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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)

Núm. 157945
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para la contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa) Código de expediente: 2023-04-RLTIDISBA

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en el punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no citados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no hay acreditación específica, se debe entender que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución de que emana el texto.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, con esta finalidad, seleccionar el personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación del personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la presidencia.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria para la contratación de personal de asesoría jurídica y de contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa).

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (2 de marzo de 2023)

El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo

 

ANEXO 1 Convocatoria del proceso selectivo para la contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa)

La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.

Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita efectuar la convocatoria para la contratación como personal laboral temporal de un asesor o asesora jurídico y de contratación administrativa hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa).

El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que han de seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral.

Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que se tienen que aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.

Que el artículo 1.2 de la Ley 20/2021 en identidad al mismo precepto del RDL 14/2021, de 6 de julio, añade un nuevo apartado en el artículo 11 al TREBEP, en relación con el personal laboral, estableciendo los principios que en todo caso tendrán que regir en la selección del personal laboral temporal, como la publicidad, igualdad, mérito, capacidad y celeridad, y estableciendo la finalidad que han de perseguir, ateniendo, en todo caso, razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia.

Que los contratos de interinidad son contratos temporales que están sujetos al cumplimiento del plazo pactado. Estamos antes un contrato temporal de duración indeterminada pero en el que consta que el plazo pactado llegará cuando la vacante sea cubierta tras finalizar el proceso de selección que se convocará para cubrirla. Se trata de un contrato a plazo, aunque de fecha incierta con respecto a su finalización, en la medida que su persistencia será la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva de la plaza que, en el caso de la Fundación, coincidirá con el tiempo que dure este proceso, de conformidad con la normativa específica que en cada caso será aplicable.

El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo referente a la selección del personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 i de los estatutos fundacionales vigentes,

CONVOCO:

El proceso para la selección y posterior contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa), con los requisitos, las características y los criterios de selección siguientes:

I. Requisitos de la plaza y méritos evaluables

Requisitos

  • Estar en posesión de un grado o licenciatura en Derecho.
  • Acreditar mínimo nivel C1 de catalán.
  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Tener la nacionalidad española u otra nacionalidad en los casos en que el artículo 57 del Texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP) permita el acceso a la ocupación pública. Es necesario tener nacionalidad española, de otros estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores. También serán admitidos el cónyuge, los descendientes y descendientes del cónyuge, tanto de españoles y españolas como de nacionales de los otros estados miembro de la Unión Europea, independientemente de su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y los descendientes sean menores de 21 años o mayores de esta edad pero que vivan a cargo de sus progenitores. Las personas extranjeras a las que se refieren los apartados anteriores, así como aquellas con residencia legal en España, podrán acceder a las administraciones públicas como personal laboral, en igualdad de condiciones que españoles y españolas.
  • No haber sufrido un despido mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna entidad del sector público, de órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar en inhabilitación o en situación equivalente, ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público. Respecto a la habilitación para ejercer puestos de trabajo que requieren contacto habitual con personas menores de edad, de conformidad con la Ley de protección jurídica al menor, las personas que ocupen estos puestos no pueden constar en el registro central de delincuentes sexuales.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con una discapacidad reconocida serán admitidas en la realización de las pruebas libres sin necesidad de acreditar sus condiciones psíquicas, físicas y sensoriales antes de que comiencen, sin perjuicio de que, superado el proceso selectivo, en presentar la documentación para ser nombradas o contratadas, tengan que acreditar, como el resto de personas aspirantes, su capacidad para desarrollar las funciones y tareas de los puestos de trabajo que se convocan y para prestar el servicio público correspondiente. Asimismo, en caso de que se acceda por la cuota de reserva de personas con discapacidad, será necesario tener legalmente reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 % y acreditarla. Este caso solo se contempla en el concurso-oposición de estabilización. No obstante, y de acuerdo con el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, las personas que se presenten a un proceso selectivo, sea libre o por turno reservado, y soliciten alguna adaptación para hacer las pruebas, así lo tendrán que hacer constar expresamente en la solicitud de participación y especificar de qué tipo (tiempo o medios materiales). En este caso, también se tendrá que aportar la certificación pertinente en la que conste el tipo y grado de disminución. A tales efectos, los órganos técnicos de selección decidirán sobre las peticiones de adaptaciones que se efectúen. Con esta finalidad podrán requerir un informe sobre la solicitud de adaptación a los equipos de valoración multiprofesional.
  • Cumplimentar el formulario de autoevaluación (anexo 3 de la convocatoria).

