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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 166073
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo superior, escala de arquitectura, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen al efecto de la adjudicación

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 5 de marzo de 2019 (BOIB núm. 33, de 12 de marzo), se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario del ámbito de los servicios generales previstas en las ofertas de empleo público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluidas en las ofertas de empleo público aprobadas por Consejo de Gobierno para el año 2018.

2. Por la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de abril de 2019 se aprobó la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario, y el baremo de méritos, y se designó el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo superior, escala de arquitectura, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. Una vez finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo superior, escala de arquitectura, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Tribunal Calificador ha elevado a la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad la lista definitiva de personas aspirantes seleccionadas con el orden de prelación final.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma.

4. Las bases 12 y 13 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 5 de marzo de 2019, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario del ámbito de los servicios generales previstas en las ofertas de empleo público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluida la oferta de empleo público aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno el 14 de diciembre de 2018

5. La base 15 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de abril de 2019, por la que se aprueban la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario, y el baremo de méritos, y se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo superior, escala de arquitectura, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por la que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB extraordinario núm. 20, de 14 de febrero).

7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por la que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB extraordinario núm. 21, de 15 de febrero).

 

Por todo ello, dicta la siguiente

Resolución

1. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de las listas de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo superior, escala de arquitectura, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con el orden de prelación final que figura en el anexo I de esta Resolución.

2. Publicar como anexo II la lista de puestos de trabajo vacantes que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas citadas, al efecto de que soliciten destino.

3. Establecer que, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de esta Resolución, las personas aspirantes seleccionadas han de presentar, en el Registro General de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), en el de la consejería competente en materia de función pública o en cualquier otra de las formas que establece el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los documentos siguientes:

a) Copia auténtica del título académico exigido en cada convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante un expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallar-se inhabilitados de forma absoluta o especial para puestos o cargos públicos por una resolución judicial para acceder al cuerpo o escala del funcionariado del que hubiesen sido separados o inhabililtados, según el modelo que facilitará la dirección general competente en materia de función pública, que se adjunta en esta Resolución como anexo III.

En caso de ser nacionales de otro Estado, han de acreditar no encontrase inhabilitados o en situación equivalente ni haber estado sometidos a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.

c) Un certificado médico, en modelo oficial, acreditativo de tener las capacidades y las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad cuando se trate de personal funcionario de nuevo ingreso. Cuando se trate de personal funcionario que haya participado en la modalidad de promoción interna, puede presentar un certificado expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la consejería competente en materia de vigilancia de la salud de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

d) Escrito en el que se eligen, de mayor a menor interés, los puestos de trabajo ofrecidos. La solicitud debe incluir todos los puestos (anexo IV)

4. Ordenar que, si la persona aspirante seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, que han de ser debidamente constatados y, si procede, apreciados por la Administración mediante una resolución motivada, o si al examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá nombrada funcionaria y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

5. Establecer que las plazas han de adjudicarse de conformidad con el orden final de prelación de las personas aprobadas, de acuerdo con la petición de destino efectuada por la persona interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 3 de marzo de 2023)

La consejera de Presidencia, Función Pública y Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez

 

ANEXO I Lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo facultativo superior, escala de arquitectura, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

OPOSICIONES 2019. CFS arquitectura MALLORCA TURNO LIBRE

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Apellidos, Nombre

Total

Posición

***(datos personales ocultos)*

(datos personales ocultos)

58,535

1

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