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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 172041
Resolución del presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares por la cual se formula el informe de impacto ambiental sobre el proyecto básico de rehabilitación de los conjuntos de casetas-varaderos de Portocolom y la reforma de la urbanización de varias partes del puerto de Portocolom (T.M. Felanitx) (Exp. 10a/2022)

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Texto

Visto el informe técnico con propuesta de resolución de día 06 de febrero de 2023 y de acuerdo con el artículo 10.1.a) del Decreto 4/2018, de 23 de febrero, por el cual se aprueban la organización, las funciones y el régimen jurídico de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares (CMAIB) (BOIB n.º 26 de 27 de febrero de 2018),

RESUELVO FORMULAR

El informe de impacto ambiental sobre el proyecto básico de rehabilitación de los conjuntos de casetas-varaderos de Portocolom y la reforma de la urbanización de varias partes del puerto de Portocolom (T.M. Felanitx), en los términos siguientes:

1. Determinación de sujeción a evaluación ambiental y tramitación

De acuerdo con el artículo 13.2 del Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación Ambiental de las Islas Baleares, serán objeto de evaluación de impacto ambiental simplificada los proyectos incluidos en el anexo II de esta Ley. Entre los proyectos incluidos en el anexo 2 del Decreto legislativo, el proyecto básico de rehabilitación de los conjuntos de casetas-varaderos de Portocolom y la reforma de la urbanización de varias partes del puerto de Portocolom (T.M. Felanitx) se incluye en el punto 9 del grupo 7 (Otros proyectos):

Cualquier proyecto o actuación que pueda afectar a los ecosistemas marinos.

Por lo tanto, el proyecto se debe tramitar como una Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada y seguir el procedimiento establecido en la sección 2.ª del Capítulo II de evaluación de impacto ambiental de proyectos del Título II de evaluación ambiental de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Se deben cumplir también las prescripciones del artículo 21 del Decreto legislativo 1/2020, que le sean de aplicación.

2. Descripción y ubicación del proyecto

El objetivo principal del proyecto básico es el de dar solución al deficiente estado de

conservación actual de los conjuntos de varaderos de Portocolom (T.M. Felanitx), preservando el carácter de la zona, mejorando la operativa de las zonas de atraque y renovando los espacios públicos colindantes entorno a estos.

Las edificaciones referidas, que datan de finales del siglo XIX y primera mitad del siglo XX, y la finalidad de las cuales es la protección de pequeñas embarcaciones de pesca durante el invierno y el almacenamiento de utensilios durante todo el año, se encuentran clasificadas en el actual catálogo de patrimonio del municipio de Felanitx. Su grado de protección es integral de categoría 1, lo que implica la total conservación del bien, preservando su volumen y todos los elementos que lo componen.

Las actuaciones previstas en el proyecto son las siguientes:

-Actuaciones sobre los varaderos:

a) Zona norte: 112 (conjuntos de 90 en Es Rivetó, con una superficie de 2.390 m², 14 en la c. Mar - Can Cordellina, con una superficie de 314 m², y 8 en la c. Tamarells, con una superficie de 270 m²).

b) Zona sur: 65 (conjuntos de 14 en Sa Bassa Nova 1, con una superficie de 420 m², y 51 en Sa Bassa Nova 2, con una superficie de 1.675 m²).

c) Zona este: 7 (conjunto de 6+1 individual en Es Babo, con una superficie de 205 m²).

Según el documento ambiental, se plantea la reparación completa de las lesiones o patologías detectadas en los elementos que constituyen los varaderos, proponiéndose soluciones constructivas y tratamientos individualizados para cada caso y grado de afectación. En todo caso, las soluciones constructivas y materiales escogidos pretenden la conservación, rehabilitación y reforma, causando el menor impacto ambiental, preservando al máximo su volumen, los elementos que los componen y los sistemas constructivos actuales, siempre que sea posible. El objetivo es garantizar al máximo la estabilidad y su durabilidad, respetando la estética inicial y la integración en el paisaje existente.

Los elementos de los varaderos sobre los cuales se actuará son las cubiertas, los forjados y techos interiores, los muros interiores, las fachadas, las puertas y las escalas.

-Cubiertas: demolición del pavimento existente, mejora de pendientes, impermeabilización mediante lámina asfáltica, y reconstrucción del pavimento con el mismo acabado que el actual, con pavimento continuo o solado cerámico en función de la zona.

-Forjados “voltats”: eliminación del revestimiento, saneamiento de superficies, hidrolavado y enlucidos con mortero transpirable fibroreforzado. Aplicación de revestimiento fino de pasta coloreada de silicato y refuerzo estructural en forjado o losa superior armada en caso de riesgo estructural.

-Forjados de viguetas: eliminación del enlucido existente, picoteado y eliminación de hormigón descantilado, aplicación de pasivadores y puente de unión, reconstrucción con mortero reforzado con fibras. Aplicación de mortero en enlucido y revestimiento fino de pasta coloreada de silicato. Capa previa de resina epoxi de protección en caso necesario. Refuerzo inferior con vigas metálicas en casos graves.

