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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 203242
Aprobación definitiva del Reglamento de organización y funcionamiento de la Mesa Municipal de igualdad, coordinación y prevención contra las violencias machistas, la Comisión de Intervención y la Comisión de Prevención del municipio de Santa Eulària des Riu

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Texto

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de fecha 29 de septiembre de 2022, aprobó inicialmente, el Reglamento de organización y funcionamiento de la Mesa Municipal de igualdad, coordinación y prevención contra las violencias machistas, la Comisión de Intervención y la Comisión de Prevención del municipio de Santa Eulària des Riu

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 29 de septiembre de 2022, inicial aprobatorio del Reglamento de organización y funcionamiento de la Mesa Municipal de igualdad, coordinación y prevención contra las violencias machistas, la Comisión de Intervención y la Comisión de Prevención del municipio de Santa Eulària des Riu, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 103 de la ley 20/2006 municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

 

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA MUNICIPAL DE IGUALDAD, COORDINACIÓN Y PREVENCIÓN CONTRA LAS VIOLENCIAS MACHISTAS, LA COMISIÓN DE INTERVENCIÓN Y LA COMISIÓN DE PREVENCIÓN DEL MUNICIPIO DE SANTA EULÀRIA DES RIU.

1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Organización de Naciones Unidas, en la IV Conferencia Mundial de 1995, reconoció que la violencia contra las mujeres es un obstáculo para conseguir los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, y que viola y menoscaba los derechos humanos y las libertades fundamentales.

La Constitución española incorpora al artículo 15 el derecho de todos a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso nadie pueda ser sometido a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, recoge en su exposición de motivos que <<La violencia de género no es un problema que afecta al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige hacia las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión>>.

La Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, incluye la prevención de las conductas discriminatorias y la previsión de políticas activas para hacer efectivo el principio de igualdad, así como un marco de acciones positivas.

Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

La Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en su artículo 9, ordena a las instituciones de autogobierno la promoción de la libertad, la justicia, la igualdad...

Respecto a la normativa en la comunidad autónoma de las Illes Balears, está vigente la Ley11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, cuya finalidad es hacer efectivo el derecho a la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres. La Ley tiene como objetivo establecer y regular los mecanismos y dispositivos, así como las medidas y los recursos, dirigidos a promover y a garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación por razón de sexo, en cualquiera de los ámbitos, etapas y circunstancias de la vida.

Por otra parte, la Ley 11/2016, en referencia a la coordinación interinstitucional, en su artículo 77, establece lo siguiente: «El Govern de les Illes Balears, por medio del Institut Balear de la Dona, debe elaborar y desarrollar, junto con el resto de administraciones e instituciones competentes, los protocolos de intervención para la atención a las víctimas de violencia machista, en cualquiera de las fases del proceso en que se encuentre, que incluirán los mapas de procesos, los mapas de servicios y los mapas de cobertura de ratios para evitar la doble victimización de las mujeres y la duplicidad de servicios entre administraciones».

La citada normativa, junto con la de ámbito local, concretamente la Ley 7/1985, reguladora de las bases del régimen local, de las Illes Balears, en su artículo 25.2.o) concreta que los municipios ejercerán en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las comunidades autónomas, en materia de «actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como contra la violencia de género».

El acuerdo adoptado por el Pleno municipal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu de fecha 27 de mayo de 2021, por el cual se aprueba la constitución de la Mesa Municipal de Igualdad, coordinación y prevención contra las violencias machistas (Mesa Municipal de ahora en adelante).

2. OBJETO DEL REGLAMENTO

Es objeto del presente reglamento regulador municipal, establecer la organización y el funcionamiento de la Mesa de Municipal, constituida el 3 de febrero de 2022, y concebida como un órgano de trabajo interdisciplinario y un instrumento de coordinación entre diferentes agentes e instituciones que actúan tanto en la prevención como en la atención en el municipio de Santa Eulària des Riu.

También es objeto del presente reglamento la regularización de la Comisión de Intervención contra la violencia machista (Comisión de Intervención de ahora en adelante), constituida con el objetivo de abordar la coordinación entre las y los diferentes profesionales de los servicios que intervienen con las mujeres víctimas de violencia machista y sus hijas e hijos y, de la Comisión de Prevención contra la violencia machista (Comisión de Prevención de ahora en adelante) creada con la finalidad de coordinar las actuaciones y acciones basadas en la sensibilización y el fomento de la igualdad y prevención de la violencia machista.

