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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 121617
Propuesta de resolución del director general de Energía y Cambio Climático por la que se aminora la cantidad de la ayuda en el marco de la convocatoria pública para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027

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Texto

Hechos

1. El 30 de diciembre de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica dirigida a particulares y comunidades de propietarios mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 21 de diciembre de 2021.

2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta propuesta obtuvieron una subvención para la implantación de instalaciones renovables.

3. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta propuesta presentaron la documentación justificativa de las actuaciones realizadas, donde se acredita que el importe de la actuación ha sido inferior al previsto inicialmente o se ha reducido la instalación.

4. Los servicios técnicos competentes han informado favorablemente el pago de las subvenciones descritas en el anexo, donde se incluye una minoración del importe proporcional a las modificaciones realizadas, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo 2008).

4. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 21 de diciembre de 2021 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios (BOIB n.º 180, de 30 de diciembre de 2021).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Reconocer la obligación y proponer el pago de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el importe que se indica.

2. Revocar parcialmente la subvención concedida ya que la cantidad del coste elegible ha sido inferior al previsto.

3. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado undécimo de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 21 de diciembre de 2021.

4. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, dará lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por lo tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.

Contra esta propuesta de resolución, podrá alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la propuesta.

 

Palma, 15 febrero de 2023

El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo

 

 

ANEXO Lista de beneficiarios a los cuales se les aminora la cantidad de la ayuda concedida

Nº. Expediente

Solicitante

NIF

Subvención propuesta

Importe  a desvincular

Subvención a pagar

Motivo

FOTOPAR22-25/2022

JOSE RAMON DIEGO SUBIAS

 

***0149**

2.700,00 €

810,00€

1.890,00€

Reduce potencia FV de 4,5 kWp a 3,15 kWp

FOTOPAR22-219/2022

ANTONIO SERRALTA JUAN

***2423**

3.000,00€

510,00€

2.490,00€

Reduce potencia  FV de 5,4 kWp a 4,15 kWp

FOTOPAR22-234/2022

EDUARDO CLAVELL GONZÁLEZ

***2046**

3.000,00€

54,00€

2.946,00€

Reduce potencia FV de 5 kWp a 4,91 kWp

FOTOPAR22-720/2022

JULIANE DORETTE SCHULZKE

****8701*

3.000,00€

1.110,00€

1.890,00€

Reduce potencia FV de 5,4 kWp a 3,15 kWp

FOTOPAR22-967/2022

ROSA MARIA PABLO CASTRO

***6402**

3.000,00€

840,00€

2.16,000€

Reduce potencia FV de 5,33 kWp a 3,6 kWp

FOTOPAR22-991/2022

CARMEN FRANCO MONTESINOS

***3922**

3.000,00 €

1.086,00€

1.914,00€

Reduce potencia FV de 5,33 kWp a 3,19 kWp

FOTOPAR22-1062/2022

JOSE SANCHEZ ARIAS

***1638**

1.992,00€

36,00€

1.956,00€

Reduce potencia FV de 3,32 kWp a 3,26 kWp

FOTOPAR22-1088/2022

CDAD DE PROP. CAN MANUEL CM BARCELONA

***0960**

5.680,00€

852,00€

4.828,00 €

Reduce potencia FV de 8 kWp a 6,8 kWp

FOTOPAR22-1219/2022

COMUNIDAD PROPIETARIOS CAN GAYART

***4336**

23.085,00€

1.993,50 €

21.091,50€

Reduce potencia FV de 51,3 kWp a 46,87 kWp

FOTOPAR22-1283/2022

MIGUEL ANGEL SALAS VADELL

***1758**

2.700,00€

1.434,00€

1.266,00€

Hay dos justificantes de pago que están fuera de plazo y según el criterio de FEDER: La cuantía total que está dentro de plazo es de un 46,84% del total, por lo tanto, recibirá un 46,84% de la ayuda que le corresponda.