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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
Núm. 122166
Extracto de la convocatoria de subvenciones 2023 para el desarrollo de actividades culturales de entidades de administración local o de los organismos públicos dependientes
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/676223)
1. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca (aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 –BOIB núm. 21, de 18/02/2017–, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 –BOIB núm. 96, de 04/08/2018–).
2. Objeto
El objeto de esta convocatoria es la realización por parte de las entidades locales de Mallorca de actividades culturales destinadas a la colectividad o a un sector del público en general, concretamente:
3. Beneficiarios
De acuerdo con lo previsto en el punto 4 de la convocatoria, pueden ser beneficiarios las entidades de administración local de Mallorca y los organismos públicos que dependen de ellas cuando, en este último caso, entre sus objetivos y finalidades se encuentre la cultura en general, o determinados aspectos culturales en particular, siempre que los proyectos o actividades objeto de subvención los generen, organicen y gestionen estas entidades, de modo que la colaboración de otras entidades sea meramente residual o secundaria.
4. Dotación presupuestaria
Durante el ejercicio presupuestario de 2023 se destina a esta convocatoria la cantidad total de 650.000,00 €. Este crédito se distribuye de forma estimativa entre las siguientes aplicaciones presupuestarias del ejercicio 2024:
Estos créditos se distribuyen entre las diferentes líneas de ayuda, de la siguiente forma:
5. Presentación de solicitudes
Las solicitudes pueden presentarse en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Las personas o entidades interesadas tendrán que rellenar los modelos de solicitud de esta convocatoria que están disponibles en la sede electrónica del Consell de Mallorca: https://seu.conselldemallorca.net apartado "Subvenciones, ayudas, becas y premios".
La presentación de solicitudes debe hacerse a través del Registro electrónico del Consell de Mallorca
https://cim.sedipualba.es/segex/tramite.aspx?idtramite=12082
En caso de que se solicite ayuda para más de una línea, debe presentarse una solicitud para cada una.
Cada solicitud para cada línea debe registrarse de forma separada.
Se les recuerda que con la entrada en vigor del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Se puede tramitar un certificado de representación como persona jurídica a través del siguiente enlace: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/persona-juridica.
6. Otros datos
El texto completo de la convocatoria, así como los anexos se pueden descargar en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/).
Palma, 15 de febrero de 2023
El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística
Josep Mallol Vicens
(Por delegación de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística.
Resolución de 07/23/2019. BOIB núm. 109 de 08/08/2019)