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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 153177
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears por la que se corrigen diferentes errores y se modifican con motivo de la estimación de varios recursos de reposición de las resoluciones de 1 de diciembre de 2023 del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears por las que se aprobaron las bases generales y el baremo de méritos que rigen las convocatorias de los procesos de selección por medio de las modalidades de concurso oposición y concurso extraordinario derivadas de la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022 del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

1. El 24 de mayo de 2022 se publicó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2022 por el que se aprobó la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022 del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 67, de 24/05/2022).

2. El 1 de noviembre de 2022 se publicó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2022 por el que se rectificaron los errores del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2022 por el que se aprobó la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022 del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 141, de 1/11/2022).

3. El 3 de diciembre de 2022 se publicaron las Resoluciones de 1 de diciembre  del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears por la que se aprueban las bases generales y el baremo de méritos que rigen las convocatorias de los procesos de selección por medio de las modalidades de concurso oposición y concurso extraordinario, ambas derivadas de la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022 del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 3/12/2022).

4. Se han observado determinados errores en las bases generales que se deben subsanar y que figuran en los diferentes anexos.

5. En relación con el requisito de conocimiento de la lengua catalana, exigido en las convocatorias de estas bases generales y baremos de méritos y que eximían de este requisito a las categorías profesionales de A1 sanitarios y de A2 (exclusivamente en todas las categorías de Enfermería), el 30 de diciembre de 2022, el 2 y 23 de enero de 2023, respectivamente, se interpusieron sendos recursos de reposición contra las bases generales y los baremos de méritos, tanto en la modalidad de concurso extraordinario como en la de concurso oposición, a cargo del sindicato STEI y de la Obra Cultural Balear, en los que se solicitaba:

“La revocación y dejar sin efecto la exención de cualquier nivel de catalán prevista en el anexo 3 para determinadas categorías profesionales, procediendo a rectificarlo en el sentido de exigir el B2 para acceder a todas las plazas de los grupos profesionales sanitarios A1 y A2, tal y como prevé la legislación vigente, y limitando la exención en los estrictos términos previstos en la disposición adicional segunda del Decreto ley 6/2022”.

6. El 6 de febrero de 2023, la subdirectora de Gestión de Personal del Servicio de Salud de las Illes Balears emitió el Informe relativo a la planificación y gestión de las necesidades de profesionales sanitarios y la acreditación de conocimientos de lengua catalana en determinados procesos selectivos del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

7. El 7 de febrero de 2023, el director general del Servicio de Salud dictó la Resolución en la que estimaba parcialmente los recursos de reposición interpuestos por la Obra Cultural Balear y el sindicato STEI contra las Resoluciones de 1 de diciembre de 2022 del director general del Servicio de salud de las Illes Balears estableciendo las categorías profesionales y/o especialidades de personal estatutario sanitario que mantenían la exención del requisito de nivel de catalán (con los efectos correspondientes, que figuran en el Anexo 3 a las que se aplica la excepción prevista en el apartado 3 de la DT 2ª de la Ley 4/2016, a partir de las conclusiones del citado informe, para cada una de ellas, y referido concretamente al proceso excepcional de estabilización en curso, en función de los aspirantes susceptibles de participar), y las que debía aplicarse la previsión establecido en la DA 13ª del Decreto ley 6/2022.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 119 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos de sus actos.

3. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o disposición.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir determinados errores de las bases generales y de los baremos de méritos de las Resoluciones del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears por las que se aprueban las bases generales y el baremo de méritos que rigen las convocatorias de los procesos de selección mediante las modalidades de concurso oposición y concurso extraordinario, ambas derivadas de la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022 del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears que figuran en los diferentes anexos.

2. Modificar el Anexo 3 de las bases generales y baremo de méritos, tanto en la modalidad de concurso extraordinario como en la de concurso oposición, como consecuencia de la estimación parcial de los recursos de reposición interpuestos por la Obra Cultural Balear y el sindicato STEI contra las Resoluciones de 1 de diciembre de 2022 del director general del Servicio de salud de las Illes Balears, estableciendo las categorías profesionales y/o especialidades de personal estatutario sanitario que ya no están exentas del requisito del conocimiento de la lengua catalana, siendo de aplicación la DA 13ª del Decreto ley 6/2022.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta corrección de errores que se incluyen en esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición ante el director general del Servicio de Salud de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Tanto en el caso de la rectificación de errores como en la modificación expuesta se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

(Firmado electrónicamente: 28 de febrero de 2023)

 

