Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 213606
Acuerdo del Consejo de Dirección del Servicio de Salud de las Islas Baleares por el que se acepta la donación de juguetes, valorados en 516,86 €, para el Servicio de Salud de las Islas Baleares y destino a la sala de juegos del Hospital Mateu Orfila, por parte de Desplazamientos y Portes Menorca, SL (exp. PATRIM32/2022)
Antecedentes
1. En fecha 21 de diciembre de 2022, la directora de Gestión y Servicios Generales del Área de Salud de Menorca solicitó la tramitación del expediente de aceptación de la donación consistente en juguetes para ser destinados a la sala de juegos del Hospital Mateu Orfila. La documentación que adjuntó es la siguiente:
2. En fecha 2 de febrero de 2023, se firmó la Resolución de inicio del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, a propuesta del subdirector de Presupuestos y Control del Gasto, para aceptar la donación de juguetes, valorados en 516,86 € para el Servicio de Salud de las Islas Baleares y destino a la sala de juegos del Hospital Mateu Orfila, por parte de Desplazamientos y Portes Menorca, SL.
3. El 15 de febrero el subdirector de Presupuestos y Control del Gasto emitió un informe favorable.
4.El artículo 6.j) del Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, establece que corresponde al Consejo de Dirección aceptar las donaciones a favor del Servicio de Salud.
Por todo esto, el Consejo de Dirección del Servicio de Salud de las Islas Baleares adopta el siguiente
Acuerdo
1.Autorizar la aceptación de la donación de juguetes, valorados en 516,86 €, para el Servicio de Salud de las Islas Baleares y destino a la sala de juegos del Hospital Mateu Orfila, por parte de Desplazamientos y Portes Menorca, SL (exp. PATRIM 32/2022).
2. Señalar que la aceptación de la donación no implica asumir ninguna obligación del Servicio de Salud de las Islas Baleares hacia el donante ni constituye un incentivo para la recomendación, compra o venta.
3. Facultar al director general del Servicio de Salud para firmar todos los documentos relativos a la donación que sean pertinentes.
4. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en conformidad con el artículo 41 de la Ley 6/2001, de11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma, 23 de febrero de 2023
La presidenta del Consejo de Dirección Patricia Gómez Picard