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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

Núm. 168291
Bases específicas que regirán la convocatoria de la prueba de aptitud para la obtención del permiso municipal de Autotaxi de Campos

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Texto

La alcaldesa del Ayuntamiento de Campos ha dictado, en fecha de 6 de marzo de 2023, la siguiente resolución, que se hace pública por el general conocimiento:

“Decreto de alcaldía

Antecedentes

1. Dada la provisión de alcaldía del Ayuntamiento de Campos de día 3 de marzo de 2023, en la que se dispone la emisión de los informes correspondientes por los servicios técnicos para la convocatoria de la prueba para la obtención del permiso de auto-taxi, así como una propuesta de bases que deben regir la correspondiente prueba de aptitud.

2. Visto el informe propuesta emitido por el técnico de administración general en fecha de 6 de marzo de 2023, por el que se expone la legislación aplicable, el contenido mínimo de las pruebas así como se proponen unas bases que regirán la prueba de aptitud correspondiente.

Legislación aplicable

1. Artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las bases del régimen local -en adelante, LRBRL-.

2. Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

3. Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares.

4. Reglamento municipal regulador del servicio de transporte público urbano de viajeros con vehículos de turismo (autotaxis) (BOIB número 68 de 2 de junio de 2018).

Por todo ello, y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen local, tengo a bien dictar la siguiente,

Resolución

Primero.- Aprobar las bases que regirán la convocatoria de la prueba de aptitud para la obtención del permiso municipal de auto taxi de Campos del año 2023, con el siguiente tenor literal:

Bases específicas que regirán la convocatoria de la prueba de aptitud para la obtención de permiso municipal de Autotaxi de Campos

Primera.- Objeto de la convocatoria

Es objeto de estas bases la definición de los requisitos y condiciones que deben regir la realización de las pruebas de aptitud para obtener el permiso municipal de auto taxi del Ayuntamiento de Campos, así como el desarrollo de la prueba de aptitud.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento Municipal regulador del servicio de transporte público urbano de viajeros con vehículos de turismo -autotaxis- (BOIB número 68 de 2 de junio de 2018), para obtener el permiso municipal de taxista , el interesado o interesada deberá reunir, en la fecha de finalización del plazo para presentar las instancias, los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del permiso de conducir que proceda en función del tipo de vehículo adscrito a la licencia de autotaxi (permiso de circulación B).

b) Conocer perfectamente el término municipal de Campos, los itinerarios entre los diferentes núcleos de población y los principales lugares, las normas de tráfico, circulación vehículos a motor y seguridad vial, el Reglamento municipal y el resto de normas relativas al servicio de autotaxi .

c) No padecer enfermedad o impedimento físico o psicológico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión (deberá acreditarse después de superar la prueba, mediante certificado médico de aptitud).

d) Además, en virtud de lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la expedición de documentos administrativos, deberá satisfacerse, dentro del plazo de presentación de instancias, una tasa por importe de quince (15) euros en concepto de derechos de examen.

Esta tasa debe satisfacerse en el momento de presentación de las instancias, sin que en ningún caso se pueda satisfacer con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de las mismas.

El abono de los derechos de participación deberá ser satisfecho en la siguiente cuenta bancaria:

ES60 2100 0089 5902 0000 0142 (Caixabank)

En el concepto se deberá incluir el documento de identidad de la persona aspirante, así como la indicación de la prueba en la que se desea participar (Prueba ordinaria auto-taxi 2023).           

Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias

Las instancias para participar en la presente convocatoria se tendrán que presentar, según el modelo normalizado que figura en el Anexo I de estas bases, dirigidas a Dª. Alcaldesa del Ayuntamiento de Campos, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de las bases específicas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Las instancias se podrán presentar ante el registro general de entrada del Ayuntamiento de Campos, ubicado en la Plaza Mayor, 1 (07630 Campos), o por cualquiera de los medios admitidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si el último día de dicho plazo es inhábil, el plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

Además, para tomar parte en la prueba de aptitud, las personas aspirantes tendrán que presentar la siguiente documentación:

- Copia simple del documento nacional de identidad o NIE, según corresponda -  anverso y reverso-.

- Modelo de solicitud de participación y de declaración responsable de cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la convocatoria, según consta en el Anexo I.

- Justificante de pago de la tasa de 15 euros expuesta en el epígrafe segundo.

La carencia de aportación de la documentación señalada determinará la exclusión de la convocatoria.

La falsedad en los datos que se hagan constar en la solicitud o en la documentación anexa siempre y cuando determine la carencia de los requisitos para participar en la convocatoria, comportará la exclusión inmediata de la persona solicitante desde el momento en que se advierta, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan.

Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que se hagan constar en su solicitud. El domicilio y teléfono que figuren en la misma se considerarán válidos a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de los candidatos tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud .

La presentación de la solicitud da derecho al interesado/da a presentarse a dos convocatorias sucesivas. En consecuencia, no presentarse o no superar la prueba en dos convocatorias inmediatas y sucesivas implicará tener que formular nueva solicitud de participación.