3. MESA MUNICIPAL DE IGUALDAD, COORDINACIÓN Y PREVENCIÓN CONTRA LAS VIOLENCIAS MACHISTAS

3.1. Naturaleza y objetivo:

La Mesa Municipal, está constituida como un órgano de trabajo interdisciplinar e instrumento de coordinación entre cargos políticos y profesionales de diferentes servicios a favor de adoptar medidas de abordaje y prevención contra las violencias machistas en el ámbito local.

3.2. Objetivos específicos:

  • Identificar las necesidades de las mujeres y de los y las menores
  • Desarrollar estrategias o actuaciones desde el enfoque de género
  • Adaptar los recursos e implementar las medidas adecuadas encaminadas a la erradicación de las violencias machistas en el territorio

3.3. Funciones:

  • Dar a conocer las líneas concretas de actuación de cada ámbito representante
  • Determinar criterios para la detección precoz de casos de violencia machista en cada uno de los ámbitos
  • Acordar criterios comunes para la atención a mujeres víctimas de violencia machista, así como para el análisis y el seguimiento de casos
  • Analizar estrategias de coordinación entre los distintos ámbitos y realizar propuestas de mejora
  • Poner en común y analizar los datos sobre violencia machista en cada ámbito de actuación
  • Impulsar la puesta en marcha de estrategias de sensibilización y prevención dirigidas a la ciudadanía y/o colectivos específicos

3.4. Composición

La Mesa Municipal estará compuesta de manera ordinaria por las siguientes personas integrantes:

Presidencia: Alcaldía o concejalía en quien delegue

Secretaría: las funciones de secretaría serán desarrolladas por la/el técnica/o de Igualdad

Vocales:

  • Concejal/a de Igualdad y Acción Social del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Concejal/a de Cultura, Educación y Juventud del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Concejal/a de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Concejalas/les representantes de los grupos de la oposición
  • Técnica/o del área de Igualdad. Trabajador/a social dinamizador/a de la Mesa Municipal
  • Coordinador/a de servicios personales del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Técnica/o del área de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Coordinador/a y trabajador/a social del departamento de Servicios Sociales comunitarios básicos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Educador/a social del departamento de Servicios Sociales comunitarios básicos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Técnico/a referente del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Coordinador/a del departamento de Juventud del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Jefe/a de la Policía Local de Santa Eulària des Riu
  • Policía Local referente del equipo VioGén de Santa Eulària des Riu
  • Policía local referente del programa policía tutor de Santa Eulària des Riu
  • Guardia civil del equipo Viogén de la compañía de la Guardia Civil de Ibiza
  • Comandante de la Guardia Civil de Ibiza y Formentera
  • Representante del EMUME (Equipo Mujer- Menor) de la Guardia Civil
  • Persona representante de Justicia
  • Psicóloga/o de la Oficina de atención a las víctimas del delito de Ibiza
  • Representante de la Unidad de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de la Delegació de Govern de les Illes Balears
  • Director/a del Institut Balear de la Dona del Govern de les Illes Balears
  • Persona representante del servicio técnico para el impulso y la implementación de las Mesas locales de coordinación para el abordaje de las violencias machistas
  • Coordinador/a del Servicio de atención social y acompañamiento telefónico 24 horas y de acompañamientos presenciales a víctimas de violencias machistas del Institut Balear de la Dona
  • Referente de la Comisión de Violencia hacia la Mujer del IBSalut
  • Trabajador/a social del Centro de salud de Santa Eulària des Riu
  • Referente del Programa Consulta Joven del Centro de Salud de Santa Eulària des Riu
  • La Dirección de Benestar Social del Consell Insular d'Eivissa
  • Trabajador/a Social, Jefe/a de sección de la Oficina de la Dona del Consell Insular d'Eivissa
  • Técnica/o referente en prevención de la Oficina de la Dona del Consell Insular d'Eivissa
  • Coordinador/a del Centro de Estudio y Prevención de Conductas Adictivas (CEPCA) del Consell Insular d'Eivissa
  • Técnica/o referente de la Red de Tutoras de Orientación Laboral para mujeres víctimas de violencia machista del SOIB del Govern Balear
  • Representante del ATENPRO (Servicio Telefónico de Atención y Protección a las víctimas de violencia de género)
  • Representantes del área educativa (todos los centros educativos y a todos los niveles)
  • Representantes de APIMAS/ AMIPAS
  • Representantes de Asociaciones de mujeres y/o agrupaciones feministas

Se prevé la posibilidad de incluir de manera permanente o invitar de manera extraordinaria, tras convocatoria previa de la Presidencia y acuerdos de la Mesa Municipal, a otros/as profesionales del Ayuntamiento, personas asesoras externas y asociaciones, organizaciones, instituciones o fundaciones que trabajen en la prevención y la atención a víctimas de violencia machista. Esta participación se llevará a cabo por motivos técnicos o de incidencia en las competencias de determinadas unidades organizativas y, asistirán en calidad de personas expertas con implicación en estas materias.