-Muros interiores: limpieza de superficies. Picoteado y retirada del revestimiento existente al 80%. Reparación de grietas y relleno de juntas. Enfoscado a base de cal reforzado con fibras. Enlucido remolinado con pasta coloreada a base de cal.

-Pavimentos interiores: picoteado de la superficie al 80%, pegado de zonas cuarteadas. Aplicación de nueva capa de acabado de hormigón con aditivos especiales en toda la superficie.

-Fachadas: reparaciones puntuales en fachadas con elementos en riesgo de desprendimiento. Sellado de fisuras, grapado de grietas, recalces en zonas descalzadas, reparaciones estructurales en dinteles. Limpieza de superficies y retirada de revestimiento existente hasta un 80%. Nuevo enlucido a base de cal en toda la superficie, y pintura exterior acrílica adecuada para ambiente marino.

-Puertas: reposición de listones y mesas deterioradas. Sustitución de herrajes en mal estado manteniendo los existentes de madera si están en buen estado. Cepillado y aplicación de pintura protectora cuando sea posible. Sustitución de la puerta por una nueva en los casos en que esté en muy mal estado o no exista.

-Escaleras: eliminar elementos sueltos o que puedan desprenderse, eliminación del revestimiento existente en su mayor parte, reparación estructural y renovación del enlucido con materiales a base de cal. Aplicación de microcemento en escalones y pintura similar a la de fachada.

-Actuaciones en obra marítima:

-Mollets: la variedad de estados de conservación y grados de afección de las diferentes patologías que podemos encontrar es muy extensa. En general se procederá a la reparación completa pero individualizada de los mollets con patologías importantes con elementos propios o similares. En aquellos casos en que sea necesario, se procederá a su reconstrucción con forro lateral del núcleo de hormigón con piedra amorterada con mortero a base de cal y la reposición de la coronación con hormigón, piezas de marés, o ambos, según tipología original. Para aquellos mollets con muestras de socavación, descalces o desaparición de elementos de masonería más severos o intensos se procederá a su reconstrucción, incluyendo la demolición de parte de la estructura, la limpieza de fondo del entorno y el vertido de rompeolas y materiales para la reconstrucción del mollet con las mismas medidas y características que las originales.

-Rampas: para las dos tipologías de rampas existentes (hormigón y marés) se plantean las siguientes opciones en función de la patología y grado de afectación.

o Para los descalces se realiza una demolición del aro existente, limpieza de fondo en zanja, banquillo de rompeolas, enrase con grava, saneamiento del frente de hormigón después de la demolición, encofrado y hormigonado del aro. Para las rampas de marés en este procedimiento se sustituyen los elementos de hormigón por marés.

o Para afectaciones leves o moderadas como fisuras, grietas, cuarteados … etc., se procederá a la retirada y reposición de la pieza afectada.

o Para las afectaciones severas o intensas se plantea la demolición completa de la rampa y su nueva ejecución para las rampas de hormigón o la reconstrucción mediante la retirada de todas las piezas de marés en buen estado y la sustitución de aquellas que se encuentren deterioradas por nuevas piezas en las rampas de marés.

-Muelles: los muelles de la calle Mar (Can Cordellina) y Tamarells presentan estados de conservación razonables, si bien presentan algunas patologías que podrían poner en riesgo su estabilidad en un futuro próximo. Entre otros, las más relevantes son descalces del banquillo inferior, pérdida de piezas de masonería y/o marés, desprendimientos y deterioro del hormigón. La solución adoptada para estos muelles es la construcción de un nuevo muelle de hormigón sobre banquillo de rompeolas, reculado frontalmente de tal forma que pueda cubrirse al frente con masonería, además de colocar piezas de marés sobre el cantil, aportando así una estética clásica e inspirada en los “mollets” tradicionales y los muelles actuales. En la parte superior se instalará un nuevo pavimento de adoquín. Los muelles cumplirán las Recomendaciones de Obras Marítimas (ROM) y se procederá a su cálculo y comprobación completa en el proyecto constructivo. Se estima una cota aproximada de pavimento de ambos muelles de +1,00 m sobre el nivel del mar.

-Urbanizaciones del frente marítimo: Las actuaciones alcanzan desde el final de las cubiertas de los mismos varaderos hasta los límites del Dominio Portuario, y en algún caso algo más allá hasta las fachadas de los edificios de primera línea. Las actuaciones propuestas a escala de urbanización se refieren a la reforma de pavimentos, la mejora de la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, así como a la disposición de vegetación, arbolado y mobiliario urbano.

