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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 174201
Resolución de la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores por la que se publica la designación de ISBA, SGR, como entidad colaboradora para la gestión de las ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca de las operaciones de financiación de inversiones y de liquidez que se convoquen en 2023

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Texto

Hechos

1. Por Resolución de la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 1 de febrero de 2023, se convocó el procedimiento de selección de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca de las operaciones de financiación de inversiones y de liquidez del año 2023 (BOIB núm. 17, de 7 de febrero).

2. Por Resolución de la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 27 de febrero de 2023, a propuesta de la Directora General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, se designó a ISBA, SGR, entidad colaboradora para la gestión de los ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca de las operaciones de financiación de inversiones y de liquidez que se convoquen en 2023.

Fundamentos de derecho

El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

RESOLUCIÓN

Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 27 de febrero de 2023 por la que se designa a ISBA, SGR, entidad colaboradora para la gestión de las ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca de las operaciones de financiación de inversiones y de liquidez que se convoquen en 2023 (el contenido de la Resolución de 27 de febrero de 2023 es el que figura en el anexo de esta Resolución de publicación).

 

(Firmado electrónicamente: 6 de marzo de 2023)

La Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau

 

ANEXO

Resolución de la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la que se designa a ISBA, SGR, entidad colaboradora para la gestión de las ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca de las operaciones de financiación de inversiones y de liquidez que se convoquen en 2023

En la fecha de la firma, la Directora General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Hechos

1. El Decreto 29/2011, de 1 de abril, de medidas urgentes en materia de financiación de inversiones productivas y liquidez de las pymes en las Illes Balears, establece las normas que deben regir las ayudas en materia de financiación de inversiones productivas y liquidez de las pymes en las Illes Balears y que actúan como bases reguladoras de estas ayudas.

2. El artículo 13 del Decreto 29/2011 estipula que las convocatorias de ayudas que se dicten en aplicación de este Decreto pueden prever la colaboración de entidades en cuanto a la entrega de los fondos públicos a las personas o entidades beneficiarias de las ayudas o en la realización de otras funciones de gestión de las ayudas. El régimen de colaboración de estas entidades debe sujetarse a las normas que establece la normativa de subvenciones, así como a las obligaciones específicas que, en su caso, establezcan la convocatoria y el convenio correspondiente.

3. Por otra parte, los artículos 4 y 5 del Decreto 122/2000, de 1 de septiembre, por el que se regulan las aportaciones al fondo de provisiones técnicas de las sociedades de garantías recíprocas y el apoyo a los socios partícipes por las consejerías del Gobierno de las Illes Balears, establecen que el Gobierno de las Illes Balears puede suscribir convenios de colaboración con las sociedades de garantía recíproca para que sus socios partícipes reciban una ayuda al coste del aval que les preste la sociedad de garantía recíproca en cuestión, y regulan la documentación que deben presentar estas sociedades para poder formalizar estos convenios.

4. De acuerdo con el artículo 26.f) del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, para la entrega de los fondos públicos a las personas beneficiarias o para otras funciones de gestión de las subvenciones, puede ser entidad colaboradora cualquier persona jurídica que cumpla con las condiciones de solvencia y eficacia que se establezcan. En caso de que esta persona jurídica esté sujeta al derecho privado, el artículo 27.2 del Texto refundido de la Ley de subvenciones establece que la entidad colaboradora debe seleccionarse previamente mediante un procedimiento sometido a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación, y la colaboración debe formalizarse mediante convenio, cuando no sea a título estrictamente oneroso.

5. Por Resolución de la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 1 de febrero de 2023, se convocó el procedimiento de selección de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca de las operaciones de financiación de inversiones y de liquidez del año 2023 (BOIB núm. 17, de 7 de febrero).

6. Se considera el Informe del Servicio de Política Financiera y Seguros de 22 de febrero de 2023, con el visto bueno de la Directora General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, de valoración de las solicitudes presentadas en el procedimiento de selección de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas mencionadas en 2023, por la que se propone la designación de ISBA, SGR, como entidad colaboradora, y de requerimiento para completar la documentación prevista en la convocatoria.

7. Asimismo, se considera el Informe del Servicio de Política Financiera y Seguros de 24 de febrero de 2023 de valoración de la documentación presentada por ISBA, SGR, para poder ser designada entidad colaboradora, que cumple con el punto 8 del anexo 1 de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

2. El Decreto 29/2011, de 1 de abril, de medidas urgentes en materia de financiación de inversiones productivas y liquidez de las pymes en las Illes Balears, que constituye el marco básico para ejecutar estas ayudas.

3. El Decreto 122/2000, de 1 de septiembre, por el que se regulan las aportaciones al fondo de provisiones técnicas de las sociedades de garantías recíprocas y el apoyo a los socios partícipes por las consejerías del Gobierno de las Illes Balears.

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Propuesta de resolución

Propongo a la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Designar a ISBA, SGR, con NIF V07066913, entidad colaboradora para la gestión de las ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca de las operaciones de financiación de inversiones y de liquidez que se convoquen en 2023.

2. Notificar esta Resolución a ISBA, SGR.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar su resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo , de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 6 de marzo de 2023)

La Consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau

La directora general que propone Catalina Ana Galmés Trueba