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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 105147
Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 7 de febrero de 2023 por la que se convocan las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo y se concretan aspectos sobre su organización

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Texto

Hechos

1. El artículo 69 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOMLOE), establece que las administraciones educativas deben convocar periódicamente pruebas para obtener directamente los títulos de formación profesional.

2. El artículo 36 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, fija una periodicidad máxima de un año para convocar pruebas para la obtención de los títulos de técnico y técnico superior.

3. El artículo 25.5 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, indica que la Consejería de Educación y Formación Profesional debe convocar periódicamente pruebas libres para la obtención de títulos de técnico y de técnico superior siguiendo los criterios que se determinen.

4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la que se regulan las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo de 2008) regula las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo. La disposición final primera de la Orden mencionada autoriza el órgano competente en materia de formación profesional del sistema educativo para que dicte las instrucciones necesarias para el despliegue y la aplicación de esta Orden.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

2. El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE núm. 182, de 30 de julio de 2011).

3. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo de 2022).

4. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 177, de 29 de noviembre de 2012).

5. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 13 de julio de 2009 por la que se regula la organización y el funcionamiento de los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo que se imparten de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en las Illes Balears en la modalidad de enseñanza presencial (BOIB núm. 108, de 25 de julio de 2009).

6. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la que se regulan las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo de 2008).

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Convocar las pruebas para obtener los títulos de técnico y técnico superior de formación profesional dentro del sistema educativo, en conformidad con las instrucciones que figuran en el anexo 1.

2. Aprobar las instrucciones que concretan determinados aspectos de la organización de las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo en la convocatoria del año 2023 e incluirlas como anexo 1 de esta Resolución.

3. Aprobar los módulos profesionales ofrecidos en esta convocatoria, los cuales se recogen en el anexo 2.

4. Aprobar la lista de módulos de los ciclos formativos de grado superior que, en caso de ser ofrecidos en la convocatoria, se deben realizar en lengua inglesa, los cuales se recogen en el anexo 3.

5. Aprobar el calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas para la presente convocatoria, que figura en el anexo 4.

6. Aprobar la lista de centros, recogida en el anexo 5 de esta Resolución, que deben convocar pruebas para obtener los títulos de técnico y técnico superior de formación profesional dentro del sistema educativo de los ciclos amparados en la LOGSE en proceso de sustitución por los nuevos ciclos adaptados a la LOE, con las condiciones y plazos establecidos en el anexo 1.

7. Ordenar a todos los centros educativos incluidos en la oferta de esta convocatoria que publiquen un anuncio en su página web antes del inicio del plazo de inscripción.

8. Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de Formación Profesional (http://fp.caib.es) y ordenar que empiece a producir efectos el día siguiente de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 7 de febrero de 2023

El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores Antonio Baos Relucio

 

ANEXO 1 Instrucciones

Primero Objeto y ámbito de aplicación

Estas instrucciones concretan los aspectos necesarios para desarrollar las pruebas libres que se van a llevar a cabo en los centros públicos de las Illes Balears en esta convocatoria, en conformidad con la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la que se regulan las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo).

Segundo Características de las pruebas

Las características de las pruebas se establecen en el artículo 3 de la Orden de 6 de marzo de 2008.

Tercero Centros que deben hacer las pruebas

1. Todos los centros educativos públicos de las Illes Balears autorizados para impartir ciclos formativos deben llevar a cabo las pruebas libres de los módulos que forman parte del currículum de todos los ciclos formativos que se cursan de forma presencial en el centro, con las limitaciones a la oferta establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.

2. En el caso de los ciclos formativos que se imparten con una organización temporal especial, solo se deben llevar a cabo las pruebas libres de los módulos que se imparten de forma presencial en el centro durante el curso 2022-2023.

3. Los centros tienen la obligación de aceptar todas las solicitudes de inscripción a las pruebas libres que reciban y de llevar a cabo las pruebas de los módulos que se impartan de forma presencial en el centro, con las limitaciones establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.

4. Los alumnos que en cursos anteriores hayan superado algún módulo de un ciclo que ha dejado de ofrecerse en su centro pueden solicitar la inscripción por libre al resto de módulos durante los dos cursos posteriores a aquel en que se haya dejado de ofrecer el módulo que solicita. El centro educativo debe aceptar las solicitudes recibidas siempre y cuando disponga de personal con atribuciones docentes en los módulos solicitados, disponga de las instalaciones específicas necesarias para realizar las pruebas y no se ofrezca el ciclo en otro centro de la misma isla.