De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, debe haber una composición equilibrada de la Mesa Municipal, de la Comisión de Intervención y de la Comisión de Prevención.

3.5. Régimen de sesiones, convocatorias y funcionamiento

Corresponderá a la Secretaría o al personal técnico en quien delegue, por orden de la Presidencia, la convocatoria de la Mesa Municipal con una antelación mínima de 15 días naturales. Las convocatorias se enviarán a las personas participantes de la Mesa Municipal mediante correo electrónico, que debe contener necesariamente el orden del día, la fecha, la hora y el lugar donde se llevará a cabo la sesión y, en su caso, se acompañará del acta de la sesión anterior y la documentación necesaria para conocer los temas a tratar.

Para la constitución de la Mesa Municipal, a efectos de celebración de las sesiones, deliberaciones y toma de decisiones, se requerirá la asistencia presencial de la Presidencia y la Secretaría o de sus suplentes, así como la mitad, al menos, de sus participantes.

La Mesa Municipal se reunirá de manera ordinaria dos veces al año. De manera extraordinaria, a petición motivada de cualquier persona participante, y cuando la Presidencia lo considere necesario, la Mesa Municipal se podrá reunir siguiendo las pautas de convocación mencionadas anteriormente.

4. LA COMISIÓN DE INTERVENCIÓN

4.1. Naturaleza y objetivo

En la Mesa Municipal se constituyó la Comisión de Intervención con el objetivo general de mejorar la coordinación entre las y los diferentes agentes que intervienen directamente en casos de violencia machista.

La Comisión de Intervención es un instrumento operativo de trabajo en el que están representados todos los ámbitos implicados directamente en la atención de víctimas de violencia machista.

4.2. Objetivos específicos:

  • Establecer o mejorar las vías de comunicación entre los servicios para garantizar una respuesta ágil y coordinada de los y las profesionales ante casos concretos de violencia machista
  • Llevar a cabo el seguimiento y la supervisión de casos
  • Homogeneizar la atención desde todos los ámbitos, evitando la revictimización y la desorientación de las víctimas
  • Establecer acciones y metodologías comunes
  • Conocer los recursos y protocolos locales de actuación y, proponer su revisión y mejora si fuera necesario

4.3. Funciones

La Comisión de Intervención tiene competencia en el desarrollo de las funciones de mejora de la detección, la protección, la atención integral y el seguimiento de casos, mediante la creación y revisión de instrumentos y herramientas, como, por ejemplo: establecer criterios comunes de detección, flujogramas y circuitos de atención, protocolos de derivación y actuación, mapas y guía de recursos, etc.

4.4. Composición

De manera ordinaria esta Comisión de Intervención estará formada por personas representantes de los ámbitos de actuación que se señalan a continuación:

Supramunicipales:

  • Persona representante del servicio técnico para el impulso y la implementación de las Mesas Locales de coordinación para el abordaje de las violencias machistas del Institut Balear de la Dona
  • Trabajador/a Social de la Oficina de la Dona del Consell Insular d'Eivissa
  • Representante del EMUME (Equipo Mujer-Menor) de la Guardia Civil
  • Guardia Civil del equipo VioGén en la Isla de Ibiza
  • Referente del Programa de Violencia de Género del Centro de salud de Santa Eulària des Riu
  • Trabajador/a social del Centro de salud de Santa Eulària des Riu
  • Psicólogo/a de la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de Ibiza del Ministerio de Justicia
  • Técnico/a referente de la Xarxa de Tutores de Orientación Laboral para mujeres víctimas de violencia machista del SOIB
  • Coordinador/a del Servicio de Atención Social y Acompañamiento telefónico 24 horas y de Acompañamientos presenciales a víctimas de violencias machistas del Institut Balear de la Dona
  • Representante del ATENPRO (Servicio Telefónico de Atención y Protección a las víctimas de violencia de género)
  • Persona técnica representante de Médicos del Mundo Ibiza

Municipales:

