Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 162085
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears, por la cual se deniegan ayudas de transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Las personas que constan en el anexo de esta Resolución como alumnas de una acción formativa financiadas por el SOIB o impartidas por centros propios en el periodo 2021-2022 dirigida prioritariamente a trabajadores parados han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte público manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31de diciembre).

2. Una vez examinadas estas solicitudes, se ha considerado que se tienen que denegar por los motivos que se exponen en el anexo de esta Resolución.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre), por la cual se aprobó la convocatoria informativa para solicitar becas y ayudas dirigida a los alumnos trabajadores parados de acciones formativas financiadas por el SOIB o impartidas por los centros propios, para el periodo 2021-2022 correspondientes a ayudas de transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.

2. El artículo 2.2 del Decreto22/2020, de 24 de julio, de aprobación de los Estatutos de Servicio de Empleo de las Illes Balears ‎establece que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otros, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de ocupación; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, ocupación, formación y formación con alternancia con la ocupación, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o ajena; adaptar la formación y la recalificación para la ocupación de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y mejorar las condiciones de los trabajadores.

3. De acuerdo con los apartados g) y y) del artículo 9.4 del Decreto 22/2020, de 24 de julio, de aprobación de los estatutos de Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB nº 131, de 25 de julio), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

5. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones la gestión de las cuales corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears o a las entidades públicas dependientes.

6. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

7. El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos de la ocupación y la formación profesional ocupacional (BOE nº 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº 9, de 17 de abril).

8. La Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la cual se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el cual se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la cual se regula el Sistema de Formación Profesional para la Ocupación en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE nº 78, de 1 de abril de 2019).

9. De acuerdo con el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, (BOIB nº 21, de 15 de febrero), el SOIB está adscrito en la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar una subvención en concepto de ayuda para transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación, así como las becas para personas con discapacidad, para los trabajadores parados, en el marco de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB, de 28 de diciembre de 2020 (BOIB nº 216, de 31 de diciembre), a las personas que figuran en el anexo de esta Resolución y por los motivos que se exponen.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y la página web del Servicio de Empleo de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, a (9 de febrero 2023)

El director general de Modelo Económico y Ocupación Llorenç Pou Garcias Por delegación de competencias del presidente del SOIB (Resolución de 09/07/2019, BOIB nº 94, de11 de julio)

 

 

ANEXO I

DNI/NIE

CURSO

MOTIVO

AYUDA

Y0008405R

527/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

45698850N

535/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

X8858349Z

535/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

55237105Y

535/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

78214589T

265/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

X8016533K

313/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

22719573N

318/20,319/20,320/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

47408996Q

319/20,320/19

BECA INCOMPATIBLE

TR

X7185986G

332/20

NO TIENE HIJOS MENORES DE 12 AÑOS

CC

49412491G

345/20,347/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43224883V

345/20,347/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

13139695W

347/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

37337093C

501/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

Y4631983G

514/20

BAJA DEL CURSO

TR

X9028495Y

515/20

BAJA DEL CURSO

TR

52254524L

515/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

X8025418M

515/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

X8596669M

515/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

47253803G

515/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

72077757N

515/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43172868M

556/20,557/20

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41522280K

558/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41623534C

560/20

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y8086048K

560/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

49612530N

561/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

43191910A

571/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41540759E

572/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41697000R

573/20,574/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41540759E

573/20,574/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

53387353Y

586/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41744364P

586/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41745307P

586/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

32067991B

592/20,594/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

30537828S

595/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

Y5348838H

613/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

46931078S

613/20,614/20

EL CURSO NO ES DE MAÑANA Y DE TARDE

MANUT

42314874A

618/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

31682438F

618/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

41456937N

691/20,692/20,693/20,694/20

BECA INCOMPATIBLE

TR

37337545N

21/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41536581F

21/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

55239878L

242/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

49775621X

245/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

55239878L

247/21,249/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

04300895X

250/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

54630078H

250/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41693303F

302/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

24248009Y

302/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

X8473283Z

302/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

78211336C

302/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y1386493K

316/21,317/21,318/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43098730L

316/21,317/21,318/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y6558919T

316/21,317/21,318/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y2984984N

317/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

43130780F

336/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

23809157V

346/21,347/21,348/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

43104929P

347/21,348/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

53147887Q

411/21,414/21

MENOR DE 30 KM DE DISTANCIA

MANUT

41501272A

411/21,414/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41706552P

465/21,466/21,467/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

43164045Z

465/21,466/21,467/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

X2619309T

467/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41499635E

469/21

NO ESTA INSCRITA EN ESTA CONDICION AL INICIO DEL CURSO

DIS

29169223W

472/21

SUPERAR EL 75% DEL IP REM

CC

41640497D

479/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

Y3586016P

484/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

74684476A

484/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41741246H

486/21,487/21

SUPERAR EL 75% DEL IPREM

CC

41507344A

488/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

41742742L

488/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

43037039Z

488/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

80082982H

605/21,606/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

43205177E

634/21

BECA INCOMPATIBLE

TR

Y1009916T

638/21

BECA INCOMPATIBLE

TR