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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 209228
Resolución del del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se conceden las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3)

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.

3. Los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han emitido un informe favorable de los siguientes aspectos:

-Las personas o entidades solicitantes, por su naturaleza, pueden ser beneficiarias de subvenciones.

-Las personas o entidades han adjuntado la documentación prevista en la convocatoria.

-Las personas o entidades solicitantes están al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración tributaria, tanto la estatal como la autonómica.

4. Los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece el apartado undécimo de la mencionada Resolución, han informado favorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.

5. Aquellas personas o entidades que presentaron una solicitud de subvención que superaba la ratio de almacenamiento frente a la potencia pico de generación que dicta la convocatoria, se los propone solo la parte correspondiente a la ayuda relativa a la generación y no se considera elegible la instalación de almacenamiento.

6. El 21 de febrero de 2023 se emitió una propuesta de resolución estimatoria del director general de Energía y Cambio Climático (BOIB nº. 24, de 23 de febrero de 2023).

7. El 24 de febrero de 2023, la entidad titular del expediente NEXTG123-658 /2021 ,BERNAT PETRUS,S.L.UNIPERSONAL , presentó un escrito de alegaciones.

La entidad mencionada alega que le corresponde más ayuda de la que se ha indicado en la propuesta. Los cálculos que la entidad presenta en las alegaciones no son correctas puesto que para calcular la ayuda utilizan el coste subvencionable unitario máximo por instalaciones de potencia igual o inferior a 10 kWp (1180 €/kWp) pero instalan 11,7 kWp 910 €/kWp que tiene un coste subvencionable unitario máximo y por tanto, la ayuda indicada en la Propuesta de resolución es correcto.

Una vez revisada la documentación, se emitió un informe técnico desestimando las alegaciones dado que, la justificación de los cálculos que se presentan no son correctos puesto que no utilizan el coste subvencionable unitario máximo que se los corresponde según las tablas del R.D. (al instalar 11,7 kWp el coste unitario máximo es: 10 kWp ≤ P ≤ 100 kWp = 910 €/kWp).

8. Se ha eliminado del anexo de esta Resolución el expediente NEXTG123-669/2021 dado que se ha detectado que la entidad beneficiaria, VILLA ESMERALDA BERG S.L, ha realizado un cambio de denominación, no comunicado al órgano administrativo, y se deberá requerir la documentación acreditativa de este cambio.

9. Se ha agotado el plazo de diez días hábiles que se concedía para presentar alegaciones.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

5. El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

6. La Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 125, de 11 de septiembre de 2021).

7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB nº137, de 22 de octubre de 2022).

8. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el concepto y el importe que tcon ién figuran en el anexo.

2. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria indicada en el anexo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Los fondos para la concesión de la ayuda proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Fondos NextGenerationEU.

3. Disponer que las inversiones objeto de la solicitud se tienen que hacer y justificar desde la fecha de registro de la solicitud (con las excepciones establecidas en el apartado 4.c de la resolución de convocatoria) hasta un máximo de dieciocho meses desde la publicación en el BOIB de la resolución definitiva de concesión.

4. Establecer que el pago y la justificación se deben realizar de acuerdo con lo dispuesto en el apartado decimotercero de la convocatoria de subvenciones.

5. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo que dispone el apartado decimoséptimo de la Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021.

6. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, da lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por lo tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.

7. De acuerdo con el artículo 9.t de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, las personas o entidades beneficiarias tienen que garantizar el pleno cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH por sus siglas en inglés — Do no significant harm—) y el etiquetado climático y digital, y de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el cual se establece el Mecanismo de recuperación y resiliencia; como también de aquello requerido en la Decisión de ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España.

8. Dado que la convocatoria de subvencionas se ve afectada por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, es necesario que el beneficiario, además de los documentos establecidos para la justificación en el apartado decimotercero de la convocatoria, presente los documentos que se adjunten como anexo II de esta Propuesta y que son los siguientes:

a) Declaración responsable del cumplimiento de los principios transversales establecidos en PRTR y de acuerdo con el establecido en el artículo 8.1.y) de la Orden HFP/1030/2021. Adopción de medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude, corrupción, conflicto de intereses y doble financiación en el ámbito de gestión de estas ayudas, según lo dispuesto en los acuerdos y reglamentos de la UE y en la Orden HFP/1030/2021.

b) Declaración de aceptación de la cesión y tratamiento de datos entre Administraciones Públicas en relación con la ejecución y actuaciones del PRTR, en conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y con la Orden HFP/1030/2021.

9. De acuerdo con el artículo 11 de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, el beneficiario tiene la obligación de reconocer el origen y garantizar la visibilidad de la financiación de la Unión atendido el artículo 9.3.d de la Orden HFP/1030/2021.

10. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 21 de marzo de 2023

El director general de Energía y Cambio Climático Por delegación del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (BOIB núm. 31, de 4/3/2021) José Guillermo Malagrava Rigo

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les otorga la subvención

Expediente

Fecha registro de entrada

Solicitante

NIF

Partida presupuestaria

Tipo de inversión

Importe inversión (€)

Importe subvención (€)

CONCE

NEXTG123-166/2021

22/10/2021

MARTORELLRAMIS CB

***6293**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica aislada de 2,20 kWp

2.503,15

1.126,42

0000003524/2023

NEXTG123-200/2021

04/11/2021

BIOWISE PHARMACEUTICAS SL

***7342**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 10.4 kWp conectada a red

12.809,92

2.366,00

0000003526/2023

NEXTG123-235/2021

23/11/2021

INGENIERÍA DE PROMOCIONES TURÍSTICAS E INDUSTRIALES SL

***6185**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 6 kWp conectada a red y baterías de Litio con capacidad de almacenaje de 7.7 kWh

14.805,37

6.621,35

0000003527/2023

NEXTG123-236/2021

23/11/2021

INGENIERÍA DE PROMOCIONES TURÍSTICAS E INDUSTRIALES SL

***6185**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 6.75 kWp conectada a red y baterías de Litio con capacidad de almacenaje de 5.1 kWh en municipio de reto demográfico

11.080,80

5.929,05

0000003529/2023

NEXTG123-244/2021

26/11/2021

SELVA STAYS SL

***5531**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 7,20 kWp

8.963,73

3.777,68

0000003530/2023

NEXTG123-252/2021

29/11/2021

RAMISPAL 2016 S.L.

***9826**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 9 kWp conectada a red

15.900,00

4.811,40

0000003531/2023

NEXTG123-275/2021

10/12/2021

GERMANS BINIMELIS S.L

***5215**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Ampliaciónn de instalación fotovoltaica existentee con 26,705 kWp

32.515,00

8.505,54

0000003533/2023

NEXTG123-276/2021

10/12/2021

ES BASSOL NOU S.L

***9140**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 10 kWp aislada y baterías de Litio con capacidad de almacenaje de 20 kWh

32.043,60

9.896,00

0000003534/2023

NEXTG123-277/2021

13/12/2021

ES CRANC DE FORNELLS S.L.

***7404**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 9 kWp conectada a red en municipio de reto demográfico

14.104,00

5.346,00

0000003537/2023

NEXTG123-332/2021

30/12/2021

CAN DOMENGE 2013, S.L.

***7845**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 65.25 kWp conectada a red

53.700,00

13.425,00

0000003538/2023

NEXTG123-340/2021

03/01/2022

COSES I CASES, S.L.

***4500**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 5.4 kWp conectada a red

6.024,05

2.710,82

0000003539/2023

NEXTG123-362/2021

17/01/2022

HOTEL BINIAMAR SL

***0206**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 22.5 kWp conectada a red

22.473,69

7.166,25

0000003540/2023

NEXTG123-375/2021

25/01/2022

COMPAÑÍA HOTELERA FLORIDA

***0142**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 28 kWp conectada a red

40.051,04

8.918,00

0000003541/2023

NEXTG123-386/2021

27/01/2022

CAN JOAN DE S'AIGO, S.L.

***6681**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 31.03 kWp conectada a red

33.711,86

9.883,06

0000003542/2023

NEXTG123-395/2021

31/01/2022

CARROCERIAS IBIZA ,S.L.

***4565**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 24.75 kWp conectada a red

30.335,00

5.630,63

0000003543/2023

NEXTG123-403/2021

02/02/2022

ASSMANN, STEPHAN

***9977**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 11.7 kWp conectada a red y baterías de Litio con capacidad de almacenaje de 13.8 kWh

28.933,29

8.211,45

0000003545/2023

NEXTG123-445/2021

14/02/2022

ADALMO, S.L.

***0475**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 68.4 kWp conectada a red

61.365,17

15.341,29

0000003546/2023

NEXTG123-447/2021

14/02/2022

MESQUIDA MORA S.L

***7611**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 15,015 kWp

16.131,40

4.782,28

0000003547/2023

NEXTG123-502/2021

08/03/2022

FLACALCO S.L.

***6610**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 32.7 kWp conectada a red

28.562,14

9.996,75

0000003549/2023

NEXTG123-516/2021

14/03/2022

AUTOCARES DIPESA S.L.

***1701**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Ampliación 26.65 kWp en instalación FV existente conectada a red

31.543,00

6.062,88

0000003550/2023

NEXTG123-525/2021

17/03/2022

SON REBASSA SLU

***0351**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 11,20 kWp en municipio de menos de 5.000 habitantes o municipios de reto demográfico

14.883,93

4.076,80

0000003551/2023

NEXTG123-538/2021

21/03/2022

JOAN MOTORCAR S.L

***1438**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 9.9 kWp conectada a red

13.041,22

5.292,54

0000003552/2023

NEXTG123-541/2021

21/03/2022

XARINSA

***1169**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 5.4 kWp conectada a red

6.400,62

2.880,28

0000003553/2023

NEXTG123-595/2021

05/04/2022

PROJECTES EUROTURISME S.L.