No se valorarán los CV de las personas que no cumplan con los requisitos.

Méritos evaluables

  • Máster o posgrado en alguna de las áreas siguientes: Derecho Administrativo, Contratación Administrativa o Compra Pública Innovadora.
  • Formación específica en contratación pública.
  • Conocimientos avanzados en paquete Office.
  • Nivel de catalán en lenguaje administrativo.
  • Nivel de inglés B1 o equiparable.
  • Experiencia en el desarrollo de las funciones principales del puesto de trabajo.

II. Perfil de la plaza

Misión

Dar apoyo jurídico y legal al conjunto de la organización, velando por el cumplimiento y respecto a la legalidad en el contenido de los diversos procedimientos administrativos que se desarrollan para reducir la incerteza en el cumplimiento de las finalidades propuestas.

Responsabilidades

  • Asesorar jurídicamente a los órganos del IdISBa en relación con la elaboración y propuestas de normativa.
  • Informar en derecho, cuando sea preceptivo o a petición de los órganos del IdISBa, sobre cualquier asunto de su competencia y hacer dictámenes.
  • Proponer y revisar los acuerdos, convenios y contratos del IdISBa con otras instituciones, tanto públicas como privadas.
  • Revisar la política de compras y contrataciones del IdISBa para garantizar el cumplimiento de la LCSP.
  • Interpretar la nueva normativa, así como las modificaciones en las leyes de aplicación al IdISBa.
  • Estar en permanente contacto con los servicios jurídicos de la Consejería.

Funciones

  • Elaborar informes jurídicos y hacer dictámenes.
  • Elaborar y revisar convenios, acuerdos de colaboración y contratos con entidades públicas y privadas.
  • Elaborar pliegos administrativos para la contratación pública de obras, servicios y suministros y redacción de los contratos administrativos pertinentes.
  • Definición de los procedimientos y protocolos necesarios para las diferentes fases del proceso de licitación pública.
  • Ejecución y resolución de contratos.
  • Elaborar una guía de buenas prácticas en la contratación administrativa.
  • Actividad docente y de sensibilización al personal investigador del IdISBa en los procesos de contratación administrativa y en la compra pública innovadora.
  • Elaborar informes de seguimiento, estadísticas y memoria de resultados de la actividad de la contratación administrativa del IdISBa.
  • Confeccionar las resoluciones administrativas que den respuesta a las peticiones que puedan formular los diversos particulares, trabajadores o empresas externas.
  • Interacción con los órganos de contratación e intervención en los diferentes ámbitos de actuación, local, autonómico, estatal y de la UE.
  • Supervisar la recopilación, archivo y tratamiento de la legislación que tenga interés para el IdISBa.
  • Estudiar y tramitar todas las reclamaciones administrativas y previas a la vía civil y laboral formuladas contra el IdISBa.
  • Elaborar propuestas de resolución de los recursos administrativos y de todas las reclamaciones previas a la vía laboral y civil, así como de cualquier otro tema que lo requiera.
  • Informar y preparar la documentación necesaria para la interposición de los recursos contenciosos administrativos por parte del IdISBa.
  • Preparar órdenes de comparecencia y la tramitación de documentación y elaboración de informes de los procedimientos de los que es parte el IdISBa.
  • Elaborar informes sobre todas aquellas materias en relación con las funciones descritas.
  • En general, aquellas funciones de características similares que le sean asignadas. 

III. Presentación de solicitudes

Las solicitudes se pueden presentar en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears o mediante el correo electrónico1 del Departamento de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es. Se ha de indicar el código de expediente en el asunto del correo electrónico.

El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.

Las personas aspirantes deberán presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No se podrá valorar ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.

1Los documentos adjuntos al correo han de estar en formato PDF y comprimidos en un único ZIP.

