Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 205440
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Expediente: PBX2013-0004. Rectificación del error material producido en el plan especial de protección ambiental y arquitectónica de Santa Catalina y de los molinos harineros de la Calle Industria

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 23 de febrero de 2023, aprobó rectificar el error material producido en el plan especial de protección ambiental y arquitectónica de Santa Catalina y de los molinos harineros de la Calle Industria consistente en rectificación de la redacción del artículo 30 de las Normas, en la versión catalana, de forma que la documentación correcta es la versión castellana, lo que supone, para las zonas “C” de Santa Catalina, la posibilidad de ocupación de la parcela en planta baja hasta el 100% y que la profundidad edificable en las plantas piso será la fijada para cada manzana en los planos de ordenación del PEPAA. Además se corrigen las discordancias entre los planos de ordenación O.01 y O.02.

Cumpliendo con el art. 181 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca, se publica para el conocimiento general y a los efectos oportunos.

En cumplimiento del art. 12.4.d) de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, el contenido de la modificación del Plan está disponible a través del siguiente enlace:

  • https://ajtpalma.sharepoint.com/:f:/s/Planejament/ElNRMY3CMQZFuYa4QDy3pEEBz51I-x0BgRKy0eIGgbojfw?e=uD6wA0

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 45 y ss. de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdic­ción contenciosa administrativa, modificada por la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, ante la Sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la publicación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

 

(Firmado electrónicamente: 22 de marzo de 2023)

El jefe del Departamento p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014 (BOIB nº  30 de  4-03-2014) Jaume Horrach Font