El subdirector de Relaciones Laborales del Servicio de Salud

Pedro Jesús Jiménez Ramírez

Por delegación de competencias de la consejera de Salud y Consumo (BOIB núm. 191, de 7/11/2020) Por suplencia del director general (BOIB núm. 62, de 29/4/2006) Y por suplencia de la directora de Gestión y Presupuestos y de la dirección de área de Profesionales y Relaciones Laborales (BOIB núm. 107, de 3/08/2019) 

 

 

Anexo 1. Fase de concurso

1. En el apartado «Personal sanitario» del anexo 2 de las bases generales de la modalidad de concurso-oposición del proceso de estabilización 2022-2024 del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 3/12/2022):

Donde dice:

2.1. Formación continuada:

d) Los diplomas o certificados que se refieran a estas actividades formativas se valoran a razón de 0,066 puntos por cada crédito CFC (Comisión de Formación Continuada) o LRU (sistema de implantación de los créditos europeos por medio de la Ley de reforma universitaria) y a razón de 0,0165 puntos por cada crédito ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos). Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar de los créditos, se otorga un valor de 0,0066 puntos por cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad. No se valora en este apartado haber superado asignaturas de un estudio académico.

Debe decir:

2.1. Formación continuada:

d) Los diplomas o certificados que se refieran a estas actividades formativas se valoran a razón de 0,066 puntos por cada crédito CFC (Comisión de Formación Continuada) o LRU (sistema de implantación de los créditos europeos por medio de la Ley de reforma universitaria) y a razón de 0,165 puntos por cada crédito ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos). Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar de los créditos, se otorga un valor de 0,0066 puntos por cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad. No se valora en este apartado haber superado asignaturas de un estudio académico.

2. En el apartado «Personal de gestión y servicios» de la versión en castellano del anexo 2 de las bases generales de la modalidad de concurso-oposición del proceso de estabilización 2022-2024 del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 3/12/2022):

Donde dice:

2.1. Formación continuada:

d) Los diplomas o certificados que se refieran a estas actividades formativas se valoran a razón de 0,2 puntos por cada crédito CFC (Comisión de Formación Continuada) o LRU (sistema de implantación de los créditos europeos por medio de la Ley de reforma universitaria) y a razón de 0,5 puntos por cada crédito ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos). Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar de los créditos, se otorga un valor de 0,002 puntos por cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad. No se valora en este apartado haber superado asignaturas de un estudio académico.

Debe decir:

2.1. Formación continuada:

d) Los diplomas o certificados que se refieran a estas actividades formativas se valoran a razón de 0,2 puntos por cada crédito CFC (Comisión de Formación Continuada) o LRU (sistema de implantación de los créditos europeos por medio de la Ley de reforma universitaria) y a razón de 0,5 puntos por cada crédito ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos). Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar de los créditos, se otorga un valor de 0,02 puntos por cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad. No se valora en este apartado haber superado asignaturas de un estudio académico.

3. En el apartado «Personal de gestión y servicios») del anexo 2 de las bases generales de la modalidad de concurso-oposición (BOIB núm. 157, de 3/12/2022) del proceso de estabilización 2022-2024 del Servicio de Salud de las Islas Baleares:

Donde dice:

2.2. Otras actividades formativas:

Actividades formativas no relacionadas directamente con la categoría a la que se opta ni sobre ciencia de la salud y que estén relacionadas con las siguientes áreas temáticas: prevención de riesgos laborales (nivel básico, máximo de 150 horas); jurídico-administrativa; sistemas de información; informática referida a aplicaciones de ofimática de nivel de usuario y de aplicaciones informáticas utilizadas en el Servicio de Salud de las Islas Baleares (SAP, Tarjeta Sanitaria, AIDA, Civitas, etc.); violencia de género; igualdad entre hombres y mujeres; aspectos organizativos relativos al servicio sanitario; atención al público; estrés y autocontrol u orientación psicológica. No se valoran en este apartado haber superado asignaturas de un estudio académico ni los certificados de profesionalidad.

Se valoran a razón de 0,002 puntos por cada hora, siempre que cumplan alguna de las características previstas en el punto 2.1.c.

Debe decir:

2.2 Otras actividades formativas:

Actividades formativas no relacionadas directamente con la categoría a la que se opta ni sobre ciencia de la salud y que estén relacionadas con las siguientes áreas temáticas: prevención de riesgos laborales (nivel básico, máximo de 150 horas); jurídico-administrativa; sistemas de información; informática referida a aplicaciones de ofimática de nivel de usuario y de aplicaciones informáticas utilizadas en el Servicio de Salud de las Islas Baleares (SAP, Tarjeta Sanitaria, AIDA, Civitas, etc.); violencia de género; igualdad entre hombres y mujeres; aspectos organizativos relativos al servicio sanitario; atención al público; estrés y autocontrol u orientación psicológica. No se valoran en este apartado haber superado asignaturas de un estudio académico ni los certificados de profesionalidad.

