Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 241102
Estudios de detalles
Por el ayuntamiento en pleno, en sesión ordinaria de día 28 de marzo de 2023, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo, la cual su parte dispositiva dice textualmente:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de Ordenación de Volúmenes de la parcela con referencia catastral 0953118DD8805S, Camino Can Norat, n.º 14..
SEGUNDO.- Proceder a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOIB y en la sede electrónica del Ayuntamiento (https://seuelectronica.marratxi.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS_TABLON&lang=ES) lugar este último donde constará la documentación aprobada.
El acuerdo sobre la aprobación definitiva se comunicará, aparte de los interesados, al Archivo de Urbanismo de las Islas Baleares y al Consell de Mallorca en los términos del artículo 168 del RLOUS. De conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, se tiene que indicar que el estudio de detalle se aprueba de acuerdo con el artículo 141 de las NNSS y que no se modifican los parámetros edificatorios de las mismas NNSS de Marratxí.
Contra este Acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer el recurso de reposición previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 sobre PAC, ante el Alcalde, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación expresa del Acuerdo.
Dicho recurso de reposición, se entenderá desestimado transcurrido otro mes sin que se notifique su resolución.
Contra la resolución del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuera expreso, si no fuera expreso, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo encuentra conveniente.
Marratxí, 3 de abril del 2023
El regidor de Urbanismo Joan Francesc Canyelles Garau