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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIOS DE MEJORA AGRARIA Y PESQUERA (SEMILLA)

Núm. 114998
Resolución de la directora gerente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de las Illes Balears (IRFAP) por la que se aprueban las bases específicas de la convocatoria para crear un bolsín de trabajo de auxiliar pecuario o pecuaria (grupo D ) en Mallorca y en Menorca

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Texto

Hechos

Es una necesidad de esta entidad crear un bolsín de trabajo para dar cobertura a las situaciones recogidas en esta convocatoria, que afecten a los puestos de trabajo de auxiliar pecuario/a, grupo D.

Fundamentos de derecho

El Decreto 28/2014, de 27 de junio, de aprobación de los Estatutos de la entidad pública empresarial Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de las Illes Balears determina en su artículo 17.2.c) que es una función de la Directora gerente "Ejercer la dirección del personal, la dirección técnica, la dirección administrativa y la inspección de todos los servicios y las dependencias."

Por todo esto dicto la siguiente

Resolución

1. Confeccionar el bolsín de trabajo de auxiliar pecuario o pecuaria (grupo D) en Mallorca y en Menorca, mediante convocatoria pública.

2. Publicar como anexo 2, un modelo de solicitud para participar en esta convocatoria.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de esta entidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de esta publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

 

Palma, 10 de febrero de 2023

La directora gerente del IRFAP

Georgina Brunet y Ródenas

 

 

ANEXO 1

Bases específicas de la convocatoria

1. Objeto de la convocatoria

El objeto de la convocatoria es crear un bolsín de trabajo para dar cobertura a posibles vacantes, bajas, vacaciones, permisos, licencias con y sin retribución y excedencias que se puedan producir en cualquier puesto de trabajo de la Relación de puestos de trabajo (RLT ) del IRFAP definido como auxiliar pecuario/pecuaria, grupo D.

Los participantes en el proceso de selección podrán optar a ser seleccionados según la localización del puesto de trabajo (Mallorca, Menorca o ambas islas).

2. Ámbito de trabajo y funcional

Los ámbitos de trabajo donde podrá desarrollar las tareas son los siguientes:

- Sanidad e identificación animal en el ámbito ganadero.

- Producción ganadera.

- Producción agraria y tareas de certificación de sistemas de producción agraria.

- Sanidad vegetal.

Las funciones a desarrollar son las de colaboración profesional especializada en las actividades que se llevan a cabo en el medio rural (agrícola y ganadero):

- Desempeñar las tareas propias de su grupo profesional.

- Apoyo y asistencia a los técnicos superiores y técnicos de grado medio de los departamentos del área de producción vegetal y ganadera.

- Informar al superior jerárquico inmediato sobre cualquier materia en su ámbito de actuación.

- En general, cualquier otra tarea que le encomienden sus superiores jerárquicos del departamento asignado o del resto de la empresa.

Incluye la realización de tareas administrativas auxiliares: manipulación básica de máquinas y equipos informáticos, cálculos sencillos, transcripción y tramitación de documentos, archivo, clasificación y registro de documentación, atención al público u otras relacionadas con las anteriores del área donde esté adscrito.

3. Requisitos

a) Tener la nacionalidad española o alguna otra que, de conformidad con el artículo 57 del EBEP, permita el acceso al empleo público como personal laboral.

b) Poseer la capacidad funcional para el ejercicio de las tareas.

c) Tener dieciséis años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiera sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida el acceso al empleo público en ese estado en los mismos términos,.

e) Haber obtenido uno de los siguientes títulos de formación profesional de grado medio:

- Técnico de grado medio en producción agropecuaria

- Técnico en producción agroecológica

f) Tener el carné de conducir B.

g) Tener el título B1 de catalán.

4. Comisión de selección

Estará integrada por los siguientes miembros:

- Presidente: José Manuel Fernández Zapata (técnico en recursos humanos).