Cuarto Requisitos para la inscripción

1. Los requisitos para participar en las pruebas para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo son los que se establecen en el artículo 6 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 y en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

2. El artículo 7 de la Orden mencionada recoge las incompatibilidades que no permiten inscribirse en determinados módulos de las pruebas libres.

3. El artículo 36.4 del Real Decreto 1147/2011 establece que un alumno no puede estar matriculado el mismo año académico en un mismo módulo profesional en diferentes comunidades autónomas.

4. Los alumnos que cumplen los requisitos de acceso y no pueden conciliar la vida laboral y familiar con la oferta formativa presencial ni a distancia, o bien presentan otras circunstancias, se pueden presentar a alguno de los módulos profesionales de los ciclos formativos, con las limitaciones siguientes:

  1. No se pueden matricular de más de 660 horas por convocatoria, de acuerdo con la duración asignada a cada módulo por el currículum vigente del título.
  2. Para los módulos impartidos en inglés en los grados superiores, no se tendrán en cuenta las horas de docencia adicionales para computar la duración del módulo.
  3. Se deben respetar las limitaciones establecidas en el anexo 2 para algunos ciclos y centros.

5. La inscripción está sujeta al pago de las tasas que se establecen en los artículos 103 duovicies a 103 sexvicies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Para el año 2023, se han establecido las cuantías siguientes:

  1. Inscripción para hacer la prueba libre de módulos que pertenecen a ciclos de grado medio, incluida la expedición del certificado que acredita las calificaciones obtenidas: 9,29 euros por módulo.
  2. Inscripción para hacer la prueba libre de módulos que pertenecen a ciclos de grado superior, incluida la expedición del certificado que acredita las calificaciones obtenidas: 12,78 euros por módulo.

6. Quedan exentos del pago de la tasa:

  1. Las personas en situación legal de desempleo; las personas en situación de dependencia en grado II o III y los miembros de su unidad familiar; las personas con un grado de discapacidad igual al 33 % o superior y los miembros de su unidad familiar; los miembros de las familias en situación de vulnerabilidad económica especial; los miembros de las familias en riesgo social; las personas sujetas a medidas privativas de libertad; los jóvenes tutelados y extutelados en vía de emancipación, y los jóvenes en situación de acogida familiar. En el momento de la inscripción, los sujetos pasivos de la tasa deben acreditar documentalmente que se encuentran en alguna de estas situaciones.
  2. Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, y también el cónyuge y los hijos, siempre y cuando acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción mediante la resolución administrativa correspondiente. En el caso del cónyuge y los hijos, también deben adjuntar el libro de familia o una certificación oficial en que conste el matrimonio o la filiación, respectivamente.
  3. Las víctimas de violencia de género, así como los hijos que dependen de ellas, siempre y cuando acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción mediante cualquiera de los documentos que prevé la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también se debe presentar el libro de familia o un certificado oficial en que conste la filiación.
  4. Los miembros de familias numerosas, así como los miembros de familias monoparentales de categoría especial, siempre y cuando pidan la exención en el centro prestamista del servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.

7. Tienen derecho a una exención del 50 % de la tasa los miembros de familias monoparentales de categoría general, siempre y cuando la pidan al centro prestamista del servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.

8. El importe de la tasa se debe devolver, previa solicitud, en el supuesto de que la persona solicitante no sea admitida en las pruebas convocadas.

Quinto Inscripción en los módulos impartidos en lengua inglesa de los ciclos de grado superior amparados por la LOE

Las personas que se inscriban para hacer las pruebas libres de los ciclos de grado superior cuyas enseñanzas estén amparadas por la LOE se evaluarán en lengua inglesa de los módulos del ciclo que figuran en el anexo 3 de esta Resolución.

Sexto Centros donde se puede hacer la inscripción a las pruebas libres

1. Las personas interesadas en hacer las pruebas libres se deben inscribir en un centro educativo público de las Illes Balears autorizado para impartir el ciclo al que pertenecen los módulos de los que se quieren examinar. Si hay más de un centro autorizado, deben elegir el centro donde les interese presentarse, con las limitaciones establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.

2. Cuando una persona esté interesada en presentarse a una prueba que se hace en un centro situado en una isla diferente de aquella donde vive, puede presentar la solicitud y la documentación que se tenga que adjuntar en el centro educativo público más cercano autorizado para hacer pruebas libres de algún ciclo formativo. Este centro debe compulsar las copias de los documentos que se adjunten a la solicitud y debe enviar una copia de la solicitud y de la documentación al centro donde se pide hacer las pruebas, y comprobar su correcta recepción. Una vez acabado el plazo de admisión de solicitudes para hacer las pruebas, se deben enviar al centro donde se hacen las pruebas los originales de las solicitudes y la documentación que se adjunte.

