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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 206740
Extracto de la convocatoria de subvenciones para la creación de producto turístico y para la promoción turística de Mallorca mediante eventos de interés turístico

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 683791

De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index) y a la página web de la Fundació Mallorca Turisme www.fundaciomallorcaturisme.net, en el tablón de anuncios de ayudas y subvenciones:

Primero. Objeto de la convocatoria

1.1 Esta convocatoria tiene por objeto fomentar acontecimientos que crean producto turístico y que hacen promoción turística de Mallorca mediante una ayuda a los gastos que sirven para hacer publicidad, promoción o difusión de Mallorca.

La finalidad u objetivo es crear producto turístico y promover Mallorca como destino<A[destinación|destino]> turístico mediante los eventos de interés turístico organizados por terceros, que cumplan los requisitos de la convocatoria, y que sirvan para dar a conocer el destino Mallorca mediante la cultura, el deporte, la gastronomía, los productos premium, MICE (generalmente entendido como turismo de reuniones, incentivos, congresos y exposiciones), el turismo activo, accesible, y la sostenibilidad del destino.

1.2 Se consideran eventos de interés turístico aquellos que difunden la imagen de Mallorca como en destino<A[destinación|destino]> turístico, que afectan a los productos turísticos considerados estratégicos por la Fundació Mallorca Turisme, que crean una vía para reforzar su presencia en los mercados emisores, vista la importancia y relevancia del evento para<A[para|por]> el público objetivo y la repercusión en los medios de comunicación, y que contribuyen a la desestacionalización, la sostenibilidad, la circularidad y la accesibilidad universal.

Segundo. Importe y crédito presupuestario

El crédito previsto por esta convocatoria es de cuatrocientos cuarenta mil euros (440.000 €) con cargo al presupuesto de la Fundació Mallorca Turisme de 2023.

Esta cuantía se puede incrementar en la cantidad de sesenta mil euros (60.000 €), sin necesidad de convocatoria nueva dado que en estos momentos es un crédito no disponible pero que se prevé tener la disponibilidad en un momento anterior a la resolución de concesión, por haber incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.

Si el crédito presupuestario no es suficiente para cubrir el 100% de las solicitudes, el último beneficiario tiene que recibir, como máximo, el importe remanente.

Tercero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios:

a) Las personas físicas o jurídicas que están de alta de actividades económicas.

b) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

c) Los beneficiarios tienen que ser los titulares de la organización del evento.

d) Los beneficiarios tienen que ser los titulares legales de la marca del evento u ostentar los derechos legales de uso de esta.

e) Cuando una persona jurídica solicita la subvención, se requiere que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida<A[cabezuda|testaruda]> dentro de su objeto o sus fines sociales (art. 7.1 OGS).

f) Tienen que estar al corriente de obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social y con el Consejo Insular de Mallorca y entes dependientes.

g) No se tienen que encontrar en ninguno de los supuestos del artículo 8.2, 8.3 o 8.4 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, y el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

h) No pueden ser beneficiarios:

  •  las otras administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en la cual la participación de estos sea mayoritaria. 
  • Las personas o entidades que han recibido ayudas otorgados en concepto de minimis, por un importe superior a doscientos mil euros (200.000 €), a los tres últimos ejercicios fiscales, contando desde la fecha de presentación de la solicitud a esta convocatoria.

Cuarto. Eventos subvencionables

Eventos de interés turístico de entre el 1 de enero de 2023 y el 15 de diciembre de 2023, cuando<A[cuando|cuándo]> se trate de:   

a) Proyectos, actuaciones, celebraciones y acontecimientos que contribuyen a la creación de producto turístico considerado estratégico por el FMT, y que hacen promoción, comercialización y diversificación turística de Mallorca.

b) Jornadas, encuentros, conferencias, congresos, simposios y foros, viajes de prensa (press trips), viajes de familiarización (fam trips), workshops o acciones similares con impacto turístico directo en función de la asistencia de participantes y la producción y difusión de materiales que promocionen el destino<A[destinación|destino]> turístico de Mallorca dentro de las líneas y productos turísticos estratégicos del FMT.

c) Eventos de turismo deportivo, no escolar o universitario, con repercusión turística, realizados en Mallorca, en los cuales los participantes provienen mayoritariamente de fuera de Mallorca.

d) Eventos turísticos donde se trabaje o dé a conocer Mallorca como lugar<A[lugar|sitio]> donde<A[donde|dónde]> se fomenta la sostenibilidad y el posicionamiento de Mallorca como destino<A[destinación|destino]> turístico sostenible, como por ejemplo la movilidad sostenible, la economía circular, y otras actividades en materia de sostenibilidad en el destino<A[destinación|destino]> que compensen la huella<A[huella|pisada]> de carbono producidas por las actividades económicas y cotidianas del ser humano.

e) Todas las acciones/eventos se tienen que desarrollar dentro del territorio de Mallorca. En caso de eventos en línea, estos deben tener simultáneamente una versión física presencial de la misma dimensión en la isla de Mallorca.

f) Los eventos que incluyan un servicio gastronómico tienen que incorporar producto local (de una IGP, DO, etc., de Mallorca, y/o recetas con tradición mallorquina, que pueden estar modernizadas). Los eventos que sean exclusivamente gastronómicos y/o enológicos o tengan la gastronomía o la enología como a principal actividad, tendrán que ofrecer producto local y Km0 en una proporción no inferior al 70%.

g) No son subvencionables:

- Proyectos que incluyan las ferias, mercados y/o fiestas integradas en el calendario de ferias, mercados y fiestas de Mallorca.

- Eventos y actividades escolares. Aquellos dirigidos y/o participados por alumnos en edad escolar o universitaria.

- Subvención de clubs deportivos de Mallorca por<A[por|para]> el funcionamiento ordinario.

- Subvenciones individuales a deportistas destacados.

- Subvenciones en agencias de publicidad, medio o grupo de comunicación, medio de publicidad o creativo siempre que la participación en el evento sea sólo publicitaria o por<A[por|para]> su funcionamiento ordinario.

- Los proyectos que reciban ayudas de marcas de tabaco, de bebidas alcohólicas de más 20º de graduación o de casas de apuestas o juego.

- Los eventos considerados contraproducentes para la imagen de Mallorca como destino<A[destinación|destino]> turístico.

- En general, los eventos o solicitudes que no cumplan las condiciones establecidas en esta convocatoria.

Quinto. Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018). 

Sexto. Cuantía de la subvención

El importe máximo subvencionable depende del presupuesto total del acontecimiento, no puede superar el 30% del presupuesto total del acontecimiento, y es como máximo de:

Presupuesto total evento

(impuestos incluidos)

Cuantía subvencionable

(impuestos incluidos)

Evento hasta 100.000 €

Hasta 8.000 €

Evento de 100.001 € a 200.000 €

Hasta 15.000 €

Evento a partir de 200.001 €

Hasta 30.000 €

Septimo. Criterios de valoración

El procedimiento de concesión es por concurrencia competitiva por aplicación de los criterios de valoración fijados en el punto 9 del texto de la convocatoria. Para desempatar tiene preferencia la solicitud presentada antes en el registro electrónico de la Fundació Mallorca Turisme, una vez se haya aportado toda la documentación requerida y completado el expediente.

Octavo. Gastos subvencionables

Son los gastos que sirven para hacer publicidad, difusión del evento que se identifican en el punto 7 de la convocatoria. Estos gastos tienen que servir para hacer publicidad y promoción de Mallorca y en el momento de la justificación de la subvención se tiene que aportar un informe con la valoración del retorno publicitario del acontecimiento por Mallorca que tiene que ser de un valor igual o superior a la cantidad recibida con la subvención. No se valorable la publicidad local.

Noveno. Plazo por presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud, documentación y anexos es de 15 días hábiles, a partir de las 9.00 h del primer día hábil siguiente en la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

Décimo. Lugar<A[Lugar|Sitio]> de presentación

Las personas interesadas tienen que formalizar la solicitud a través del Registro electrónico de la Fundación Mallorca Turisme:

https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0

Este trámite sólo se puede hacer en línea, se tiene que rellenar la solicitud del catálogo de trámites «Convocatoria de subvencions per esdeveniments d'interés turístic».  

La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.

Se tiene que presentar la solicitud con la documentación administrativa, anexos y técnica que se especifica en el texto completo de la convocatoria.

Undécimo. Justificación

Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con el punto 15 de la convocatoria. En general, se tiene que aportar una memoria de actuación, un informe de repercusión publicitaria y una memoria económica. En todo caso, el plazo acaba el 29 de diciembre de 2023. 

 

Palma, día 23 de marzo de 2023 

El director de la Fundació Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordá