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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 178139
Extracto de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2023

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Texto

BDNS 679559

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

1.1. Son beneficiarios de las subvenciones:

1.1.1. En cuanto al apoyo a la movilidad, al que se hace referencia en el punto 1.2.a), son beneficiarios los autores, los responsables de editoriales, los organizadores de festivales literarios que soliciten movilidad para autores baleares, los investigadores y los agentes culturales de las Illes Balears.

1.1.2. En cuanto al apoyo a la edición y la promoción, líneas b) y c), son beneficiarias las personas jurídicas o físicas que estén dadas de alta en el censo tributario y/o el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector editorial o bien que tengan como objeto social el desarrollo de actividades de carácter profesional relacionadas con el sector editorial.

1.2. Quedan excluidas como beneficiarias las entidades de derecho público o privado vinculadas o dependientes de administraciones públicas, así como cualquier empresa u organización en la que la participación de estos entes sea mayoritaria.

1.3. No pueden ser beneficiarias de ayudas las siguientes personas físicas o jurídicas:

a) Las que incurran en cualquiera de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de las Illes Balears, entre las que están haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estar declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas de acuerdo con la Ley concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

b) Las que hayan sido sancionadas o condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

c) Las que hayan sido sancionadas mediante una resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener una subvención, de acuerdo con la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia, o cualquier otra aplicable.

Segundo. Objeto y finalidad

2.1. Esta convocatoria tiene por objeto contribuir a la proyección exterior de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears de carácter profesional durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023, con el fin de fomentar el intercambio y la relación cultural entre Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera y entre las Illes Balears y el exterior.

2.2. Se establecen tres líneas de subvención, la primera de las cuales es excluyente de las otras dos:

a) Apoyo a la movilidad de autores, responsables de editoriales, investigadores y agentes culturales vinculados al ámbito de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración para asistir a ferias, festivales, presentaciones y jornadas profesionales de fuera de la isla de residencia.

La asistencia a ferias y/o festivales tiene que estar vinculada a la participación del solicitante en las actividades profesionales de la feria y/o festival.

En caso de asistencia a jornadas de formación, solo se subvenciona la asistencia a jornadas de formación especializadas, destinadas exclusivamente a atender las necesidades de formación de los profesionales del sector de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración.

b) Apoyo a la edición de proyectos editoriales vinculados a la proyección exterior del libro, independientemente de su soporte, sea físico y/o digital, y de su formato, que se concreten en:

— La edición de traducciones de obras de autores naturales o residentes en las Illes Balears con distribución fuera de las Illes Balears.

— La edición de originales de autores naturales o residentes en las Illes Balears.

— La edición de traducciones al catalán de obras universales que sean publicadas por editoriales de las Illes Balears, editoriales que acrediten que el 50 % de los contratos laborales o servicios contratados se han hecho en el último año en las Illes Balears o proyectos editoriales en que la actividad subvencionada tenga lugar en el territorio de las Illes Balears.

— La digitalización de obras de autores de las Illes Balears que forman parte del patrimonio literario de nuestra comunidad.

Estos proyectos editoriales tienen que ir acompañados de un proyecto de promoción exterior del libro (distribución nacional o internacional, promoción en entorno digital, promoción en redes, participación en encuentros telemáticos y/o presenciales, presentación fuera de la isla de residencia, difusión en plataformas de ferias profesionales, etc.).

c) Apoyo a actividades de promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears.

Se pueden solicitar ayudas para:

— La producción de material gráfico y audiovisual asociado a la promoción de autores baleares, incluida la confección de dosieres promocionales que pueden constar de traducciones de extractos de una o varias obras, la biografía del autor y otro material relacionado (artículos de prensa, reseñas, etc.). La finalidad de estos dosieres tiene que ser la promoción internacional de los derechos de transformación (traducción y/o adaptación).

— La organización de presentaciones de una obra o un autor de las Illes Balears, así como conferencias, mesas redondas, seminarios y recitales poéticos, fuera de la isla de residencia o en formato digital.

— La participación de los profesionales de las Illes Balears en ferias y festivales dentro del ámbito de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración, en formato presencial o digital.

 

2.3. No se pueden subvencionar proyectos que vulneren los derechos de los colectivos LGTBI+, los derechos de las mujeres y los derechos humanos.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

Cuarto. Importe e imputación presupuestaria

4.1. El crédito asignado a esta convocatoria es de 240.000 € (doscientos cuarenta mil euros) con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB de 2023.

4.2. El importe global que comprende esta convocatoria se distribuye en las siguientes líneas de ayudas:

— Línea a): 8.000 € (ocho mil euros).

— Línea b): 220.000 € (doscientos veinte mil euros).

— Línea c): 12.000 € (doce mil euros).

4.3. La concesión de las ayudas previstas en esta convocatoria queda condicionada a la disponibilidad presupuestaria establecida en el apartado anterior.

4.4. Siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe de esta convocatoria. El importe consignado inicialmente se puede ampliar mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.

4.5. En caso de que no se llegue a otorgar la totalidad del presupuesto de cada línea, el remanente se tiene que otorgar proporcionalmente a las otras líneas.

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes, dirigidas al IEB, empieza el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB y permanecerá abierto hasta el día 15 de septiembre de 2023.

 

(Firmado electrónicamente: 10 de marzo de 2023)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Miquel Company i Pons