Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 216613
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se designan los miembros del Tribunal Calificador de la convocatoria del proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Antecedentes
1. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de fecha 16 de septiembre de 2022 se aprobó la convocatoria del proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122/2022, de 17 de septiembre).
2. De acuerdo con la base 19.1, sobre composición del órgano de selección, los tribunales deben ajustarse, en cuanto a la constitución y la composición, a lo que se establece en el artículo 27.3 del 5º Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en todo aquello que no contradiga lo que establece la letra b) del artículo 8 del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio.
Supletoriamente se pueden aplicar las previsiones contenidas en el Decreto 27/1994, de 11 de marzo.
3.De acuerdo con la base 19.2 de esta convocatoria sobre nombramiento de los miembros de los tribunales, los tribunales encargados de la selección serán nombrados por la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad y tendrán la consideración de órganos dependientes de su autoridad. El nombramiento de los miembros de los tribunales debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, una vez finalizado el período de presentación de instancias.
4. Además, de acuerdo con la base 19.1.2, los tribunales estarán constituidos, como mínimo, por tres miembros titulares, con igual número de suplentes. Se constituirá un tribunal para cada grupo de los previstos en el artículo 15 del Convenio Colectivo.
Todos los miembros de los tribunales deben poseer una titulación académica de igual o de superior nivel que el exigido a los aspirantes para el ingreso.
La mitad más uno deben poseer una titulación académica correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida a los aspirantes, si ésta es específica.
5. La base 19.1.3 dispone que la determinación de la composición de los tribunales debe llevarse a cabo de acuerdo con las siguientes normas:
a) El presidente será designado libremente por la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad.
b) Los vocales deben ser nombrados por sorteo entre el personal laboral en situación de servicio activo en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que pertenezcan al grupo de que se trate. El sorteo se realizará con la participación del Comité Intercentros.
c) La secretaría corresponderá a la persona designada por votación del tribunal entre las personas designadas como vocales.
La composición de los órganos de selección debe ajustarse, salvo razones fundamentadas y objetivas, debidamente motivadas, al criterio de paridad entre hombres y mujeres, con capacitación, competencia y preparación adecuadas. Se entiende por representación equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que ningún sexo supere el 60% del conjunto de personas a las que se refiere ni sea inferior al 40%. Por todo ello, y en uso de las competencias que me otorga el artículo 6.3.c) de la Ley 3/2007, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Designar a los Tribunales Calificadores de este proceso selectivo y nombrar a sus miembros en los términos que figuran en el anexo de esta Resolución.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
(Firmado electrónicamente: 27 de marzo de 2023)
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez
ANEXO Tribunales calificadores de la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Los tribunales cualificadores del concurso extraordinario de méritos del proceso excepcional de estabilización de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de las categorías de Auxiliar Técnico Educativo (grupo D, nivel 5), de Peón especializado y Socorrista (grupo E, nivel 7) y de Peón y Limpiador/a (Grupo E nivel 8), están compuestos por las siguientes personas:
1. Tribunal de la categoría de auxiliar técnico educativo (grupo D, nivel 5)
Presidente: Plata Buades, Antonio
Suplente: Sampol Morell, Francisca
Vocal 1 titular: Batanero Batanero, Juan Luis
Suplente: Delgado Camacho, Jorge Luis
Vocal 2 titular: Tous Sastre, Micaela
Suplente: Vives Amer, Ana María
2. Tribunal de las categorías de Peón especializado y Socorrista (grupo E, nivel 7) y de Peón y limpiador/a (Grupo E nivel 8)
Presidenta: Oliver Fonseca, Elora
Suplente: Solivellas Aguilo, Miquel
Vocal 1 titular: Valle Nicolau, Antonio
Suplente: Amorós Bosch, Gabriel
Vocal 2 titular: Ureba Ferrer, Carmen
Suplente: Agudo Briz, María del Pilar