Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 142012
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de corrección de error material advertido en la publicación de la Resolución de día 16 de enero de 2022 por la cual se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros
Antecedentes
1. El en BOIB n.º 10, de 21 de enero de 2023 se ha publicado la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de enero de 2023 por la cual se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros.
2. En la Resolución mencionada se ha advertido un error en la distribución de la plantilla orgánica del centro ECLA con código 07700362 (anexo 7. Equipos específicos)
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. Por otro lado, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el error material detectado en la plantilla orgánica del centro ECLA con código 07700362 (anexo 7. Equipos específicos)
Donde dice:
Función: 0597AL AUDICIÓN Y LENGUAJE (PRIMARIA)
Itinerancia Plantilla Ocupadas
No itinerante 1 1
Función: 0597AL AUDICIÓN Y LENGUAJE (PRIMER CICLO DE ESO)
Itinerancia Plantilla Ocupadas
No itinerante 2 0
Debe decir:
Función: 0597AL AUDICIÓN Y LENGUAJE (PRIMARIA)
Itinerancia Plantilla Ocupadas
No itinerante 3 1
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, en la fecha de firma electrónica (23 de febrero 2023)
El consejero de Educación y Formación Profesional
Martí Xavier March i Cerdà