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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 197321
Resolución relativa a la modificación de titularidad de la acción concertada del servicio de ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal, en el ámbito territorial de las Islas Baleares, para el año 2023, a favor de la entidad Fundación ASPACE Baleares

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Texto

Hechos

1. En fecha 11 de diciembre de 2020 la consejera de Asuntos Sociales y Deportes dictó resolución por la cual se convocó la acción concertada del servicio de ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal, en el ámbito territorial de las Islas Baleares, para el año 2021 (BOIB núm.210, de 17 de diciembre).

2. En fecha 25 de febrero de 2021 se firmó el Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y Asociación Nousistemes para el servicio de ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal, en el ámbito territorial de las Islas Baleares, para el año 2021 con un total de 8.000 sesiones y con una duración hasta el 31 de diciembre de 2021. Este concierto se renovó por resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de fecha 9 de diciembre de 2021 para el periodo que va de día 1 de enero de 2022 a 31 de diciembre de 2022, y en fecha 28 de diciembre de 2022 se volvió a renovar por resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes para el periodo que va de día 1 de enero de 2023 a 31 de diciembre de 2023.

3. En fecha 20 de diciembre de 2022 se presentó un escrito conjunto de los representantes de las entidades Nousistemes y Fundación ASPACE Baleares dirigido a la jafa del Servicio de Atención a la Discapacidad informando que:

- Con fecha 28 de noviembre de 2022, la asamblea general de la entidad Asociación Nousistemes acordó por unanimidad la disolución de la asociación y la transmisión en bloque de todo el activo y pasivo en favor de la Fundación ASPACE Baleares, con CIF G07053226 y número de inscripción en el Registro Unificado de Servicios Sociales 93/2002. En la misma fecha de 28 de noviembre de 2022 y con la preceptiva reunión del Patronato de la Fundación ASPACE Baleares, se aceptó la transmisión antes mencionada y se acordó mantener la continuidad de la actividad y lograr los objetivos y servicios de la entidad que se extinguirá.

- Que han presentado solicitud al Servicio de Planificación para hacer efectivo el cambio de titularidad del servicio y una nueva inscripción a favor de la Fundación ASPACE Baleares.

- Así mismo se acompañaba a este escrito una copia simple notarial de la escritura sobre la transmisión antes mencionada.

4. En fecha 8 de febrero de 2023 el director general de Planificación, Equipamientos y Formación dictó una Resolución en relación a la extinción de la entidad Nousistemes y de autorización del cambio de titularidad de los servicios que dependen, por la cual se autoriza el cambio de titularidad del servicio que gestionaba la Asociación Nousistemes que será gestionado por la Fundación ASPACE Baleares, fruto de la cesión de la globalidad de los activos y pasivos, y se inscribe de oficio la autorización y acreditación del Servicio de Promoción de la Autonomía Personal con Apoyo Tecnológico, con una capacidad de 350 plazas, en el Registro Unificado de Servicios Sociales, sección suprainsular, a la Fundación ASPACE Baleares, con número RUSS 93/2002.

5. En fecha 17 de febrero de 2023 la entidad Fundación ASPACE Baleares presentó la documentación requerida por el Servicio de Atención a la Discapacidad relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria de concertación del servicio según la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 11 de diciembre de 2020 por la cual se convoca la acción concertada del servicio de ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal, en el ámbito territorial de las Islas Baleares (BOIB núm.210, de 17 de diciembre), de acuerdo con el previsto al artículo 29 del Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

6. Una vez revisada toda la documentación se ha verificado y ha quedado acreditado que la totalidad de la organización y del patrimonio de la entidad Nousistemes pasan a ser titularidad de la entidad Fundación ASPACE Baleares, y así mismo que esta nueva entidad titular se quiere subrogar en los derechos y obligaciones derivadas del concierto y que cumple con los requisitos para la concertación de este servicio que establece la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de convocatoria de la acción concertada (BOIB núm.210, de 17 de diciembre), y el resto de normativa reguladora de la acción concertada social. Por lo tanto, la entidad Fundación ASPACE Baleares cumple con los requisitos exigidos para la concertación de este servicio según consta en el informe de la jefa del Servicio de Atención a la Discapacidad de fecha 20 de febrero de 2023.

7. En fecha 21 de febrero de 2023, el director general de Atención a la Dependencia dictó la propuesta de resolución relativa a la modificación de titularidad de la acción concertada del servicio de ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal, en el ámbito territorial de las Islas Baleares, para el año 2023, a favor de la entidad Fundación ASPACE Baleares.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.

2. La Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social.

3. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares.

4. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

5. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

6. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 8/2021, de 13 de febrero.

7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

8. La Resolución informativa de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 11 de diciembre de 2020 por la cual se convoca la acción concertada del servicio de ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal, en el ámbito territorial de las Islas Baleares, para el año 2021 (BOIB núm.210, de 17 de diciembre).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Estimar y autorizar la modificación de la entidad titular de la acción concertada del servicio de ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal a favor de la entidad Fundación ASPACE Baleares, con NIF G07053226, la cual se subroga en los derechos y obligaciones derivadas del concierto, por un total máximo de 8.000 sesiones concertadas al precio de 35,13 € / sesión, durante el periodo que va de día 1 de enero de 2023 a 31 de diciembre de 2023, por un importe máximo total de 281.040,00 € (IVA exento), para prestar este servicio con las mismas condiciones que se preveían a la resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de fecha 28 de diciembre de 2022 por la cual se renovó el concierto de este servicio.

2. Notificar esta Resolución a la entidad interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 22 de febrero de 2023

La consejera Fina Santiago Rodríguez