  • Concejal/a de Igualdad y Acción Social del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Policía Local del equipo VioGén del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Coordinador/a del departamento de Servicios Sociales Comunitarios Básicos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Educador/a social de los Servicios Sociales Comunitarios Básicos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Técnico/a referente del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Técnico/a de Igualdad, dinamizador/a de la Mesa Municipal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

A propuesta de los servicios que forman parte de la Comisión de Intervención, se prevé la posibilidad de incluir de manera permanente o invitar de manera extraordinaria a otros/as agentes y entidades que trabajen en la intervención con víctimas de la violencia machista. Esta participación extraordinaria se llevará a cabo cuando lo requiera el asunto a tratar, por motivos técnicos o de incidencia en las competencias de determinadas unidades organizativas y, asistirán en calidad de personas expertas con implicación en estas materias.

4.5. Régimen de sesiones, convocatorias y funcionamiento

La Comisión de Intervención, se reunirá de manera ordinaria con carácter cuatrimestral, para la elaboración de las propuestas en referencia a las funciones y objetivos planteados en este reglamento.

La presidencia de la Comisión de Intervención será desarrollada por el/la Concejal/a de Igualdad y Acción Social del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu. La técnica o el técnico de Igualdad, será la persona responsable de convocar la reunión y elaborar el acta.

La convocatoria de la Comisión de Intervención se realizará con una antelación mínima de 15 días naturales, mediante correo electrónico que debe contener necesariamente el orden del día, la fecha, la hora y el lugar donde se llevará a cabo la sesión y, en su caso, se acompañará del acta de la sesión anterior y la documentación necesaria para conocer los temas a tratar.

De manera extraordinaria, se podrá convocar la Comisión de Intervención, a petición motivada de cualquier persona participante y, cuando la Presidencia lo considere necesario, para tratar temas en particular y de especial urgencia.

Durante el desarrollo de esta Comisión de Intervención se pueden crear a su vez, otras subcomisiones o equipos de trabajo más reducidos para mejorar la efectividad, atender necesidades concretas o realizar proyectos concretos.

4.6. SUBCOMISIÓN DE ABORDAJE DE LAS VIOLENCIAS MACHISTAS

Integrada dentro de la Comisión de Intervención estará la Subcomisión de abordaje de las violencias machistas. El objeto y la finalidad será la de facilitar el seguimiento de los casos de mujeres víctimas de violencia machista y poner en común las dificultades surgidas durante la coordinación de las y los agentes implicados directamente en la atención de casos concretos. Tendrán representación los siguientes servicios y personas técnicas:

  • Guardia Civil del equipo VioGén en la Isla de Ibiza
  • Policía Local del equipo VioGén del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Personal técnico de Servicios sociales comunitarios básicos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Trabajador/a Social, Jefe/a de sección de la Oficina de la Dona del Consell Insular d'Eivissa
  • Técnico/a de Igualdad, dinamizador/a de la Mesa Municipal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

La Subcomisión de Abordaje se reunirá de forma ordinaria mensualmente. La convocatoria se realizará con una antelación de 15 días naturales, mediante correo electrónico, que debe contener necesariamente el orden del día, la fecha, la hora y el lugar donde se llevará a cabo la sesión, y en su caso, se acompañará del acta de la sesión anterior.

5. LA COMISIÓN DE PREVENCIÓN

5.1. Naturaleza y objetivos

En la Mesa Municipal se constituyó la Comisión de Prevención con el objetivo general de coordinar las actuaciones en materia de prevención y las acciones de sensibilización en relación con la igualdad y las violencias machistas en diferentes ámbitos del municipio.

5.2. Objetivos específicos:

- Impulsar estrategias de prevención y sensibilización dirigidas a la población en general y a los colectivos específicos

- Implementar medidas de coordinación y colaboración entre los organismos de los diferentes ámbitos de actuación implicados en el fomento de la igualdad y en la lucha contra la violencia machista en el municipio de Santa Eulària des Riu, para garantizar el eficaz desarrollo de acciones preventivas

- Promover el intercambio continuado de buenas prácticas entre los diferentes organismos (Administración, asociaciones, centros educativos)

- Establecer canales de comunicación y favorecer la participación de las entidades y asociaciones de mujeres que luchan contra la violencia machista y reivindiquen la igualdad

- Participar en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas municipales

5.3. Funciones

La Comisión de Prevención tiene competencia en el desarrollo de las funciones siguientes:

- Coordinar las iniciativas referentes a la prevención de la violencia machista y el fomento de la igualdad en el municipio de Santa Eulària des Riu

