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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 164224
Plan Estratégico de Subvenciones año 2023 Ayuntamiento de Eivissa

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Eivissa, en sesión ordinaria celebrada el 22 de diciembre de 2022, aprobó el siguiente:

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AÑO 2023 DEL AYUNTAMIENTO DE IBIZA, SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y CONSORCIO ADSCRITO

 PREÁMBULO

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico.

Uno de los principios que rige la Ley es el de transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencionado.

En este sentido, el artículo 8 LGS dispone con carácter básico que: “Los órganos de las Administraciones públicas o cualquier ente que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, tendrán que concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.

Una mayor información en cuanto a las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que puedan afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas, y se evitará cualquier tipo de solapamiento.

Para mejorar la eficacia, a la Legislación se prevé proceder a la elaboración de un Plan Estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.

Es por eso que este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones, el articulado del cual figura a continuación.

 

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. PRINCIPIOS GENERALES

El establecimiento de subvenciones de este Ayuntamiento, de sus organismos autónomos y consorcio adscrito durante el periodo del 2023 se ajustará a aquello que prevé el presente Plan.

ARTICLE 2. PRINCIPIO CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

El establecimiento efectivo de las subvenciones que se prevén en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y se ajustará al Ordenanza General Reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Ibiza. (BOIB núm. 81 de 10 de junio de 2008, modificada BOIB núm. 25 de 13 de febrero de 2010) y a las bases específicas que correspondan.

ARTEICLE 3. PRINCIPIO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA

El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo cual las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a estos objetivos.

 

ARTÍCULO 4. PRINCIPIO DE NO COMPENSACIÓN

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de ningún derecho en favor de los beneficiarios potenciales, que no podrán exigir indemnizaciones ni compensaciones en el supuesto de que el Plan no se traiga a la práctica en sus propios términos.

 

CAPITULO II BENEFICIARIOS Y MATERIAS EN QUE SE ESTABLECERÁN EN LAS SUBVENCIONES

ARTÍCULO 5. BENEFICIARIOS Y COMPETENCIA

El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de finalidades públicas atribuidas a la competencia local.

ARTÍCULO 6. MATERIAS SUBVENCIONABLES

El Ayuntamiento establecerá anualmente subvenciones en las materias siguientes:

AYUNTAMIENTO DE IBIZA

  • Política de gasto 15: Vivienda
  • Política de gasto 16: Bienestar comunitario
  • Política de gasto 23: Servicios Sociales y Promoción Social
  • Política de gasto 32: Educación
  • Política de gasto 33: Cultura
  • Política de gasto 34: Deportes
  • Política de gasto 43: Comercio, turismo y pequeñas y medias empresas
  • Política de gasto 92: Servicios de carácter general

PATRONATO MUNICIPAL DE MÚSICA

  • Política de gasto 33: Música

PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES

  • Política de gasto 34: Deportes

CONSORCIO IBIZA PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD

  • Política de gasto 33: Patrimonio

 

CAPÍTULO III SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE IBIZA.

ARTÍCULO 7. SUBVENCIONES EN MATERIA DE VIVIENDA

A) AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA

a. Objetivo: El objeto de esta subvención es ayudar a personas físicas residentes al municipio de Ibiza con escasos medios económicos, con la finalidad de facilitar la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler por medio del otorgamiento de ayudas directas consistentes en la financiación de una parte de la renta a satisfacer.

b. Efectos que se pretenden: Se pretende paliar los efectos del encarecimiento del alquiler en el municipio de Ibiza, que actualmente presenta los precios más elevados del Estado, y que obliga a muchas personas que traen años viviendo a partir hacia otros territorios por no poder hacer frente al pago de estos alquileres.

c. Procedimiento: El procedimiento de concesión de subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva.

d. Coste previsible: 500.000,00 euros.

e. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 15200 48900.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario al que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 8. SUBVENCIONES EN MATERIA BIENESTAR COMUNITARIO

En materia de Bienestar Comunitario, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo vigencia del Plan, las siguientes líneas de subvención:

A) EXPLOTACIÓN DEL ALUMBRADO

a. Objetivos: Subvención a la explotación de la concesión del alumbrado público prevista en la cláusula 28.2 del P.C.A.P.

b. Efectos que se pretenden: Evaluación de los indicadores de calidad del servicio de alumbrado público.

c. Coste previsible: 1.039.300,02 euros.