- Suplente del presidente: Jaume Roca Jaume (jefe de administración).

- Secretaria: Catalina Borràs Pastor (administrativa de recursos humanos)

- Suplente de la secretaria: José Carlos Sabater Roca (administrativo de contabilidad).

- Vocal: Roberto Vera Martínez (veterinario de sanidad animal)

- Suplente del vocal: Cristina Ramos Lorenzo (veterinaria de sanidad animal)

- Vocal: David Borràs Borràs (técnico superior veterinario)

- Suplente: Dolores Carrió Mora (auxiliar administrativo)

Podrá asistir a las reuniones de la comisión de selección un representante del comité de empresa, con voz y sin voto.

5. Presentación de solicitudes y documentación

La solicitud para participar en este proceso selectivo debe ajustarse al modelo anexo 2, donde debe hacerse constar necesariamente la dirección electrónica y el teléfono de contacto.

Las personas interesadas deben hacer constar su intención de formar parte del bolsín de trabajo para puestos ubicados en la isla de Mallorca, Menorca o en ambas.

Todas las solicitudes deben presentarse en el Registro del IRFAP o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El plazo de presentación de la solicitud es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB.

Documentación mínima obligatoria a adjuntar con la solicitud cumplimentada adecuadamente:

a) Fotocopia del DNI o documento identificativo en vigor.

b) Copia del título especificado en el punto 3.e y 3.f de las bases.

c) Copia del certificado de catalán B1 expedido u homologado por la consejería competente en política lingüística o los reconocidos según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud.

d) Curriculum vitae actualizado, en el que debe constar la formación (titulaciones académicas, estudios, cursos) y la experiencia profesional, con descripción de entidades, funciones desarrolladas y duración.

Para la valoración de los méritos establecidos en el punto 7, es necesario presentar la documentación acreditativa que en cada caso se solicita. De lo contrario, no se valorarán los méritos alegados.

6. Listas de admitidos y excluidos

Una vez terminado el plazo para presentar las solicitudes, la comisión de selección hará pública en la web del IRFAP (https://www.caib.es/govern/organigrama/area.do?lang=ca&coduo=755) , en el apartado de «Recursos humanos», una lista provisional de admitidos y excluidos y concederá un plazo de tres días hábiles desde el día siguiente a la publicación para presentar enmiendas.

Al superar este plazo se publicará en la misma web el listado definitivo de admitidos y excluidos.

7. Méritos a valorar

La puntuación máxima a alcanzar es de 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

7.1. Experiencia profesional

  50 puntos

7.2. Méritos académicos

  40 puntos

7.2.1.

Formación académica

  20 puntos

7.2.2.

Formación complementaria

  20 puntos

7.3. Conocimientos  de lengua catalana

  10 puntos

TOTAL

100 puntos

7.1. Experiencia profesional (valoración máxima de 50 puntos)

Experiencia profesional como auxiliar agropecuario/agropecuaria: 1,389 puntos por cada mes trabajado.

Se computará un mes como treinta días naturales y las fracciones se acumularán.

La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante el Informe de vida laboral y los contratos de trabajo. La documentación aportada debe especificar las funciones llevadas a cabo, que también se podrán justificar mediante un certificado de la entidad contratante.

La experiencia en el ámbito de la Administración pública podrá acreditarse mediante un certificado emitido por la secretaría o el órgano competente de la Administración en el que se hayan prestado los servicios.

7.2. Méritos académicos (valoración máxima: 40 puntos)

7.2.1. Formación académica (valoración máxima 20 puntos)

Se valorarán las titulaciones académicas oficiales o cuya equivalencia haya reconocido el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, relacionadas directamente con el ámbito de trabajo del punto 2 de las bases, y en cualquier caso siempre que no se hayan aportado como requisito.

a) Por cada titulación académica oficial de formación profesional de grado medio relacionada con el ámbito de trabajo: 5 puntos.

b) Por cada titulación académica oficial de formación profesional de grado superior relacionada con el ámbito de trabajo: 8 puntos.

c) Por cada titulación académica oficial de diplomatura universitaria, primer ciclo universitario o ingeniería técnica o equivalente: 10 puntos.

