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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección primera. Contratación Pública

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 162596
Aprobación inicial proyecto ejecutivo relativo a la ampliación de la instalación de placas solares fotovoltaicas en el edificio del Centro de Día, en el TM Formentera

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Texto

Se hace público que la Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera en sesión de carácter ordinario del día 17 de febrero de 2023, se adoptó el siguiente acuerdo:

"PRP2023/88 Propuesta aprobación inicial del proyecto ejecutivo relativo a la ampliación de la instalación de placas solares fotovoltaicas en el edificio del Centro de día, TM Formentera.

Vista la propuesta realizada en el expediente presente, del tenor literal siguiente, que defiende la presidenta y que ha formulado el conseller Sr. Tur Serra:

(...)

Vista la providencia de inicio del conseller de Medio Ambiente y Servicios de Inspección del Consell Insular de Formentera de fecha 19 de mayo de 2022 donde se dispone que se lleven a cabo los trámites administrativos adecuados para la contratación de la ampliación de la instalación de generación de energía solar mediante placas fotovoltaicas del Centro de Día situado en Sant Francesc Xavier, del TM Formentera.

Visto el informe técnico para la redacción del proyecto ejecutivo relativo a la ampliación de la instalación de placas solares fotovoltaicas en el edificio del Centro de Día, en el TM Formentera firmado por los Servicios Técnicos del área de Medio Ambiente en fecha 20 de mayo de 2022 donde se informa favorablemente la ejecución mediante un contrato menor de servicios, la redacción del proyecto ejecutivo y preparación de la documentación de solicitud de subvención, por la ampliación de la instalación de placas fotovoltaicas en las instalaciones del Centro de Día.

Vista la formalización del encargo del servicio mediante contrato menor de servicios, de fecha 20 de mayo de 2022, y la entrega de la documentación en virtud de dicho encargo en fecha 19 de diciembre de 2022.

Visto el Proyecto Administrativo Instalación Fotovoltaica Autoconsumo Centro De Día Municipal firmado electrónicamente en fecha 15 de diciembre de 2022 por el colegiado Pedro Bernes Sanz del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales Illes Balears.

Visto que el objeto de la presente intervención es susceptible de solicitud de ayudas en base a convocatorias de subvenciones dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU). Tal y como se expresa en el informe técnico de fecha 6 de febrero de 2023.

Visto que el plazo para presentar las solicitudes se inicia el 7 de noviembre de 2022 y finaliza el 30 de junio de 2023 o hasta el posible agotamiento, dentro de este período, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria, lo que hace que el proyecto sea aprobado, presentado y ejecutado sin mayores dilaciones.

Visto el informe jurídico emitido por los Servicios Jurídicos del Consell Insular de Formentera, en lo que se refiere a la tramitación de su aprobación por esta Administración, de fecha 7 de febrero de 2023.

En cumplimiento del artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, se considera que el proyecto se ajusta a la legislación general de contratos de las administraciones públicas, así como de forma específica a los requisitos de la legislación urbanística, la de protección medioambiental y la de patrimonio histórico.

Considerando que las obras proyectadas son de primer establecimiento, reforma o gran reparación, resulta preceptiva la publicación del proyecto de obra.

Considerando la propuesta de clasificación de la empresa redactora del proyecto, en base a lo previsto en el Reglamento de la Ley de Contratos, aprobado por Real Decreto 1098/2001, según lo establecido en su artículo 133 en relación a la indicación de la clasificación de empresas en los contratos de obras en relación con los proyectos.

Visto el artículo 33.2.m de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, habla de las competencias del Pleno de las Diputaciones, que es de aplicación a los Consells Insulars, en relación a la disposición adicional 2ª, apartado 1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que dispone que el Pleno será competente para resolver cuando el importe de la contratación supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto y en cualquier caso la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada, tal y como exige el artículo 174.3 del Texto refundido de la Ley de haciendas locales aprobada por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Visto el acuerdo del Pleno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter extraordinario (Pleno de Organización) de 8 de julio de 2019, publicado en el BOIB núm. 102 de día 25 de julio de 2019, el Pleno delega a favor de la Comisión de Gobierno (ahora Junta de Gobierno), las siguientes competencias plenarias:

“d) Las contrataciones públicas y las concesiones de toda clase, previstas con detalle en el punto 2 de la Disposición Adicional 2ª de la citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

También se delegan en la Comisión de Gobierno las facultades a que se refiere el punto 3 del artículo 174 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y las facultades excepcionales a que se refiere en punto 5 en relación con el contenido del punto 3 del citado artículo 174, todos ellos sobre Compromisos de gasto de carácter plurianual. e) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, aunque no estén previstos en los presupuestos.”

