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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 135100
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de febrero de 2023 por la que se modifica la composición de la Comisión Técnica de Catalán de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

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Texto

Antecedentes

1. Conforme al artículo 18.3 de los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril, mediante una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de función pública, se pueden crear comisiones específicas de lenguas, integradas por profesionales expertos en la enseñanza y evaluación de la lengua, a efectos de garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el conocimiento de los diferentes niveles de las lenguas y establecer el diseño y el sistema de evaluación de pruebas.

2. En 2010, mediante la Resolución de la presidenta de la EBAP de 21 de septiembre de 2010 (BOIB núm. 145, de 7 de octubre), se creó la Comisión Técnica de Elaboración y Revisión de las pruebas de catalán de la EBAP.

3. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 (BOIB núm. 12, de 25 de enero), se dio continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP y se aprobaron sus normas de funcionamiento y atribuciones vigentes. Además, se nombraron a sus miembros.

4. El artículo 2.2 del anexo 1 (normas de funcionamiento y atribuciones) de la Resolución mencionada en el punto anterior especifica que la comisión vigente puede actuar hasta que se nombre una nueva, o en caso de renuncia de algún miembro.

5. En el anexo 2 de la misma Resolución se detalla la composición de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP.

6. En fecha 16 de noviembre de 2022, la señora Lira Sastre Moragues, vocal segunda de la Comisión Técnica de Catalán vigente, manifestó su voluntad de renunciar a ocupar el cargo.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública (BOIB núm. 54, de 17 de abril de 2012).

2. La Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 por la que se da continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP, se aprueban sus normas de funcionamiento y atribuciones, y se nombran a sus miembros (BOIB núm. 12, de 25 de enero de 2018).

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

4. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Modificar el anexo 2 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 por la que se da continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP, se aprueban sus normas de funcionamiento y atribuciones, y se nombran a sus miembros, que queda redactado de la siguiente forma:

 

ANEXO 2 Composición de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP

— Presidenta: Maria Sampol Ballester

— Secretaria: Aina M. Cifre Bennasar

— Vocal primero: Gabriel Suau Otero

— Vocal segunda: Bàrbara Sagrera Antich

— Vocal tercera: Rut José Prat

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.3, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 20 de febrero de 2023)

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez