Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 232903
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2023 por el que se autoriza la ocupación urgente de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al "Proyecto constructivo de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente, en el término municipal de Llucmajor"
El 25 y el 26 de enero de 2023 tuvo entrada en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad del Gobierno de las Illes Balears el escrito de la consejera ejecutiva de Sostenibilidad y Medio Ambiente del Consell Insular de Mallorca en la que solicita la declaración de urgente ocupación de los terrenos necesarios para ejecutar las obras del Proyecto constructivo de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente, en el término municipal de Llucmajor. Con este escrito se remiten los documentos relativos a la solicitud de declaración de urgente ocupación con el fin de que el Consejo de Gobierno la declare, si procede.
El 15 de febrero de 2023 se requirió al Consell Insular de Mallorca la aportación de una copia del anuncio de la apertura del trámite de información pública publicado en la web del Consell Insular de Mallorca y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Llucmajor. El 17 de febrero de 2023 tuvo entrada su respuesta, junto con los escritos solicitados.
La documentación aportada pel Consell Insular de Mallorca es la siguiente:
a) El Acuerdo de aprobación inicial del Proyecto básico y proyectos complementarios, estudio de costes y relación individual de los bienes y derechos afectados por la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente ubicada en el término municipal de Llucmajor, firmado el 11 de octubre de 2022, firmado por la Presidenta del Consell Insular de Mallorca (por delegación de competencias). Los puntos del acuerdo son los siguientes:
- Aprobar inicialmente proyecto básico de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente, planta de Llucmajor, y proyectos complementarios.
- Aprobar inicialmente el estudio de costes de explotación de la planta de compostaje de FORM Llucmajor así como aprobar inicialmente unos costes fijos y unos costes variables.
- Advertir que el proyecto constructivo no podrá ejecutarse hasta que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca apruebe la modificación del contrato suscrito con TIRME, SA.
- Someter el proyecto al trámite de información pública para que cualquier persona pueda examinarlo y presentar alegaciones de conformidad con el artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, y el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Aprobar inicialmente, en concordancia con el Anexo núm. 6 de la memoria del proyecto, la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados del término municipal de Llucmajor.
- Someter la relación de bienes y derechos mencionada al trámite de información pública para que cualquier persona pueda formular alegaciones, rectificar errores u oponerse por razones de fondo o forma a la necesidad de empleo, de conformidad con el artículo 18 y siguientes de la Ley de expropiación forzosa y otros artículos concordantes del Decreto de 26 de abril de 1957.
- Ordenar abrir un plazo de información pública de veinte días previa inserción de un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la web del Consell Insular de Mallorca y en un diario de ámbito insular, y disponer que durante este plazo la información podrá consultarse en la web de la institución.
- Disponer el envío al Ayuntamiento de Llucmajor de un anuncio con la relación de bienes y derechos afectados, junto con la memoria del proyecto, a efectos de que se insertan en su tablón de edictos por un plazo de veinte días.
- Notificar este acuerdo y dar acceso al expediente en TIRME, SA.
b) El anuncio de información pública del Acuerdo de la Presidenta del Consell Insular de Mallorca por el que se aprueba inicialmente el Proyecto básico de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente, planta de Llucmajor, y proyectos complementarios de la planta fotovoltaica y de la línea de media tensión, y la relación concreta e individualizada de los siguientes bienes y derechos afectados, firmado el 14 de octubre de 2022, por la vicepresidenta segunda y consejera ejecutiva de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Este anuncio, además de los puntos del Acuerdo antes mencionados, incorpora un texto en el que se expone que la relación concreta de bienes y derechos afectados por el proyecto constructivo se somete al trámite de información pública porque «porque todas las personas interesadas puedan formular las alegaciones que crean oportunas, puedan rectificar los posibles errores que se aprecien en relación de las fincas afectadas, u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación, a los efectos previstos en el artículo 56.1 del reglamento de la Ley de expropiación forzosa referentes a la urgente ocupación».
c) La publicación del anuncio de apertura del trámite de información pública en el Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 136, de 20 de octubre de 2022.
d) El anuncio publicado en el Diario de Mallorca el día 20 de septiembre de 2022 (página 21).
e) El anuncio publicado en el tablón de edictos del Consell Insular de Mallorca así como el publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Llucmajor, en la versión catalana y versión castellana.
f) La diligencia de aprobación por el Consejo Ejecutivo en la sesión ordinaria de día 21 de diciembre de 2022, de la Propuesta de acuerdo de aprobación definitiva de la relación individualizada de bienes y derechos afectados y la necesidad de urgente ocupación del Proyecto básico y proyectos complementarios de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente ubicada en el término municipal de Llucmajor. Los puntos del acuerdo son los siguientes:
- Resolver y estimar parcialmente las alegaciones presentadas por el señor J.C.S. y la señora LL.C.A. y notificarles la respuesta así como también a la mercantil Transportes Mifluser SL como parte interesada.
- Aprobar definitivamente, en concordancia con el informe complementario de 1 de diciembre de 2022, la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados y declarar su necesidad de empleo.
- Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
- Solicitar al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados para llevar a cabo las expropiaciones relativas a dicho proyecto.
g) El Acuerdo de consejo ejecutivo de 21 de diciembre de 2022 de aprobación definitiva de la relación individualizada de los bienes y derechos afectados y necesidad de urgente ocupación del Proyecto básico y proyectos complementarios de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente ubicada en el TM de Llucmajor, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 167, de 24 de diciembre de 2022.
h) El Acuerdo de la presidenta del Consell Insular de Mallorca de fecha 12 de diciembre de 2022 de aprobación definitiva del Proyecto básico y proyectos complementarios y estudio de costes de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente ubicada en el TM de Llucmajor, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 165, de 20 de diciembre de 2022. Los puntos del acuerdo son los siguientes:
- Resolver las alegaciones presentadas en plazo, inadmitir las extemporáneas y notificarles la respuesta.
- Aprobar definitivamente el Proyecto básico de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente, planta de Llucmajor, y proyectos complementarios de la planta fotovoltaica y de la línea de media tensión.
- Aprobar definitivamente el estudio de costes de explotación, costes fijos y costes variables.
- Advertir que el proyecto constructivo no podrá ejecutarse hasta que el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca apruebe la modificación del contrato suscrito con TIRME, SA.
- Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
i) El informe del jefe del Servicio Técnico de la Dirección Insular de Residuos, firmado el 3 de agosto de 2022, sobre la urgencia en la obtención de los terrenos afectados por el Proyecto de construcción de la nueva planta de compostaje de fracción orgánica de residuos municipales ubicada en Llucmajor.
j) El certificado del secretario del Consell Insular de Mallorca, de 30 de noviembre de 2022, firmado con el visto bueno del consejero ejecutivo de la Presidencia, certificando los siguientes puntos:
- Que el 11 de octubre de 2022 el Pleno del Consell de Mallorca acordó aprobar inicialmente el Proyecto básico de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente en el municipio de Llucmajor, y someterlo al trámite de información pública.
- Que, en la misma resolución y en concordancia con la memoria del Proyecto, acordó aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados y someterla al trámite de información pública para que todas las personas interesadas pudieran formular las alegaciones que creyesen oportunas, rectificar los posibles errores en la relación con las fincas afectadas, oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación ya la tramitación del procedimiento de ocupación urgente.
- Que el trámite de información pública mencionado se ha realizado mediante la inserción del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 136, de día 20 de octubre de 2022, en el diario Diari de Mallorca de día 20 de octubre de 2022, en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell Insular de Mallorca y en el tablón de anuncios de Ayuntamiento de Llucmajor. El plazo para presentar alegaciones fue el comprendido entre el 20 de octubre de 2022 y el 18 de noviembre de 2022.
- Que se han presentado cinco alegaciones, una de ellas fuera de plazo, pero ninguna hacen referencia a la tramitación del procedimiento de ocupación urgente de los terrenos previsto en la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.
k) El certificado del secretario del Ayuntamiento de Llucmajor, firmado el 29 de noviembre de 2022, en el que certifica que el anuncio del Proyecto de construcción de la planta de reciclaje estuvo expuesto al público desde el día 20 de octubre al 17 de noviembre de 2022, y que no se presentaron alegaciones.
l) El certificado de la interventora general del Consell Insular de Mallorca, firmado el 23 de enero de 2023, de existencia de crédito disponible para atender los gastos derivados de la expropiación de los bienes afectados por la ejecución del Proyecto de construcción de la nueva planta de compostaje de fracción orgánica de residuos municipales ubicada en Llucmajor, por importe de 152.720,46 € en el ejercicio 2023.
m) La memoria justificativa de la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación de la parcela de Llucmajor por la nueva planta de compostaje, firmada por el jefe del Servicio Técnico de la Dirección Insular de Residuos el 3 de agosto de 2022.
n) Los planos parcelarios de los bienes afectados, incluidos dentro del documento denominado «Anejo 06: Disponibilidad de terrenos», firmado el 12 de septiembre de 2022.
o) La relación definitiva de las personas afectadas, así como de sus bienes y derechos en formato digital.
p) Además, se ha incorporado el Acta del Pleno del Consell Insular de Mallorca, de día 21 de abril de 2022, en el que se aprobó por unanimidad la Propuesta de Acuerdo de declaración de interés general de la obra pública de construcción de la planta de compostaje FORM de Llucmajor, a fin de poder ejecutar las obras de infraestructuras de gestión y tratamiento de residuos de la isla de Mallorca.
Cabe referirse al informe del jefe del Servicio Técnico de la Dirección Insular de Residuos, firmado el 3 de agosto de 2022, sobre la urgencia en la obtención de los terrenos afectados por las obras correspondientes al Proyecto constructivo de la planta de compostaje de fracción orgánica de residuos ubicada en Llucmajor. Este informe justifica la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por este expediente de expropiación forzosa en los siguientes términos:
El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en sesión de día 9 de mayo de 2019, acordó la aprobación definitiva del Plan Director Sectorial de Residuos No Peligrosos de la isla de Mallorca (PDSRNPMA).
La normativa del PDSRNPMA y sus documentos anexos se publicaron en el BOIB núm. 81 de 18 de junio de 2019.
El Pleno del Consejo de Mallorca, a propuesta de las consejeras ejecutivas de Territorio y de Sostenibilidad y Medio Ambiente, adoptó en sesión ordinaria de día 10 de febrero de 2022, el Acuerdo de aprobación de la corrección de errores materiales detectados en el Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de la Isla de Mallorca (PDSRNP), que fue publicado en el BOIB núm. 33 de 5 de marzo de 2022.
El vigente PDSRNPMA contempla el tratamiento obligatorio dentro del servicio público insularizado de gestión de residuos urbanos, de los residuos biodegradables de cocinas y restaurantes y de parques y jardines, de recogida segregada municipal.
La Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por una economía circular y Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears establecen la obligatoriedad para los entes locales de las Illes Balears la recogida diferenciada de materia orgánica compostable (fracción orgánica de los residuos domésticos) y poda, el tratamiento de esta fracción en la producción de compost y el tratamiento insularizado de la fracción orgánica de los residuos domésticos. Todo esto, para la consecución de los objetivos cuantitativos y cualitativos de reciclaje de los residuos generados.
Actualmente 44 de los 53 municipios de la isla, un 83%, ya tienen implantada la recogida selectiva de la FORM. Concretamente, en 2021 se recogieron 23.120 toneladas de materia orgánica (FORM y material estructurante). Son 8.000 más que en 2020. La recogida de la fracción orgánica de los residuos municipales (FORM) en Mallorca se incrementó un 45% respecto a 2020.
