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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 199020
Comunicación de la relación de expedientes que deben aportar documentación complementaria en el trámite de subvenciones para actuaciones del programa de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

1. El 16 de noviembre de 2021, en el BOIB n.º 158 se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 10 de noviembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones del programa de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el programa de regeneración y reto demográfico del Plan de Rehabilitación y Regeneración Urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta una serie de documentación en los expedientes, la cual se detalla en la siguiente tabla:

Expediente

Solicitante

NIF

Anomalías

PREE5000-27/2021

Rosello Mora, Pedro

***5692**

Dado que falta mucha documentación y está incompleta se debe consultar la guía práctica de la IDAE y preguntas frecuentes, en la cual está perfectamente especificado el contenido mínimo de la documentación. Enlace a la guía, https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-la-rehabilitacion-de-edificios/programa-pree-5000-rehabilitacion/guia-practica-para-la-gestion-de-ayudas-la-rehabilitacion-energetica-de-edificios, https://www.fenercom.com/wp-content/uploads/2022/03/PREGUNTAS-FRECUENTES-PREE-5000-v02-11-enero-2022.pdf.

Falta presentar la fotocopia del documento que acredite la propiedad del edificio.

Falta presentar la consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales del inmueble.

Falta presentar el informe justificativo en el cual se indiquen las tipologías de actuación y la descripción de las actuaciones, la justificación del coste elegible y la cuantía máxima de la ayuda.

Falta presentar el certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual.

Falta presentar el certificado de eficiencia energética del edificio conseguido desprendido de la reforma propuesta suyo sido actual.

Falta presentar el archivo digital de datos del edificio existente y del edificio conseguido en formato xlm.

Falta presentar la memoria resumen del proyecto. Documento normalizado 3.

Falta presentar la Memoria técnica/Proyecto técnico.

El presupuesto aceptado tiene que ir firmado por ambas partes.  

 

En caso de no presentarse la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB se entenderá por desistida la petición, dado el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la resolución previa que declarará concluido el procedimiento y ordenará el archivo de las actuaciones realizadas hasta aquel momento, de acuerdo con el artículo 21 de esta Ley.

 

Palma, 16 de marzo de 2023

El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo​​​​​​​