Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Núm. 188863
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se acuerda la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a un miembro del cuerpo de policía local de Sóller
Hechos
1. El artículo 132 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears dice lo siguiente:
Artículo 132
Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco
La Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco se entrega a los miembros de la policía local, sea cual sea su categoría, cuando cumplan treinta años de servicio en cualquier cuerpo de la policía local, en situación de servicio activo o en situación de servicios especiales, que hayan tenido una trayectoria profesional destacada y que no tengan expedientes disciplinarios en curso o sanciones disciplinarias pendientes de cancelar en su expediente personal.
Asimismo, se puede entregar esta condecoración a otros miembros de cualquiera de las fuerzas y cuerpos de seguridad, o de instituciones y organismos que hayan destacado notoriamente en su aportación por mejorar la seguridad ciudadana.
2. El día 12 de desembre de 2022, se registró de entrada en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad el oficio de remisión del certificado del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sóller de fecha 2 de diciembre de 2022 de la propuesta de solicitud de concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los miembros de la policía local de Sóller siguientes: el oficial Miguel Cladera Massot y el policía Alfonso Girona Mateu.
3. El día 17 de enero de 2023, el director general de Emergencias e Interior firmó la Resolución de inicio del procedimiento para la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los policías mencionados en el punto 2. En la misma resolución también nombró el instructor y el secretario.
4. El día 17 de febrero de 2023 el instructor del procedimiento elevó a la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad la propuesta de resolución de concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco al oficial Miguel Cladera Massot y de denegación al policía Alfonso Girona Mateu por no cumplir uno de los requisitos, para que emita la resolución de concesión.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 52 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, modificado por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, de modificación de la Ley 4/2013, determina la posibilidad de conceder premios y distinciones a los miembros de la policía local de las Illes Balears en los términos que se establezcan reglamentariamente.
2. El capítulo V del título VIII del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, regula las características y la concesión de premios y condecoraciones. En concreto, el artículo 132, regula las circunstancias por las cuales puede otorgarse la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco; el artículo 137, regula quién puede formular la propuesta de solicitud de concesión del galardón; y el artículo 138 regula el procedimiento ordinario de concesión.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Acordar la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco al miembro del cuerpo de la policía local de Sóller que se indica a continuación:
― Oficial Miguel Cladera Massot
2. Notificar esta resolución al agente galardonado y al Ayuntamiento de Sóller.
3. Ordenar la inscripción de este acuerdo en el Registro de Policías Locales en la forma legalmente determinada.
4. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 21 de febrero de 2023)
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez