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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 203122
Modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Ibiza 2023-2025, en virtud del Decreto de Presidencia de fecha 16/03/2023 (Exp. nº 2023/00004056J)

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Texto

El Consejo Ejecutivo de este Consejo Insular acordó, en fecha 23/01/2023, de conformidad con lo que dispone el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOIB n.º 12, de 26/01/2023) la aprobación del vigente Plan Estratégico de Subvenciones de esta Corporación para los años 2023-2025 (en lo sucesivo PES).

Así mismo, en fecha 23/12/2022, el Pleno del Consejo Insular acordó delegar en la Presidencia la aprobación de las modificaciones del PES, acuerdo publicado en el BOIB n.º 171, de 31/12/2022.

Desde la aprobación del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones se han detectado nuevas necesidades dentro del ámbito competencial propio del Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo que precisan de su atención, más concretamente, en el ámbito de las Infraestructuras Viarias, y es intención del mencionado departamento atenderlas, para ello es necesario modificar el PES. Todo ello, en la misma línea que la modificación presupuestaria acordada por el Pleno de este Consejo Insular en fecha 24/02/2023 (BOIB n.º 28, de fecha 04/03/2023).

Visto el informe propuesta emitido por el jefe de Servicio de Infraestructuras Viarias, en fecha 15/03/2023, que consta en el expediente con CSV 14614166755642002413.

Sobre la base de todo lo anterior, esta Presidencia, órgano competente para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones, según acuerdo del Pleno de esta corporación, de fecha 23/12/2022, publicado en el BOIB n.º 171, de fecha 31/12/2022, dicta el siguiente

DECRETO

Primero. Aprobar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo Insular de Ibiza para los años 2023-2025, en los términos siguientes:

-Incluir la siguiente línea de acción:

Departamento: Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo

Servicio: Infraestructuras Viarias

1.-

 

Línea de acción (nombre de la acción)

Subvención al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para la ejecución de las obras de «Acondicionamiento de intersecciones y reordenación de accesos en la carretera EI-200 en los pk 12+610 y 13+050 con la circunvalación de Sant Carles de Peralta (TM de Santa Eulària des Riu)»,

Forma de otorgamiento (concurrencia competitiva o subvención directa)

Subvención directa (convenio)

Objetivos estratégicos (qué se pretende conseguir con la subvención que se propone)

Financiar el importe de la realización de las obras y el importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución, hasta el importe máximo de la subvención

Destinatarios (beneficiarios o entidades colaboradoras)

Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

Efectos a conseguir con el otorgamiento de la subvención

 Agilidad en la tramitación del expediente y su materialización, por parte del Ayuntamiento, entidad pública más próxima, por ámbito competencial e inmediatez territorial, en virtud del arte. 4.3 de la CEAL; arts. 66 y 67 del TRRL; art. 5.3 de la Ley 5/1990 de Carreteras; y art. 29.2.h de la Ley Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, todo ello en relación con las competencias del Consejo Insular ex art. 70.15 del Estatuto de Autonomía.

Indicadores de evaluación (indiquen  los indicadores de referencia para la subvención que se prevé o aquellos otros que no se han previsto en esta tabla y que consideren que deben ser tenidos en cuenta) 

Justificación de las obras realizadas y del importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución.

Aplicación presupuestaria

4530.76203

Coste

1.500.000,00 €

Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos)

Fondos propios del CIE

Compatibilidad o incompatibilidad

El Ayuntamiento se obliga a no pedir subvenciones por el mismo concepto a  otra administración. Sin perjuicio de que se puedan pedir subvenciones por los gastos cuyo pago asuma el Ayuntamiento.

2.-

Línea de acción (nombre de la acción)

Subvención al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para la ejecución de las obras de «Regeneración urbana de la travesía de Ca na Negreta-Fase I»»

Forma de otorgamiento (concurrencia competitiva o subvención directa)

Subvención directa (convenio)

Objetivos estratégicos (qué se pretende conseguir con la subvención que se propone)

Financiar el importe de la realización de las obras y el importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución, hasta el importe máximo de la subvención

Destinatarios (beneficiarios o entidades colaboradoras)

Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

Efectos a conseguir con el otorgamiento de la subvención

Agilidad en la tramitación del expediente y su materialización, por parte del Ayuntamiento, entidad pública más próxima, por ámbito competencial e inmediatez territorial, en virtud del art. 4.3 de la CEAL; arts. 66 y 67 del TRRL; art. 5.3 de la Ley 5/1990 de Carreteras; y art. 29.2.h de la Ley Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, todo ello en relación con las competencias del Consejo Insular ex art. 70.15 del Estatuto de Autonomía. 

