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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 197190
Resolución sobre las autorizaciones para la instalación de un puesto de venta en el Mercat Agrari Agromaó 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el presente anuncio publica las adjudicaciones de un puesto en el Mercat Agrari Agromaó 2023, otorgadas por el Decreto de Alcaldía n.º 2023/DA/0000985, de fecha 20 de marzo de 2023.

PRIMERO. Autorizar a las personas interesadas relacionadas a continuación a instalar un puesto del Mercat Agromaó, hasta el día 31 de diciembre de 2023, en el espacio destinado a este mercado, situado en las calles Nou-s'Arravaleta:

Expediente

DNI

Solicitante

Puestos

E06472023000005

41****17K

JUAN LUÍS FEDELICH ALLÉS

6 i 7

E06472023000006

Y**116**N

PATRIK MARIE JEAN DE LA CHESNAIS

8

SEGUNDO. No admitir la solicitud presentada por María Juana Marqués Caules, con DNI 4*75***7G, porque no ha presentado la documentación exigida en el apartado 4, puntos a y d, de las bases de la convocatoria.

TERCERO. Las condiciones de funcionamiento del mercado son las siguientes:

a) Abrirá todos los domingos, de 9.00 a 14.00 horas.

b) El horario del montaje será de 8.00 a 9.00 horas y el de desmontaje, de 14.00 a 15.00 horas.

c) Las medidas de los puestos serán de 2x1 m. El Ayuntamiento ha uniformizado los mercados municipales confeccionando toldos y faldones que serán suministrados a las personas adjudicatarias, que obligatoriamente deberán emplearlos.

d) La autorización para montar un puesto será intransferible y revocable.

e) La vigilancia y conservación del espacio será responsabilidad exclusiva de la persona autorizada.

f) La autorización no exime a la persona titular de solicitar y obtener licencias de otras administraciones, en conformidad con las normativas que le son de aplicación.

g) Las autoridades municipales podrán ordenar, en cualquier momento, que un funcionario/a realice visita de inspección para comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas en la presente autorización, así como de la ocupación continuada del puesto, según solicitud. Este funcionario/a podrá imponer, si procede, las sanciones pertinentes.

h) En los puestos no podrán instalarse equipos de sonido, ni música, ni megafonía.

i) Por razones de interés público, se podrá trasladar puntualmente la ubicación del mercado, previo aviso a las personas autorizadas.

j) Cuando, por motivo de incompatibilidad con otras actividades —de fuerza mayor, a causa de las condiciones meteorológicas u otros— no pueda llevarse a cabo el mercado, ello no implicará su apertura en días diferentes a los previstos, excepto en los supuestos que expresamente autorice el alcalde o persona en quien delegue.

k) En todo momento, las personas autorizadas deberán cumplir los protocolos y las normas higiénicas vigentes a raíz de la crisis sanitaria del Covid-19, relativas a los mercados de venta ambulante al aire libre.

 

CUARTO. La lista de personas interesadas autorizadas se remitirá a la Policía Local, junto con los datos de los vehículos que podrán acceder a la zona de venta, con el fin de realizar la carga y descarga, durante los horarios de montaje y desmontaje —respectivamente— de los puestos.

QUINTO. El orden de ocupación de los puestos se ha realizado por sorteo. Se entregará un plano de situación a cada una de las personas adjudicatarias.

Cada puesto ocupará un espacio de 2 x 1 m, con una separación de 2 metros entre cada puesto.

Maó, en la fecha de la firma electrónica (20 de marzo de 2023) El alcalde ​​​​​​​Héctor Pons Riudavets