Los principales residuos que generará el proyecto serán pavimentos cerámicos e hidráulicos, bordillos de hormigón, hormigón en masa (cubiertas, pavimentos, muelles, rampas, mollets, forjados), revestimientos hidráulicos (morteros, enlucidos), aglomerado asfáltico, tierras y material de limpieza de fondo, cableado eléctrico, cañerías, metales, restos vegetales, y otros (madera, vidrio, plástico). Las obras se llevarán a cabo en temporada baja, con una duración prevista de veintiún meses y un presupuesto estimado de 7.495.142,61 euros (incluyendo una partida específica de 429.088,45 euros para la gestión de residuos y 59.064 euros en concepto de gestión medioambiental).

Durante las obras, el documento ambiental prevé la instalación de un cerramiento perimetral en todas las zonas de obra, con el fin de evitar el acceso de personas ajenas a estas. En cuanto a la ubicación de los diferentes elementos auxiliares, los acopios de material de obra y los residuos RCD que se generen, se situarán en el punto más próximo a la zona de trabajo y tan alejados como sea posible del mar, con el fin de minimizar la posibilidad de vertidos accidentales al medio marino, así como la posible dispersión de polvo en zona marítima. Por otro lado, se colocará una barrera antiturbidez en todo el perímetro de la zona de trabajos marítimos.

3.Evaluación de los efectos previsibles

Según el documento ambiental, los principales impactos ambientales negativos del proyecto tendrán lugar durante la fase de construcción, y son referidos principalmente al factor tierra como tráfico de maquinaria y movimientos de tierras durante la ejecución de las reparaciones, a modificaciones en la batimetría de la zona a causa del vertido accidental de materiales para el asentamiento de muelles, rampas u otras estructuras, a la alteración de la calidad de los sedimentos por resuspensión de materiales o por vertidos accidentales, al factor agua marina en cuanto a cambios en la calidad fisicoquímica de esta, al factor aire en cuanto a contaminación acústica y atmosférica a causa del ruído y polvo generado, a los sistemas naturales (principalmente en las comunidades bentónicas) por la ocupación física del espacio y por afectación indirecta a causa de tareas del proyecto que impliquen cambios en la calidad fisicoquímica del agua marina, sobre el paisaje, y sobre el factor usos del suelo y factor social-humano en cuanto a las molestias ocasionadas por el aumento de tráfico, ruidos, etc. Según el documento ambiental, no se prevén impactos significativos sobre las poblaciones de fanerógamas marinas de la bahía, dadas las distancias de estas con las diferentes zonas de obra y el volumen de obra previsto, aunque se caracteriza el impacto como moderado por la vulnerabilidad de estas especies en la bahía. No se prevé una afectación directa sobre estas poblaciones ni una reducción en su superficie derivada de las actuaciones del proyecto. En cuanto al paisaje, se debe tener en cuenta, especialmente, el emplazamiento de las casetas-varaderos en la zona de Es Babo, con grado de valoración paisajística alto, muy alto o extraordinario, junto a un pinar, que no resultará afectado por el proyecto. En todo caso, estos impactos serán de carácter puntual y cesarán al finalizar las obras, considerándose compatibles con las medidas previstas en el documento ambiental (instalación de barrera antiturbidez, acopios de materiales de obra en las zonas menos visibles y sin superar los 2 m de altura, plan de actuación frente a vertidos accidentales de sustancias contaminantes...).

Durante la fase de funcionamiento, los efectos adversos sobre el medio ambiente estarán asociados a las labores puntuales de mantenimiento-reparación de las infraestructuras (alteraciones de la calidad del aire, flora, paisaje y usos del territorio).

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que el informe del Servicio de Residuos y Suelos Contaminados, de fecha 26 de abril de 2022, advierte que la gestión final prevista en el proyecto para las «Tierras y materiales de limpieza de hondos» (código LER 17 05 06 lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05) en la cantera de Can Alou y en las instalaciones de TIRME es incorrecta, porque estas instalaciones no están autorizadas para acoger los residuos mencionados.

Por otro lado, según informe del Ayuntamiento de Felanitx, de fecha 21 de septiembre de 2022, parece que las actuaciones del proyecto, relativas a la construcción del nuevo muelle y escala de unión entre el muelle de Tamarells y la calle Mar, que afectan al inmueble incluido en el Catálogo municipal de protección del patrimonio histórico (ficha PC-E-08), modificarán la imagen de este edificio, incumpliendo las prescripciones del catálogo mencionado.

4.Consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas

El órgano ambiental ha realizado consulta respecto del proyecto modificado a las siguientes administraciones previsiblemente afectadas y personas interesadas:

-Servicio de Cambio Climático y Atmósfera (DG de Energía y Cambio Climático), de la Conselleria de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

-Servicio de Planificación en el Medio Natural, de la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad.

-Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de la DG de Territorio y Paisaje.

-Servicio de Costas y Litoral, de la DG de Territorio y Paisaje.

-Servicio de Residuos y Suelos Contaminados, de la DG de Residuos y Educación Ambiental.