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 16500-47900.

e. Procedimiento: Subvención corriente a la explotación.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 9. SUBVENCIONES EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES Y PROMOCIÓN SOCIAL

En materia de Servicios Sociales y Promoción Social, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:

A) ACTUACIONES DE SENSIBILIZACIÓN, COOPERACIÓN Y PROMOCIÓN Y DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

a) Objetivo: Apoyar aquellas actividades que promueven las propias entidades que fomentan la participación social y solidaria de las personas, la atención socioeducativa de niños y adolescentes en horarios no lectivos y todas aquellas actividades concretas y dirigidas a la promoción personal e individual de los ciudadanos para la mejora de oportunidades y de las propias condiciones de vida.

b) Efectos que se pretenden: Potenciar y mejorar las capacidades de las personas tanto a nivel personal como de cara a incentivar la participación social responsable hacia actuaciones que favorezcan el civismo, la empatía y la mejora de la convivencia entre ciudadanos.

c) Coste previsible: 70.000,00 euros

d) Financiación: El financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a las aplicaciones presupuestarías 23200-48900.

e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.

f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

B) PROMOCIÓN Y ATENCIÓN SOCIOSANITARIA

a. Objetivo: Potenciar y colaborar en actividades que se lleven a cabo en el municipio de Ibiza o que beneficien a sus ciudadanos, en relación a la atención de aquellas personas, grupos o colectivos que sufren algún tipo de enfermedad, discapacidad, afectación o cualquier otra patología que afecte al normal desarrollo de su vida diaria.

b. Efectos que se pretenden: la subvención tiene como objeto la mejora de las condiciones de vida de los personas afectadas por cualquier tipo de afectación de la salud o bien otras circunstancias de matiz social o sanitario que impiden el desarrollo de una vida llena.

c. Coste previsible: 254.000,00 euros

d. Financiación: la financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 23200-48903.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otros debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

C) ACTUACIONES EN MATERIA DE VOLUNTARIADO

a. Objetivo: Facilitar a las asociaciones sin ánimo de lucro un apoyo de infraestructura, gestión y mejora administrativa, con la dotación de un equipamiento, recursos tecnológicos y materiales.

b. Efectos que se pretenden: Promover la información, sensibilización y comunicación de las asociaciones y del voluntariado con la sociedad pitusa; fomentar, orientar y coordinar las asociaciones voluntarias; fomentar la creación de recursos y servicios para mejorar las condiciones de las asociaciones; promover el intercambio de ideas y experiencias sobre el voluntariado; apoyar a las asociaciones de voluntariado; buscar recursos económicos y materiales y atender al ciudadano en su investigación de una orientación e información sobre sus asociaciones.

c. Coste previsible: 24.500 euros

d. Nombre del convenio: Subvención local Plataforma Socio Sanitaria.

e. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 23203-48900.

f. Procedimiento: Concesión mediante subvención nominativa incluida en el Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2023.

g. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 10. SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN

En materia de Educación, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:

A) AYUDAS LIBROS DE TEXTO

a. Objetivos: Creación de un fondo de libros de texto y material didáctico para el curso escolar 2022-2023 de los grupos de primaria.

b. Efectos que se pretenden: El uso solidario y cooperativo de los libros de texto reutilizables y el material didáctico de los cursos y niveles correspondientes a la enseñanza obligatoria.

c. Coste previsible: 100.000,00 euros.

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 32000-48000.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 11. SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA

A) APORTACIÓN CONVENIOS CULTURA

a. Objetivos: Teniendo en cuenta la necesidad, por parte del Ayuntamiento de Ibiza, de promover la enseñanza del folclore y la enseñanza del teatro, unas actividades de disfrute cultural importante para la población del municipio, a la vez que pueden ayudar a descubrir vocaciones a aquellas personas que quieran dedicarse profesionalmente a su enseñanza.

b. Efectos que se pretenden: Que las asociaciones con una reconocida trayectoria profesional lleven a cabo de manera singular cursos, destacando el baile y el aprendizaje para tocar diferentes instrumentos musicales característicos de nuestro folclore y clases de teatro. Puesto que son las únicas asociaciones al municipio de Ibiza que ofrecen un proyecto de enseñanza de calidad y adecuado a las expectativas de la concejalía, que presentan diferentes cursos dirigidos a todo tipo de público y que disponen de la infraestructura apropiada.

c. Coste previsible: 15.000 euros.

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33400-48901.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Pla.

