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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 133419
Resolución de los expedientes de solicitud de subvenciones para intervenciones en bienes del patrimonio cultural, para rehabilitar paredes de piedra seca y para soterrar líneas eléctricas y/o telefónicas existentes (convocatoria de 2022)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en ejercicio de sus competencias, aprobó, en sesión ordinaria celebrada el 23 de diciembre de 2022, la resolución de los expedientes de solicitud de subvenciones para intervenciones en bienes del patrimonio cultural, para rehabilitar paredes de piedra seca y para soterrar líneas eléctricas y/o telefónicas existentes, correspondiente a la convocatoria 2022, de conformidad a lo siguiente:

1. Conceder las subvenciones para intervenciones en bienes del patrimonio cultural y para rehabilitar paredes de piedra seca (convocatoria 2022) que constan relacionadas a continuación, con el importe económico máximo indicado en cada caso.

REHABILITACIÓN DE PAREDES DE PIEDRA SECA

Expediente

Interesado/representante

Valoración (art. 6.1.1. Bases)

Importe propuesto

2022/5696

X6888419-B

12,13

      3.128,00 €

2022/6420

41.461.981-L

50,00

6.000,00 €

2022/6421

49.415.153-K

19,67

    11.000,00 €

2022/6422

41.458.020-Z

34,61

10.175,00 €

 

INTERVENCIONES EN BIENES PATRIMONIO CULTURAL

Expediente

Interesado/ representante

Valoración (art. 6.1.1. Bases)

Importe propuesto

2022/6424

41.458.020-Z

85

2.676,00 €

2022/5698

41.432.685-W

45

5.502,27 €

2. Recordar a las personas beneficiarias la necesidad de dar cumplimiento, entre otros, a los siguientes aspectos establecidos en las Bases, a fin de poder justificar correctamente las actuaciones subvencionadas:

a) Una vez obtenida la licencia urbanística correspondiente (o efectuada la comunicación previa en su caso) y ejecutadas las actuaciones previstas, deberá justificarse la finalización de las obras, mediante la presentación de la documentación especificada en el artículo 12 de las Bases.

b) Que la justificación de la subvención deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 24 meses desde la recepción del último de los siguientes documentos: la concesión de la subvención o bien la retirada de la licencia urbanística (o la validación de la declaración responsable de inicio de obras, en su caso), de acuerdo con el artículo 11 de las Bases.

c) Que si en la fase de revisión de la documentación justificativa se comprueba que se han producido cambios durante la ejecución -respecto de la documentación aportada inicialmente en la solicitud-, el importe final de la ayuda se podrá revisar a la baja a fin de ajustarlo a los criterios que establecen las Bases.

d) En el caso de la rehabilitación de paredes de piedra seca, las actuaciones deberán desarrollarse siguiendo de forma estricta la técnica tradicional de construcción con pared de piedra seca, de acuerdo con lo que establece el artículo 2.6 de las Bases.

e) Comunicar a los beneficiarios que debe recoger la placa informativa de la actividad subvencionada en el área de Patrimonio del Consell Insular (calle de l'Arxiduc Lluís Salvador, 2 de Sant Francesc).

f) Recordar que la placa informativa deberá estar colocada de forma visible en la obra objeto de esta subvención. El incumplimiento de este requisito puede ser causa de reintegro de la subvención otorgada.

3. Aceptar la renuncia a la solicitud de subvención por rehabilitación de pared de piedra seca presentada por W.R. M. con RGE núm. 2022/32855 de 16/11/2022, expediente 2022/6419.

4. Aprobar el desistimiento en la solicitud de subvención para intervenciones en bienes del patrimonio cultural en Pitiüses Enginyers SCP, en representación de F.T.J. (expediente administrativo 2022/5899), por incumplimiento del artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5. Notificar este acuerdo a las personas interesadas.

6. Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios y en la página web de la corporación, así como en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

La cual se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, con la fecha de la firma electrónica (17 de febrero de 2023)

La presidenta del Consell Insular de Formentera Ana Juan Torres