Se valoran a razón de 0,02 puntos por cada hora, siempre que cumplan alguna de las características previstas en el punto 2.1.c.

Anexo 2. Titulaciones de acceso

En el anexo 3 («Relación de plazas en cada categoría profesional, con la titulación y el nivel de conocimiento de catalán requeridos») de las bases generales del proceso de estabilización 2022-2024 del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 3/12/2022):

Donde dice:

Categoría profesional

Titulación mínima

Ingeniero/ingeniera superior

Licenciatura o grado en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos o título universitario de máster que habilite para ejercer la profesión regulada de acuerdo con las directivas europeas

Debe decir:

Categoría profesional

Titulación mínima

Ingeniero/ingeniera superior

Título de Ingeniería / Ingeniería Industrial (previo a la declaración de Bolonia) o bien título universitario oficial de grado más título oficial de máster universitario, que de acuerdo con los planes de estudio y directivas comunitarias vigentes que habilitan para el ejercicio profesional de la categoría

Donde dice:

Categoría profesional

Titulación mínima

Técnico/técnica superior en sistemas y tecnologías de la información

Grado de ingeniería en Informática o en Telecomunicaciones, o la titulación que se establezca reglamentariamente en consideración a la naturaleza análoga de las funciones

Debe decir:

Categoría profesional

Titulación mínima

Técnico/técnica superior en sistemas y tecnologías de la información

Título de licenciatura o grado universitario que habilite para ejercer la profesión de ingeniería técnica de telecomunicaciones, grado universitario/licenciatura en Ingeniería Informática o grado universitario/licenciatura en Ingeniería Electrónica, así como licenciatura o grado universitario en Física

 

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Donde dice:

Categoría profesional

Titulación mínima

FEA de farmacia hospitalaria

Licenciado/da o Grado en Medicina

Debe decir:

Categoría profesional

Titulación mínima

FEA de farmacia hospitalaria

Licenciado/da o Grado en Farmacia

Donde dice:

Categoría profesional

Titulación mínima

Ingeniero / ingeniera técnica industrial

Diplomatura o grado de Ingeniería Industrial o de la rama del conocimiento de la ingeniería en titulaciones del campo especifico de ingeniería y profesiones afines con el título universitario oficial de máster que habilite para el ejercicio de la profesión de ingeniero/ingeniera industrial

Debe decir:

Categoría profesional

Titulación mínima

Ingeniero técnico / ingeniera técnica industrial

Título de Ingeniería Técnica Industrial o equivalente (previo a la declaración de Bolonia) o grado que habilite para ejercer la profesión de ingeniero técnico industrial (después del proceso de Bolonia)

Donde dice:

Categoría profesional

Titulación mínima

Personal técnico de grado medio

Título universitario oficial de grado y el título que habilite para ejercer funciones de nivel superior en materia de prevención de riesgos laborales, con las especialidades de seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada

Debe decir:

Categoría profesional

Titulación mínima

Personal técnico de grado medio

Licenciatura, diplomatura, grado universitario, arquitectura o ingeniería técnicas. Además, es necesario tener una formación mínima con el contenido especificado en el anexo VI del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención. Esta formación debe incluir, en cualquier caso, los contenidos correspondientes a algunas de las especialidades de seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada; dicha formación debe estar acreditada por una entidad autorizada para desarrollarla y certificarla; o bien, debe tener el máster universitario en prevención de riesgos laborales en alguna de las tres especialidades citadas, que debe ser verificada debidamente por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o por los órganos de evaluación que la ley de la comunidad autónoma determinan, y debe estar inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

​​​​​​​Donde dice:

Categoría profesional

Titulación mínima

Grupo de gestión de la función administrativa

Grado, diplomatura arquitectura técnica, ingeniería técnica o equivalente

Superación de tres cursos completas o el primer cicle de una licenciatura

 

​​​​​​​Debe decir:

Categoría profesional

Titulación mínima

Grupo de gestión de la función administrativa

Grado, diplomatura, arquitectura técnica, ingeniería técnica o equivalente

Superación de tres cursos completos o el primer ciclo de una licenciatura

Donde dice:

Categoría profesional

Titulación mínima

Grupo administrativo de la función administrativa

Bachillerato o equivalente

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de administración y gestión)

Técnico superior en Administración y Finanzas

Debe decir:

Categoría profesional

Titulación mínima

Grupo administrativo de la función administrativa

Bachillerato o equivalente

Donde dice:

Categoría profesional

Titulación mínima

Grupo auxiliar administrativo de la función administrativa

Educación Secundaria Obligatoria o equivalente

Ciclo formativo de Formación profesional de grado medio o equivalente (Familia profesional de Administración y Gestión)