En los seis primeros meses de 2022, la recogida selectiva de FORM se ha incrementado, de media, un 51%:
FORM | |||
---|---|---|---|
2021 | 2022 | % | |
ENERO | 1.429.640 | 1.745.740 | 22,1% |
FEBRERO | 1.422.240 | 1.674.200 | 17,7% |
MARZO | 1.591.080 | 2.138.520 | 34,4% |
ABRIL | 1.642.160 | 2.827.580 | 72,2% |
MAYO | 2.175.280 | 3.772.420 | 73,4% |
JUNIO | 2.549.580 | 4.183.060 | 64,1% |
JULIO | 3.334.540 | ||
AGOSTO | 3.625.860 | ||
SEPTIEMBRE | 3.377.680 | ||
OCTUBRE | 2.793.580 | ||
NOVIEMBRE | 1.898.480 | ||
DICIEMBRE | 1.760.140 | ||
TOTALES | 10.809.980 | 16.341.520 | 51,2% |
La evolución de la recogida selectiva de la FORM en los últimos años muestra un fuerte crecimiento. El día 30 de mayo de 2022 se batió el récord de entrada en un solo día de FORM en el Servicio Público insularidad (203,28 toneladas), ya que nunca habían entrado más de 200 el mismo día. Actualmente únicamente las instalaciones de Can Canut (Término municipal de Marratxí) admiten FORM para su tratamiento.
Los importantes ritmos de crecimiento de la separación en origen de la FORM, el esfuerzo municipal en la recogida selectiva de esta fracción de los residuos, la insuficiencia de capacidad de tratamiento en las instalaciones del Servicio Público Insularizado de tratamiento de residuos en un horizonte de 2 años y la ubicación excéntrica de la generación de la planta de Can Canut obligan al urgente desarrollo del proyecto, construcción, puesta en servicio y explotación de la nueva planta de compostaje de FORM.
A tal fin, el art. 10.2 del PDSRNPMA prevé la construcción, entrada en servicio y explotación de una planta de compostaje para el tratamiento de la materia orgánica de origen domiciliario ubicada en el término municipal de Llucmajor.
La documentación gráfica del citado PDSRNPMA contempla la reserva de sol para la ubicación concreta de esta infraestructura.
Por todo ello y con el objetivo de poner en funcionamiento la planta de compostaje de Llucmajor con la mayor urgencia posible, en fecha 4 de abril de 2022 se acordó por el Pleno del Consell de Mallorca la declaración de interés general de la obra de la planta de compostaje de Llucmajor con sus parámetros urbanísticos.
La futura de Llucmajor es fundamental para alcanzar, en el medio plazo, las obligaciones legales sobrevenidas y los objetivos de gestión y tratamiento de la materia orgánica en la isla de Mallorca.
Por todo lo expuesto anteriormente, el técnico que suscribe este informe considera necesaria la tramitación por urgencia del expediente de expropiaciones de bienes y derechos afectados por la citada obra.
El 27 de marzo de 2023, una vez examinado el expediente del Consell Insular de Mallorca, la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local emitió informe jurídico. Este informe expone que, para declarar la ocupación urgente, son necesarios ciertos requisitos, como, en caso de que concurran unas circunstancias excepcionales, que estas circunstancias estén debidamente motivadas y documentadas en el expediente administrativo y que, además, imposibiliten que la Administración cumpla con los objetivos que pretende alcanzar si utiliza el procedimiento ordinario.
Estos requisitos generales se fundamentan en la jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Esta jurisprudencia del Tribunal Supremo consta en las sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo de 30 de septiembre de 1992 (recurso 1581/1990), de 3 de diciembre de 1992 (recurso 1797/1989), de 9 de marzo de 1993 (recurso 8 1990), de 23 de septiembre de 1997 (recurso 14176/1991), de 10 de diciembre de 1997 (recurso 4575/1993), de 22 de diciembre de 1997 (recurso 782/1996), de 3 de diciembre 5821/1994), de 14 de noviembre de 2000 (recurso 2939/1996), de 18 de mayo de 2002 (recurso 628/1998), de 25 de abril de 2003 (recurso 318/1999), de 18 2004 (recurso 6068/1999), de 14 de febrero de 2005 (recurso 2381/1999) y de 11 de octubre de 2006 (recurso 5909/2003), entre otros.