Cuarta.- Admisión de los aspirantes

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la alcaldía de este ayuntamiento dictará resolución por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas.

Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos y en el portal de transparencia, otorgándose un plazo de cinco días hábiles para que las personas interesadas presenten las alegaciones que consideren oportunas o subsanen su solicitud.

Las posibles reclamaciones o alegaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe la relación definitiva de personas de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se hará pública de la misma forma que la relación anterior. Conjuntamente con esta resolución, se publicará el lugar, fecha y hora de realización de la prueba, así como las medidas sanitarias necesarias durante la celebración de la prueba.

Los sucesivos anuncios de la convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos.

Quinta.- Comisión evaluadora

La Comisión evaluadora de la prueba estará constituida por los siguientes miembros:

Presidente/a titular

Miquel Ballester Càffaro, Jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Campos

Presidente/a suplente

Jaume Mas Rigo, Oficial de la Policía Local del Ayuntamiento de Campos

Vocal titular

Marina Llinàs Font, Técnica de administración general del Ayuntamiento de Campos

Vocal suplente

Joana Maria Llull Martí, Administrativa del Ayuntamiento de Campos

Secretario/a titular

Daniel J. Mendo Romero, Técnico de administración general del Ayuntamiento de Campos

Secretario/a suplente

Magdalena Oliver Miralles,  Administrativa del Ayuntamiento de Campos

La Comisión evaluadora será colegiada y su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, procurando asimismo la paridad entre mujer y hombre.

La pertenencia a la Comisión evaluadora será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

La Comisión evaluadora no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, ni sin presidente/a ni secretario/a, y sus decisiones se adoptarán por mayoría.

La Comisión Evaluadora estará facultada para resolver las dudas interpretativas que pudieran derivarse de la presente convocatoria.

La abstención y la recusación de los miembros de la Comisión evaluadora se regirá por los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y por los artículos 22 y 23 de la Ley 3 /2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

.Las decisiones adoptadas por el tribunal pueden recurrirse en las condiciones que establece el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexta. Contenido de las pruebas de aptitud

Para la evaluación de la aptitud de los aspirantes, se realizará única una prueba que consistirá en:

- Prueba tipo test con un total de 30 preguntas, con tres opciones a señalar, siendo sólo una de ellas correcta. Cada pregunta correcta se valorará con un punto (1). No penalizarán las respuestas incorrectas, siendo requisito mínimo por superar la prueba contar con un mínimo de quince (15) respuestas correctas.

La duración de la prueba será de 30 minutos.

Los conocimientos sobre los que versará la prueba son los estipulados en el artículo 11 del Reglamento Municipal regulador del servicio de transporte público urbano de viajeros con vehículos de turismo -autotaxis- (BOIB número 68 de 2 de junio de 2018), que son:

- Conocimiento sobre el término municipal de Campos (principales calles, travesías, rondas, hoteles, locales públicos de ocio, oficinas municipales y lugares de especial interés turístico y cultural y otros).

- Principales itinerarios entre los distintos núcleos de población y/o los lugares de interés cultural y turístico (entre otros, se podrá solicitar sobre los itinerarios más directos).

- Conocimiento de las normas de tráfico, sobre circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

- Conocimientos sobre el Reglamento Municipal regulador del servicio de transporte público urbano de viajeros con vehículos de turismo -autotaxis- y demás normas relativas al servicio de autotaxi (Entre otros, la Ley 4/2014, de 20 de junio de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares).

Durante la realización de la prueba, no se permitirá la consulta de ningún tipo de documentación ni ningún otro tipo de elemento de consulta digital.

Séptima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento

La Comisión evaluadora elevará una relación provisional de los aprobados por orden de puntuación a la Presidenta de la Corporación, que procederá a su publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos y en el portal de transparencia municipal.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de los resultados provisionales en la sede electrónica, para presentar alegaciones, reclamaciones o solicitudes de revisión de la prueba.

Una vez resueltas las alegaciones existentes, se elaborará la relación definitiva de personas aspirantes aptas del Ayuntamiento, siendo ésta publicada en la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos y en el portal de transparencia municipal.

Finalizado el anterior plazo, y dictada resolución de la Presidenta de la corporación por la que se aprueba la lista de aspirantes aptos, éstos tendrán que aportar, ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde al día siguiente a la publicación del anuncio correspondiente, de la siguiente documentación:

- Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite la realización de la profesión y dos fotografías de carné.

- Copia auténtica del carné de conducir exigido para el ejercicio de la profesión permiso B-.

A los aspirantes que dentro del plazo indicado, y salvo en los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o de la misma se dedujera que carecen de algún requisito exigido, no se les expedirá el permiso municipal.

Octava.- Recursos

Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas o bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente y de forma alternativa, recurso contencioso administrativo, de acuerdo con lo establecido en los artículos mencionados y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, a interponer ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de la presente convocatoria.

Segundo.-Publicar la convocatoria en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Campos, en el portal de transparencia municipal y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Campos, en la fecha de firma electrónica (7 de marzo de 2023)

La alcaldesa Francisca Porquer Manresa