Técnico en Gestión Administrativa

Debe decir:

Categoría profesional

Titulación mínima

Grupo administrativo de la función administrativa

Educación Secundaria Obligatoria o equivalente

 Donde dice:

Grupo profesional: sanitario C1 (Concurso oposición)

Categoría profesional

Titulación mínima

Higienista dental de área en la atención primaria

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Higiene Bucodental

Técnico especialista en Higiene Dental

Higienista bucodental

Certificado de habilitación

Técnico/técnica superior especialista en documentación sanitaria

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Documentación y Administración Sanitaria

Técnico superior en Documentación Sanitaria

Técnico/técnica superior especialista en laboratorio

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

Técnico/técnica superior especialista en radiodiagnóstico

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear

Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico

Debe decir:

Grupo profesional: sanitario C1 (Concurso oposición)

Categoría profesional

Titulación mínima

Higienista dental de área en la atención primaria

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior

Técnico superior en Higiene Bucodental

Técnico especialista en Higiene Dental

Higienista bucodental

Certificado de habilitación

Técnico/técnica superior especialista en documentación sanitaria

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior

Técnico superior en Documentación y Administración Sanitaria

Técnico superior en Documentación Sanitaria

Técnico/técnica superior especialista en laboratorio

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior

Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

Técnico/técnica superior especialista en radiodiagnóstico

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior

Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear

Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico

Donde dice:

Grupo profesional: sanitario C1 (Concurso extraordinario)

Categoría profesional

Titulación mínima

Técnico/técnica superior especialista en documentación sanitaria

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior o equivalente (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Documentación y Administración Sanitaria

Técnico superior en Documentación Sanitaria

Higienista dental de área a la atención primaria

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Higiene Bucodental

Técnico especialista en Higiene Dental

Higienista bucodental

Certificado de habilitación

Técnico/técnica superior especialista en anatomía patológica

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico

Técnico/técnica superior especialista en laboratorio

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

Técnico/técnica superior especialista en radiodiagnóstico

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior (familia profesional de sanidad)

Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear

Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico

Debe decir:

Grupo profesional: sanitario C1 (Concurso extraordinario)

Categoría profesional

Titulación mínima

Técnico/técnica superior especialista en documentación sanitaria

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior o equivalente

Técnico superior en Documentación y Administración Sanitaria

Técnico superior en Documentación Sanitaria

Higienista dental de área a la atención primaria

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior

Técnico superior en Higiene Bucodental

Técnico especialista en Higiene Dental

Higienista bucodental

Certificado de habilitación

Técnico/técnica superior especialista en anatomía patológica

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior

Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico

Técnico/técnica superior especialista en laboratorio

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior

Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

Técnico/técnica superior especialista en radiodiagnóstico

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior

Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear

Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico

Anexo 3. Discapacidad

En el punto 19 de la Resolución de los procesos de selección de ambas bases generales del proceso de estabilización 2022-2024 del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 3/12/2022), se debe insertar el texto siguiente:

19.5. Si alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado en el turno de reserva para personas con alguna discapacidad supera los ejercicios correspondientes, pero no obtiene plaza y su puntuación es superior a la obtenida por otros aspirantes del turno libre, aquel será incluido por su orden de calificación en el turno libre.

Anexo 4. Lista provisional de admitidos y excluidos

En el punto 12.1 («Publicación de las listas provisionales de admitidos y de excluidos del proceso de selección y reclamaciones») de la versión en castellano de las bases generales de la modalidad de concurso-oposición del proceso de estabilización 2022-2024 del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 3/12/2022):

Donde dice:

Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes y antes de que transcurra un periodo máximo de dos, a contar desde el vencimiento de ese plazo, el director general del Servicio de Salud dictará una resolución por la que se aprobarán las listas provisionales de admitidos y de excluidos del proceso de selección, que se publicará en el web del Servicio de Salud y en la sede electrónica de la CAIB.

Debe decir:

Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes y antes de que transcurra un periodo máximo de dos meses, a contar desde el vencimiento de ese plazo, el director general del Servicio de Salud dictará una resolución por la que se aprobarán las listas provisionales de admitidos y de excluidos del proceso de selección, que se publicará en el web del Servicio de Salud y en la sede electrónica de la CAIB.

Anexo 5. Toma de posesión

En el punto 23.3 («Toma de posesión») de las bases generales del proceso de estabilización 2022-2024 del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 3/12/2022):

Donde dice:

La toma de posesión debe efectuarse dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación en el BOIB de la resolución de adjudicación de plazas. Decaerá en su derecho a tomar posesión quien no se incorpore al destino asignado dentro de ese plazo, excepto en los casos de imposibilidad acreditada (y apreciada por el órgano convocante).