-Servicio de Estudios y Planificación, de la DG de Recursos Hídricos.

-Servicio de Protección de Especies, de la DG de Espacios Naturales y Biodiversidad.

-Dirección Insular de Urbanismo, del Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca.

-Dirección Insular de Territorio y Paisaje, del Departamento de Territorio del Consell de Mallorca.

-Dirección Insular de Patrimonio, del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística del Consell de Mallorca.

-Ayuntamiento de Felanitx.

-Asociación de vecinos y propietarios Pro-Portocolom de Portocolom.

-Amics de la Terra.

-GOB.

-Terraferida.

En el momento de redactar el presente informe, se han recibido los siguientes informes de las administraciones consultadas:

-El Servicio de Planificación en el Medio Natural, de la DG de Espacios Naturales o Biodiversidad, con fecha 22 de marzo de 2022, informó lo siguiente:

Consideraciones técnicas

1.La zona donde se quiere llevar a cabo el proyecto forma parte del LIC ES5310099 Portocolom. La calidad e importancia de este espacio responde a la singularidad, extensión y excepcional estado de conservación de algunos de sus hábitats y especies, en especial a la presencia de hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva Hábitats, como el hábitat prioritario de interés comunitario 1120 Praderas de Posidonia oceanica y el hábitat de interés comunitario 1160 Grandes calas y bahías poco profundas.

2.Según la documentación presentada y de acuerdo con la cartografía disponible, en la bahía de Portocolom se localizan hábitats sensibles y especies protegidas tanto en el ámbito autonómico, como estatal y europeo: estas son las praderas de Cymodocea nodosa y Posidonia oceanica, incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial, de acuerdo con el Real Decreto 139/2011. Estas especies de fanerógamas marinas se consideran sensibles, entre otros, a los efectos de un incremento de la turbidez del agua o de la sedimentación de partículas finas sobre el sustrato.

1.(...).

2.(...).

3.(...).

4.Por otro lado, existen citas en la bahía de Portocolom de alevines de Epinephelus marginatus y Epinephelus aeneus, así como juveniles de Mugil cephalus y Anguila anguilla. En este sentido, hay que destacar las tallas de los jóvenes meros y que las praderas de Caulerpa prolifera y Zostera noltii de Portocolom son los únicos lugares de las Islas Baleares donde se han encontrado reclutas de Epinephelus aeneus. Así, es evidente que el espacio protegido Red Natura 2000 ES5310099 Portocolom presenta una importante comunidad ecosistémica que se incluye en los hábitats de interés comunitario 1120 (prioritario) y 1160, mencionados anteriormente.

5.En el Servicio de Planificación en el Medio Natural hay constancia que en la zona de influencia de la actuación existe una pradera de Caulerpa prolifera muy densa y muy establecida, así como indicios de que el estado de conservación del ecosistema es bueno, puesto que, entre otras especies, se ha detectado presencia abundante de individuos de invertebrados depredadores típicos de praderas de Caulerpa prolifera, Lobiger serradifalci y Oxynoe olivacea.

6.En cuanto a la avifauna, el LIC ES5310099 Portocolom es una zona donde habitan aves de interés comunitario incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves. Destacan la gaviota de Audouin Larus audouinii y el cuervo marino Phalacrocorax aristotelis, ambas incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial y en el Catálogo español de especies amenazadas con la categoría de Vulnerable. Así, su presencia es otra evidencia de la importancia ecosistémica del espacio y de la necesidad de dirigir las actividades humanas hacia la compatibilidad con los objetivos de la Red Natura 2000, de mantener o mejorar en un estado favorable de conservación los espacios, de acuerdo con el artículo 3 de la Directiva Hábitats, en que se especifica que la Red Natura 2000 deberá garantizar el mantenimiento, o en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable de los tipos de hábitats naturales y las especies.

(...).

Se concluye que:

Dado que el proyecto para la rehabilitación de los conjuntos de casetas varadero de Portocolom, en el término municipal de Felanitx, se encuentra en el ámbito del LIC ES5310099 Portocolom, informo que el proyecto no tiene relación directa con la gestión del lugar y no tendrá afectación significativa en la Red Natura 2000, siempre que:

a)Se desarrolle el programa de trabajos de la forma especificada en el proyecto y en el documento ambiental.

b)Se lleven a cabo las medidas mencionadas y el programa de vigilancia ambiental.

c)Se señalicen con cinta las zonas afectadas por las obras.

d)Se adecuen depósitos habilitados por el vertido de los residuos generados durante el transcurso de la obra y se realice una recogida selectiva de los residuos ocasionados.

e)Se evite el mantenimiento de los vehículos utilizados en las obras en la misma finca, para evitar derrames en el suelo.

f)Se envíe aviso a la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad del inicio de las obras, a los efectos de establecer un seguimiento exhaustivo por parte del Servicio de Planificación en el Medio Natural y el Servicio de Agentes de Medio Ambiente.