B) CONVENIOS VARIOS NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA

a. Objetivos:

Convenio Cursos de catalán IEB-AjEivissa:

Convenio anual firmado con el Instituto de Estudios Baleáricos para los cursos de catalán 2022-2023 donde se ofrecen todos los niveles (A1, A2, B1, B2, C1 y C2) tanto de forma presencial, como semipresencial, atendiendo a la demanda y a la situación derivada de la pandemia.

Convenio mantenimiento Centro de Catalán 2023:

Convenio anual firmado con el Instituto de Estudios Baleáricos para el mantenimiento del Centro de Catalán como recurso de autoaprendizaje de la lengua catalana y dinamización lingüística. Es un espacio dotado de medios y materiales para facilitar el aprendizaje individualizado del catalán y se ajusta a las necesidades horarias de cada aprendiz. Cuenta con asesoramiento y grupos de conversación.

Convenio Voluntariado Lingüístico:

Convenio anual entre el Ayuntamiento de Ibiza y el Instituto de Estudios Ibicencos para la realización del programa Voluntariado Lingüístico. Contempla el seguimiento y apoyo de las parejas lingüísticas para facilitar el aprendizaje y práctica de los conocimientos orales en lengua catalana así como un programa de dinamización de conocimiento del entorno.

Campaña sensibilización uso del catalán:

Durante el año 2023 se tiene previsto llevar a cabo una campaña de sensibilización del uso de la lengua catalana, en colaboración con otras entidades, a través de las redes y medios de comunicación.

b. Efectos que se pretenden: Proteger el patrimonio lingüístico de las Islas Pitusas llevando a cabo múltiples actividades a lo largo del año 2023 como publicaciones, cursos, exposiciones y asesoramiento lingüístico.

c. Coste previsible: 39.500,00 euros.

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 33401-48900.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

C) PREMIOS Y BECAS PATRIMONIO

a. Objetivos: El programa de becas para la realización de prácticas de laboratorio en materia de arqueología se promovió por la Concejalía de Cultura y Patrimonio desde el 2013.

El objetivo de este programa es contribuir a la formación profesional de estudiantes, licenciados, graduados y posgraduados en historia y/o arqueología, que hayan finalizado sus estudios en los tres años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

Con la formación práctica se pretende que los beneficiarios puedan aprender habilidades y conocimientos prácticos relacionados con su formación universitaria, aprovechando los materiales arqueológicos encontrados en las excavaciones arqueológicas realizadas, en el marco de proyectos, promovidos por el Ayuntamiento de Ibiza.

b. Efectos que se pretenden: Con el programa de becas, planificado por los técnicos adscritos al departamento de Cultura y Patrimonio municipales se pretende:

  • Dar nuevas oportunidades para la formación práctica a estudiantes, licenciados, graduados o posgraduados en la materia, que se encuentran matriculados o hayan finalizado sus estudios recientemente.
  • Que pueden traer a la práctica los conocimientos teóricos adquiridos durante la formación universitaria.
  • Permitir que los participantes en las becas que adquieran las habilidades propias de laboratorio de arqueología como el registro de material arqueológico diverso (cerámicas, vidrio, metal, restos óseos), llevar a cabo tareas de limpieza, clasificación, signado e inventario de materiales, fotografías y dibujos. Se tratan de una serie de trabajos habituales en la práctica arqueológica que les aportará una experiencia para su futura introducción al mundo laboral.
  • Contribuir al conocimiento de la arqueología y la historia de la ciudad de Ibiza y de la isla.

c. Coste previsible: 4.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33600-48100.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

D) CONVENIO ASOCIACIÓN ASTRONÓMICA DE IBIZA

a. Objetivos: El Observatorio Astronómico de Puig des Molins es un bien demanial del ayuntamiento de Ibiza, que tiene como destino dar un servicio público relacionado con la divulgación y promoción de la astronomía a la sociedad. Se creó en 1956, ligado a la fundación de la Agrupación Astronómica Ibiza (AAE). Esta asociación desarrolló una intensa labor pedagógica y divulgativa hasta finales del siglo XX. A la primera década del siglo siguiente, el telescopio había quedado obsoleto y hasta que no se cambió y reformo el edificio, las actividades quedaron en suspenso.

