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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 229621
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 28 de marzo de 2023 por la que se autoriza el cambio de titularidad del Centro docente extranjero (CDE) Colegio Sueco (Svenska Skolan Mallorca), con código de centro 07008521, que pasa a ser de la Sociedad Svenska Skolan Mallorca SLU

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Texto

Hechos

1. Mediante resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 15 de diciembre de 2020, se autorizó la modificación de la configuración del centro docente extranjero Colegio Sueco, de Palma, con la ampliación de 3 unidades de educación secundaria obligatoria (BOIB núm. 215, de 29 de diciembre). La titularidad del centro era de la Asociación Sueca de Enseñanza de Mallorca , con NIF G07645682. La configuración autorizada era la siguiente: 10 unidades y 140 puestos escolares, repartidas de la siguiente forma:

Förskoleklass (un curso preparatorio a los 6 años para la escolarización obligatoria) Langstadium (7, 8 y 9 años)

Mellanstadium (10, 11 y 12 años)

Högstadium (13, 14 y 15 años)

Equivalentes a la educación primaria y la educación secundaria obligatoria española

2. En fecha 2 de septiembre de 2022, (GOIB 491713/2022) el Sr. Fredik Olof Norrbin, en representación de la Asociación Sueca de Enseñanza de Mallorca  y titular del CDE Colegio Sueco, solicitó el cambio de la titularidad de dicho centro. En esta solicitud se pidió que la titularidad del centro pasara a ser de la sociedad SVENSKA SKOLAN MALLORCA SLU con núm. de NIF B16597759.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

- Escritura de constitución de la Sociedad Svenska Skolan Mallorca SL, firmada el 27 de septiembre de 2018 e inscrita en el Registro Mercantil de Palma el 18 de enero de 2019, con NIF B16597759.

- Estatutos de la Sociedad de responsabilidad limitada Svenska Skolan Mallorca SLU

- Comunicación acreditativa del número de NIF definitivo B16597759.

- Acta de la Junta general extraordinaria de la Asociación Sueca de Enseñanza de Mallorca , de traspaso y cesión del centro docente educativo a la Sociedad Svenska Skolan Mallorca SL. En este acta se indicó que la fecha de efecto de este cambio de titularidad será del 1 de julio de 2022.

 

3. En fecha 30 de diciembre de 2022 (GOIBE 798957/2022) el representante del centro presentó nueva documentación para completar el expediente de cambio de titularidad del Colegio Sueco, en concreto presentó:

- Modificación de los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada Svenska Skolan Mallorca SLU.

- Cesión y subrogación del contrato de arrendamiento del edificio de la calle Infanta núm. 15. Firmado en fecha 1 de julio de 2022. (Las Instalaciones pertenecen a la comunidad de bienes Landstrom and Landstrom CB y están autorizadas por la Consejería de Educación y Formación Profesional para desarrollar la actividad educativa del Colegio Sueco).

- Nuevo contrato de arrendamiento de las instalaciones destinadas única y exclusivamente a centro educativo, firmado el 10 de septiembre de 2022.

- Certificación del Gobierno Sueco, que la Sociedad Svenska Skolan Mallorca SL está registrada como organismo gestor del centro educativo. Que tienen autorización para impartir hasta el noveno grado del Sistema Educativo Sueco (equivalente a la Educación Secundaria Obligatoria del Sistema Educativo Español)

4.  En fecha 24 de marzo de 2023, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la titularidad del CDE Colegio Sueco y recordó que este centro tal y como establece el artículo 3, punto 1b) del Real Decreto 806/1993, es un centro en el que se cursan exclusivamente estudios de un sistema educativo extranjero, en concreto el Sistema Educativo Sueco.

5. En fecha 27 de marzo de 2023, el director general de Planificación, Ordenación y Centros, propuso la autorización del cambio de la titularidad del CDE Colegio Sueco con código de centro 07008521, que era de la Asociación Sueca de Enseñanza de Mallorca, con núm. CIF G07645682, y ahora pasa a ser de la Sociedad Svenska Skolan Mallorca SLU, con núm. CIF B16597759.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, punto 2 de creación de centros que la creación, la supresión y la transformación de centros privados se debe someter a la autorización administrativa correspondiente. En el artículo 103, punto 2 de principio de autorización administrativa, determina que los centros privados de las Illes Balears, incluidos los centros extranjeros, que imparten enseñanzas de régimen general o de régimen especial deben someterse al principio de autorización administrativa establecido en esta ley y en el artículo 23 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. El Real decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España (BOE núm. 149, de 23 de junio), modificado por el Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

6. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

7. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que , en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

8. El Decreto 1/2022, de 27 de julio de la presidenta de las Illes Balears (BOIB 104, de 9 de agosto de 2022) por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 18 de noviembre de 2022, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2022-2023, la modificación de la titularidad del centro docente extranjero Colegio Sueco, de Palma con código de centro 07008521, que pasa a ser de la Sociedad Svenska Skolan Mallorca SLU, con núm CIF B16597759.

2. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Registro autonómico de la consejería de Educación y Formación Profesional, con efectos del día 1 de septiembre de 2022.

3. Indicar que el Colegio Sueco es un centro donde se cursan exclusivamente estudios de un Sistema Educativo extranjero, en concreto del Sistema Educativo Sueco.

4. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código del centro: 07008521

Denominación genérica: centro docente extranjero

Denominación específica: Colegio Sueco

Titular: Svenska Skolan Mallorca SLU (CIF B16597759)

Domicilio: c. Infanta, núm. 15

Municipio: Palma

CP: 07014

 

Enseñanzas autorizadas del Sistema Educativo Sueco: 10 unidades y 140 puestos escolares, repartidas de la siguiente manera:

Niveles educativos:

Förskoleklass (un curso preparatorio a los 6 años para la escolarización obligatoria)

Langstadium (7, 8 y 9 años).

Mellanstadium (10, 11 y 12 años).

Högstadium (13, 14 y 15 años).

Equivalentes en educación primaria y educación secundaria obligatoria española.

5. Recibir al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 28 de marzo de 2023

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà