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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 206843
Aprobación definitiva de la modificación del artículo 22 de los Estatutos de FECOEV, SAU

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Texto

En fecha 28 de octubre de 2022 el Pleno del Consejo Insular de Eivissa como Junta General de la entidad mercantil Ferias, Congresos y Eventos de Eivissa, SAU (FECOEV) en la sesión ordinaria aprobó inicialmente la modificación de la artículo 22 de los estatutos de la mercantil Ferias, Congresos y Eventos de Ibiza, SAU (FECOEV), de conformidad con lo que establecen los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de régimen local y 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

En el BOIB nº. 148 de fecha 17 de noviembre de 2022 se publicó el mencionado acuerdo de aprobación inicial de modificación del artículo 22 de los estatutos de la mercantil Ferias, Congresos y Eventos de Eivissa, SAU (FECOEV), y ha sido expuesto en el público también en el tablón de anuncios de esta Corporación durante el plazo de 30 días hábiles.

Asimismo, con fecha 25 de noviembre de 2022 tuvo entrada informe de evaluación de impacto de género del Instituto Balear de la Mujer, evacuado al amparo del art. 5.3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres, que dispone que no se ha detectado ninguna situación de desigualdad por cuestión de género.

Dado que no se han producido alegaciones en el plazo de exposición pública, según consta en la diligencia emitida por la Oficina de asistencia en materia de registro de esta Corporación de fecha 11 de enero de 2023, se hace público que ha quedado aprobado definitivamente el acuerdo del Pleno del Consell Insular como Junta General de la entidad mercantil Ferias, Congresos y Eventos de Eivissa, SAU (FECOEV) de fecha 28 de octubre de 2022 mediante el cual se aprobó inicialmente la modificación del artículo 22 de los estatutos de la mercantil Ferias, Congresos y Eventos de Eivissa, SAU (FECOEV), que tendrá la siguiente redacción:

"El Consejo de Administración se reunirá siempre que lo exija el interés de la sociedad en el domicilio social o en cualquier otro lugar; corresponde convocarlo a la presidencia, bien por iniciativa propia o bien a petición de dos o más consejeros. La convocatoria se hará por cualquier medio escrito o telemático, exigiendo confirmación de lectura, y con dos días de antelación, al menos, a la fecha de la reunión, indicando el lugar y los asuntos a tratar.

Excepcionalmente, el Consejo de Administración podrá reunirse con carácter urgente en un plazo inferior al citado con anterioridad cuando la urgencia se halle debidamente motivada y justificada, conste efectuada la convocatoria por cualquier medio escrito o telemático a todos los miembros del Consejo y concurran a la reunión más de la mitad de los mismos.

No serán necesarias las formalidades contenidas en los párrafos anteriores si el Consejo al completo acuerda por unanimidad la reunión.

Los consejeros/las consejeras podrán asistir, participar en la deliberación de las sesiones y ejercitar el derecho de voto por cualquier medio de comunicación a distancia, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto participante, la integridad de su intervención y de su voto y que se encuentre en territorio español.

El secretario/la secretaria del Consejo de Administración recibirá una retribución por asistencia a las juntas de Consejo por una cantidad de 120 euros cada una, que será actualizada anualmente con IPC. Este acuerdo puede ser modificado por Junta General."

 

Ibiza, 23 de marzo de 2023

La jefa de Sección de Industria del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal Olga Torres Ribas