7.2.2. Formación complementaria (valoración máxima: 20 puntos)

Se valorarán los cursos y acciones formativas oficiales con certificado de aprovechamiento o asistencia relacionados directamente con el ámbito de trabajo del punto 2 de las bases y también de las siguientes materias:

- Informática con nivel de usuario.

- Prevención de riesgos laborales.

Se otorgará la puntuación de 0,1 puntos por cada 10 horas de formación con certificado de aprovechamiento o asistencia, hasta 20 puntos.

En todo caso, deben valorarse una sola vez las acciones formativas relativas a un mismo contenido o a un mismo programa.

7.3. Conocimientos de lengua catalana (valoración máxima: 10 puntos)

- Certificado B2 o equivalente: 5 puntos.

- Certificado C1 o equivalente: 7 puntos.

- Certificado C2 o equivalente: 9 puntos.

Sólo se valorará el certificado de nivel más alto que se acredite, además del certificado de lenguaje administrativo, cuya puntuación debe acumularse a la del otro certificado que se acredite. En todos los casos, sólo se valorarán los certificados de nivel superior al exigido como requisito de acceso.

— Certificado de lenguaje administrativo: 1 punto

8. Propuesta de la comisión de selección y constitución del bolsín de trabajo

Finalizada la valoración de méritos, la comisión determinará el orden de clasificación de las personas candidatas y publicará en la web el IRFAP (https://www.caib.es/govern/organigrama/area.do?lang=ca&coduo=755) , en el apartado de «Recursos humanos», el listado provisional de la valoración de los candidatos con indicación de las puntuaciones obtenidas por orden de mayor a menor puntuación.

Los candidatos se clasificarán de forma separada por islas (Mallorca y Menorca), de acuerdo con lo que hayan indicado en la solicitud de participación, según el orden de la puntuación.

En caso de empate, se dará prioridad a quien haya obtenido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional (punto 7.1 de las bases) y si se mantuviera el empate, se resolverá por sorteo.

Los candidatos dispondrán de tres días hábiles desde el día siguiente de la publicación de este listado para formular alegaciones.

Una vez revisadas y resueltas las alegaciones, la comisión elevará la lista definitiva de valoración por orden de puntuación a la directora gerente del IRFAP para su aprobación, la publicará en la página web

(https://www.caib. es/gobierno/organigrama/area.do?lang=es&coduo=755) y se constituirá la bolsa de trabajo.

Cuando se dé alguno de los supuestos que motive hacer uso de este bolsín, se ofrecerá la cobertura del puesto de trabajo a una de las personas incluidas en la bolsa que estén en situación disponible, respetando el orden de prelación y siempre que cumpla los requisitos exigidos en la relación de puestos de trabajo respecto del puesto de trabajo ofrecido.

9. Funcionamiento del bolsín de trabajo

Las personas que forman parte de esta bolsa de trabajo habrán optado a presentarse en los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria localizados en Mallorca o Menorca.

Cuando se produzca una necesidad de contratación, se llamará por orden de prelación a la primera persona de la bolsa que haya marcado la opción correspondiente al puesto de trabajo que se solicite.

A efectos de ofrecerles un puesto de trabajo, los integrantes de la bolsa de trabajo estarán en situación disponible o no disponible.

Estarán en situación no disponible cuando concurran alguna de las siguientes causas:

a) Hallarse en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

b) Por enfermedad o incapacidad temporal.

Mientras la persona aspirante esté en situación de no disponible en la bolsa, no se le ofrecerá un puesto de trabajo.

Estarán en situación disponible el resto de aspirantes de la bolsa de trabajo, lo que implica la inclusión como disponible de aquellas personas que ocupen un puesto de trabajo en esta entidad para optar a una mejora de trabajo, que deben ser llamadas para ofrecerles un puesto de trabajo acorde con su posición en la bolsa. En este caso, se les telefoneará y se les enviará un mensaje electrónico para comunicarles el puesto de trabajo a cubrir y el plazo de incorporación, que puede llegar hasta diez días hábiles a contar desde la comunicación de la resolución .

Dentro del plazo de un día hábil a contar desde la comunicación, la persona integrante de la bolsa debe manifestar su conformidad con el nombramiento y, en caso contrario, pasará al último puesto de la bolsa de trabajo y se avisará a la siguiente de la lista.

Las personas aspirantes que renuncien de forma expresa o tácita o no hayan aceptado el puesto de trabajo ofrecido pasarán al último puesto de la bolsa de trabajo, salvo que aleguen, dentro del plazo de diez días hábiles, la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias, que deben justificarse fehacientemente:

a) Prestar servicios laborales en cualquier puesto de trabajo del IRFAP.

b) Estar en período de gestación, de maternidad o de paternidad, de adopción o de acogimiento permanente o preadoptivo.

c) Por enfermedad o incapacidad temporal.

Cuando la persona seleccionada mediante este sistema de bolsa cese en el puesto de trabajo, salvo que sea por renuncia voluntaria, se reincorporará de nuevo a la bolsa de trabajo con el mismo orden de prelación que tenía.

El incumplimiento de la incorporación en el puesto de trabajo previamente aceptado comporta la exclusión de la bolsa de trabajo, excepto en el caso de una situación sobrevenida con posterioridad a la aceptación que imposibilite, por voluntad ajena al convocado, incorporarse.

10. Vigencia de la bolsa de trabajo

Esta bolsa de trabajo está vigente hasta que se convoque una nueva bolsa de trabajo que afecte a todos los puestos de trabajo que requieren las titulaciones previstas en el punto 3.e) (titulaciones requeridas) de estas bases.

En el caso de convocar una nueva bolsa de trabajo que afectara a una o varias de las titulaciones relacionadas en el punto 3.e) de los requisitos de estas bases, esta bolsa continuaría vigente respecto de las titulaciones no afectadas por las bases de la nueva bolsa de trabajo.

 

 

ANEXO 2

MODELO DE SOLICITUD

 .................................................. ..................................., con el DNI........... .......................... y domicilio a efectos de recibir notificaciones a .............. ............................................... ... ................................. , teléfono ............... ...................... y dirección electrónica ......................... ..............

EXPONGO:

1. Que he tenido conocimiento de la convocatoria del proceso selectivo para formar parte de un bolsín de trabajo de auxiliar pecuario/pecuaria (grupo D) en Mallorca y en Menorca.

2. Que estoy en posesión de todos y cada uno de los requisitos o condiciones exigidos en el apartado 3 de la convocatoria.

3. Que remite, adjunta, la siguiente documentación:

— -

— -

— -

— -

— -

— -

— -

SOLICITO: Ser admitido/admitida y poder participar en el procedimiento selectivo indicado en el punto 1 de los siguientes puestos de trabajo:

LOCALIZACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO (OPCIONES NO EXCLUYENTES):

(    ) MALLORCA

(    ) MENORCA

​​​​​​​

.........................., ........... d ........... ..................... de 2023

​​​​​​​

En caso de presentar la solicitud y la documentación requerida en un registro diferente al del IRFAP, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, debe dar constancia por mensaje electrónico a la siguiente dirección: rrhh@irfap.es.

De conformidad con lo que prevé la normativa de protección de datos de carácter personal, esta entidad le informa que los datos obtenidos a través de este formulario o curriculum vitae quedarán incorporados y serán tratados en un fichero mixto denominado Recursos Humanos, inscrito en el AGPD, titularidad del INSTITUT DE RECERCA I FORMACIÓ AGROALIMENTÀRIA I PESQUERA DE LES ILLES BALEARS, con el CIF Q0700676J, con domicilio en la C/ Eusebio Estada, 145, 07009 Palma, con el fin de mantenerle informados sobre gestión y selección del personal y recursos humanos.