***8153**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 9.45 kWp conectada a red en municipio de reto demográfico

10.866,88

5.433,44

0000003554/2023

NEXTG123-598/2021

06/04/2022

GANAS DE VIAJAR SLU

***7831**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 25.615 kWp conectada a red

33.545,00

8.158,38

0000003556/2023

NEXTG123-658/2021

27/04/2022

BERNAT PETRUS, S.L.UNIPERSONAL

***9894**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 11.7 kWp conectada a red

15.629,85

3.726,45

0000003557/2023

NEXTG123-670/2021

03/05/2022

 OBRAS Y PROMOCIONES COMAS SA

***4741**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 12.6 kWp conectada a red

14.978,42

2.866,50

0000003559/2023

NEXTG123-701/2021

17/05/2022

TOLO FLORIT S.A.

***1481**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 52.32 kWp conectada a red

60.220,84

16.663,92

0000003560/2023

NEXTG123-707/2021

19/05/2022

ODECON S.A

***1429**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 2.7 kWp conectada a red

4.630,46

1.443,42

0000003561/2023

NEXTG123-751/2021

10/06/2022

ESCOLA INFANTIL ES FABIOL SA GALERA S.COOP.

***7840**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 6.3 kWp conectada a red

9.985,10

3.367,98

0000003562/2023

NEXTG123-861/2021

01/08/2022

PLAYA SANTANDRIA, S.L.

***9419**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 9,10 kWp

14.969,40

4.864,86

0000003563/2023

NEXTG123-862/2021

02/08/2022

RESORT MALLORCA HOTELS INTERNATIONAL SLU

***9939**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 40.05 kWp conectada a red

41.400,69

5.466,83

0000003564/2023

NEXTG123-878/2021

14/03/2022

HERMANOS DIAZ PLANELLS C.B.

***6159**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 11.9 kWp conectada a red y baterías de Litio con capacidad de almacenaje de 12.8 kWh

21.333,25

7.950,15

0000003565/2023

NEXTG123-891/2021

09/08/2022

BERGER GROUP HOTELES, S.L.

***7582**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 34,88 kWp

33.900,00

11.109,28

0000003567/2023

NEXTG123-894/2021

10/08/2022

SALVA GARAU, JUAN

***0658**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 9,81 kWp

13.869,29

4.854,25

0000003568/2023

NEXTG123-896/2021

11/08/2022

BERGER GROUP HOTELES, S.L.

***7582**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 55.51 kWp conectada a red

59.500,00

17.679,94

0000003569/2023

NEXTG123-897/2021

11/08/2022

BERGER GROUP HOTELES, S.L.

***7582**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 25,07 kWp

23.119,00

7.984,80

0000003570/2023

NEXTG123-898/2021

11/08/2022

BERGER GROUP HOTELES, S.L.

***7582**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 27.25 kWp conectada a red

29.200,00

8.679,13

0000003571/2023

NEXTG123-900/2021

12/08/2022

GERMANS FLORIT, CB

***4119**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 5.4 kWp conectada a red

7.536,77

2.040,66

0000003573/2023

NEXTG123-907/2021

18/08/2022

BALNEARIO ILLETAS SL

***6701**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 49,41 kWp

58.853,30

15.737,09

0000003574/2023

NEXTG123-908/2021

19/08/2022

CUPAL, SL

***1784**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 6,48 kWp

7.988,00

3.464,21

0000003575/2023

NEXTG123-911/2021

22/08/2022

DOSGATS SL

***9378**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 3,185 kWp

4.308,78

1.508,07

0000003576/2023

NEXTG123-917/2021

24/08/2022

7DVINS SL

***6136**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 9,72 kWp

11.020,20

4.959,09

0000003577/2023

NEXTG123-932/2021

01/09/2022

GEISAN PARK S.L.

***2301**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 9.1 kWp conectada a red

15.497,03

4.864,86

0000003578/2023

NEXTG123-938/2021

06/09/2022

CASTELLITX AGRICOLA SAT

***5953**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 10 kWp conectada a red

14.500,00

5.346,00

0000003579/2023

NEXTG123-946/2021

13/09/2022

ELISEO LLABRES SA

***4336**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 9.9 kWp conectada a red

13.463,89

4.116,42

0000003580/2023

NEXTG123-949/2021

14/09/2022

AGRICOLA COLL DE DAMA CB

***9672**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 10,80 kWp

14.957,75

3.439,80

0000003581/2023

NEXTG123-958/2021

20/09/2022

JARDI DE SONS S.L.

***5773**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 8,72 kWp conectada a red

10.741,97

4.661,71

0000003582/2023

NEXTG123-959/2021

20/09/2022

HOT WHEELS RENT. S.L

***8573**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 18 kWp

19.819,28

5.733,00

0000003583/2023

NEXTG123-968/2021

21/09/2022

TUR RIPOLL, JUAN JOSE

***4150**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación FV 3.52 kWp conectada a red

9.315,19

1.881,79

0000003584/2023

NEXTG123-969/2021

21/09/2022

AVARCA PONS S.C.

***6962**

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 13,65 kWp

16.559,66

4.347,53

0000003585/2023

Documentos adjuntos