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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 232900
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2023 por el que se autoriza la ocupación urgente de los terrenos afectados por la expropiación correspondiente al «Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3). TM de Valldemossa, Deià y Esporles»

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Texto

El 15 de marzo de 2023 tuvo entrada en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad del Gobierno de las Illes Balears el escrito de la consejera ejecutiva de Sostenibilidad y Medio Ambiente del Consell Insular de Mallorca en el que solicita la declaración de ocupación urgente de los terrenos necesarios para ejecutar las obras del Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3), que afecta a los municipios de Valldemossa, Deià y Esporles. Con este escrito se envían los documentos relativos a la solicitud de declaración de ocupación urgente con el fin de que el Consell Insular de Govern la declare, si procede.

La documentación aportada por el Consell Insular de Mallorca es la siguiente:

- Resolución de aprobación definitiva del Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3), firmada el 23 de febrero de 2023, y publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 29, de 7 de marzo de 2023.

- Diligencia de aprobación por el Consejo Ejecutivo de la Propuesta de acuerdo relativo a la declaración de la necesidad de ocupación de los bienes y a la aprobación definitiva de la relación de bienes y derechos afectados por el Proyecto mencionado, en sesión extraordinaria de día 2 de marzo de 2023, y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 29, de 7 de marzo de 2023.

- Informe del jefe del Servicio de Medio Ambiente, firmado el 25 de octubre de 2022, sobre la urgencia en la obtención de los terrenos afectados por las obras correspondientes al Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3).

- Certificado del secretario del Consejo Insular de Mallorca, firmado con el visto bueno del consejero de Presidencia el 16 de febrero de 2023, que certifica que las alegaciones presentadas no hacen referencia a la tramitación del procedimiento de ocupación urgente.

- Certificado de la secretaria del Ayuntamiento de Esporles, firmado el 2 de febrero de 2023, que certifica que durante el plazo de exposición al público no se han presentado alegaciones.

- Certificado de la secretaria-interventora del Ayuntamiento de Deià, firmado el 30 de enero de 2023, que certifica que durante el plazo de exposición al público no se han presentado alegaciones.

- Certificado de la secretaria del Ayuntamiento de Valldemossa, firmado el 6 de marzo de 2023, que certifica que durante el plazo de exposición al público no se han presentado alegaciones.

- Certificado de la interventora general del Consell Insular de Mallorca, firmado el 9 de marzo de 2023, de existencia de crédito disponible para atender a los gastos derivados de la expropiación de los bienes afectados para la ejecución del Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3).

- Planos parcelarios de los bienes afectados y relación definitiva de las personas afectadas, así como de sus bienes y derechos.

- Anuncio de apertura del trámite de información pública de la aprobación inicial del Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3) y de la relación de bienes y derechos afectados, firmado el 11 de noviembre de 2022 por la consejera ejecutiva del Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente del Consell Insular de Mallorca, y que fue publicado en el tablón de anuncios electrónico del mismo órgano.

- Anuncio de apertura de un nuevo trámite de información pública a raíz de la rectificación de los errores materiales observados en el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 9 de noviembre de 2022, firmado el 21 de diciembre de 2022 por la consejera ejecutiva del Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente del Consell Insular de Mallorca, y que fue publicado en el tablón de anuncios electrónico del mismo órgano.

- Anuncio de la apertura del trámite de información pública de la aprobación inicial del proyecto mencionado y de la relación de bienes y derechos afectados, publicado en la Sección V del Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 148, de 17 de noviembre de 2022.

- Anuncio de la apertura de un nuevo trámite de información pública a raíz de la rectificación de los errores materiales observados en el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 9 de noviembre de 2022, publicado en la Sección V del Boletín Oficial de las Illes Balears, núm. 166, de 22 de diciembre de 2022.

- Captura de pantalla de la Sede Electrónica del sitio web del Consell Insular de Mallorca en la que consta adjunto el anuncio de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears del trámite de información pública en relación con el Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3) y la relación de bienes y derechos afectados.