Antes de tomar posesión de su plaza, las personas seleccionadas deben hacer constar que no ocupan ningún puesto de trabajo ni que desarrollan actividad alguna en el sector público que sea incompatible con las funciones propias de la plaza adjudicada. Si se trata de puestos de trabajo susceptibles de compatibilidad, deben instarlo con autorización previa en los diez primeros días del plazo de la toma de posesión, que se entenderá prorrogado hasta que se dicte la resolución de compatibilidad.

Debe decir:

La toma de posesión debe efectuarse dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación en el BOIB de la resolución de adjudicación de plazas. Decaerá en su derecho a tomar posesión quien no se incorpore al destino asignado dentro de ese plazo, excepto en los casos de imposibilidad acreditada (y apreciada por el órgano convocante).

Antes de tomar posesión de la plaza, las personas seleccionadas deben hacer constar que no ocupan ningún puesto de trabajo y que no desarrollan actividad alguna en el sector público o privado que sea incompatible con las funciones propias de la plaza adjudicada. Si se trata de puestos de trabajo susceptibles de compatibilidad, deben instarlo con autorización previa en los diez primeros días del plazo de la toma de posesión, que se entenderá prorrogado hasta que se dicte la resolución de compatibilidad.

Anexo 6. Modalidad de prueba de examen

En el punto 14.2 («Tipo de examen») de las bases generales de la modalidad de concurso-oposición (BOIB núm. 157, de 3/12/2022):

Donde dice:

Facultativos de atención primaria (subgrupo A1):

Tipo de examen

Test: tres (3) supuestos a elegir entre siete (7) derivados de la práctica clínica diaria

Formato

Cuatro opciones de respuesta, de las cuales solo una es correcta

Número de preguntas

72 preguntas (60 preguntas más 12 de reserva)

Cada supuesto contendrá 24 preguntas, 4 de las cuales serán de reserva

Valor de las respuestas

Por cada respuesta correcta, 1 punto

Por cada respuesta incorrecta se descuentan 0,25 puntos

Por cada respuesta en blanco o múltiple, 0 puntos

Puntuación mínima para acceder a la fase de concurso

Accederán a la fase de concurso:

  • En categorías/especialidades hasta 25 plazas convocadas, hasta el 400 % de las plazas.
  • En categorías/especialidades de entre 26 y 100 plazas convocadas, hasta el 300 % de las plazas.
  • En categorías/especialidades con más de 100 plazas convocadas, hasta el 200 % de las plazas.

Temario

Sí, relacionado con la práctica clínica diaria. Se publicará en la convocatoria específica

Duración

120 minutos (se incluye el tiempo para las preguntas de reserva)

Debe decir:

Médico/médica de familia en equipos de atención primaria, Facultativo/facultativa especialista en pediatría y puericultura de área en equipos de atención primaria y Médico/médica de urgencias en la atención primaria (subgrupo A1):

Tipo de examen

Test: tres (3) supuestos a elegir entre siete (7) derivados de la práctica clínica diaria

Formato

Cuatro opciones de respuesta, de las cuales solo una es correcta

Número de preguntas

72 preguntas (60 preguntas más 12 de reserva)

Cada supuesto contendrá 24 preguntas, 4 de las cuales serán de reserva

Valor de las respuestas

Cada respuesta correcta, 1 punto

Por cada respuesta incorrecta se descuentan 0,25 puntos

Por cada respuesta en blanco o múltiple, 0 puntos

Puntuación mínima para acceder a la fase de concurso

Accederán a la fase de concurso:

  • En categorías/especialidades hasta 25 plazas convocadas, hasta el 400 % de las plazas.
  • En categorías/especialidades de entre 26 y 100 plazas convocadas, hasta el 300 % de las plazas.
  • En categorías/especialidades con más de 100 plazas convocadas, hasta el 200 % de las plazas.

Temario

Sí, relacionado con la práctica clínica diaria. Se publicará en la convocatoria específica

Duración

120 minutos (se incluye el tiempo para las preguntas de reserva)

Anexo 7. Firmas

Se modifica el pie de firma de las bases generales (BOIB núm. 157, de 3/12/2022) del proceso de estabilización 2022-2024 del Servicio de Salud de las Islas Baleares: 

En las bases generales,

Donde dice: 

El subdirector de Relaciones Laborales del Servicio de Salud Pedro Jesús Jiménez Ramírez Por suplencia del director del área de Profesionales y Relaciones Laborales (BOIB núm. 107, de 3/08/2019) 

Debe decir:

