Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 213600
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, a propuesta del subdirector de Presupuestos y Control del Gasto, para la cesión gratuita de bienes muebles del Hospital Son Dureta a la asociación AMAR Ucraïna - Associació Mallorquina d’Ajuda als Refugiats d’Ucraïna (PATRIM 31/2022)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El subdirector de Presupuestos y Control del Gasto emite la propuesta de resolución siguiente:

Antecedentes

1. En fecha 29 de diciembre de 2022 tiene entrada, con el identificador de VALIB 160452, el informe propuesta del subdirector de Infraestructuras y Servicios Generales de fecha 21 de diciembre de 2022 que propone la tramitación del expediente de cesión de bienes muebles de Son Dureta a la asociación AMAR Ucraïna - Associació Mallorquina d'Ajuda als Refugiats d'Ucraïna.

El informe enuncia lo siguiente [texto original:

1. En el antiguo Hospital Son Dureta quedaron una serie de bienes muebles que no se han podido reutilizar, como estructuras de camas, sillas, sillones, muebles auxiliares, portasueros,…

2. A principios del año 2023 se va a proceder a la demolición del edificio de Son Dureta.

3. En fecha15 de diciembre de 2022, se ha solicitado por parte de la Subdirección de Infraestructuras a la Subdirección de Presupuestos y Control del gasto, que proceda a la baja de inventario general del Servicio de Salud.

4. El 19 de diciembre de 2022, la asociación “Amar Ucrania” inscrita en el Registro de Asociaciones con número 311000011329, ha solicitado según escrito al Servicio de Salud, con fecha 19 de diciembre, la cesión de algunos de los bienes muebles del edificio de Son Dureta, y así cubrir las necesidades sanitarias que padece el país debidas a la guerra con Rusia.

5. Hay que tener en cuenta que el valor de dichos bienes muebles según balance es cero, por estar todos ellos amortizados.

Propuesta

Por todo lo expuesto, propongo a la Subdirección de Presupuestos y Control de gasto la tramitación del expediente de cesión de bienes muebles de Son Dureta a favor de la asociación “Amar Ucrania”, número 311000011329.

2. El 10 de enero de 2023, tiene entrada en la Subdirección de Presupuestos y Control del Gasto la documentación siguiente, remitida por la Subdirección de Infraestructuras y Servicios Generales:

a. Solicitud de fecha 20 de diciembre de 2022, de la representado de AMAR Ucraïna - Associació Mallorquina d'Ajuda als Refugiats d'Ucraïna, de asistencia y transferencia de material médico y suministros médicos de Son Dureta.

b. Documentos acreditativos de la constitución de AMAR Ucraïna - Associació Mallorquina d'Ajuda als Refugiats d'Ucraïna: estatutos, certificado de cambio de junta directiva, resolución de inscripción en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares, acta fundacional, entre otros.

3. El 10 de enero de 2023, el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares emite la resolución de inicio, a propuesta del subdirector de Presupuestos y Control del Gasto, para tramitar la cesión de bienes muebles del Hospital Son Dureta a la asociación AMAR Ucraïna - Associació Mallorquina d'Ajuda als Refugiats d'Ucraïna.

4. El subdirector de Presupuestos y Control del Gasto emitió un informe favorable a la cesión en fecha 24 de enero de 2023.

Fundamentos jurídicos

1. El Código civil, aprobado por el Real decreto de 24 de julio de 1889.

2. El artículo 61 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que determina lo siguiente:

Artículo 61. Cesión gratuita de bienes.

1. Los bienes patrimoniales de la Comunidad Autónoma, cuya afectación o explotación no se juzgue previsible, pueden cederse gratuitamente para finalidades de utilidad pública o de interés social a favor de Administraciones y de instituciones públicas, o de entidades privadas sin ánimo de lucro.

2. El acuerdo de cesión debe publicarse en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y debe expresar la finalidad concreta a que deben destinarse los bienes objeto de la cesión.

3. Los órganos competentes deben vigilar la aplicación efectiva de los bienes objeto de cesión a las finalidades expresadas en el acuerdo de cesión.

3. El artículo 124 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que establece el ámbito de aplicación:

Artículo 124. Ámbito de aplicación.

Los bienes y derechos patrimoniales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuya afectación al uso general o al servicio público o cuya explotación no se juzguen previsibles podrán ser cedidos gratuitamente para finalidades públicas o de interés general por el órgano competente según la Ley de Patrimonio, a las administraciones públicas, a las restantes entidades públicas admitidas en derecho y a las personas jurídicas de derecho privado sin ánimo de lucro, para cumplir sus fines.

5. La Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares.

6. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las administraciones públicas.

7. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

8. El Real decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.

9. El Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001.

10. La Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

11. La Ley 40/2015, de1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.

12. El Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.

13. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

14. El Decreto 63/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

15. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

16. El Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

17. El Decreto 26/2022, de 25 de julio, por el que se nombra el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

18. El resto de disposiciones de aplicación legal.

Propuesta de resolución

Propongo al director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares dictar una resolución en los términos siguientes:

1. Ceder gratuitamente bienes muebles del Hospital Son Dureta (estructuras de camas, sillas, butacas, muebles auxiliares, apoyos de goteros, etc.) a la asociación AMAR Ucraïna - Associació Mallorquina d'Ajuda als Refugiats d'Ucraïna, dado que son bienes muebles que no se han podido reutilizar, tienen un valor de cero (según el balance) y se encuentran amortizados y que se pueden destinar a cubrir las necesidades sanitarias de Ucrania debidas a la guerra.

2. Publicar la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 61.2 de la Ley 6/2001, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo esto dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso contencioso-administrativo, previo requerimiento en los términos expuestos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, en conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de febrero de 2023)

El director general del Servicio de Salud Manuel Palomino Chacón

(Firmado electrónicamente: 3 de febrero de 2023)

El subdirector proponente Andreu A. Díaz Rubio