- Realizar un calendario de actuación para las acciones previstas en materia de prevención de violencia machista y el fomento de la igualdad

- Diseñar campañas de prevención y sensibilización

- Impulsar acciones coordinadas con los medios de comunicación locales para la difusión de las acciones y fomentar la sensibilización

- Realización de planes de formación y sensibilización en las diferentes áreas del municipio de Santa Eulària des Riu

- Promover la participación de la mujer en la vida social, económica, cultural y política del municipio

- Proporcionar asistencia técnica y estratégica en materia de prevención de la violencia machista y el fomento de la igualdad a las diferentes asociaciones y/o entidades

5.4. Composición

De manera ordinaria esta Comisión de Prevención estará formada por personas representantes de los ámbitos de actuación que se señalan a continuación:

Supramunicipales:

  • Representante del EMUME (Equipo Mujer- Menor) de la Guardia Civil
  • Persona representante del servicio técnico para el impulso y la implementación de las Mesas Locales de  coordinación para el abordaje de las violencias machistas del Institut Balear de la Dona
  • Técnica/o referente en prevención de la Oficina de la Dona del Consell Insular d'Eivissa
  • Referente del Programa Consulta Joven del Centro de salud de Santa Eulària des Riu
  • Coordinador/a del Centro de Estudio y Prevención de Conductas Adictivas (CEPCA) del Consell Insular d'Eivissa
  • Representantes de Asociaciones de mujeres y/o agrupaciones feministas
  • Representantes del área educativa (todos los centros educativos y a todos los niveles)
  • Representantes de AMIPAS/ APIMAS

Municipales:

  • Concejal/a de Igualdad y Acción Social del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Concejal/a de Cultura, Educación y Juventud del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Policía Local referente del programa policía tutor de Santa Eulària des Riu
  • Coordinador/a del departamento de Juventud del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Educador/a social referente en prevención de los Servicios Sociales Comunitarios Básicos del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Técnica/o del área de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Técnica/o de la Biblioteca municipal de Santa Eulària des Riu.
  • Técnica/o del área de Igualdad. Trabajador/a social dinamizador/a de la Mesa Municipal

A propuesta de los servicios que forman parte de la Comisión de Prevención, se prevé la posibilidad de incluir de manera permanente o invitar de manera extraordinaria a otros y otras agentes y entidades que trabajen en la prevención y la atención a víctimas de violencia machista. Esta participación se llevará a cabo por motivos técnicos o de incidencia en las competencias de determinadas unidades organizativas, asistirán en calidad de personas expertas o agentes implicados.

5.5. Régimen de sesiones, convocatorias y funcionamiento

La Comisión de Prevención se reunirá de manera ordinaria con carácter cuatrimestral, para la elaboración de las propuestas en referencia a las funciones y objetivos planteados en este reglamento.

La presidencia de la Comisión de Prevención será desarrollada por el/la Concejal/a de Igualdad y Acción Social del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu. La coordinación de esta Comisión de Prevención y convocatoria de la misma será asumida por la técnica o el técnico de Igualdad, siendo la persona responsable de elaborar el acta.

Las convocatorias se enviarán a las personas participantes con una antelación mínima de 15 días naturales mediante correo electrónico, que debe contener necesariamente el orden del día, la fecha, la hora y el lugar donde se llevará a cabo la sesión y, en su caso, se acompañará del acta de la sesión anterior y la documentación necesaria para conocer los temas a tratar.

De manera extraordinaria, se podrá convocar la Comisión de Prevención, a petición motivada de cualquier persona participante y, cuando la Presidencia lo considere necesario, para tratar temas en particular y de especial urgencia.

Durante el desarrollo de esta Comisión de Prevención se pueden crear a su vez, otras subcomisiones o equipos de trabajo más reducidos para mejorar la efectividad, atender necesidades concretas o realizar proyectos concretos.

6. APROBACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR

Este Reglamento de organización y funcionamiento de la Mesa Municipal de Igualdad, coordinación y prevención contra las violencias machistas, la Comisión de Intervención y la Comisión de Prevención, tendrá que ser previamente aprobado en Pleno municipal del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

 

En aplicación del artículo 103 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, el reglamento entrará en vigor cuando se haya publicado íntegramente en el Boletín Oficial de las Illes Balears y cuando haya transcurrido el plazo de quince días hábiles que indica el artículo 113 de la LMRLIB.

 

Santa Eulària des Riu, (20 de marzo de 2023)

La alcaldesa Mª del Carmen Ferrer Torres