Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIOS DE MEJORA AGRARIA Y PESQUERA (SEMILLA)
Núm. 235366
Resolución de la directora gerente del IRFAP por la que se convoca el procedimiento de provisión por concurso de méritos del puesto de trabajo de Cap de Producció ramadera (L0259000V) adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP)
Hechos
1. El artículo 24 del Convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares dispone que la provisión de puestos de trabajo de personal laboral se puede realizar mediante el sistema de concurso de méritos.
2. El concurso de méritos constituye el sistema normal de provisión de plazas vacantes y se deben tener en cuenta únicamente los méritos exigidos en la convocatoria correspondiente, los cuales se han de determinar de acuerdo con los baremos correspondientes de cada convocatoria, acordados con el comité de empresa.
3. Constituye el objeto de esta Resolución la aprobación del procedimiento de provisión por concurso de méritos del puesto de trabajo de Cap de Producció ramadera (L0259000V), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària del IRFAP.
Fundamentos de derecho
El artículo 17.1.c) del Decreto 28/2014, de 27 de junio, de aprobación de los estatutos de la entidad pública empresarial Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP).
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la convocatoria pública para la provisión mediante un concurso de méritos del puesto de trabajo Cap de Producció ramadera (L0259000V2) adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària del IRFAP.
2. Aprobar las bases y el baremo de méritos que deben regir esta convocatoria, que se adjuntan como Anexo 1 de esta Resolución.
3. Nombrar los miembros de la Comisión técnica de valoración de esta convocatoria, los cuales figuran en el Anexo 3 de esta Resolución.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) y en la página web del IRFAP.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación del Govern de les Illes Balears en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
(Firmado electrónicamente: 3 de abril de 2023)
La directora gerente Georgina Brunet i Ródenas
ANEXO 1 Bases de la convocatoria del procedimiento de provisión para el concurso de méritos del puesto de trabajo Cap de Producció ramadera (L0259000V), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària del IRFAP
Primero Objeto de la convocatoria
El objeto de esta convocatoria es la cobertura del puesto de trabajo Cap de Producció ramadera (L0259000V), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària del IRFAP.
Segundo Ámbito funcional
El ámbito de trabajo en el que desarrollará las tareas es el de la Unidad de Producción Ganadera (incluye nutrición, manejo, genética y sanidad animal), adscrita a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària del IRFAP. Las funciones a desarrollar son las siguientes:
- Dirigir, proponer, coordinar, planificar, ejecutar y evaluar los diferentes programas de investigación, de desarrollo, de innovación, de digitalización y de experimentación de la Unidad de Producción Ganadera, de acuerdo con los objectivos establecidos en sus programas sectoriales y a las instrucciones de las personas que ostenten la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària, y la Gerencia del IRFAP.
- Proponer, coordinar, planificar, dirigir, desarrollar y evaluar proyectos que contribuyan a la modernización, a la digitalización, a la mejora y al impulso de la competitividad del sector agrario y de sus empresas en un marco que garantice el desarrollo sostenible del medio rural.
- Contribuir y participar activamente en acciones de captación de recursos para I+D+I.
- Proponer y establecer relaciones y contactos con otros investigadores de centros de I+D+I, nacionales y extranjeros, de las diferentes disciplinas científicas que le sean de aplicación.
- Promover, coordinar, planificar, desarrollar y evaluar actuaciones y programas de formación, de transferencia de conocimiento y de tecnología en materia ganadera.
- Realizar el seguimiento de los objetivos marcados en el Plan de Desarrollo de la Producción agraria del IRFAP y en los diferentes Programas sectoriales que le sean de aplicación.
- Proponer nuevas líneas de mejora del conocimiento para desarrollar en el Plan de Desarrollo de la Producción agraria del IRFAP y en el Plan Anual de Formación de la entidad.
- Proponer a las personas que ostenten la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària y la Gerencia de la entidad, prestaciones de servicios de asesoramiento en materia de investigación, de desarrollo, de innovación, de digitalización, de experimentación y de mejora del conocimiento a agrupaciones, empresas, cooperativas y otros agentes del sector agrario.
- Participar en las reuniones del Comité Técnico de Coordinación de Proyectos, junto con la persona que ostente la Gerencia, la Direcció de Serveis Corporatius, la Dirección de Desenvolupament de la Producció agrària, y la Cap de Producció Vegetal de la entidad.
- Redactar y revisar artículos científicos, informes y memorias sobre el progreso de la actividad científica y de los trabajos en curso que le sean de aplicación.
- Participar y colaborar en planes y programas de formación de estudiantes y de personal técnico y científico, asumiendo la dirección para la realización de tesis, másters o programas de doctorado.
- Preparar los resultados de la investigación en ámbitos de divulgación: artículos de divulgación y científicos, comunicaciones, pósters, jornadas formativas, etc.
- Transferir los resultados de los diferentes programas sectoriales y proyectos de la entidad al sector ganadero balear.
- Realizar el seguimiento de las actuaciones de campo y de laboratorio en materia de sanidad animal.
- Gestionar los laboratorios de sanidad animal y lactología, así como otras actuaciones de laboratorio relacionadas con el sector ganadero.
- Optimizar y gestionar los recursos materiales y humanos relacionados con la Unidad de Producción ganadera.
- Fomentar la formación contínua de las personas trabajadoras de la Unidad de Producción ganadera.
- Gestionar las bases de datos y elaborar análisis estadísticos avanzados.
- Garantizar la calidad de los datos y proponer alternativas y soluciones a los problemas que surjan.
- Redactar y actualizar los informes relacionados con los proyectos o contratos de la Unidad de Producción ganadera.
- Participar en la organización y la gestión del personal adscrito, y validar sus vacaciones, días de asuntos propios y demás permisos.
- Atender las visitas de carácter técnico en fincas propias y en fincas colaboradoras.
- En general, cualquier otra tarea relacionada con las funciones de la entidad que le encarguen sus superiores jerárquicos.
Tercero Forma de provisión y requisitos de las personas aspirantes
La provisión del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria se hará con carácter fijo mediante un concurso de méritos entre el personal laboral fijo del IRFAP.
Cuarto Requisitos y condiciones de participación
1.Puede participar todo el personal laboral fijo del IRFAP, tanto en situación de activo como de excedencia, que tenga la misma categoría profesional que la vacante objeto del concurso.
2. Para optar al puesto de trabajo se han de cumplir los requisitos de la plaza, que figuran en la ficha de la relación de puestos de trabajo:
- Titulación de Ingeniería Superior Agrónoma o equivalente, o bien titulación en Veterinaria o equivalente (grupo A).
- Doctorado en materia de producción ganadera (incluye nutrición, manejo, genética y sanidad animal).
- Nivel B2 de catalán.
- Carné de conducir B.
Quinto Presentación de solicitudes y documentación
1. Las solicitudes se han de formular utilizando el modelo del Anexo 2. La persona interesada tiene que presentar la solicitud rellenada, junto con toda la documentación que corresponda.
2. Acreditación de los requisitos:
3. Acreditación de la experiencia profesional:
a) Experiencia profesional interna: con los datos que constan en el archivo de Recursos Humanos de la entidad, cada persona candidata podrá consultar la información que le sea propia.
b) Experiencia profesional externa: Mediante el Informe de vida laboral y los contratos de trabajo o certificado de la entidad contratante. La documentación aportada tiene que especificar las funciones realizadas, que también se podrán justificar mediante un certificado de la entidad contratante.
4. Las publicaciones se acreditarán mediante una copia de los documentos acreditativos de la publicación alegada.
5. La docencia se acreditará mediante un certificado de la docencia impartida o un documento acreditativo de la participación en los cursos, conferencias, jornadas, seminarios o congresos alegados.
6. Los cursos de formación se tienen que acreditar mediante un certificado de asistencia a los cursos, conferencias, jornadas, seminarios o congresos.
7. El plazo para presentar las solicitudes es de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB. Las solicitudes y toda la documentación se tiene que presentar, dentro del plazo previsto, en el Registro del IRFAP. No se valorará ningun mérito que no se haya aportado dentro del plazo de presentación de solicitudes.
8. Con el vencimiento del plazo de presentación de solicitudes caduca el plazo para renunciar a participar en el concurso o para desistir.
Sexto Listas de personas admitidas y excluídas
1. Una vez haya finalizado el plazo para presentar las solicitudes, se hará pública la lista provisional de personas admitidas y excluídas, en la que se expresará la causa de exclusión para cada persona. Estas listas se publicarán en la web del IRFAP.
2. Las personas excluídas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente de la publicación para formular observaciones o reclamaciones, o para enmendar las deficiencias detectadas y aportar los documentos preceptivos.
3. Una vez exhaurido el plazo indicado, se publicará en el tablero de anuncios y en la web del IRFAP la lista definitiva de personas admitidas y excluídas del concurso, en la que se expresarán las causas de exclusión.
Séptimo Baremo de méritos
La propuesta de nombramiento se hará a favor de la persona aspirante que tenga más puntuación, segun el baremo de méritos siguiente:
1. Antigüedad (valoración máxima de 12 puntos)
Se valorará la antigüedad reconocida por el IRFAP hasta la fecha de publicación en el BOIB (P = 0,04 por mes trabajado).
Se valorarán todos los días acreditados de antigüedad.
2. Experiencia profesional interna (valoración máxima de 12 puntos)
Experiencia profesional acreditada en el ámbito funcional descrito en el segundo punto de estas bases (P = 0,04 por mes trabajado). Puntuación máxima de 12 puntos.
3. Experiencia profesional externa (valoración máxima de 4 puntos)
a) Experiencia profesional acreditada en el ámbito funcional descrito en el segundo punto de estas bases en centros de investigación y universidades (P = 0,04 por mes trabajado). Puntuación máxima de 2,5 puntos.
b) Experiencia profesional acreditada en el ámbito funcional descrito en el punto 2 de estas bases en otras empresas, públicas o privadas (P = 0,04 por mes trabajado). Puntuación máxima de 1,5 puntos.
4. Conocimientos de catalán (valoración máxima de 1 punto)
- Certificado LA (lenguaje administrativo; antes certificado E): 0,25 puntos.
- Certificado C1 (nivel de suficiencia): 0,50 puntos.
- Certificado C2 (nivel superior): 0,75 puntos.
5. Publicaciones (valoración máxima de 8 puntos)
Se valorarán las publicaciones sobre estudios o trabajos en medios especializados cientificotécnicos sobre materias directamente relacionadas con el ámbito de la producción ganadera, de acuerdo con el criterio siguiente:
6. Docencia (valoración máxima de 8 puntos)
Se valorará la docencia impartida en materias relacionadas directamente con el ámbito funcional descrito en el segundo punto de estas bases, de acuerdo con el criterio siguiente:
7. Cursos de formación (valoración máxima de 5 puntos)
Se valorará la formación recibida en materias relacionadas directamente con el ámbito funcional descrito en el segundo punto de estas bases, de acuerdo con el criterio siguiente:
8. Solución en caso de empate
En caso de que la valoración final de los méritos resulte en un empate, para dirimirlo, se tendrán en cuenta los criterios siguientes:
- Se seleccionará a la persona que haya trabajado en un mayor número de las funciones especificadas en el ámbito funcional del segundo punto de estas bases.
- Si el empate se mantiene, se seleccionará, en el caso de que haya infrarepresentación de hombres o mujeres en una categoría, la persona que pertenezca al colectivo menos representado (estableciendo un equilibrio comprendido entre los porcentajes de 60 %-40 %, siempre que no concurran en el otro candidato circunstancias que justifiquen que no se aplique la medida (por ejemplo, la pertenencia a otro colectivo con dificultades especiales).
Octavo Comisión técnica de valoración
1. La Comisión técnica de valoración estará constituída por tres personas como miembros titulares y por sus suplentes (anexo 3). Dos personas serán designadas por la directora gerente, una de las cuales ejercerá las funciones de presidente y otra de secretario/a. Y una tercera será designada como vocal por el Comité de empresa, entre sus componentes. Para cada persona que sea miembro titular, también se debe asignar a una persona como suplente.
