Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 188848
Corrección de errores advertidos en la Resolución del Director General de Planificación, Ordenación y Centros de 24 de febrero de 2023 por la cual se despliegan determinados aspectos, para el curso escolar 2023-2024, respecto a los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos totalmente o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears
En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 28, de 4 de marzo de 2023, se publicó la Resolución del Director General de Planificación, Ordenación y Centros de 24 de febrero de 2023 por la cual se despliegan determinados aspectos, para el curso escolar 2023-2024, respecto a los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos totalmente o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears.
En la publicación, se han observado una serie de errores en relación con el anexo 3 (zonas escolares), el anexo 4 (Adscripciones), el anexo 5 (Baremo de puntuación) y en el anexo 6 (Documentación a presentar y aclaraciones sobre los criterios de aplicación del baremo).
Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición; asimismo, la rectificación de errores ha de especificar, si es el caso, los efectos jurídicos que se deriven y se ha de notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1.- Corregir los errores detectados en el anexo 3, el anexo 4, el anexo 5 y el anexo 6 de la Resolución de 24 de febrero de 2023 en los siguientes términos:
— En el anexo 3, en el apartado de zonas escolares de Marratxí, donde dice:
CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y BACHILLERATO
(...)
Zona B
- Delimitaciones:
Municipio de Marratxí, de la línea formada por la carretera Ma-13A hacia el Norte.
Para los estudios de bachillerato de las modalidades de Ciencias y Tecnología, de Humanidades y Ciencias Sociales, y General.
Debe decir:
CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y BACHILLERATO
(...)
Zona B
- Delimitaciones:
Para los estudios de educación secundaria:
Para los estudios de bachillerato de las modalidades de Ciencias y Tecnología, de Humanidades y Ciencias Sociales, y General.
— En el anexo 3, en el apartado de zonas escolares de Pollença, donde dice:
(...)
Zona B
- Delimitaciones:
- Relación de centros:
07004451 |
CCEI San Vicente de Paúl |
Pg. de Saralegui, 44 |
07004461 |
CEIP Miquel Capllonch |
C. de Vicenç Buades, s/n |
07012858 |
CEIP Port de Pollença |
C. de Mestre Albertí, 1 |
07008843 |
IES Clara Hammerl |
C. de Roger de Flor, s/n |
Debe decir:
(...)
Zona B
- Delimitaciones:
- Relación de centros:
07004451 |
CCEI San Vicente de Paúl |
Pg. de Saralegui, 44 |
07004461 |
CEIP Miquel Capllonch |
C. de Vicenç Buades, s/n |
07012858 |
CEIP Bocchoris |
C. de Mestre Albertí, 1 |
07008843 |
IES Clara Hammerl |
C. de Roger de Flor, s/n |
— En el anexo 4, adscripciones, donde dice:
(...)
II. Adscripciones de centros públicos de educación infantil o incompletos a centros públicos de primaria
Municipio |
EI/CEIP |
CEIP/CP |
---|---|---|
Estellencs |
CEIP Gabriel Palmer |
CEIP Gabriel Comas i Ribas |
Manacor |
CEIP Sa Graduada (Manacor) |
CP Es Canyar |
Palma |
EI Paula Torres |
CPIESO Aurora Picornell |
Debe decir:
(...)
II. Adscripciones de centros públicos de educación infantil o incompletos a centres públicos de primaria
Municipio |
EI/CEIP |
CEIP/CP |
---|---|---|
Estellencs |
CEIP Gabriel Palmer |
CEIP Gabriel Comas i Ribas |
Manacor |
EI Sa Graduada (Manacor) |
CP Es Canyar |
Palma |
EI Paula Torres |
CPIESO Aurora Picornell |
— En el anexo 4, Adscripciones, donde dice:
IV. Adscripciones de centros públicos de educación primaria a institutos de educación secundaria.
(...)
Pollença |
CEIP Joan Mas CEIP Miquel Costa i Llobera |
IES Guillem Cifre de Colonya |
CEIP Miquel Capllonch (Port de Pollença) CEIP Port de Pollença (Port de Pollença) |
IES Clara Hammerl |
Debe decir:
IV. Adscripciones de centros públicos de educación primaria a institutos de educación secundaria.
(...)
Pollença |
CEIP Joan Mas CEIP Miquel Costa i Llobera |
IES Guillem Cifre de Colonya |
CEIP Miquel Capllonch (Port de Pollença) CEIP Bocchoris (Port de Pollença) |
IES Clara Hammerl |
— En el anexo 5, Baremo de puntuación, en el apartado de criterios de desempate, donde dice:
(...)
En el momento de hacer la solicitud, se asignará un número a cada una. Cuando se tengan todas las solicitudes, se ordenarán alfabéticamente a partir de los apellidos de los solicitantes. El sorteo se llevará a cabo mediante un programa informático y decidirá el número de la solicitud a partir de la cual se ha de seguir el orden alfabético para hacer las adjudicaciones. Se tendrán en cuenta los dos apellidos de la solicitud correspondiente a este número, y a partir de los dos apellidos (o de un apellido, en el caso de apellido único) se adjudicará plaza en orden ascendente. Los dos apellidos (o el apellido, en caso de apellido único) correspondientes al número de la solicitud extraído en el sorteo se publicarán en el lugar web de la Dirección General de Planificación y Centros (http://dgpdocen.caib.es) y en el del Servicio de Escolarización, Títulos y Legalizaciones.
Debe decir::
(...)
En el momento de hacer la solicitud, se asignará un número a cada una. Cuando se tengan todas las solicitudes, se ordenarán alfabéticamente a partir de los apellidos de los solicitantes. El sorteo se llevará a cabo mediante un programa informático y decidirá el número de la solicitud a partir de la cual se ha de seguir el orden alfabético para hacer las adjudicaciones. Se tendrán en cuenta los dos apellidos de la solicitud correspondiente a este número, y a partir de los dos apellidos (o de un apellido, en el caso de apellido único) se adjudicará plaza en orden ascendente. Los dos apellidos (o el apellido, en caso de apellido único) correspondientes al número de la solicitud extraído en el sorteo se publicarán en el lugar web de la Dirección General de Planificación y Centros (https://www.caib.es/sites/escolaritzaciocurs/ca/sortejos_desempat-44747/) y en el del Servicio de Escolarización, Títulos y Legalizaciones.
— En el anexo 6, Documentación justificativa de los criterios que aparecen en el baremo, donde dice:
(...)
2. Proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo del padre, la madre o el tutor legal
b) Lugar de trabajo del padre, la madre, el tutor o el alumno, si este tiene la edad legal para trabajar:
(...)
En el caso de adscripciones:
Debe decir:
(...)
2. Proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo del padre, la madre o el tutor legal
b) Lugar de trabajo del padre, la madre, el tutor o el alumno, si este tiene la edad legal para trabajar:
(...)
En el caso de adscripciones:
2.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (15 de marzo de 2023
El director general de Planificación, Ordenación y Centros Antonio Morante Milla)