g)Se emita informe periódico sobre la ejecución de las obras, así como de las incidencias y circunstancias sobrevenidas que puedan tener incidencia en los hábitats y especies, y se entregue al Servicio de Planificación en el Medio Natural, con una frecuencia mínima mensual.

h)El programa de trabajos de la empresa constructora deberá contar con una previsión de los posibles temporales que puedan afectar a la bahía de Portocolom y las medidas de protección adecuadas.

y)La vigilancia ambiental de obra controlará la correcta colocación de las barreras antiturbidez, especialmente en Es Babo, y comprobará su eficacia, para asegurar que no se producen efectos ambientales significativos en el medio marino.

j)La empresa constructora contará con una segunda barrera anti turbidez, que será instalada en Es Babo y en los otros lugares, en caso de que así lo determine la dirección ambiental de obra, de acuerdo con el resultado del seguimiento de la eficacia de la barrera primeramente instalada y de las previsiones de temporal.

k)El acopio de materiales sueltos ubicados en el muelle, así como todos aquellos susceptibles de producir algún vertido accidental a la lámina de agua, dispondrán de un mecanismo de contención para prevenir cualquier posible vertido al mar.

l)Sería adecuado incluir información relativa a la posible presencia de la especie invasora Halimeda incrassata en el plan de vigilancia ambiental y en el informe periódico de seguimiento, si fuera oportuno.

m)Si durante las obras, se observa que en el medio marino hay elementos de origen antrópico (residuos, muertos en desuso, neumáticos, etc.) deberán ser retirados.

n)Las obras de demolición se realicen de forma progresiva con medidas para evitar la caída de materiales hacia el mar, así como la modulación de las aportaciones del material de la obra nueva, para minimizar la resuspensión de materiales susceptibles de provocar turbidez.

-El Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de la DG de Territorio y Paisaje, con fecha 29 de marzo de 2022, informó lo siguiente:

Se concluye que:

Examinado el contenido del proyecto, no afecta aspecto alguno de la ordenación urbanística o territorial sobre el que, en función de las competencias que ostenta, deba pronunciarse esta Dirección General.

-El Servicio de Cambio Climático y Atmósfera (DG de Energía y Cambio Climático), de la Conselleria de Transición Energética y Sectores Productivos, con fecha 12 de abril de 2022, informó lo siguiente:

Se hace una relación de art. de la Ley 10/2019, de 22 de febrero de cambio climático y transición energética que deben ser tenidos en cuenta por el proyecto (art. 23, 38, 42, 64 y 65).

Por otro lado,

4.3.Consideraciones en cuanto a mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero

Para reducir la huella de carbono de la fase constructiva, se recomienda el uso de materiales sostenibles en caso de ser viable técnicamente. Se puede consultar el Catálogo de materiales sostenibles de las Islas Baleares que se puede consultar en el siguiente enlace:

https://dspace.uib.es/xmlui/bitstream/handle/11201/151761/memoria_epsu1002.pdf?sequence=1

(...)

4.5.Consideraciones sobre calidad del aire

En la fase de obras deberán tenerse en cuenta buenas prácticas para minimizar la contaminación atmosférica:

http://www.caib.se/sites/atmósfera/can/d/guía_por el_control_de_las_emisiones_de_polvo_de_la_construccio_y_demolicio-30632/

Se concluye que:

En cuanto a la Ley de Cambio Climático, se considera que el proyecto se alinea con sus objetivos.

-El Servicio de Estudios y Planificación, de la DG de Recursos Hídricos, con fecha 22 de abril de 2022, informó lo siguiente:

Se concluye que:

Informamos favorablemente poniendo especial mención a la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas en su estudio de impacto ambiental y atendiendo al cumplimiento del condicionante siguiente:

Para evitar la afección de las masas de agua subterránea y superficial (costera), se atenderá en todo momento lo que dispone el art. 2 punto 1 c) del Decreto ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística:

«Durante la ejecución de las obras, se deben adoptar las máximas precauciones para evitar el vertido de sustancias contaminantes, incluidas las derivadas del mantenimiento de las maquinarias».

-El Servicio de Residuos y Suelos Contaminados, de la DG de Residuos y Educación Ambiental, con fecha 26 de abril de 2022, informó lo siguiente:

Se concluye que:

Se informa favorablemente la rehabilitación de los conjuntos de casetas-varaderos de Portocolom y reforma de la urbanización de varias partes del puerto de Portocolom (T.M. Felanitx), excepto en cuanto a la gestión final de las «tierras y materiales de limpieza de fondos» (código LER 17 05 06 lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05) en la cantera de Can Alou y en las instalaciones de TIRME.

-El Ayuntamiento de Felanitx, con fecha 21 de septiembre de 2022, informó lo siguiente:

Se concluye que:

El Proyecto básico de rehabilitación de los conjuntos de casetas-varaderos y reforma de la urbanización de varias partes del puerto de Portocolom, redactado a instancias de Puertos IB, cumple, en general, las condiciones del Catálogo de protección del patrimonio histórico aprobado el 2016, puesto que las obras previstas en los conjuntos de varaderos (barracas, mollets, escaleras...) se pueden considerar como obras de restauración, conservación o consolidación.

Solo en el caso de la construcción del nuevo muelle y escalera de unión entre el muelle de Tamarells y la calle Mar la intervención modifica la imagen del edificio catalogado PC-E-08, puesto que distorsiona su fachada marítima.

Por otro lado, se han recibido alegaciones de la Sra. Caterina Josep Massutí Sureda, propietaria de la vivienda ubicada en la calle Mar 1, de Portocolom, afectada por las actuaciones del proyecto.

5.Análisis de los criterios del anexo III de la Ley 21/2013

De acuerdo con lo que prevé el artículo 7, apartado 1, letra b, de la Ley 21/2013, para determinar si un proyecto del apartado 2 se debe sujetar a evaluación de impacto ambiental ordinaria, deben tenerse en cuenta los criterios descritos en el anexo III que se detallan y evalúan a continuación:

1.Características del proyecto: El objetivo principal del proyecto básico es el de dar solución al deficiente estado de conservación actual de los conjuntos de varaderos de Portocolom, preservando el carácter de la zona, mejorando la operativa de las zonas de atraque y renovando los espacios públicos colindantes entorno a estos. Las edificaciones referidas, que datan de finales del siglo XIX y primera mitad del siglo XX, y la finalidad de las cuales es la protección de pequeñas embarcaciones de pesca durante el invierno y el almacenamiento de utensilios durante todo el año, se encuentran clasificadas en el actual catálogo de patrimonio del municipio de Felanitx. Su grado de protección es integral de categoría 1, lo que implica la total conservación del bien, preservando su volumen y todos los elementos que lo componen.

Las actuaciones previstas al proyecto incluyen actuaciones sobre los varaderos, garantizando al máximo la estabilidad y su durabilidad, respetando la estética inicial y la integración en el paisaje existente, así como actuaciones en obra marítima (muelles, mollets, rampas y urbanizaciones del frente marítimo).

Las obras se llevarán a cabo en temporada baja, con una duración prevista de veintiún meses y un presupuesto estimado de 7.495.142,61 euros (incluyendo una partida específica de 429.088,45 euros para la gestión de residuos y 59.064 euros en concepto de gestión medioambiental).

Durante las obras, el documento ambiental prevé la instalación de un cerramiento perimetral en todas las zonas de obra, con el fin de evitar el acceso de personas ajenas a estas. En cuanto a la ubicación de los diferentes elementos auxiliares, los acopios de material de obra y los residuos RCD que se generen, se situarán en el punto más próximo a la zona de trabajo y tan alejados como sea posible del mar, con el fin de minimizar la posibilidad de vertidos accidentales al medio marino, así como la posible dispersión de polvo en zona marítima. Por otro lado, se colocará una barrera antiturbidez en todo el perímetro de la zona de trabajos marítimos.

2.Ubicación del proyecto: la zona de estudio es la bahía de Portocolom (T.M. Felanitx), afectando a 112 conjuntos de varaderos en la zona norte (Es Rivetó, c. Mar - Can Cordellina, y c. Tamarells), 65 conjuntos en la zona sur (Sa Bassa Nova 1 y 2) y 6 conjuntos + 1 individual en la zona este (Es Babo).

De acuerdo con el PTM, el proyecto se localiza dentro de suelo urbano, a excepción de la zona de Es Babo, calificada como suelo rústico protegido, área natural de especial interés de alto nivel de protección (SRP-AANP). Las actuaciones del proyecto se desarrollan dentro de dominio público marítimo terrestre (DPMT) y zona de servidumbre de protección, sin afección de áreas de prevención de riesgos (APRs), a excepción de la zona de Es Babo, afectada por APR de incendios. Según el IV Plan Forestal de las Islas Baleares 2015-2024, la zona de Es Babo se corresponde con terrenos con riesgo muy alto de incendio forestal.

El ámbito de actuación en su parte marítima se ubica en el LIC ES5310099 «Portocolom». Así mismo, de acuerdo con el documento ambiental, «El LIC puntual ES5310044 «Cueva des Coll», tiene como una de sus peculiaridades cruzar a lo largo de más de 300 m por debajo del casco urbano de Portocolom, atravesándolo casi de este a oeste teniendo la entrada submarina dentro de una caseta-varadero de la zona des Rivetó.» Por otro lado, dentro de la zona terrestre en torno a Es Babo encontramos el hábitat de interés comunitario (HIC) no prioritario Matorrales termomediterráneos y predesérticos (5330).

