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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 192570
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza para la corrección de error material incurrido parámetros programación taxímetro en la aprobación inicial de la actualización tarifaria de aplicación al servicio de taxi de la isla de Ibiza

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por acuerdo del Consejo Ejecutivo Consejo Insular de Ibiza en sesión celebrada en fecha 17 de marzo de 2023, se ha aprobado por unanimidad la propuesta de corrección de error material incurrido en la aprobación de la actualización de la tarifa única de aplicación a los servicios de taxi aprobada inicialmente en sesión del Consejo Ejecutivo de fecha 10 de marzo de 2023, del tenor literal siguiente.

"En fecha 10/03/2023 se acordó por el Consejo Ejecutivo la aprobación inicial de las tarifas de taxi correspondiente a la tarifa única de aplicación para los recorridos urbanos e interurbanos de la isla de Ibiza, todo de acuerdo con la propuesta presentada en fecha 6 de marzo de 2023, en sesión del Consejo sectorial de la Movilidad de Ibiza, reunido al efecto con representantes de las administraciones (regidores de los cinco Ayuntamientos de la isla de Ibiza) y del sector en materia de taxi (FITIE y FEBT/CAEB). Este acuerdo del consejo Ejecutivo incorporaba la determinación de los parámetros técnicos de programación del taxímetro resultantes de la tarifa propuesta (valores automáticos resultantes de los valores de estas tarifas en sus modalidades diurna o nocturna y fetsiva y calculada por distancia o tiempo de espera).

Posteriormente a la adopción del mencionado acuerdo se ha detectado un error material en la realización de los cálculos aritméticos por el cuales se determinó el valor de los segundos por salto en los parámetros de programación del taxímetro.

Así, donde antes decía

  • Segundos por salto en horario diurno: 17,93 seg
  • Segundos por salto en horario nocturno o en día festivo: 18,07 seg.

Se tenía que haber dicho

  • Segundos por salto en horario diurno: 16,59 seg
  • Segundos por salto en horario nocturno o en día festivo: 13,55 seg.

Por todo el anterior, visoe el informe técnico de corrección del error material de fecha 15/03/2023 Dado que en este momento únicamente corresponde determinar el valor correcto de los dos parámetros de programación que se habían expresado erróneamente en el acuerdo del pasado 10 de marzo de 2023 Visto el informe propuesta de fecha 15/03/2023 donde se informa favorablemente la presente propuesta de acuerdo y se corrige el error incurrido con la determinación correcta de los parámetros de programación En base a todo el anterior, como titular del Departamento de Innovación, Transparencia, Participación y Transportes, en ejercicio de las competencias atribuidas en virtud del Decreto de Presidencia n.º 484/2020, de fecha 16-07-2020 de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB n.º 98 EXT, de 17/07/2019; modificaciones  al BOIB  n.º 175, de 31-12-2019, BOIB n.º 101, de 04-06-2020 y al BOIB  n.º 153, de 5 de septiembre) elevo al Consejo Ejecutivo de este Consejo Insular–en cuanto que órgano competente- la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

CORREGIR el valor de los parámetros de programación del taxímetro anteriormente determinados por acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 10/02/2023 en relación al importe correspondiente a los "según por salto", que pasan a ser:

  • Segundos por salto en horario diurno: 16,59 seg
  • Segundos por salto en horario nocturno o en día festivo: 13,55 seg."

Ibiza, 17 de marzo de 2023 El jefe del Servicio de Transportes Antonio Montero Guasch