IV. Admisión de las personas aspirantes y resolución del proceso de selección

Una vez vencido el plazo para presentar las solicitudes y la documentación requerida para participar en el procedimiento de selección, se publicará en la página web de IdISBa (www.idisba.es)  la resolución por la que se aprueba la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de exclusión.

Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente a  la publicación de la lista provisional, para subsanar los defectos o adjuntar la documentación que sea preceptiva. En el caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.

Finalizado este plazo, se dictará una resolución mediante la cual se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo. En esta resolución se indicarán las instrucciones para que quien desee proceder con la entrevista pueda confirmar su asistencia. Una vez concluida la fase de entrevistas, se subirá la lista provisional con las puntuaciones obtenidas. A tal efecto, se abrirá un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones a las puntuaciones obtenidas en la lista provisional. 

Transcurrido este plazo, se hará pública la lista definitiva y se procederá a la adjudicación de la plaza.

V. Reserva a favor de las personas con discapacidad

Existe en el IdISBa una reserva del 7 % de los lugares de trabajo para personas con discapacidad, de acuerdo con el Real Decreto Ley 5/2015 del TREBEP. No obstante, esta plaza no está reservada para este fin.

VI. Tribunal calificador

Titulares:

  • Sergi Camacho Clavijo, director gerente de la Fundación IdISBa, como presidente del tribunal.
  • Marga Frontera Borrueco, coordinadora de Plataformas e Infraestructuras de Investigación del IdISBa.
  • Antonio Cabrera Anguita, responsable de Gestión Económica de la Fundación.
  • Representante del Departamento de RR. HH. del IdISBa, en calidad de secretario o secretaria del tribunal.

Suplentes:

  • Miquel Fiol Sala, director científico del IdISBa.
  • Miquel Obrador Bou, responsable de Gestión Económica de la Fundación IdISBa.

El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta a causa de la falta de adecuación de candidatos y candidatas.

VII. Resolución de la convocatoria y publicación de la bolsa

Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal calificador elaborará una resolución definitiva de todas las personas aspirantes, ordenada según la puntuación total obtenida, de mayor a menor. Esta resolución será publicada en la web de la Fundación (www.idisba.es).

La contratación se hará de acuerdo con el orden de prelación de las candidaturas propuestas.

VIII. Modalidad de contratación

  • Tipo de contrato: contrato de interinidad hasta convocatoria pública.
  • Grupo profesional A, titulado superior.
  • Jornada laboral: 37,5 horas semanales.
  • Remuneración anual: 36 861,68 € euros brutos en 14 pagas.
  • Ubicación: IdISBa – edificio S, Hospital Universitario Son Espases.

IX. Acreditación de requisitos y méritos

Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes se tienen que acreditar mediante la presentación de copia o copia compulsada de la siguiente documentación.

a) Experiencia profesional: mediante certificado firmado por la persona responsable de la entidad donde se han prestado los servicios con especificación del tiempo de experiencia en los diferentes ámbitos que se valoran en esta convocatoria. En caso de no ser posible, es necesario presentar el contrato y la vida laboral.

b) Titulación académica: copia de ambas caras del título.  En caso de titulaciones expedidas en el extranjero, es necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se ha de presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1837/2008, el Real Decreto 967/2014 y otras normas de transposición y despliegue.

c) Cursos, seminarios, becas, etc.: copia de los certificados o diplomas acreditativos de los cursos que se han llevado a cabo, con expresión del número de horas de duración de la acción formativa.

d) Conocimientos orales y escritos de idiomas: mediante copia de certificado expedida por el órgano competente (EOI, Consejería, UIB u otras universidades o centros de acreditación de reconocido prestigio).

Los méritos se tienen que acreditar con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las personas aspirantes han de presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo que acompaña a estas bases).

La documentación acreditativa de todos los méritos se tiene que presentar junto con la solicitud. En caso de haber presentado inicialmente copias no compulsadas, en la entrevista se tendrá que presentar la documentación original acreditativa de todos los méritos.

X. Proceso de selección

Valoración de méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo, además de una entrevista personal:

1. Experiencia profesional (5 puntos máx.)

  • Experiencia profesional desarrollando las funciones del puesto de trabajo convocado en empresas del sector público. (0.15 puntos por mes trabajado; 5 puntos máx.)
  • Experiencia profesional desarrollando las funciones del puesto de trabajo convocado en empresas del sector privado. (0.10 puntos por mes trabajado; 4 puntos máx.)