Dicho informe jurídico considera procedente la declaración de urgente ocupación que ha solicitado el Consell Insular de Mallorca, dado que queda acreditada la concurrencia de circunstancias de carácter excepcional que hacen recomendable recurrir al procedimiento de urgencia y que se fundamentan en la insuficiencia de capacidad de tratamiento de las instalaciones actuales y que la recogida y tratamiento de residuos es un servicio básico y esencial cuya prestación es obligatoria.
Por tanto, la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación de los terrenos afectados por el «Proyecto constructivo de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente,» tiene como finalidad mejorar la gestión de la recogida selectiva, en particular , garantizar la capacidad de tratamiento dados los incrementos de volumen expuestos en el informe técnico. Los argumentos que se han expuesto justifican la declaración de urgente ocupación que ha solicitado el Consell Insular de Mallorca.
Se tiene que tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, en lo que se refiere a la excepcionalidad de la declaración de ocupación urgente, en relación con el artículo 56 del Reglamento que la aplica.
Asimismo, debe considerarse que la competencia que otorga el artículo 52 al Consejo de Ministros se transfirió a la Comunidad Autónoma mediante el Real Decreto 2612/1982, de 24 de julio, sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado en el Consell General Interinsular de Balears en materia de Administración local, y debe preverse lo que disponen el artículo 32.1 de la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero, de Estatuto autonomía para las Illes Balears, y el Decreto 81/1984, de 30 de agosto, por el que se asumen y distribuyen las competencias transferidas por el Real decreto 2612/1982.
El artículo 2.2.b) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye el ejercicio de la competencia en materia de relaciones de colaboración, cooperación y coordinación con los entes territoriales en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, mediante la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local. En consecuencia, ejerce también las competencias en materia de expropiación forzosa y, por tanto, la propuesta de declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en todos los expedientes que tramiten las corporaciones locales que lo soliciten.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en la sesión del día 3 de abril de 2023 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Declarar la ocupación urgente de los terrenos afectados para llevar a cabo la expropiación relativa al «Proyecto constructivo de la planta de compostaje para fracción FORM recogida selectivamente, en el término municipal de Llucmajor», dada la solicitud del Consell Insular de Mallorca y a efectos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Los bienes y derechos afectados por la declaración de urgente ocupación se enumeran, de forma individualizada y con la indicación de los titulares, en el anexo 1 de este Acuerdo.
Segundo. Fundamentar la urgencia en la documentación presentada por el Consell Insular de Mallorca, en especial en el informe técnico del jefe del Servicio Técnico de la Dirección Insular de Residuos, firmado el 3 de agosto de 2022, que se recoge en el informe jurídico de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local, que considera procedente la declaración de urgencia del Consejo de Gobierno, porque en el caso concurren circunstancias excepcionales que motivan la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa y que se basan en la adopción de medidas que ponen remedio a la insuficiencia de capacidad de tratamiento de las instalaciones actuales, siendo la recogida y el tratamiento de residuos es un servicio básico y esencial cuya prestación es obligatorio para los municipios.
Tercer. Hacer constar que, durante el período de información pública al que se ha sometido la solicitud de ocupación urgente, se han presentado alegaciones que, sin embargo, no hacen referencia a la urgencia, y que el Consell Insular de Mallorca dispone de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a los gastos derivados de la expropiación.
Quart. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Cinquè. Notificar a las personas que constan como interesadas en el expediente que, contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el al día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación del Acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 3 de abril de 2023
La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez
ANEXO 1
Lista concreta e individualizada de los bienes, los derechos y las personas afectadas por la expropiación en relación con el «Proyecto constructivo de la planta de compostage para fracción FORM recogida selectivamente, en el término municipal de Llucmajor»
POL. |
PARCELA |
REF. CATASTRAL |
TITULAR |
M2 AFECTADOS |
9 |
184 (C+K) |
07031A009001840000ES |
JAIME CALDES SOCIAS y LLUCIA CALDES ADROVER |
30.672,92 |
POL. |
PARCELA |
REF. CATASTRAL |
ARRENDATARIO |
M2 AFECTADOS |
9 |
184 (C+K) |
07031A009001840000ES |
TRANSPORTES MIFLUSER, S.L. |
pendientes de determinar |