Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 145773
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se modifica la convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del turismo de las Illes Balears (BOIB 155, de 29/11/2022), en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes y de modificar la composición de la Comisión Evaluadora

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El 29 de noviembre de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 155 la Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

2. El anexo de la Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo contiene la convocatoria de la subvención, la cual tiene carácter de acto administrativo de acuerdo con la disposición final segunda de la misma Orden. El plazo de presentación de las solicitudes, regulado en el punto 13 de la convocatoria, establece que el plazo se inicia a partir del día hábil siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza a los tres meses. Es decir, desde el 30 de noviembre de 2022 hasta el 28 de febrero de 2023.

Dado que el crédito presupuestario asignado a la convocatoria es de 15.000.000 de euros y que a fecha de hoy hay un remanente de más de la mitad del crédito, se considera oportuno ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 28 de abril de 2023, a fin de posibilitar que la ayuda llegue al mayor número de beneficiarios posible.

3. El punto 14 de la convocatoria determina la composición de la Comisión Evaluadora. Para agilizar su funcionamiento, se considera oportuno que todos sus miembros sean funcionarios de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

4. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Modificar la convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU (BOIB 155, de 29/11/2022), en el sentido siguiente:

En el apartado 13. Plazo de presentación de las solicitudes,

Donde dice:

«13.1. El plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del día hábil siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza a los tres meses».

Debe decir:

«13.1. El plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del día hábil siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza día 28 de abril de 2023».

En el apartado 14. Comisión Evaluadora

Donde dice:

«14.2. La composición de la Comisión Evaluadora es la siguiente:

a) Presidenta: la directora general de Turismo.

  • Suplente: el funcionario o funcionaria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en quien delegue.

b) Vocal 1: el director gerente de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears.

  • Suplente: el trabajador o trabajadora al servicio de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears en quien delegue.

c) Vocal 2: la coordinadora de proyectos europeos en materia de turismo de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears.

  • Suplente: el trabajador o trabajadora al servicio de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears en quien delegue.

d) Vocal 3: el jefe del Departamento de Coordinación y Ordenación Turística de la Dirección General de Turismo.

  • Suplente: el funcionario o funcionaria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en quien delegue.

e) Secretario o secretaria: el jefe del Servicio de la Dirección General de Turismo.

  • Suplente: el funcionario o funcionaria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en quien delegue».

Debe decir:

«14.2. La composición de la Comisión Evaluadora es la siguiente:

a) Presidente: el jefe del Departamento de Coordinación y Ordenación Turística de la Dirección General de Turismo.

  • Suplente: el funcionario o funcionaria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en quien delegue o que lo pueda sustituir.

b) Vocal 1: la jefa del Departamento de Coordinación y Planificación de la Secretaría General de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

  • Suplente: el funcionario o funcionaria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en quien delegue o que lo pueda sustituir.

c) Vocal 2: el jefe del Servicio de Planificación y Ordenación Turística de la Dirección General de Turismo.

  • Suplente: el funcionario o funcionaria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en quien delegue o que lo pueda sustituir.

d) Vocal 3: el jefe del Servicio de Coordinación y Ordenación Turística de la Dirección General de Turismo.

  • Suplente: el funcionario o funcionaria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en quien delegue o que lo pueda sustituir.

e) Secretaria: la jefa de la Sección III de la Dirección General de Turismo.

  • Suplente: el funcionario o funcionaria de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en quien delegue o que lo pueda sustituir.»

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica: (24 de febrero de 2023)

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Iago Negueruela Vázquez