Sección II. Autoridades y personal
Subsección tercera. Cursos y formación
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 132010
Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de corrección de errores de la oferta de cursos y las instrucciones que rigen los planes de Formación Policial; de Formación Policial de Corporaciones Locales; de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos, y de Formación de Voluntarios de Protección Civil, para el año 2023 (BOIB núm. 21 de 16 de febrero de 2023)
Antecedentes
1. En fecha 16 de febrero de 2023 se publicó en el BOIB num. 21 el Acuerdo de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por el cual se aprueba la oferta de cursos y las instrucciones que rigen los planes de Formación Policial; de Formación Policial de Corporaciones Locales; de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos, y de Formación de Voluntarios de Protección Civil, para el año 2023.
2. En este acuerdo se ha advertido el error siguiente:
En el anexo 1 de la versión en castellano, en el punto 3.1 sobre los plazos de inscripción, solicitudes y modalidades de las actividades formativas, se ha advertido un error en la fecha de inscripción para las actividades que se tengan que impartir durante el meses de febrero y marzo.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que haya en sus actos.
2. Por otro lado, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
3. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la Presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo y por el Decreto 1/2022, de 27 de julio de la presidenta de las Islas Baleares).
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1.Rectificar en los términos que establece el anexo de la presente Resolución el error advertido en el punto 3.1 del anexo 1 de la versión en castellano, sobre los plazos de inscripción de las actividades formativas.
2.Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica de la Administración de la CAIB.
Interposición de Recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
(Firmado electrónicamente: 20 de febrero de 2023)
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez
ANEXO
En el punto 3.1 del anexo 1 de la versión en catellano sobre el calendario de inscripción previsto para las actividades formativas
Donde dice:
<<Inscripción del 6 al 20 de febrero para las actividades que se tengan que impartir durante los meses de febrero y marzo.>>
Debe decir:
<<Inscripción del 16 al 28 de febrero para las actividades que se tengan que impartir durante los meses de febrero y marzo.>>