Se sitúa dentro de la Unidad Paisajística 6 (UP-6) «Llevant». Según el EIA, se trata de una área muy antropizada. En los conjuntos de casetas de las zonas de Es Rivetó, calle Mar, Tamarells y Sa Bassa Nova 2, la vegetación es escasa y está constituida únicamente por zonas urbanas ajardinadas. El conjunto de varaderos de Sa Bassa Nova 1 se sitúa junto a un pinar, igual que el conjunto de casetas-varaderos de Es Babo.

En torno al conjunto de varaderos donde se prevé actuar encontramos el torrente d'en Barres o d'en Boqueres, que nace en la vertiente de migjorn del Puig de Sant Salvador y de la

Serra Llonga, baja por el Clot des Pou y desemboca en el municipio vecino de Santanyí, en Portopetro; y los torrentes des Barranc y el de Can Alou, que desembocan en Portocolom. El torrente de Son Valls y el Torrentó, que nacen en la vertiente septentrional, son afluentes del torrente de na Borges.

Las actuaciones terrestres del proyecto se localizan sobre la masa de agua subterránea 1820M2 «Cala d'Or», acuífero poco profundo en mal estado cualitativo y cuantitativo, y elevada vulnerabilidad a la contaminación. Por otro lado, las actuaciones marítimas del proyecto se localizan en la masa de agua costera MAMC09M3 «Cap de Capdepera a Portocolom», de aguas someras (inferior a 40 m de profundidad) y fondos sedimentarios, en buen estado ecológico.

Según el estudio de caracterización ambiental y cartografía bionómica de la zona de actuación marítima y área de influencia del proyecto, aportado por el promotor, en la zona de prospección se identifican los hábitats marinos siguientes: pradera de Posidonia oceanica o mata muerta de Posidonia oceanica, praderas de Cymodocea nodosa, praderas de Caulerpa prolifera, arenas y arenas fangosas infralitorales, arenas fangosas y lodos de zonas calmadas poco profundas, arenas infralitorales de lugares calmos y roca infralitoral superior protegida. No se identifican especies invasoras como Caulerpa taxifolia, Caulerpa cylindracea (C. racemosa) y la esponja Paraleucilla magna, detectadas con anterioridad en la bahía de Portocolom. Por otro lado, respecto de la calidad del agua general, se trata de aguas muy oxigenadas, con buena transparencia y de buena calidad (sin indicios de eutrofización, contaminación orgánica, metales pesados o hidrocarburos, o microbios indicadores de contaminación).

En torno al ámbito de actuación, además de las especies marinas Posidonia oceanica, Cymodocea nodosa (incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial regulado en el Real Decreto 139/2011) y Caulerpa prolifera (con la abundante presencia de invertebrados depredadores típicos como Lobiger serradifalci y Oxynoe olivacea), se debe destacar la presencia de avifauna que figura en el anexo I de la Directiva Aves, especialmente la gaviota de Audouin (Larus audouinii) y el cormorán moñudo (Phalacrocorax aristotelis), ambas incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial y en el Catálogo español de especies amenazadas en la categoría de Vulnerable. Por otro lado, según el BIOATLAS (cuadrícula 5x5, código 513), en la zona de estudio consta la presencia otras especies catalogadas: serpiente de garriga (Macroprotodon mauritanicus), murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), tortuga mediterránea (Testudo hermanni), murciélago ratonero grande (Myotis myotis), hinojo marino (Crithmum maritimum), lirio de mar (Pancratium maritimum), rusco (Ruscus aculeatus), aladierno (Rhamnus alaternus). También consta la presencia de garcilla cangrejera (Ardeola ralloides), como avifauna catalogada y amenazada, de carácter migratorio.

De acuerdo con el EIA, cerca de la zona donde se emplaza el proyecto se ha identificado un BIC (Bien de Interés Cultural). Se trata de una cruz de término denominada ‘Creu del Port', la cual no se espera que se vea afectada por el proyecto. Por otro lado, las mismas casetas-varadero se encuentran incluidas en el “Catálogo de protección del patrimonio histórico del T,M. Felanitx” dentro de la categoría de Bien Etnológico.

3.Características del potencial impacto: Los efectos adversos sobre el medio ambiente del proyecto, durante la fase de obras, se consideran compatibles, incorporadas las medidas correctoras previstas en el EIA. En todo caso, por un lado, según el Servicio de Planificación en el Medio Natural, y en relación con el LIC ES5310099 «Portocolom», las medidas previstas se consideran correctas, pero se deberá prever una ampliación de estas. Por otro lado, se debe tener en cuenta que el Servicio de Residuos y Suelos Contaminados informa desfavorablemente de la gestión final prevista en el proyecto para las «Tierras y materiales de limpieza de fondos» en la cantera de Can Alou y en las instalaciones de TIRME, dado que estas no se encuentran autorizadas para el tratamiento de los residuos mencionados.