La actividad se retomó a partir de 2017, cuando se firmó el primer convenio con el AAE para realizar las actividades que le son propias, como son desarrollar actividades educativas y de promoción, divulgación e investigación en materia de astronomía.

b. Efectos que se pretenden: Divulgación de la astronomía, dirigida a la sociedad en general mediante la organización de observaciones astronómicas divulgativas, abiertas a toda la población; charlas y conferencias; demostraciones observacionales mediante el material disponible en el observatorio astronómico; contribución a la enseñanza de la astronomía en el ámbito escolar.

c. Coste previsible: 30.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33600-48901.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención nominativa incluida en el Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2023.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

E) AYUDAS A ESTUDIANTES DE ENSEÑANZAS SUPERIORES

a. Objetivos: Ayudas para estudiantes de enseñanzas superiores (de grado, enseñanzas artísticas superiores y ciclos formativos de grado superior) del municipio de Ibiza para estudios cursados en Ibiza o fuera de la isla.

b. Efectos que se pretenden: Que todos los estudiantes puedan tener acceso a formación de calidad en la enseñanza.

c. Coste previsible: 80.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente la aplicación presupuestaria 33700-48101.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

F) PREMIOS A LOS MEJORES EXPEDIENTES ACADÉMICOS DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIANO

a) Objetivos: Valorar la excelencia, el esfuerzo y el rendimiento académico del alumnado dando un reconocimiento oficial a los méritos de los alumnos que demuestran una especial preparación en los estudios.

b) Efectos que se pretenden: Promover una formación de calidad en la enseñanza secundaria que incentive al alumnado hacia la continuación de estudios superiores.

c) Coste previsible: 15.000,00 euros

d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33700-48100.

e) Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

G) PREMIOS Y BECAS FIESTAS

a. Objetivos: Promocionar y gestionar políticas y proyectos de participación en las fiestas del municipio así como hacer difusión y promoción mediante el otorgamiento de diferentes premios por los participantes al Desfile de Carnaval 2023.

b. Efectos que se pretenden: Organizar actividades festivas potenciando la participación ciudadana.

c. Coste previsible: 12.000 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33800-48000.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 12. SUBVENCIONES EN MATERIA DE DEPORTES

A) APORTACIÓN CONVENIOS VARIOS DEPORTES 2023

a. Objetivos: El objetivo principal de esta línea de subvenciones es hacer posible la realización de un número importante de acontecimientos deportivos en la ciudad de Ibiza durante 2023, dichos acontecimientos tendrán que ser de carácter nacional o/e internacional y se organizarán de la mano de las principales entidades deportivas de nuestro entorno con el objetivo de, por una parte promover la práctica deportiva entre nuestros ciudadanos y por la otra, situar a la ciudad de Ibiza como un destino comprometido con el deporte y capaz de atraer a un gran número de deportistas visitantes.

b. Efectos que se pretenden: En concreto, se pretende que los mencionados acontecimientos deportivos incluyan un abanico muy variado de las modalidades deportivas más practicadas en nuestros días y que más aceptación tienen. En este sentido, también es fundamental aprovechar estas ayudas para impulsar todavía más la práctica deportiva por parte de las mujeres. Así, las pruebas a realizar tendrán que estar guiadas por el principio de igualdad de género para que todo el mundo tenga las mismas oportunidades de participación. Los deportes con más protagonismo, por la habitual presencia masiva de participantes, serán las cursas atléticas en ruta, en forma de pruebas de 5km, 10km y 21 km, cursas de montaña o trial, triatlón, ciclismo en BTT y de carretera, motociclismo, baloncesto y atletismo en pista. Y las entidades beneficiarias de las ayudas tendrán que ser clubs o federaciones con un reconocido prestigio en el ámbito de la organización de grandes acontecimientos deportivos.

c. Coste previsible: 158.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 34000 – 48900

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

g. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 13. SUBVENCIONES EN MATERIA DE COMERCIO, TURISMO Y PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

En materia de Comercio, Turismo y pequeñas y medianas empresas, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:

A ) SUBVENCIONES PROMOCIÓN ECONÓMICA COMERCIO

a. Objetivos: Fomentar la actividad económica del municipio apoyando a las empresas locales.

b. Efectos que se pretenden: La transformación de la ciudad de Ibiza hacia un modelo ambientalmente sostenible y tecnológicamente innovador desde el punto de vista económico. En este sentido, el tejido empresarial y comercial local es un actor fundamental a tener en consideración en el proceso de transición hacia el nuevo modelo de ciudad. Por eso, es necesario apoyar e impulsar a estos sectores permitiéndoles mantener y reinventar su actividad económica.

c. Coste previsible: 1.000.000,00 euros.

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 43100-47900.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

B) APORTACIÓN CONVENIOS PROMOCIÓN ECONÓMICA

a. Objetivos: Implantar programas de dinamización comercial.

b. Efectos que se pretenden: Impulso y promoción económica de los diferentes barrios del municipio para fomentar el comercio y desarrollar nuevas fórmulas para la revitalización y fortalecimiento del tejido empresarial.

c. Coste previsible: 20.000,00 euros.