El subdirector de Relaciones Laborales del Servicio de Salud 

 Pedro Jesús Jiménez Ramírez  Por delegación de competencias de la consejera de Salud y Consumo (BOIB núm. 191, de 7/11/2020) Por suplencia del director general (BOIB núm. 62, de 29/4/2006) Y por suplencia de la directora de Gestión y Presupuestos y de la dirección de área de Profesionales y Relaciones Laborales (BOIB núm. 107, de 3/08/2019) 

Anexo 8. Modificación del requisito del nivel de conocimiento de lengua catalana (subgrupo A1 de personal sanitario y personal del subgrupo A2 de las diferentes categorías profesionales de Enfermería)

En el anexo 3 («Relación de plazas en cada categoría profesional, con la titulación y el nivel de conocimiento de catalán requeridos»):

1. Bases generales del concurso oposición:

Donde dice:

Grupo profesional: sanitario A1

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

Total de plazas

Turno libre

Turno discap.

Facultativo/facultativa especialista en pediatría y puericultura de área de equipo de atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

60

56

4

Farmacéutico/farmacéutica de área de atención primaria

Licenciatura o grado en Farmacia

No

2

2

0

FEA de análisis clínicos

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

8

7

1

FEA de anatomía patológica

Licenciatura o grado en Medicina

6

6

0

FEA de anestesiología y reanimación

Licenciatura o grado en Medicina

43

40

3

FEA de angiología y cirugía vascular

Licenciatura o grado en Medicina

2

2

0

FEA de aparato digestivo

Licenciatura o grado en Medicina

5

5

0

FEA de bioquímica clínica

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

1

1

0

FEA de cardiología

Licenciatura o grado en Medicina

6

6

0

FEA de cirugía cardiovascular

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

1

1

0

FEA de cirugía general y del aparato digestivo

Licenciatura o grado en Medicina

12

11

1

FEA de cirugía maxilofacial

Licenciatura o grado en Medicina

2

2

0

FEA de dermatología médico-quirúrgica y venereología

Licenciatura o grado en Medicina

3

3

0

FEA de endocrinología y nutrición

Licenciatura o grado en Medicina

4

4

0

FEA de farmacia hospitalaria

Licenciatura o grado en Medicina

9

8

1

FEA de inmunología

Licenciatura o grado en Medicina/Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

2

2

0

FEA de medicina del trabajo

Licenciatura o grado en Medicina

2

2

0

FEA de medicina intensiva

Licenciatura o grado en Medicina

15

14

1

FEA de medicina interna

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

24

22

2

FEA de medicina preventiva y salud pública

Licenciatura o grado en Medicina

4

4

0

FEA de microbiología y parasitología

Licenciatura o grado en Medicina/Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

7

6

1

FEA de neumología

Licenciatura o grado en Medicina

6

6

0

FEA de neurología

Licenciatura o grado en Medicina

9

8

1

FEA de obstetricia y ginecología

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

10

9

1

FEA de oftalmología

Licenciatura o grado en Medicina

4

4

0

FEA de oncología médica

Licenciatura o grado en Medicina

10

9

1

FEA de oncología radioterápica

Licenciatura o grado en Medicina

2

2

0

FEA de pediatría

Licenciatura o grado en Medicina

30

28

2

FEA de psiquiatría

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

10

9

1

FEA de radiodiagnóstico

Licenciatura o grado en Medicina

22

20

2

FEA de traumatología y cirugía ortopédica

Licenciatura o grado en Medicina

10

9

1

FEA de urología

Licenciatura o grado en Medicina

4

4

0

Médico/médica de admisión y documentación clínica

Licenciatura o grado en Medicina

No

7

6

1

Médico/médica de urgencia hospitalaria

Licenciatura o grado en Medicina

Cualquier especialidad

54

50

4

Médico/médica de urgencias a la atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

Medicina Familiar y Comunitaria

57

53

4

Médico/médica de familia en equipo de atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

162

151

11

Odontoestomatólogo/

odontoestomatóloga

Licenciatura o grado en Odontología/Medicina

Medicina: estomatología

3

3

0

Psicólogo clínico / psicóloga clínica

Licenciatura o grado en Psicología

10

9

1

 

​​​​​​​Grupo profesional: sanitario A2

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

Total de plazas

Turno libre

Turno discap.

Enfermero/enfermera

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

No

EXENCIÓN

807

750

57

Enfermero/enfermera de salud mental

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

Salud mental

27

25

2

Enfermero/enfermera de urgencias a la atención primaria

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

No

25

23

2

Enfermero obstétrico-ginecológico / enfermera obstétrico-ginecológica

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

Ginecología

33

31

2

Debe decir:

Grupo profesional: sanitario A1

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

Total de plazas

Turno libre

Turno discap.