Vista la entrada en vigor de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consells Insulars en el título IX regula el régimen especial para la isla de Formentera, que comprende del artículo 129 al 135, la Comisión de Gobierno pasa a ser la Junta de Gobierno.

Se deja constancia de que de acuerdo con la mencionada Ley de Consells Insulars, que entró en vigor el pasado 8 de agosto, la competencia para contratar pertenece, con carácter directo y atributivo ex lege, a los Consells Insulars de Ibiza, Mallorca y Menorca, en el Consejo Ejecutivo del respectivo Consell Insular (artículo 28.1.h de la Ley sobre atribuciones del Consejo Ejecutivo, de forma similar a la competencia que tiene la Junta de Gobierno Local en los municipios de gran población), sin perjuicio de lo que diga el Reglamento Orgánico y de las posibles delegaciones que se realicen a favor de otros órganos, en particular, unipersonales. Y, en cuanto a Formentera, como Consell Insular con un régimen especial, y el Título IX de la Ley, por su carácter unimunicipal, debería estar en lo que establece el artículo 132 de la Ley, sobre atribuciones de la Junta de Gobierno, pero con el matiz explícito -artículo 132.2 de la Ley- que, una vez dictado el nuevo Reglamento Orgánico, éste puede atribuir todas o parte de las competencias que corresponderían a la Junta de Gobierno, por defecto todas, a favor del Pleno. Pero todavía no existe Reglamento Orgánico adaptado a la nueva Ley, se considera que, provisionalmente, deben mantenerse las atribuciones originarias del principio del mandato, en julio de 2019 y de octubre de 2019, a propósito de las competencias de contratación del Pleno, delegadas entonces en la Comisión de Gobierno; y de la Presidencia, delegadas en la Comisión de Gobierno, y ahora Junta de Gobierno, por lo que, por esta vía se mantienen aquellas atribuciones a favor de la Junta de Gobierno, como delegadas, ya sea, por razón de la cuantía, del Pleno o de la Presidencia, a favor de la Junta de Gobierno, y no las exigencias de la nueva Ley que abstractamente las atribuiría a la Junta de Gobierno, por defecto, cuando resulta que todavía no existe Reglamento Orgánico, nuevo, aprobado de acuerdo con la nueva Ley, y la decisión ad hoc del Pleno.

Visto el decreto de presidencia de delegación de competencias para la segunda parte del mandato 2019-2023, años 2021-2023, de fecha 15 de octubre de 2021, publicado en el BOIB Nº. 146 de 26 de octubre de 2021, por el que se delega a la Comisión de Gobierno (ahora Junta de Gobierno) la contratación pública, según se indica en los puntos 1, 2, 4 y 9 del apartado primero, al ser el órgano competente, en virtud de esta delegación, la siguiente,

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- APROBAR INICIALMENTE el proyecto ejecutivo relativo a la ampliación de la instalación de placas solares fotovoltaicas en el edificio del Centro de Día, en el TM Formentera.

Segundo.- PROCEDER A LA INFORMACIÓN PÚBLICA del proyecto por un plazo de 15 días mediante publicación en el BOIB y en el perfil del contratante del Consejo de Formentera alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) a los efectos de que se puedan presentar al alegaciones.

Tercero.- Ordenar a los SSTT del Consell que una vez aprobado definitivamente el proyecto, previa la tramitación del expediente de contratación de la obra, se lleve a cabo el replanteo previo del proyecto de obras, con la correspondiente comprobación de la realidad geométrica del proyecto. Una vez realizado el replanteo se incorporará el proyecto, que contiene entre otros los pliegos de prescripciones técnicas, y el acta de replanteo previo al expediente de contratación.

Cuarto.- Hacer constar que el presente acuerdo de aprobación de proyecto de obras es un acto de trámite previo al procedimiento de contratación, y que en consecuencia no es susceptible de recurso en vía administrativa o contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se puedan interponer los correspondientes recursos contra los actos que pongan fin al procedimiento.

(...)”

El proyecto se puede consultar a través del link:

https://contrataciondelestado.es/wps/wcm/connect/06fadc29-0ffd-4932-b4ad-1ff5e8c1a81e/DOC20230302142049Proyecto_Ampliacion_IF_Centro+de+dia_+Visada.pdf?MOD=AJPERES

y de forma presencial en las oficinas del área de Medio Ambiente y Servicios de Inspección del Consell Insular de Formentera en la calle Mallorca nº15 07871 Sant Ferran, TM Formentera.

Se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, con fecha de la firma electrónica:(3 de marzo de 2023)

La presidenta Ana Juan Torres