2. Formación (3 puntos máx.)

  • Máster y posgrados relacionados con el puesto de trabajo convocado. (0.02 puntos por cada ECTS; 2 puntos máx.)
  • Otra formación relacionada con el puesto de trabajo. (0.01 puntos por cada 10 horas acreditadas; 1 punto máx.)
  • Lenguaje administrativo acreditado. (0.3 puntos)
  • Formación acreditada en herramientas ofimáticas. (0.01 puntos por cada 10 horas acreditadas; 0.3 puntos máx.)

3. Conocimiento de idiomas (1 punto máx.)

  • Por un nivel de catalán superior al requerido. (1 punto)
  • Conocimiento acreditado de inglés (nivel B2, C1 o C2). (0.3 puntos)

4. Entrevista personal (1 punto máx.)

La entrevista versará sobre temas relacionados con la presente oferta de trabajo. La persona candidata tendrá que aportar en la entrevista los documentos originales para poder cotejarlos en caso de no haberlos aportado ya cotejados previamente junto con la solicitud.

El día y la hora de la entrevista se publicarán en la web de la Fundación: www.idisba.es. La persona candidata ha de confirmar la realización de la entrevista para que le sea adjudicada una hora concreta. En caso de que la entrevista se realice virtualmente, la documentación original tendrá que ser presentada cuando así lo solicite el Departamento de Recursos Humanos.

No hacer la entrevista supondrá la exclusión del proceso selectivo.

XI. Recursos

El orden jurisdiccional social es el competente para resolver controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (2 de marzo de 2023)

El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo

 

ANEXO 2 Formulario de inscripción para la contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa)

Nombre:                                                                    Apellidos:

DNI/NIE:

Dirección:

Teléfono de contacto:

Correo electrónico:

EXPONGO:

Que he tenido conocimiento de la convocatoria para la selección y posterior contratación como personal laboral temporal de un asesor jurídico o asesora jurídica y de contratación administrativa hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa).

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA

  • Titulación exigida como requisito.
    • Título de formación pertinente. (Documento 1.1)
    • Nivel C1 de lengua catalana. (Documento 1.2)
  • Fotocopia del DNI o NIE. (Documento 2)
  • CV actualizado. (Documento 3)
  • Documentación acreditativa de los méritos y autobaremo rellenado por la persona interesada. (Especificar en el autobaremo)

DECLARO:

  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • No haber sufrido un despido mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna entidad del sector público, de órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar en inhabilitación o en situación equivalente, ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Así, por todo lo expuesto,

SOLICITO:

Mi admisión para formar parte del proceso selectivo y posterior contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa).

En ________________, el _____ de _________________ de _________

Firma

 

ANEXO 3  AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS

Convocatoria del proceso selectivo para la contratación de personal de asesoría jurídica y contratación administrativa, como laboral temporal hasta la cobertura definitiva de la plaza de gestión L03110009 dotada en la RPT (IdISBa)

NOMBRE

 

PUNTOS MÁX.

PUNTOS

DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA*

1. Experiencia profesional

5

 

 

En las mismas funciones en entidades del sector público (0.15 puntos por mes)

5

 

 

En las mismas funciones en entidades del sector privado (0.10 puntos por mes)

4

 

 

2. Formación relacionada

3

 

 

Máster y posgrados relacionados con el puesto de trabajo (0.02 puntos por ECTS)

2

 

 

Otra formación relacionada con el puesto de trabajo (0.01 puntos por cada 10 h)

1

 

 

Lenguaje administrativo acreditado (0.3 puntos)

0.3

 

 

Formación acreditada en herramientas ofimáticas. (0.01 puntos por cada 10 h)

0.3

 

 

3. Conocimientos de idiomas

1

 

 

Por un nivel de catalán superior al requerido (1 punto)

1

 

 

Conocimiento acreditado de inglés (nivel B2, C1 o C2) (0.3 puntos)

0.3

 

 

4. Entrevista

1

X

 

TOTAL

     10

* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que se adjuntan para el correcto cómputo de los puntos. (Ej.: certificado B2 inglés de la EOI)