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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 121620
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se revoca parcialmente la Resolución de 6 de febrero de 2023 por la cual se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2022) en la parte que afecta a los expedientes FOTOPAR22-1102/2022 y FOTOPAR22-1283/2022

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Texto

Hechos

1. El 30 de septiembre de 2021, en el BOIB n.º 180 se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 21 de diciembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el año 2022 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027.

2. La Dirección General de Energía y Cambio Climático concedió una subvención al señor Antonio Soldado Campillo en el marco de la convocatoria para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027.

3. Los servicios técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático examinaron la documentación presentada para la justificación de los expedientes que figuran en el anexo y, de acuerdo con el apartado décimo de la convocatoria de referencia, detectaron anomalías en la documentación mencionada.

4. La Dirección General de Energía y Cambio Climático hizo un requerimiento a las personas que figuran en el anexo, en el cual les solicitaba la documentación pendiente y les concedía un plazo de quince días para presentarla, además de informarles que, si no presentaban la documentación mencionada, se procedería a la revocación de la subvención.

5. En fecha 6 de febrero, dado que, una vez agotada el plazo para aportar la documentación requerida, las personas que figuran en el anexo no habían presentado la documentación correctamente se dictó la Resolución de revocación de la subvención, publicada al BOIB nº.18, de 9 de febrero de 2023.

6. Se ha detectado que, las personas que figuran en el anexo, habían aportado la documentación requerida el 8 de febrero de 2023, antes de la publicación de la resolución de revocación al BOIB.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Islas Baleares y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).

4. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 21 de diciembre de 2021 por la cual se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2022 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (BOIB n.º 180, de 30 de diciembre de 2021).

5. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Revocar parcialmente la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 16 de diciembre de 2022 por la cual se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2022), en la parte que afecta a los expedientes indicados en el anexo.

2. Retrotraer las actuaciones en el momento anterior en que se dictó la Resolución y continuar la tramitación de los expedientes indicados en el anexo.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 15 de febrero de 2023

El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo Por delegación del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (BOIB n.º 31, de 4/3/2021)

 

 

ANEXO Lista de beneficiarios afectados

Expediente

Solicitante

NIF

Importe subvención (€)

CONCE

(2022)

FOTOPAR22-1102/2022

GUILLERMO CERDA COLL

***9163**

3.000,00

13198

FOTOPAR22-1283/2022

MIGUEL ANGEL SALAS VADELL

***1758**

2.700,00

13718