- Anuncio publicado en el diario Última Hora el día 22 de diciembre de 2022 (página 20).

- Resolución de aprobación inicial del Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3), firmada el 30 de octubre de 2022.

- Diligencia de aprobación por el Consejo Ejecutivo de la Propuesta de acuerdo relativa a la declaración de la necesidad de ocupación de los bienes y a la aprobación inicial de la relación de bienes y derechos afectados por el Proyecto mencionado, en sesión ordinaria de día 9 de noviembre de 2022.

- Diligencia de aprobación por el Consejo Ejecutivo de la Propuesta de acuerdo de rectificación de errores materiales observados en el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 9 de noviembre de 2022, en sesión ordinaria de día 21 de diciembre de 2022.

Hay que referirse al informe técnico del jefe del Servicio de Medio Ambiente, firmado el 25 de octubre de 2022, sobre la urgencia en la obtención de los terrenos afectados por las obras correspondientes al Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3):

En relación al «Proyecto de incorporación de diversos tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3) a la Ruta de Pedra en Sec», el técnico que suscribe eleva para su superior consideración el siguiente Informe:

La necesidad de la tramitación por urgencia del expediente de expropiación de bienes y derechos afectados por las actuaciones del proyecto mencionado, para su incorporación a la Ruta de Pedra en Sec se fundamenta en:

1. De acuerdo con la Lley 13/2018 de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca, el Consell de Mallorca es el responsable de vigilar, conservar, señalizar y hacer el mantenimiento de las rutas senderistas de ámbito o interés supramunicipal cuyos promotores sean los consejos insulares.

2. De acuerdo con el artículo 55 de la citada ley de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca, la administración promotora de la ruta debe realizar las obras necesarias para la seguridad de las personas usuarias.

3. El Consell de Mallorca, mediante el Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente es la administración pública gestora responsable del desarrollo, ejecución y gestión de la Ruta de Pedra en Sec, de acuerdo con el Plan Especial de Ordenación y Protección de la Ruta de Pedra en Sec aprobado el 21 de mayo de 2015 (BOIB 93, de 25 de junio de 2015) y debe velar, entre otros, por la seguridad de los senderistas que la recorren.

4. Los tramos previstos para incorporar a la Ruta de Pedra en Sec en el presente proyecto se sitúan en los municipios de Esporles, Valldemossa y Deià, entre la urbanización de Son Cabaspre (Esporles) y el Refugio de Can Boi (Deià). Entre Valldemossa y Deià la Ruta de Pedra en Sec discurre en parte por los lugares llamados «Comuna de Valldemossa» y «Cingles de Son Rullán». Tramos especialmente complejos en cuanto a orientación sin una correcta señalización, pero muy frecuentados por los excursionistas, ya que se trata de itinerarios muy conocidos y que suponen la conexión natural entre los municipios de Esporles, Valldemossa y Deià.

5. A pesar del tiempo transcurrido desde el inicio de la creación de la Ruta y de la aprobación del Plan Especial, los tramos mencionados no se han podido señalizar por falta de disponibilidad dels terrenos.

6. A pesar de esta circunstancia, y que el Consell de Mallorca no recomienda el tráfico por los tramos no señalizados de la Ruta de Pedra en Sec, su interés, y la popularidad que ha adquirido, han generado un incremento en el número de usuarios , así como una diversificación de su perfil, con un aumento de las personas no experimentadas o poco preparadas. Cabe remarcar en este sentido el gran número de guías, mapas y páginas web que actualmente ofrecen a este camino como itinerario de interés senderista y/o excursionista.

7. La no señalización del camino genera problemas de orientación, especialmente en condiciones climáticas adversas (lluvias, niebla...), una circunstancia que se ve agravada en el caso de los senderistas con poca experiencia o escasa preparación mencionados anteriormente, con el consiguiente incremento del riesgo y del número de accidentes.

8. El hecho de ser un itinerario muy popular, tanto entre la población local como turistas, junto con la ausencia de señalización y la existencia de puntos con elevada dificultad, hacen que sea uno de los lugares de la isla con más intervenciones por parte de los grupos de rescate.

