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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 172881
Notificación de resolución de expediente por infracción administrativa en materia de Sanidad Animal nº 2021/26449B

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que se ha intentado por los medios establecidos la notificación personal de la resolución por infracción administrativa en materia de Sanidad Animal, Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal y dado que no hay constancia en el expediente de su recepción por la persona interesada, de acuerdo con lo que dispone el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con este anuncio se pone en conocimiento de la persona que se indica a continuación que se ha dictado Decreto de expediente sancionador por presunta infracción cometida en materia de Sanidad Animal, y se le comunica que puede interponer, alternativamente, o un recurso de reposición potestativo ante la Presidencia del Consejo Insular d'Eivissa, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, o bien un recurso contencioso administrativo, en relación con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

Nº de expediente: 2021/26449B

NIE Presunto infractor: Y1736586P

Fecha de la resolución de imposición de sanción: 17 de noviembre de 2022

Preceptos infringidos: Infracción prevista como leve en el artículo 14.3a de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, que tipifica como infracción administrativa «… Son infracciones leves: a) El incumplimiento de las obligaciones que exigen la normas de protección animal en cuanto al cuidado y manejo de los animales, siempre que no se produzcan lesiones permanentes, deformidades o defectos graves, o la muerte de los animales. ...». Artículo en relación con el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el cual se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas, el cual en su punto 6 del anejo, especifica que en la mediad que sea necesario y posible, el ganado mantenido al aire libre debe ser objeto de protección contra las inclemencias del tiempo, los depredadores y el riesgo de enfermedades; también con el Real 804/2011, de 10 de junio, por el cual se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece un plan sanitario equino, artículo 4.3 que establece, entre otras, que la explotación se debe situar en un área delimitada, aislada del exterior y que permita un control eficaz de entradas y salidas de vehículos, personas y animales mediante un cerramiento perimetral o sistemas equivalentes, y que para la gestión de estiércol generado en las instalaciones de estabulación, deben disponer de estercoleros impermeabilizados naturalmente o artificialmente, que eviten el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales o subterráneas, con capacidad suficiente para permitir la gestión adecuada; así mismo, en su artículo 4.5 marca, entre otros, que las explotaciones deben disponer de instalaciones o sistemas apropiados que permitan, en la medida que sea necesario y posible, la protección contra las inclemencias del tiempo y depredadores. También en conexión con el Real Decreto 676/2016, de 16 de diciembre, por el cual se regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina, artículo 9.1 que establece que los équidos se deben identificar, como muy tarde, un año después de la fecha de nacimiento y, en cualquier caso, antes de abandonar la explotación de nacimiento.

Calificación de la infracción: Leve

Sanción: Advertencia

Último domicilio conocido: Cas Cavaller, núm. 21 – Can Toni Negre - 07810

Municipio: Sant Joan de Labritja

 

Ibiza, 9 de marzo de 2023.

La técnica de administración general del Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino Mª José Cardona Muñoz