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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 233329
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se modifica la convocatoria de subvenciones para la sustitución de instalaciones térmicas por otras que empleen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental, con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 102.1.a) de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU (BOIB 169, de 29/12/2022), en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes

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Texto

Antecedentes

1. El 29 de diciembre de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 169 la Orden 38/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para la sustitución de instalaciones térmicas por otras que empleen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental, con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 102.1.a) de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

2. El anexo de la Orden 38/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo contiene la convocatoria de la subvención, la cual tiene carácter de acto administrativo de acuerdo con la disposición adicional segunda de la misma Orden. El plazo de presentación de las solicitudes, regulado en el punto 11 de la convocatoria, establece que el plazo se inicia el 6 de marzo de 2023 y finaliza el 6 de abril de 2023.

Dado que el crédito presupuestario asignado a la convocatoria es de 8.000.000 de euros y que a fecha de hoy el importe solicitado es inferior a la mitad del crédito disponible, se considera oportuno ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 28 de abril de 2023, a fin de posibilitar que la ayuda llegue al mayor número de beneficiarios posible.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

4. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la convocatoria de subvenciones para la sustitución de instalaciones térmicas por otras que empleen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental, con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 102.1.a) de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU (BOIB 169, de 29/12/2022), en el sentido siguiente:

En el apartado 11. Plazo de presentación de las solicitudes,

Donde dice:

«11.1. El plazo para presentar las solicitudes se inicia el 6 de marzo de 2023 y finaliza el 6 de abril de 2023.»

Debe decir:

«11.1. El plazo para presentar las solicitudes se inicia el 6 de marzo de 2023 y finaliza el 28 de abril de 2023.»

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de marzo de 2023)

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Iago Negueruela Vázquez