9. En relación a los rescates y a la necesidad de señalización, en el informe relativo a las actuaciones del GREIM (Grupo de rescate e intervención en montaña), firmado por Coronel Jefe de la Zona del en Guardia Civil, de 6 de octubre de 2021, se realizan las siguientes observaciones y sugerencias:

Las intervenciones practicadas han tenido como antecedente previo, episodios de accidentes con lesiones, así como supuestos de extravío.

La zona de mayor casuística registrada, especialmente casos de extravío, se corresponde con la comprendida entre la Comuna de Valldemossa y los Riscos de Son Rullán (Valldemossa-Deià). Acciones recomendadas: Incorporación de señalización (informativa, preventiva y de existencia de peligro), así como de elementos de seguridad. El tramo señalado presenta un aparente incremento de tránsito de senderistas tanto nacionales como extranjeros.

La propia orografía del conjunto general de los tramos recogidos en el escrito solicitud aconseja un reforzamiento de la señalización, así como una incorporación de elementos de seguridad en todo su itinerario (Andratx-Deià), habida cuenta la existencia de terreno frecuentemente escarpado, grandes desniveles y frondosa vegetación.

10. En este sentido la incorporación del camino a la Ruta de Pedra en Sec se convierte en un elemento imprescindible para garantizar la seguridad de los usuarios, ya que lleva aparejada su señalización, de acuerdo con el Plan Especial. Ésta garantiza la correcta orientación del senderista, en cualquier condición meteorológica y le proporciona una información sobre la distancia, dificultad y tiempo de recorrido, para facilitar la correcta planificación de la excursión y evitar los posibles peligros.

11. Es necesario, en consecuencia, y por razones de seguridad de los usuarios, dar prioridad a esta actuación, y por interés público, debe llevarse a cabo con carácter urgente.

CONCLUSIONES

Por todo lo anteriormente expuesto el técnico que suscribe considera debidamente justificada la tramitación por urgencia del expediente de expropiación de bienes y derechos afectados por las obras del «Proyecto de incorporación de varios tramos entre la urbanización de Son Cabaspre y el refugio de Can Boi (etapa 3) a la Ruta de Pedra en Sec», entre ellas la declaración de la urgente ocupación, por lo que se eleva el presente Informe, sin perjuicio de que por parte de otros técnicos o departamentos de este Consell de Mallorca se puedan emitir los informes mejor fundamentados técnica o jurídicamente que se consideren pertinentes.

El 21 de marzo de 2023, una vez examinado el expediente del Consell Insular de Mallorca, la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local emitió un informe jurídico. Este informe expone que, para declarar la ocupación urgente, son necesarios ciertos requisitos, como, en el supuesto de que concurran unas circunstancias excepcionales, que estas circunstancias estén debidamente motivadas y documentadas en el expediente administrativo y que, además, imposibiliten que la Administración cumpla los objetivos que pretende lograr si utiliza el procedimiento ordinario.

Estos requisitos generales se fundamentan en la jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Esta jurisprudencia del Tribunal Supremo consta en las sentencias de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de 30 de septiembre de 1992 (recurso 1581/1990), de 3 de diciembre de 1992 (recurso 1797/1989), de 9 de marzo de 1993 (recurso 8333/1990), de 23 de septiembre de 1997 (recurso 14176/1991), de 10 de diciembre de 1997 (recurso 4575/1993), de 22 de diciembre de 1997 (recurso 782/1996), de 3 de diciembre de 1998 (recurso 5821/1994), de 14 de noviembre de 2000 (recurso 2939/1996), de 18 de mayo de 2002 (recurso 628/1998), de 25 de abril de 2003 (recurso 318/1999), de 16 de junio de 2004 (recurso 6068/1999), de 14 de febrero de 2005 (recurso 2381/1999) y de 11 de octubre de 2006 (recurso 5909/2003), entre otras.

