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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Núm. 148628
Resolución de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se aprueba la convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

Dado que el 10 de junio de 2023 habrán transcurrido cuatro años desde la elección de los miembros del actual Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada, de conformidad con el artículo 16.4 del Decreto 66/1998, de 26 de junio de 1998, por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación Genérica Agricultura Integrada y su Consejo, corresponde renovar los cargos. Por este motivo, es necesario convocar elecciones, de acuerdo con los criterios generales que se prevén en el Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 20 de principios de competencia de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. Los artículos 2 y 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el que se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.

Por todo eso, en virtud de las facultades que tengo atribuidas en materia de agricultura y a propuesta de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria de elecciones para renovar los miembros del Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada, anexa a esta Resolución.

2. Ordenar que esta Resolución y los anexos se publiquen en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, (24 de febrero de 2023)

La consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño

 

ANEXO 1

1. Convocatoria de elecciones

De conformidad con el artículo 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, se convocan elecciones para renovar los miembros del Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada.

2. Calendario del proceso electoral

Se aprueba el calendario, referido a días naturales, que debe regir el proceso electoral y que figura en el anexo 2. En caso de que alguno de los días fijados en el calendario electoral sea sábado, domingo o festivo se entiende que debe ser el primer día hábil siguiente.

3. Plazos

De acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 139/2002, y con el objetivo de cumplir los plazos que establece el calendario electoral, todos los plazos acaban a las 14 horas.

La documentación se puede presentar:

a) Por correo electrónico, a la dirección jripoll@dgagric.caib.es, o a la dirección  consellreguladorin@gmail.com, que lo remitirá a la sede de la Junta Electoral de la Denominación a través de los canales establecidos.

b) En el Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, que para las personas jurídicas se realizará a través de la sede electrónica que la misma pone a disposición de la ciudadanía, tal como dispone el artículo 16.1 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; las personas físicas, además de la opción antes mencionada, podrán hacerlo presencialmente en el Registro General de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, a las siguientes direcciones:

 

C/ de la Reina Constança, 4             C/ d'Eusebi Estada, 145

07006 Palma                                    07009 Palma

4. Junta Electoral

La Junta Electoral de la Denominación Genérica Agricultura Integrada (JED) tiene la sede en las dependencias de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la calle de la Reina Constanza, 4, de Palma, y está compuesta por los siguientes miembros:

­- Un presidente designado por la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación.

- Un representante de cada una de las organizaciones profesionales agrarias, de uniones de cooperativas agrarias y de asociaciones empresariales representativas del sector, con implantación en el territorio insular donde esté ubicada la denominación de calidad, que tiene que ser nombrado por la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación de entre las personas que propongan estas entidades.

- Dos funcionarios designados por la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación. Uno de estos tiene que actuar de secretario.

- Un representante designado por el Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada.

El presidente y los vocales tienen que disponer de un suplente designado de la misma manera que el titular.

Para proponer representantes, las organizaciones profesionales agrarias, de uniones de cooperativas agrarias y de asociaciones empresariales tienen que acreditar la inscripción al registro correspondiente, y la propuesta tiene que ser suscrita por quien ejerza la representación de acuerdo con los estatutos o la persona a quien ésta delegue.

Las organizaciones que estén integradas en otra de orden superior no pueden presentar candidato si esta presenta.

Las propuestas se tienen que presentar ante la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo que se señala en el calendario electoral (anexo 2).

5. Censos electorales

De acuerdo con la normativa del Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada, los censos electorales son los siguientes:

  • Sección A. Productores. Constituida por los operadores titulares de empresas de producción inscritas en el Registro de productores del Consejo Regulador.
  • Sección B. Elaboradores y envasadores. Constituida por los titulares de empresas de elaboración y envasado inscritas en el Registro de elaboradores y envasadores del Consejo Regulador.

En los plazos que se prevén en el calendario electoral (anexo 2), el Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada debe presentar estos censos, debidamente actualizados, ante la JED, que ordenará que se expongan en la sede de la JED, del Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada y de los consejos insulares de Menorca y de Ibiza.

6. Candidaturas

Cualquier titular que figure en los censos definitivos puede ser candidato a vocal del Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada.

La solicitud de inclusión como candidato a vocal del Consejo tiene que ser la que figura en el anexo 3 y tiene que ir acompañada de la documentación preceptiva siguiente:

- Declaración jurada del candidato titular y del suplente, si hay, que confirme que no incurren en ninguna causa de inelegibilidad.

- En caso de que el candidato no fuera una persona física, se tiene que adjuntar el acuerdo de aceptación por el órgano de gobierno o rector en que figuren los datos personales del representante de esta.

Para cada censo, se tiene que elegir el número de vocales siguientes:

a) Censo A: 3 vocales

b) Censo B: 1 vocal

7. Mesas electorales

Se tiene que constituir una mesa electoral en Mallorca, en la sede del Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada; una en Menorca, en la sede del Consejo Insular de Menorca, y una en Ibiza, en la sede del Consejo Insular de Ibiza. Cada mesa tiene que estar compuesta por un presidente y dos vocales, designados por la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo que se prevé en el calendario electoral (anexo 2).

