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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 195919
Resolución por la que se modifica parcialmente la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 31 de octubre de 2022 por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea NextGenerationEU en la parte que afecta al expediente MOVES III 1946/2021

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Texto

Hechos

1. El 3 de julio de 2021 se publicó, en el BOIB núm. 88, la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021

2. En fecha 20 de junio de 2022 (RE núm. ENV/66939/2022), la entidad J. AGUILÓ SISTEMAS Y REDES SL presentó documentación para acogerse a la convocatoria para la adquisición del vehículo hibrido enchufable Audi Q3.

3. El 30 de junio de 2022, se emitió informe técnico. Este informe concluye «Dado que la documentación se ha recibido conforme en tiempo y forma, revisado el expediente y visto que cumple los requisitos establecidos en la convocatoria pública de referencia se informa FAVORABLEMENTE la propuesta de concesión de una subvención de 2.500, 00 - Euros»

4. El día 6 de octubre de 2022, se publicó, en el BOIB núm. 130, la Propuesta de resolución del director general de Energía y Cambio Climático por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en la que se proponía conceder a la entidad J. Aguiló Sistemas y Redes SL una subvención de 2.500 euros (Exp. MOVES III 1946/2021).

5. En fecha 12 de noviembre de 2022, se publicó, en el BOIB núm. 146, la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, en la que se concedía a la entidad J. Aguiló Sistemas y Redes SL una subvención de 2.500 euros, y se autorizaba y disponía a su favor este gasto con cargo a la partida presupuestaria 2023/G /731A01/77000/00/19701/MR001.

6. En fecha 21 de noviembre de 2022, la entidad J. Aguiló Sistemas y Redes SL presentó la solicitud de pago de la subvención, junto con la memoria económica justificativa de coste de las actividades realizadas y documentos justificativos.

7. El día 17 de febrero de 2023, el Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética emitió un informe técnico respecto a la subvención otorgada a la entidad, según el cual:

2. El punto 6.1 de la convocatoria establece la cuantía de las ayudas por el Programa de incentivos 1 Adquisición de vehículos eléctricos enchufables

a) En caso de beneficiarios indicados en el apartado 2.1 de esta convocatoria con las letras d), e) y g), se establecen las siguientes cuantías individuales de ayuda, siempre que no se supere el límite de precio de venta del vehículo establecido en la siguiente tabla, y debe entenderse como precio el precio de venta al cliente en el momento de solicitar la ayuda, antes del IVA.

 

Motorización

Categoría

Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km)

Límite precio venta vehículo (€) antes de IVA

Ayuda (€) sin desguace

Ayuda (€) con desguace

PYME

Gran empresa

PYME

Gran empresa

Pila combustible (FCV, FCHV)

M1

-

-

2.900

2.200

4.000

3.000

PHEV, EREV, BEV

Mayor de 30 o igual y menor de 90

45.000 (53.000 para vehículos BEV de ocho o 9 plazas)

1.700

1.600

2.300

2.200

Mayor de 90 o igual

2.900

2.200

4.000

3.000

 

Motorización

Categoría

Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km)

Límite precio venta vehículo (€) antes de IVA

Ayuda (€) sin desguace

Ayuda (€) con desguace

PHEV, EREV, BEV, pila combustible

N1

Mayor de 30 o igual

-

PYME

Gran empresa

PYME

Gran empresa

3.600

2.900

5.000

4.000

3. La persona o entidad J. Aguiló Sistemas y Redes SL, con fecha 20 de junio de 2022, presentó a la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos una solicitud de subvención dentro de la convocatoria Moves III.

4. Los servicios técnicos de la DG de Energía y Cambio Climático han concedido la ayuda por la adquisición de vehículo híbrido enchufable, concediendo la ayuda establecida por la categoría M1 por los beneficiarios con las letras a), b), c) yf) sin desguace, que corresponde a 2.500 euros.

5. Con fecha 16 de febrero de 2023 los servicios técnicos de la DG de Energía y Cambio Climático se dan cuenta de que se ha cometido un error en la concesión de la ayuda, ya que se trata de una persona jurídica y debería haberse aplicado la tabla correspondiente a los beneficiarios del apartado 2.1 con las letras d), e) yf). Se comprueba que por tanto le correspondería la ayuda de 1.700 euros.

Este informe concluye:

Una vez valorada la documentación presentada y dado que que se cometió un error a la hora de conceder la ayuda, se considera que cumpliendo el resto de las bases de la convocatoria pública de referencia, se informa que la ayuda concedida debería ser de 1.700 euros en vez de 2.500 euros.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008).

4. El Real decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOE núm. 89, de 14 de abril de 2021).

5. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2021).

6. La Resoluci ón del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022).

7. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre , por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar parcialmente la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 31 de octubre de 2022 por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica ( Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, únicamente en el sentido de minorar la cuantía que corresponde abonar a la entidad J. AGUILÓ SISTEMAS Y REDES SL (Exp. MOVES III 1946/2021).

2. Minorar la cantidad de 800,00 euros la subvención concedida a la entidad J. AGUILÓ SISTEMAS Y REDES SL para la adquisición del vehículo hibrido enchufable Audi Q3, otorgando una subvención de 1.700,00 euros en vez de los 2.500 euros concedidos inicialmente.

3. Consecuentemente, autorizar y disponer negativamente la cantidad de 800,00 euros con cargo a la partida presupuestaria G/731A01/77000/00/19701/MR001 de los presupuestos de 2023.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, fecha de la firma electrónica (13 de marzo de 2023)

El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo Por delegación del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (BOIB núm. 31, de 4/3/2021)