Le informamos de la posibilidad de ejercer en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal mediante un mensaje dirigido al INSTITUT DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS, con el CIF Q0700676J, con domicilio en la C/Eusebio Estada, 145, 07009 Palma.

 

​​​​​​​INSTITUT DE RECERCA I FORMACIÓ AGROALIMENTÀRIA I PESQUERA DE LES ILLES BAEARS

EPÍGRAFE DE INFORMACIÓN DEL ART. 13 Y 14 RGPD, TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE CONCURSO, CONTRATACIÓN PÚBLICA DE EMPLEADOS PÚBLICOS

De conformidad con lo que dispone el Reglamento general de protección de datos UE 679/2016 y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se facilita la siguiente información del tratamiento de los datos de carácter personal:

Responsable

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Dirección: C. de Eusebi Estada, 145, 2º piso, 07009 Palma.

Tel.: 971176084.

e-mail: info@irfap.es.

Contacto del delegado de protección de datos: http: www.protecmir.com / dirección electrónica: protecmirlegal@protecmir.com.

Finalidad

En el Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears tratamos la información que se nos facilita con el fin de llevar a cabo la gestión, tramitación, resolución y control del procedimiento de contratación de empleados públicos, de conformidad con el que dispone el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público. Los datos personales proporcionados se conservarán, mientras sean útiles para la indicada finalidad, y, en todo caso, durante los plazos legales y para el tiempo necesario para atender posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. El Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears toma medidas que garantizan la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. Además, dispone de medidas que garantizan restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos de carácter personal de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico, incluyendo medidas de cifrado de datos de carácter personal. En cualquier caso, Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears dispone de medidas para verificar, evaluar y valorar de forma regular la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.

Legitimación

El tratamiento de los datos de carácter personal está basado en el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, de conformidad con lo que dispone el Reglamento general de protección de datos UE 679/2016 (art. 6.1.c) y la Ley orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDPGDD). Resulta de aplicación el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público. Existe la obligación de facilitar los datos de carácter personal o, en caso contrario, no podrá participar en los procesos de contratación de empleados públicos.

Destinatarios

Los datos no se comunicarán a ningún tercero ajeno a la entidad, salvo por obligación legal. Además de lo anterior, la entidad podrá realizar cesiones o comunicaciones de datos personales para atender sus obligaciones ante las administraciones públicas en los casos que así se requiera de acuerdo con la legislación vigente. No existe previsión de transferencia de datos a terceros países. No se toman decisiones de adecuación, garantías, normas corporativas vinculantes o situaciones específicas de aplicación.

Derechos

Las personas interesadas tienen derecho a obtener el acceso a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarias para los fines que fueron recogidas. En determinadas circunstancias, los interesados ​​pueden solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o defensa de reclamaciones.

Asimismo, y por motivos relacionados con su situación particular, los interesados ​​pueden oponerse al tratamiento de sus datos y en este caso su información personal dejará de tratarse para aquellos fines respecto de los que haya manifestado su oposición. Cuando sea técnicamente posible, el interesado podrá solicitar la portabilidad de sus datos a otro responsable del tratamiento. Para ejercitar estos derechos, de conformidad con la legislación vigente, los interesados ​​pueden dirigirse por correo postal, adjuntando una copia de un documento acreditativo de su identidad (DNI), a la Dirección del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears

Las personas que consideren que el tratamiento de los datos personales no se ajusta

a lo que prevé la normativa aplicable o que sus peticiones en el Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears y en la Delegación de Protección de Datos no han sido debidamente atendidas en el plazo de un mes, pueden presentar la «Reclamación de tutela de derechos» ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/).

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