2. Las personas que son miembros de la Comisión técnica de valoración pueden cesar en estas funciones, aunque ya las haya empezado a ejercer, y ser sustituídas por el órgano que las nombró.
3. Para la constitución válida de la Comisión técnica de valoración, al efecto de hacer sesiones, deliberaciones y valoraciones y tomar acuerdos, se requerirá siempre la presencia de todas las personas que son miembros.
4. Las funciones básicas de la Comisión técnica de valoración son las siguientes:
a) Elaborar las listas provisionales y definitivas de personas admitidas y excluídas en el procedimiento.
b) Valorar los méritos alegados por las personas concursantes al puesto de provisión de esta convocatoria.
c) Elaborar una lista en la que, por orden de puntuación, deban figurar todas las personas aspirantes presentadas y las puntuaciones obtenidas para cada una de ellas.
d) Realizar la propuesta correspondiente de la persona candidata que haya obtenido la puntuación más alta.
5. Se levantará acta de todas las reuniones que haga la Comisión técnica de valoración, que deberán firmar todas las personas miembros y que hayan asistido al terminar la sesión o antes de empezar la siguiente.
Noveno Resolución de la convocatoria
1. El plazo para la publicación de la lista provisional será de cinco días hábiles contadores desde el día siguiente que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2. Una vez publicada la lista provisional de admitidos y excluídos, las personas excluídas podran formular observaciones o reclamaciones en el plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente de su publicación.
3. Una vez examinadas las observaciones y las reclamaciones presentadas dentro del plazo establecido, y escuchado a las posibles personas afectadas, si se considera conveniente, la Comisión técnica de valoración dirigirá a la directora gerente del IRFAP la propuesta definitiva de adjudicación de la plaza, que podrá incluir, en todo caso, los cambios que sean consecuencia de las citades observaciones y reclamaciones, además de la enmienda de oficio de los errores detectados.
4. El plazo para la resolución definitiva del concurso será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente que termine la presentación de reclamaciones a la lista provisional.
5. Una vez vista la propuesta definitiva, la directora gerente del IRFAP tiene que dictar la resolución correspondiente.
6. Las destinaciones adjudicadas por el sistema de concurso de méritos serán irrenunciables y los traslados voluntarios no darán lugar a ninguna indemnización.
Décimo Toma de posesión
1. El plazo de toma de posesión de la nueva destinación obtenida será de quince días si la resolución comporta el reingreso al servicio activo.
2. En el resto de casos, el plazo de toma de posesión será de cinco días a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución.
3. Los efectos económicos empezarán a contar a partir del día de la toma de posesión.
Undécimo Período mínimo de permanencia en el lugar de trabajo adjudicado
El personal laboral que obtenga destinación en esta convocatoria está obligado a permanecer durante el período de dos años en el lugar de trabajo.
ANEXO 2 Solicitud de admisión para participar en la convocatoria del procedimiento de provisión por concurso de méritos del lugar de trabajo Cap de Producció ramadera (L0259000V), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària de l'IRFAP
APELLIDOS Y NOMBRE |
|
DNI |
|
DOMICILIO |
|
POBLACIÓN |
|
TELÉFONO |
|
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA |
|
El/La abajo firmante solicita participar y ser admitido/a en el proceso de referencia y declara que cumple los requisitos exigidos en la convocatoria y que son ciertos todos los datos de este documento, a la vez que se compromete a probarlas documentalmente.
.............................., ........... d............................. de 2023
[Signatura]
RELACIÓN DE DOCUMENTOS ADJUNTOS
1. .................................................................................................................................
2. .................................................................................................................................
3. .................................................................................................................................
4. .................................................................................................................................
5. .................................................................................................................................
6. .................................................................................................................................
7. .................................................................................................................................
8. .................................................................................................................................
9. .................................................................................................................................
10. ...............................................................................................................................
ANEXO 3 Comisión técnica de valoración
Presidente: José Manuel Fernández Zapata
Secretario: Sebastià Joy Torrens
Vocal: Dolores Carrió Mora
Presidente suplente: Jaume Roca Jaume
Secretario: Ramon Ramis Morey
Vocal: Concepción Martínez Martínez