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 43100-48900.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

C) APORTACIÓN CONVENIOS VARIOS TURISMO

a. Objetivos: Potenciar Ibiza como destino turístico.

b. Efectos que se pretenden: Promover varios acontecimientos y acciones promocionales a lo largo del año para posicionar Ibiza como destino turístico.

c. Coste previsible: 135.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 43200-48900.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

D) APORTACIÓN CONVENIOS DISTRITO 07800

a. Objetivos: Impulsar el fomento del espíritu emprendedor en Ibiza para la promoción de políticas activas de ocupación, promoción económica y desarrollo local durante el año 2023.

b. Efectos que se pretenden: Realización de acciones de difusión y promoción del emprendimiento especialmente dirigidas a joven y mujeres, ayudas al autoempleo para jóvenes, taller de creación de empresa, realización de acciones de difusión y promoción de nuevas metodologías de gestión empresarial y de buenas prácticas empresariales.

c. Coste previsible: 20.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 43300-48900.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

ARTÍCULO 14. SUBVENCIONES EN MATERIA DE SERVICIOS DE CARÁCTER GENERAL

En materia de servicios de carácter general, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:

A) PARTIDOS POLÍTICOS

a. Objetivos: Asignación anual a los grupos políticos que conforman el Pleno de la Corporación de conformidad con lo que dispone el arte. 27 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de la Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

b. Efectos que se pretenden: Financiar los gastos ocasionados por el desarrollo de sus trabajos.

c. Coste previsible: 49.125,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 92400-48900.

e. Procedimiento: Concesión mediante el establecido en el apartado segundo de la Base nº 68 de Ejecución del Presupuesto General de la Corporación del ejercicio 2023 del tenor literal siguiente:

La distribución de la cantidad a percibir por los grupos políticos se realizará en función del número de regidores obtenidos en las últimas elecciones municipales y de los grupos políticos existentes”.

Las cantidades a asignar serán las siguientes:

  • Por cada grupo político, una asignación anual fija de 1.500,00 €
  • Por cada regidor integrado del grupo político 625,00 €
  • Por asistencia a sesiones de Plenos, Comisiones y juntas Rectoras de los Patronatos Municipales de los miembros de la corporación que no tengan dedicación exclusiva o parcial, se establecen las siguientes cantidades para el ejercicio de 2023 distinguiéndose dos supuestos:

Las cantidades a asignar serán las siguientes:

  • Jefes de los grupos políticos de la oposición una asignación mensual de 1.150,00€
  • Otros Regidores unos asignación mensual de 940,00 €

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

 B) ASOCIACIONES DE VECINOS

a. Objetivos: Favorecer la dinamización y participación de las asociaciones en el ámbito de la participación ciudadana. Las finalidades de la asociación son principalmente por un lado la mejora general del barrio y por otro lado fomentar y organizar actos de carácter recreativo y cultural.

b. Efectos que se pretenden: Subvencionar asociaciones vecinales, para la realización y programación de actividades incluidas en un proyecto que intensifique la participación social en el municipio, y concretamente, en el barrio en el cual desarrollan su actividad.

c. Coste previsible: 115.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 92400-48901.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

C) ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS DE AAVV:

a. Objetivos: Establecer los términos y condiciones de colaboración entre el Ayuntamiento de Ibiza y las asociaciones para que estas dispongan de un local para poder realizar sus actividades. Las finalidades de la asociación son principalmente por un lado la mejora general del barrio y por otro lado fomentar y organizar actos de carácter recreativo y cultural.

b. Efectos que se pretenden: Las actividades que realizan las AAVV potencian el asociacionismo, los valores sociales, culturales, mejoran la convivencia entre la vecindad del barrio y potencian el conocimiento mutuo de la ciudadanía y vecindad.

La realización de actividades sociales, culturales y recreativas por parte de las asociaciones de vecinos requieren de espacios adecuados para esta finalidad. El local social objeto tiene, un impacto social y de punto de referencia entre los vecinos y vecinas del barrio, esencial y contrastado.

c. Coste previsible: 68.500,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 92400-48902.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Pla.

