Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO
Núm. 136719
Resolución de concesión de la convocatoria de subvenciones Gaudeix l’illa Senior III
BDNS: 671328
Antecedentes
1. Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones Gaudeix l'illa Senior III, de 18 de enero de 2023, extracto publicado en el BOIB nº. 10, de 2 de enero de 2023.
2. El punto 10 de la convocatoria establece los criterios de distribución de los bonos y el punto 6.2 dice que, si en una línea no hay interesados o sólo hay un interesado, los bonos que restan son para los solicitantes de otras líneas empezando por el primero de la clasificación. En caso de empate tiene que ser preferente el establecimiento de mayor categoría y si persiste por el registro de entrada (punto 9 de la convocatoria).
3. Acta de la Comisión Evaluadora de 16 de febrero de 2023, donde se concreta el resultado de la valoración de las solicitudes presentadas según los criterios fijados en el punto 10 de la convocatoria y el punto 6 de la convocatoria en relación con las líneas de la subvención e importes subvencionable.
4. Informe del director de la Fundació Mallorca Turisme sobre el cumplimiento por los beneficiarios de los requisitos de la convocatoria para poder acceder a las subvenciones Gaudeix l'illa Senior III, de 16 de febrero de 2023.
5. Informe jurídico de 16 de febrero de 2023.
6. En el presupuesto de gastos de la Fundació Mallorca Turisme hay crédito adecuado y suficiente para atender el gasto que se deriva de la presente convocatoria, por un importe de 450.000 €.
Fundamentos de derecho
1. Artículo 16 de los Estatutos de la Fundació Mallorca Turisme que dice que son atribuciones de la dirección gestionar y ejecutar los planes y los programas que aprueba el Patronato y formalizar y aprobar toda clase de actos y contratos (BOIB nº. 24, de 23 de febrero de 2019).
2. Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto).
3. El artículo 10 del Decreto de la presidencia del Consejo Insular de Mallorca de 9 de julio por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca establece que la Fundació Mallorca Turisme queda adscrita en el Departamento de Turismo y Deportes (BOIB nº. 99, de 18 de julio).
4. De conformidad con lo que establece la Disposición adicional 4.2 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, el consejero ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes autorizó con carácter previo a la Fundació Mallorca Turisme la concesión de las subvenciones previstas en el Plan de actuaciones de la Fundación de 2023, siempre que se hayan incluido dentro del Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.
Por todo eso, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. CONCEDER las subvenciones Gaudeix l'illa Senior III a las siguientes entidades, por los establecimientos que se detallan y por los importes que constan,
Hotel |
Entidad |
CIF |
Puntos |
Bonos |
Importe subvención (IVA incluido) |
---|---|---|---|---|---|
Línea 1 Palma |
|||||
Hotel Apolo |
Sidehoteles SL |
B57512642 |
21 |
321 |
64.200 € |
Línea 2 Sierra de Tramontana y Raiguer |
|||||
Hotel Alcúdia Garden |
Cesgarden SL |
B07887441 |
23 |
322 |
64.400 € |
Hotel Zafiro Tropic |
Inversiones Plomer SL |
B07985823 |
21 |
322 |
64.400 € |
Hotel Playa Mar |
Palmira Coralian SL |
B16637902 |
27 |
322 |
64.400 € |
Hotel BQ Bulevar Peguera |
Sidehoteles SL |
B57512642 |
21 |
321 |
64.200 € |
Línea 3 Migjorn |
|||||
Hotel Ariel |
Hotelera Llaho SL |
B07063134 |
13 |
321 |
64.200 € |
Línea 4 Pla de Mallorca y Levante |
|||||
Hotel Viva Blue |
Inversiones Pascual SL |
B07461767 |
26 |
321 |
64.200 € |
|
|
|
Total |
2.250 |
450.000 € |
2. DENEGAR la subvención en los establecimientos siguientes, por los motivos que se detallan.
No hay
3. Notificar esta Resolución a los interesados, publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y enviar la información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
4. Informar a los interesados de que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso.
Contra la desestimación presunta, por silencio, del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo que corresponda en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede interponer, si ocurre, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, a fecha de la firma electrónica (20 de febrero de 2023)
El director de la Fundació Mallorca Turisme Miquel Pastor Jordà