Facultativo/facultativa especialista en pediatría y puericultura de área de equipo de atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

60

56

4

Farmacéutico/farmacéutica de área de atención primaria

Licenciatura o grado en Farmacia

No

B2

2

2

0

FEA de análisis clínicos

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

B2

8

7

1

FEA de anatomía patológica

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

6

6

0

FEA de anestesiología y reanimación

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

43

40

3

FEA de angiología y cirugía vascular

Licenciatura o grado en Medicina

B2

2

2

0

FEA de aparato digestivo

Licenciatura o grado en Medicina

B2

5

5

0

FEA de bioquímica clínica

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

B2

1

1

0

FEA de cardiología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

6

6

0

FEA de cirugía cardiovascular

Licenciatura o grado en Medicina

B2

1

1

0

FEA de cirugía general y del aparato digestivo

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

12

11

1

FEA de cirugía maxilofacial

Licenciatura o grado en Medicina

B2

2

2

0

FEA de dermatología médico-quirúrgica y venereología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

3

3

0

FEA de endocrinología y nutrición

Licenciatura o grado en Medicina

B2

4

4

0

FEA de farmacia hospitalaria

Licenciatura o grado en Farmacia

B2

9

8

1

FEA de inmunología

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

EXENCIÓN

2

2

0

FEA de medicina del trabajo

Licenciatura o grado en Medicina

B2

2

2

0

FEA de medicina intensiva

Licenciatura o grado en Medicina

B2

15

14

1

FEA de medicina interna

Licenciatura o grado en Medicina

B2

24

22

2

FEA de medicina preventiva y salud pública

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

4

4

0

FEA de microbiología y parasitología

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

B2

7

6

1

FEA de neumología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

6

6

0

FEA de neurología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

9

8

1

FEA de obstetricia y ginecología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

10

9

1

FEA de oftalmología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

4

4

0

FEA de oncología médica

Licenciatura o grado en Medicina

B2

10

9

1

FEA de oncología radioterápica

Licenciatura o grado en Medicina

B2

2

2

0

FEA de pediatría

Licenciatura o grado en Medicina

B2

30

28

2

FEA de psiquiatría

Licenciatura o grado en Medicina

B2

10

9

1

FEA de radiodiagnóstico

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

22

20

2

FEA de traumatología y cirugía ortopédica

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

10

9

1

FEA de urología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

4

4

0

Médico/médica de admisión y documentación clínica

Licenciatura o grado en Medicina

No

B2

7

6

1

Médico/médica de urgencia hospitalaria

Licenciatura o grado en Medicina

Cualquier especialidad

B2

54

50

4

Médico/médica de urgencias a la atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

Medicina Familiar y Comunitaria

B2

57

53

4

Médico/médica de familia en equipo de atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

B2

162

151

11

Odontoestomatólogo/odontoestomatóloga

Licenciatura o grado en Odontología/Medicina

Medicina: estomatología

B2

3

3

0

Psicólogo clínico / psicóloga clínica

Licenciatura o grado en Psicología

B2

10

9

1

Grupo profesional: sanitario A2

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

Total de plazas

Turno libre

Turno discap.

Enfermero/enfermera

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

No

B2

807

750

57

Enfermero/enfermera de salud mental

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

Salud mental

EXENCIÓN

27

25

2

Enfermero/enfermera de urgencias a la atención primaria

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

No

B2

25

23

2

Enfermero obstétrico-ginecológico / enfermera obstétrico-ginecológica

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

Ginecología

B2

33

31

2

Bases generales de la modalidad de concurso extraordinario:

Donde dice:

Grupo profesional: sanitario A1

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

Plazas

Facultativo/facultativa especialista en pediatría y puericultura de área de equipo de atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