Así mismo, de acuerdo con el Ayuntamiento de Felanitx, parece que las actuaciones del proyecto, relativas a la construcción del nuevo muelle y escalera de unión entre el muelle Tamarells y la calle Mar, modificarán la imagen del inmueble incluido en el Catálogo municipal de protección del patrimonio histórico (ficha PC-E-08), incumpliendo las prescripciones del catálogo mencionado.

Conclusiones del informe de impacto ambiental

Primero: No sujetar a evaluación de impacto ambiental ordinaria el Proyecto básico de rehabilitación de los conjuntos de casetas-varaderos de Portocolom y la reforma de la urbanización de varias partes del puerto de Portocolom (T.M. Felanitx), siempre que se cumplan las medidas propuestas en el documento ambiental, firmado, con fecha septiembre de 2021, por la Sra. Eva Bernat Frías, geóloga, y por la Sra. Mª de Mar Buades Feliu, técnica, de la consultora TANDEM ECOSERVEIS I GEOTECNIA SL, la normativa vigente y los siguientes condicionantes:

1.Dado que, de acuerdo con informe del Ayuntamiento de Felanitx, parece que las actuaciones del proyecto relativas a la construcción del nuevo muelle y escalera de unión entre el muelle Tamarells y la calle Mar, modificarán la imagen del edificio incluido en el Catálogo municipal de protección del patrimonio histórico (ficha PC-E-08), estas actuaciones deberán ser excluidas del proyecto.

2.De acuerdo con el Servicio de Planificación en el Medio Natural, se deberán ampliar las medidas previstas por el promotor, para minimizar los impactos del proyecto, principalmente:

-El programa de trabajos de la empresa constructora deberá contar con una previsión de los posibles temporales que puedan afectar a la bahía de Portocolom y las medidas de protección adecuadas.

-Adecuación de depósitos habilitados por el vertido de los residuos generados durante el transcurso de la obra y para la recogida selectiva de los residuos ocasionados.

-La vigilancia ambiental de obra deberá controlar la correcta colocación de las barreras antiturbidez, especialmente en Es Babo, y comprobará su eficacia, para asegurar que no se producen efectos ambientales significativos en el medio marino.

-Se deberá prever una segunda barrera antiturbidez, que será instalada en Es Babo y en los otros lugares, en caso de que así lo determine la dirección ambiental de obra, de acuerdo con el resultado del seguimiento de la eficacia de la barrera primeramente instalada y de las previsiones de temporal.

-El Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) deberá incluir informes periódicos sobre la ejecución de las obras, así como de las incidencias y circunstancias sobrevenidas que puedan tener incidencia en los hábitats y especies, para su entrega al Servicio de Planificación en el Medio Natural, con una frecuencia mínima mensual.

-Deberá preverse un mecanismo de contención para prevenir cualquier posible vertido al mar de materiales sueltos ubicados en el muelle, así como para todos aquellos susceptibles de producir algún vertido accidental a la lámina de agua.

-Se deberá incluir información relativa a la posible presencia de la especie invasora Halimeda incrassata en el PVA y en el informe periódico de seguimiento, si fuera oportuno.

-Se deberá prever la retirada y gestión de los elementos de origen antrópico (residuos, muertos en desuso, neumáticos, etc.) que se encuentren en el medio marino, durante la ejecución de las obras.

-Las obras de demolición deberán realizarse de forma progresiva con medidas para evitar la caída de materiales hacia el mar, así como la modulación de las aportaciones del material de la obra nueva, para una minimización de la resuspensión de materiales susceptibles de provocar turbidez.

3.Para evitar la afección de las masas de agua subterránea y superficial (costera), se atenderá en todo momento lo que dispone el art. 2 punto 1 c) del Decreto ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística: «Durante la ejecución de las obras, se deben adoptar las máximas precauciones para evitar el vertido de sustancias contaminantes, incluidas las derivadas del mantenimiento de las maquinarias».

4.La gestión final de las «Tierras y materiales de limpieza de fondos» (código LER 17 05 06 lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05) deberá ser aprobada previamente por el Servicio de Residuos y Suelos Contaminados.

Segundo. Se publicará el presente informe ambiental en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que dispone el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Además, se dará cuenta al Pleno de la CMAIB y al subcomité técnico de Evaluación de Impacto Ambiental (AIA).

Tercero. El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el BOIB, no se hubiera procedido a la aprobación del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde la publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 47.4 de la Ley 21/2013.

Cuarto. El informe de impacto ambiental no será objeto de ningún recurso, sin perjuicio de los que, si procede, sean procedentes en la vía administrativa o judicial ante el acto, si procede, de autorización del proyecto, de acuerdo con lo que dispone el artículo 47.6 de la Ley 21/2013.

Quinto. Esta resolución se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas, de gestión o territoriales de las administraciones competentes y de las autorizaciones o informes necesarios para la aprobación.

 

(Firmado electrónicamente:8 de marzo de 2023)

La secretaria general Catalina Inès Perelló Carbonell Por suplencia del presidente de la CMAIB (BOIB núm. 26, de 28/02/2023)