El informe jurídico mencionado considera procedente la declaración de ocupación urgente que ha solicitado el Consell Insular de Mallorca, dado que está acreditada la concurrencia de circunstancias de carácter excepcional que hacen recomendable recurrir al procedimiento de urgencia y que se fundamentan en la seguridad en los términos indicados en el informe técnico del Servicio de Medio Ambiente, firmado el 25 de octubre de 2022.

De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, mejorar una carretera para evitar el peligro grave que supone el estado o el trazado de la vía y para garantizar la seguridad de los usuarios se considera una motivación suficiente que justifica la utilización del procedimiento excepcional del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Por lo tanto, la declaración de ocupación urgente de los bienes afectados por la expropiación de los terrenos afectados por el Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3) tiene como finalidad mejorar la orientación de la ciudadanía mediante la señalización de acuerdo con lo que dispone el Plan Especial de Ordenación y Protección de la Ruta de Pedra en Sec, en particular, en aquello que se refiere a aumentar las condiciones de seguridad de las personas usuarias del tramo afectado por las obras aprobadas. Los argumentos que se han expuesto justifican la declaración de ocupación urgente que ha solicitado el Consell Insular de Mallorca.

Se debe tener en cuenta lo que dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, en cuanto a la excepcionalidad de la declaración de ocupación urgente, en relación con el artículo 56 del Reglamento que lo aplica.

Asimismo, se debe considerar que la competencia que otorga el artículo 52 al Consejo de Ministros se transfirió a la Comunidad Autónoma mediante el Real Decreto 2612/1982, de 24 de julio, sobre transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado al Consejo General Interinsular de Baleares en materia de Administración Local, y se debe prever lo que disponen el artículo 32.1 de la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía para las Islas Baleares, y el Decreto 81/1984, de 30 de agosto, por el que se asumen y se distribuyen las competencias transferidas por el Real Decreto 2612/1982.

El artículo 2.2.b) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye el ejercicio de la competencia en materia de relaciones de colaboración, cooperación y coordinación con los entes territoriales en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, mediante la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local. En consecuencia, ejerce también las competencias en materia de expropiación forzosa y, por lo tanto, la propuesta de declaración de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados en todos los expedientes que tramiten las corporaciones locales que lo soliciten.

Por todo ello, el Consell de Govern a propuesta de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en la sesión del día 3 de abril de 2023 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Declarar la ocupación urgente de los terrenos afectados para llevar a cabo la expropiación relativa al Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3), atendida la solicitud del Consell Insular de Mallorca y a efectos de lo que establece el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Los bienes y derechos afectados por la declaración de ocupación urgente se enumeran, de manera individualizada y con la indicación de los titulares, en el anexo 1 de este Acuerdo.

Segundo. Fundamentar la urgencia en la documentación presentada por el Consell Insular de Mallorca, en especial en el informe técnico del Servicio de Medio Ambiente, firmado el 25 de octubre de 2022, el cual se recoge en el informe jurídico de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Cooperación Local, que considera procedente la declaración de urgencia del Consell de Govern, porque en el caso concurren circunstancias excepcionales que motivan la declaración de ocupación urgente de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa y que se basan en la adopción de medidas que aumentan la seguridad de las personas usuarias del tramo afectado por las obras de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3).

Tercero. Hacer constar que, durante el periodo de información pública a que se ha sometido la solicitud de ocupación urgente, se han presentado alegaciones que, sin embargo, no hacen referencia a la urgencia, y que el Consell Insular de Mallorca tiene crédito disponible para hacer frente a los gastos derivados de la expropiación.

Cuarto. Publicar este Acuerdo en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto. Notificar a las personas que consten como interesadas en el expediente que, contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consell de Govern en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación del Acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

 

Palma, 3 de abril de 2023

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez

 

ANEXO 1 Lista concreta e individualizada de los bienes, los derechos y las personas afectadas por la expropiación en relación con el «Proyecto de incorporación a la Ruta de Pedra en Sec de varios tramos entre la urbanización Son Cabaspre y el refugio Can Boi (etapa 3)»