 

CAPÍTULO IV SUBVENCIONES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE MÚSICA

ARTÍCULO 17. SUBVENCIONES EN MATERIA DE MÚSICA

En materia Música, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:

A) PREMIOS Y BECAS MÚSICA

a. Objetivos: El motivo del presente concurso es fomentar la participación, divulgación y práctica de la música en las actividades que lleva a cabo el Patronato Municipal de Música a través de la agrupación de la Banda.

b. Efectos que se pretenden: La finalidad del Premio es promocionar y contribuir a la creación musical, descubrir nuevos talentos y aumentar el repertorio existente para este tipo de formaciones musicales, que tanta tradición tienen en la isla de Ibiza y en la misma historia del Patronato.

c. Coste previsible: 2.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuesto del Patronato Municipal de Música, concretamente a la aplicación presupuestaría 33403-48100.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

 

CAPÍTULO V SUBVENCIONES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES

ARTÍCULO 18. SUBVENCIONES EN MATERIA DE DEPORTES

En materia de deportes, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Pla, las líneas de subvención siguientes:

A) CLUBS DEPORTIVOS

a. Objetivos: Al amparo de la Ley Balear del Deporte que atribuye a las administraciones locales la responsabilidad del fomento del deporte y de los propios Estatutos del Patronato de Deportes que lo comprometen a apoyar a las entidades deportivas del municipio que fomentan la actividad deportiva, se hace necesario establecer un sistema de ayudas para dichos clubs.

b. Efectos que se pretenden: Conceder unas ayudas económicas para el mantenimiento de las mencionadas entidades deportivas que les permitan desarrollar su tarea de fomento del deporte.

c. Coste previsible: 70.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuesto del Patronato Municipal de Deportes, concretamente a la aplicación presupuestaría 34000-48900.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

B) ESCUELAS DEPORTIVAS

a. Objetivos: Al amparo de la Ley Balear del Deporte que atribuye a las administraciones locales la responsabilidad del fomento del deporte y de los propios Estatutos del Patronato de Deportes que lo comprometen a apoyar a las entidades deportivas del municipio que fomentan la actividad deportiva, se hace necesario establecer un sistema de ayudas para dichos clubs.

b. Efectos que se pretenden: Conceder unas ayudas económicas a aquellos clubs del municipio que acuerdan mediante convenio con el Patronato Municipal de Deportes, desarrollar programas de iniciación deportiva mediante la red de Escuelas Deportivas Municipales.

c. Coste previsible: 115.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto del Presupuesto del Patronato Municipal de Deportes, concretamente a la aplicación presupuestaría 34000-48901.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

C) CLUBES PATRIMONIO

a. Objetivos: Al amparo de la Ley Balear del Deporte que atribuye a las administraciones locales la responsabilidad del fomento del deporte y de los propios Estatutos del Patronato de Deportes que lo comprometen a apoyar a las entidades deportivas del municipio que fomentan la actividad deportiva, se hace necesario establecer un sistema de ayudas para los dichos clubs.

b. Efectos que se pretenden: Conceder unas ayudas económicas a aquellos clubs del municipio que acuerdan mediante convenio con el Patronato Municipal de Deportes, desarrollar programas de competición deportiva a nivel autonómico, nacional y/o internacional, a la vez que difunden al exterior la imagen de una ciudad implicada con el deporte y que es patrimonio de humanidad. Las ayudas procuran fundamentalmente subvencionar una parte de los altos costes que representan los desplazamientos para poder competir a las diferentes ligas baleares y nacionales.

c. Coste previsible: 249.000,00 euros

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto del Presupuesto del Patronato Municipal de Deportes, concretamente a la aplicación presupuestaría 34000-48902.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

 

CAPITOL VI SUBVENCIONES DEL CONSORICI IBIZA PATRMINONI DE LA HUMANIDAD

ARTÍCULO 19. SUBVENCIONES EN MATERIA DE VIVIENDA

a. Objetivos: Rehabilitación de las viviendas y locales situados a los barrios de Sa Peña, Marina, s'Almera y Dalt Vila del municipio de Ibiza.

b. Efectos que se pretenden: Fomentar la recuperación y mejora de los edificios, la calidad de las viviendas y de las condiciones de vida de sus ocupantes.

c. Coste previsible: 80.000,00 euros.

d. Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo séptimo del Presupuesto del Consorcio Ibiza Patrimonio de la Humanidad, concretamente a la aplicación presupuestaría 33600-7800009.

e. Procedimiento: Concesión mediante subvención en régimen de concurrencia competitiva.

f. Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.

 

Eivissa, (firmado electrónicamente: 6 de marzo de 2023)

La concejala delegada del área económica Estefanía Torres Sánchez