Indicadores de evaluación (indiquen  los indicadores de referencia para la subvención que se prevé o aquellos otros que no se han previsto en esta tabla y que consideren que deben ser tenidos en cuenta) 

Justificación de las obras realizadas y del importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución.

Aplicación presupuestaria

4530.76203

Coste

4.000.000,00 €

Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos)

Fondos propios del CIE

Compatibilidad o incompatibilidad

El Ayuntamiento se obliga a no pedir subvenciones por el mismo concepto a  otra administración. Sin perjuicio de que se puedan pedir subvenciones por los gastos cuyo pago asuma el Ayuntamiento.

3.-

Línea de acción (nombre de la acción)

Subvención al Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany para la ejecución de las obras del «Vial para peatones en Santa Agnès de Corona.»

Forma de otorgamiento (concurrencia competitiva o subvención directa)

Subvención directa (convenio)

Objetivos estratégicos (qué se pretende conseguir con la subvención que se propone)

Financiar el importe de la realización de las obras y el importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución, hasta el importe máximo de la subvención

Destinatarios (beneficiarios o entidades colaboradoras)

Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

Efectos a conseguir con el otorgamiento de la subvención

Agilidad en la tramitación del expediente y su materialización, por parte del Ayuntamiento, entidad pública más próxima, por ámbito competencial e inmediatez territorial, en virtud del art. 4.3 de la CEAL; arts. 66 y 67 del TRRL; art. 5.3 de la Ley 5/1990 de Carreteras; y art. 29.2.h de la Ley Municipal y de Régimen local de las Islas Baleares, todo ello en relación con las competencias del Consejo Insular ex art. 70.15 del Estatuto de Autonomía.  .

Indicadores de evaluación (indiquen  los indicadores de referencia para la subvención que se prevé o aquellos otros que no se han previsto en esta tabla y que consideren que deben ser tenidos en cuenta) 

Justificación de las obras realizadas y del importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución..

Aplicación presupuestaria

4530.76202

Coste

731.411,60 €

Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos)

Fondos propios del CIE

Compatibilidad o incompatibilidad

El Ayuntamiento se obliga a no pedir subvenciones por el mismo concepto a  otra administración. Sin perjuicio de que se puedan pedir subvenciones por los gastos cuyo pago asuma el Ayuntamiento.

4.-

Línea de acción (nombre de la acción)

Subvención al Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja para la ejecución de las obras de «La nueva rotonda en la intersección de la carretera EI-341 con el camino de Benirràs».

Forma de otorgamiento (concurrencia competitiva o subvención directa)

Subvención directa (convenio)

Objetivos estratégicos (qué se pretende conseguir con la subvención que se propone)

Financiar el importe de la realización de las obras y el importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución, hasta el importe máximo de la subvención

Destinatarios (beneficiarios o entidades colaboradoras)

Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja

Efectos a conseguir con el otorgamiento de la subvención

Agilidad en la tramitación del expediente y su materialización, por parte del Ayuntamiento, entidad pública más próxima, por ámbito competencial e inmediatez territorial, en virtud del art. 4.3 de la CEAL; arts. 66 y 67 del TRRL; art. 5.3 de la Ley 5/1990 de Carreteras; y art. 29.2.h de la Ley Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, todo ello en relación con las competencias del Consejo Insular ex art. 70.15 del Estatuto de Autonomía. 

Indicadores de evaluación (indiquen  los indicadores de referencia para la subvención que se prevé o aquellos otros que no se han previsto en esta tabla y que consideren que deben ser tenidos en cuenta) 

Justificación de las obras realizadas y del importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución..

Aplicación presupuestaria

4530.76205

Coste

836.155,00 €

Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos)

Fondos propios del CIE

Compatibilidad o incompatibilidad

El Ayuntamiento se obliga a no pedir subvenciones por el mismo concepto a  otra administración. Sin perjuicio de que se puedan pedir subvenciones por los gastos cuyo pago asuma el Ayuntamiento.

Segundo. Considerar que la presente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones está condicionada, en todo caso, a la aprobación definitiva, si hay a alegaciones, o a la elevación a definitiva de la aprobación inicial si no hay alegaciones, de la modificación presupuestaria, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario, aprobada por acuerdo del Pleno del Consejo Insular de fecha 24/02/2023, y publicada en el BOIB n.º 28, de fecha 04/03/2023.

Tercero. Publicar esta modificación del Plan Estratégico de Subvenciones en el BOIB.

 

Eivissa, 22 de marzo de 2023

El jefe de Servicio de Infraestructuras Viarias Antonio Marí Noguera