8. Sobres y papeletas

El formato y las características de las papeletas y los sobres se ajustarán al modelo del anexo 4.

9. Jornada de votación

La jornada de votación debe comenzar a las 9 horas del día 8 de junio de 2023 con la constitución de la Mesa Electoral, incluidos los interventores, si hay. Una vez se haya constituido la Mesa, se extenderá el acta de constitución de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 6, y posteriormente debe comenzar la votación.

El presidente debe comprobar que están todos los medios necesarios para el desarrollo normal de la jornada de votación y, seguidamente, ordenar el inicio, que debe durar hasta las 14 horas. El desarrollo de la jornada de votación debe adecuarse al Decreto 139/2002, por el que se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.

Una vez ha finalizado la votación y el escrutinio, se tiene que redactar el acta de la sesión de acuerdo con el modelo del anexo 7. Seguidamente los miembros de la Mesa Electoral deben completar la documentación electoral y entregarla a la JED.

10. Documentación electoral

La documentación del proceso electoral será la siguiente:

- Anexo 2: calendario electoral

- Anexo 3: solicitud de inclusión como candidato a vocal del Consejo

- Anexo 4: modelo de papeleta oficial y sobre

- Anexo 5: modelo de designación de interventor

- Anexo 6: modelo de acta de constitución de la Mesa Electoral

- Anexo 7: modelo de acta de la sesión de la Mesa Electoral

- Anexo 8: modelo de escrutinio de impugnación

11. Sesión constitutiva del Consejo Regulador

La constitución del Consejo Regulador de la Denominación Genérica Agricultura Integrada electo se llevará a cabo el día que figura en el calendario electoral. 

En la sesión constitutiva, tal como prevé el artículo 28 del Decreto 139/2002, por el que se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, los nuevos vocales electos tomarán posesión.

En la misma sesión, el Consejo Regulador propondrá los candidatos a presidente y vicepresidente y los vocales técnicos.

12. Normativa aplicable

En todo aquello que no determina expresamente esta Resolución se tienen que aplicar supletoriamente el Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el que se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, y la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.

13. Notificaciones y comunicaciones telemáticas

De acuerdo con lo que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la presentación de escritos y cualquier comunicación derivada de los actos propios del proceso electoral se puede hacer por los siguientes medios:

a) Por correo electrónico, a la dirección jripoll@dgagric.caib.es, o a la dirección  consellreguladorin@gmail.com, que lo remitirá a la sede de la Junta Electoral de la Denominación a través de los canales establecidos.

b) En el Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, que para las personas jurídicas se realizará a través de la sede electrónica que la misma pone a disposición de la ciudadanía, tal como dispone el artículo 16.1 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; las personas físicas, además de la opción antes mencionada, podrán hacerlo presencialmente en el Registro General de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, a las siguientes direcciones:

 

C/ de la Reina Constança, 4             C/ d'Eusebi Estada, 145

07006 Palma                                     07009 Palma

 

ANEXO 2 Calendario electoral

Fecha

Periodo

Concepto

10/03/23

 

Convocatoria de elecciones; fecha de entrada en vigor

10/03/23

24/03/23

Presentación de representantes a la JED

24/03/23

 

Designación de miembros de la JED

24/03/23

 

Constitución de la JED

10/03/23

24/03/23

El Consejo Regulador tiene que enviar los censos electorales a  la JED

24/03/23

11/04/23

Exposición de los censos provisionales en la sede de la JED, de los consejos insulares y del Consejo Regulador

24/03/23

11/04/23

Reclamaciones a los censos electorales provisionales

19/04/23

 

Aprobación y exposición de los censos electorales definitivos

19/04/23

04/05/23

Presentación de candidaturas a vocales del Consejo

19/04/23

29/05/23

Solicitud de votación por correo

05/05/23

 

Proclamación provisional de las candidaturas

05/05/23

19/05/23

Exposición de les candidaturas provisionales

05/05/23

19/05/23

Reclamaciones y recursos a la proclamación provisional de las candidaturas

25/05/23

 

Proclamación definitiva de las candidaturas

25/05/23

 

Nombramiento de los miembros de las mesas electorales

25/05/23

30/05/23

Alegaciones al nombramiento de los miembros de las mesas electorales

31/05/23

 

Resolución de posibles alegaciones al nombramiento de los miembros de las mesas electorales

25/05/23

07/06/23

Campaña electoral

25/05/23

29/05/23

Envío de la documentación a los solicitantes de voto por correo

25/05/23

05/06/23

Solicitudes de nombramiento de interventores

08/06/23

 

Elecciones

08/06/23

 

Asignación provisional de las vocalías electas

09/06/23

 

Proclamación provisional de las vocalías electas

09/06/23

16/06/23

Recursos contra las proclamaciones provisionales de las vocalías electas y resoluciones

19/06/23

 

Proclamación definitiva de las vocalías electas

19/06/23

 

Envío de credenciales

21/06/23

 

Sesión constitutiva del Consejo y propuesta de las candidaturas a la presidencia y vicepresidencia

Documentos adjuntos