Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)
Núm. 157945
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para la contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa)
Código de expediente: 2023-04-RLTIDISBA
El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en el punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no citados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no hay acreditación específica, se debe entender que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución de que emana el texto.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, con esta finalidad, seleccionar el personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación del personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la presidencia.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria para la contratación de personal de asesoría jurídica y de contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa).
Palma, en fecha de la firma electrónica (2 de marzo de 2023)
El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo
ANEXO 1 Convocatoria del proceso selectivo para la contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa)
La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.
Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita efectuar la convocatoria para la contratación como personal laboral temporal de un asesor o asesora jurídico y de contratación administrativa hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa).
El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que han de seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral.
Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que se tienen que aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.
Que el artículo 1.2 de la Ley 20/2021 en identidad al mismo precepto del RDL 14/2021, de 6 de julio, añade un nuevo apartado en el artículo 11 al TREBEP, en relación con el personal laboral, estableciendo los principios que en todo caso tendrán que regir en la selección del personal laboral temporal, como la publicidad, igualdad, mérito, capacidad y celeridad, y estableciendo la finalidad que han de perseguir, ateniendo, en todo caso, razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia.
Que los contratos de interinidad son contratos temporales que están sujetos al cumplimiento del plazo pactado. Estamos antes un contrato temporal de duración indeterminada pero en el que consta que el plazo pactado llegará cuando la vacante sea cubierta tras finalizar el proceso de selección que se convocará para cubrirla. Se trata de un contrato a plazo, aunque de fecha incierta con respecto a su finalización, en la medida que su persistencia será la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva de la plaza que, en el caso de la Fundación, coincidirá con el tiempo que dure este proceso, de conformidad con la normativa específica que en cada caso será aplicable.
El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo referente a la selección del personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 i de los estatutos fundacionales vigentes,
CONVOCO:
El proceso para la selección y posterior contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa), con los requisitos, las características y los criterios de selección siguientes:
I. Requisitos de la plaza y méritos evaluables
Requisitos
No se valorarán los CV de las personas que no cumplan con los requisitos.
Méritos evaluables
II. Perfil de la plaza
Misión
Dar apoyo jurídico y legal al conjunto de la organización, velando por el cumplimiento y respecto a la legalidad en el contenido de los diversos procedimientos administrativos que se desarrollan para reducir la incerteza en el cumplimiento de las finalidades propuestas.
Responsabilidades
Funciones
III. Presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears o mediante el correo electrónico1 del Departamento de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es. Se ha de indicar el código de expediente en el asunto del correo electrónico.
El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
Las personas aspirantes deberán presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No se podrá valorar ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
1Los documentos adjuntos al correo han de estar en formato PDF y comprimidos en un único ZIP.
IV. Admisión de las personas aspirantes y resolución del proceso de selección
Una vez vencido el plazo para presentar las solicitudes y la documentación requerida para participar en el procedimiento de selección, se publicará en la página web de IdISBa (www.idisba.es) la resolución por la que se aprueba la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de exclusión.
Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional, para subsanar los defectos o adjuntar la documentación que sea preceptiva. En el caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.
Finalizado este plazo, se dictará una resolución mediante la cual se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo. En esta resolución se indicarán las instrucciones para que quien desee proceder con la entrevista pueda confirmar su asistencia. Una vez concluida la fase de entrevistas, se subirá la lista provisional con las puntuaciones obtenidas. A tal efecto, se abrirá un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones a las puntuaciones obtenidas en la lista provisional.
Transcurrido este plazo, se hará pública la lista definitiva y se procederá a la adjudicación de la plaza.
V. Reserva a favor de las personas con discapacidad
Existe en el IdISBa una reserva del 7 % de los lugares de trabajo para personas con discapacidad, de acuerdo con el Real Decreto Ley 5/2015 del TREBEP. No obstante, esta plaza no está reservada para este fin.
VI. Tribunal calificador
Titulares:
Suplentes:
El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta a causa de la falta de adecuación de candidatos y candidatas.
VII. Resolución de la convocatoria y publicación de la bolsa
Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal calificador elaborará una resolución definitiva de todas las personas aspirantes, ordenada según la puntuación total obtenida, de mayor a menor. Esta resolución será publicada en la web de la Fundación (www.idisba.es).