25

Farmacéutico/farmacéutica de área de atención primaria

Licenciatura o grado en Farmacia

No

4

FEA de anatomía patológica

Licenciatura o grado en Medicina

1

FEA de anestesiología y reanimación

Licenciatura o grado en Medicina

9

FEA de aparato digestivo

Licenciatura o grado en Medicina

6

FEA de bioquímica clínica

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

1

FEA de cardiología

Licenciatura o grado en Medicina

4

FEA de cirugía maxilofacial

Licenciatura o grado en Medicina

2

FEA de cirugía plástica y reparadora

Licenciatura o grado en Medicina

1

FEA de dermatología médico-quirúrgica y venereología

Licenciatura o grado en Medicina

1

FEA de endocrinología y nutrición

Licenciatura o grado en Medicina

1

FEA de farmacia hospitalaria

Licenciatura o grado en Medicina

6

FEA de hematología y hemoterapia

Licenciatura o grado en Medicina

2

FEA de medicina física y rehabilitación

Licenciatura o grado en Medicina

3

FEA de medicina interna

Licenciatura o grado en Medicina

10

FEA de microbiología y parasitología

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

2

FEA de nefrología

Licenciatura o grado en Medicina

6

FEA de neumología

Licenciatura o grado en Medicina

3

FEA de neurología

Licenciatura o grado en Medicina

4

FEA de obstetricia y ginecología

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

10

FEA de oftalmología

Licenciatura o grado en Medicina

8

FEA de oncología médica

Licenciatura o grado en Medicina

3

FEA de otorrinolaringología

Licenciatura o grado en Medicina

1

FEA de pediatría

Licenciatura o grado en Medicina

12

FEA de radiodiagnóstico

Licenciatura o grado en Medicina

8

FEA de radiofísica hospitalaria

Licenciatura o grado en Física y otras disciplinas científicas y tecnológicas

1

FEA de urología

Licenciatura o grado en Medicina

5

Médico/médica de admisión y documentación clínica

Licenciatura o grado en Medicina

No

1

Médico/médica de familia en equipo de atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

103

Médico/médica de urgencia hospitalaria

Licenciatura o grado en Medicina

Cualquier especialidad

26

Médico/médica de urgencias en la atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

Medicina Familiar y Comunitaria

64

Psicólogo clínico / psicóloga clínica

Licenciatura o grado en Psicología

7

Técnico/técnica de salud pública en la atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

No

1

 Grupo profesional: sanitario A2

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

Plazas

Enfermero/enfermera

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

No

EXENCIÓN

375

Enfermero/enfermera de salud mental

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

Salud mental

10

Enfermero/enfermera de urgencias en la atención primaria

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

No

10

Enfermero obstétrico-ginecológico / enfermera obstétrico-ginecológica

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

Ginecología

27

Debe decir:

Grupo profesional: sanitario A1

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

Plazas

Facultativo/facultativa especialista en pediatría y puericultura de área de equipo de atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

25

Farmacéutico/farmacéutica de área de atención primaria

Licenciatura o grado en Farmacia

No

B2

4

FEA de anatomía patológica

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

1

FEA de anestesiología y reanimación

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

9

FEA de aparato digestivo

Licenciatura o grado en Medicina

B2

6

FEA de bioquímica clínica

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

B2

1

FEA de cardiología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

4

FEA de cirugía maxilofacial

Licenciatura o grado en Medicina

B2

2

FEA de cirugía plástica y reparadora

Licenciatura o grado en Medicina

B2

1

FEA de dermatología médico-quirúrgica y venereología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

1

FEA de endocrinología y nutrición

Licenciatura o grado en Medicina

B2

1

FEA de farmacia hospitalaria

Licenciatura o grado en Farmacia

B2

6

FEA de hematología y hemoterapia

Licenciatura o grado en Medicina

B2

2

FEA de medicina física y rehabilitación

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

3

FEA de medicina interna

Licenciatura o grado en Medicina

B2

10

FEA de microbiología y parasitología

Licenciatura o grado en Medicina / Biología / Bioquímica / Farmacia / Química

B2

2

FEA de nefrología

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

6

FEA de neumología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

3

FEA de neurología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

4

FEA de obstetricia y ginecología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

10

FEA de oftalmología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

8

FEA de oncología médica

Licenciatura o grado en Medicina

B2

3

FEA de otorrinolaringología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

1

FEA de pediatría

Licenciatura o grado en Medicina

B2

12

FEA de radiodiagnóstico

Licenciatura o grado en Medicina

EXENCIÓN

8

FEA de radio física hospitalaria

Licenciatura o grado en Física y otras disciplinas científicas y tecnológicas

B2

1

FEA de urología

Licenciatura o grado en Medicina

B2

5

Médico/médica de admisión y documentación clínica

Licenciatura o grado en Medicina

No

B2

1

Médico/médica de familia en equipo de atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

B2

103

Médico/médica de urgencia hospitalaria

Licenciatura o grado en Medicina

Cualquier especialidad

B2

26

Médico/médica de urgencias en la atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

Medicina Familiar y Comunitaria

B2

64

Psicólogo clínico / psicóloga clínica

Licenciatura o grado en Psicología

B2

7

Técnico/técnica de salud pública en la atención primaria

Licenciatura o grado en Medicina

No

B2

1

Grupo profesional: sanitario A2

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

Plazas

Enfermero/enfermera

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

No

B2

375

Enfermero/enfermera de salud mental

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

Salud mental

EXENCIÓN

10

Enfermero/enfermera de urgencias en la atención primaria

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

No

B2

10

Enfermero obstétrico-ginecológico / enfermera obstétrico-ginecológica

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS

Ginecología

B2

27