Deporte Balear.

 

ANEXO 2 BAREMO DE MÉRITOS

La puntuación máxima es de 100 puntos

1. Mèrits professionals: 45 punts

• Por cada mes ejerciendo la medicina deportiva con deportistas de alto rendimiento, deportistas de alto nivel o deportistas mayores de 12 años que compitan habitualmente en competiciones de ámbito nacional o internacional: 1,5 puntos (hasta un máximo de 45 puntos)

Las fracciones inferiores a un mes no computarán.

2. Méritos académicos y formativos: 45 puntos

2.1. Formación reglada (máximo 20 puntos)

• Por un máster oficial universitario relacionado con el puesto convocado: 10 puntos

2.2. Formación no reglada (máximo 22 puntos)

• Por un máster propio universitario en traumatología del deporte: 16 puntos

• Por un máster propio universitario en ecografía músculo-esquelética: 14 puntos

• Por cada 10 horas de otras formaciones relacionadas con el puesto convocado: 0,5 puntos

(sólo deben sumarse las actividades de formación que como mínimo sean de 10 horas, no se valorarán los certificados que no indiquen las horas de duración de la acción formativa).

Los cursos con el mismo contenido sólo se valorarán una vez y puntuará el que tenga más créditos o más horas.

2.3. Conocimientos de lengua catalana (máximo 3 puntos)

• Por estar en posesión del certificado acreditativo de conocimientos de lengua catalana:

  • Certificado C2: 2 puntos

  • Certificado C1: 1,5 puntos

  • Certificado LA: 1 punto

Sólo se valora el certificado del nivel más alto que se acredita, además del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, cuya puntuación debe acumularse a la del otro certificado que se acredite.

3. Fase de entrevista (máximo 10 puntos)

El contenido de la entrevista debe versar sobre los méritos alegados por los candidatos en la fase de concurso y su finalidad debe ser valorar la adecuación del aspirante al puesto de trabajo. Debe servir para valorar todos los méritos aportados y realizar un análisis conjunto del currículo del aspirante para determinar la idoneidad con el lugar a proveer. De forma específica debe comprobarse el grado de competencia profesional de los aspirantes.