La contratación se hará de acuerdo con el orden de prelación de las candidaturas propuestas.
VIII. Modalidad de contratación
IX. Acreditación de requisitos y méritos
Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes se tienen que acreditar mediante la presentación de copia o copia compulsada de la siguiente documentación.
a) Experiencia profesional: mediante certificado firmado por la persona responsable de la entidad donde se han prestado los servicios con especificación del tiempo de experiencia en los diferentes ámbitos que se valoran en esta convocatoria. En caso de no ser posible, es necesario presentar el contrato y la vida laboral.
b) Titulación académica: copia de ambas caras del título. En caso de titulaciones expedidas en el extranjero, es necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se ha de presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1837/2008, el Real Decreto 967/2014 y otras normas de transposición y despliegue.
c) Cursos, seminarios, becas, etc.: copia de los certificados o diplomas acreditativos de los cursos que se han llevado a cabo, con expresión del número de horas de duración de la acción formativa.
d) Conocimientos orales y escritos de idiomas: mediante copia de certificado expedida por el órgano competente (EOI, Consejería, UIB u otras universidades o centros de acreditación de reconocido prestigio).
Los méritos se tienen que acreditar con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes han de presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo que acompaña a estas bases).
La documentación acreditativa de todos los méritos se tiene que presentar junto con la solicitud. En caso de haber presentado inicialmente copias no compulsadas, en la entrevista se tendrá que presentar la documentación original acreditativa de todos los méritos.
X. Proceso de selección
Valoración de méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo, además de una entrevista personal:
1. Experiencia profesional (5 puntos máx.)
2. Formación (3 puntos máx.)
3. Conocimiento de idiomas (1 punto máx.)
4. Entrevista personal (1 punto máx.)
La entrevista versará sobre temas relacionados con la presente oferta de trabajo. La persona candidata tendrá que aportar en la entrevista los documentos originales para poder cotejarlos en caso de no haberlos aportado ya cotejados previamente junto con la solicitud.
El día y la hora de la entrevista se publicarán en la web de la Fundación: www.idisba.es. La persona candidata ha de confirmar la realización de la entrevista para que le sea adjudicada una hora concreta. En caso de que la entrevista se realice virtualmente, la documentación original tendrá que ser presentada cuando así lo solicite el Departamento de Recursos Humanos.
No hacer la entrevista supondrá la exclusión del proceso selectivo.
XI. Recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Palma, en fecha de la firma electrónica (2 de marzo de 2023)
El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo
ANEXO 2 Formulario de inscripción para la contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa)
Nombre: Apellidos:
DNI/NIE:
Dirección:
Teléfono de contacto:
Correo electrónico:
EXPONGO:
Que he tenido conocimiento de la convocatoria para la selección y posterior contratación como personal laboral temporal de un asesor jurídico o asesora jurídica y de contratación administrativa hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa).
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
DECLARO:
Así, por todo lo expuesto,
SOLICITO:
Mi admisión para formar parte del proceso selectivo y posterior contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa).
En ________________, el _____ de _________________ de _________
Firma
ANEXO 3 AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS
Convocatoria del proceso selectivo para la contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa) |
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NOMBRE |
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PUNTOS MÁX. |
PUNTOS |
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA* |
1. Experiencia profesional |
5 |
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En las mismas funciones en entidades del sector público (0.15 puntos por mes) |
5 |
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|
En las mismas funciones en entidades del sector privado (0.10 puntos por mes) |
4 |
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2. Formación relacionada |
3 |
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Máster y posgrados relacionados con el puesto de trabajo (0.02 puntos por ECTS) |
2 |
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|
Otra formación relacionada con el puesto de trabajo (0.01 puntos por cada 10 h) |
1 |
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|
Lenguaje administrativo acreditado (0.3 puntos) |
0.3 |
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|
Formación acreditada en herramientas ofimáticas. (0.01 puntos por cada 10 h) |
0.3 |
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3. Conocimientos de idiomas |
1 |
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|
Por un nivel de catalán superior al requerido (1 punto) |
1 |
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Conocimiento acreditado de inglés (nivel B2, C1 o C2) (0.3 puntos) |
0.3 |
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4. Entrevista |
1 |
X |
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TOTAL |
10 |
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* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que se adjuntan para el correcto cómputo de los puntos. (Ej.: certificado B2 inglés de la EOI) |