3. Como norma general, las personas que se presenten a la prueba libre de un módulo de un ciclo en un centro se deben inscribir en este mismo centro para examinarse del resto de módulos de este ciclo en las convocatorias sucesivas. Si por alguna circunstancia deben cambiar de centro, deben comunicar al nuevo centro el nombre del centro en el que hicieron el resto de pruebas libres.

 Séptimo Formalización de la solicitud de inscripción

1. La solicitud se debe formalizar por duplicado mediante el impreso oficial. Todos los centros educativos públicos de las Illes Balears que imparten enseñanzas de formación profesional del sistema educativo deben facilitar este impreso, que también se puede encontrar en la página web de Formación Profesional (http://fp.caib.es).

2. A la solicitud mencionada se deben adjuntar los documentos que correspondan de entre todos los que figuran en el punto noveno de estas instrucciones.

3. Los solicitantes que, por sus características físicas o sensoriales, necesiten una adaptación de las condiciones en que se deben hacer las pruebas lo deben hacer constar en la solicitud.

4. En la solicitud debe constar si la persona ya ha superado algún módulo del ciclo en el que se inscribe y el último centro donde ha hecho los estudios y/o las pruebas libres correspondientes.

Octavo Plazo de inscripción a las pruebas

La inscripción a las pruebas libres se debe formalizar del 2 al 10 de marzo de 2023, ambos incluidos.

Noveno Documentación para acreditar los requisitos de inscripción a las pruebas

1. Para acreditar el pago de la tasa correspondiente, se debe presentar el documento de ingreso 046 a nombre del solicitante. Si el pago se ha hecho electrónicamente, es suficiente presentar una copia simple. Si el pago se ha hecho de manera presencial, se debe presentar el original sellado por el banco para cotejar. El código del concepto para esta tasa es P40.

2. Para acreditar la exención total o parcial del pago de esta tasa, se debe presentar alguno de los documentos que se indican a continuación, según corresponda:

a) Las personas en situación legal de desempleo deben presentar el informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo, emitido por un servicio público de empleo. La fecha de este documento no puede ser anterior en más de treinta días naturales al inicio del plazo de inscripción.

b) Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % deben presentar el certificado que acredita el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales. En el supuesto de que el solicitante sea un familiar de hasta segundo grado de una persona con discapacidad, también debe aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

c) Las personas con grado II y III de dependencia reconocido deben presentar el certificado o la resolución que acredita el grado de dependencia, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales. En el supuesto de que el solicitante sea un familiar de una persona dependiente, también debe aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

d) Los miembros de familias en riesgo social con menores de edad que han sido objeto de declaración de riesgo por parte de la administración competente en materia de protección de menores deben presentar la resolución o certificado de declaración de riesgo emitida por el órgano. También deben aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga.

e) Los miembros de familias con menores de edad devueltos tras la aplicación de medidas administrativas de protección deben aportar la resolución o certificación oficial del órgano competente. También deben aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga.

f) Los miembros de familias con menores de edad devueltos tras la aplicación de medidas de justicia juvenil deben presentar la resolución o certificado del Servicio de Justicia Juvenil de la Dirección General de Infancia Juventud y Familias del Gobierno de las Illes Balears o del organismo autonómico competente, el cual debe ser vigente en la fecha de presentación. También deben aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga.

g) Las personas que acrediten ser miembros de una familia numerosa deben presentar el título o certificado expedido al efecto por el órgano competente, de acuerdo con lo que prevé la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.

h) Los miembros de unidades familiares que perciban la renta mínima de inserción deben presentar el certificado de ingresos de renta mínima de inserción con fecha posterior al 1 de enero de 2023.

i) Los miembros de unidades familiares que perciban la renta social garantizada deben presentar el certificado de ingresos de renta social garantizada con fecha posterior al 1 de enero de 2023.

j) Los beneficiarios del ingreso mínimo vital deben presentar la resolución o un certificado de concesión de la entidad gestora de la ayuda con fecha posterior al 1 de enero de 2023. Si el solicitante es familiar del beneficiario, también debe presentar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

k) Los solicitantes que perciban el subsidio de desempleo deben presentar el certificado que acredite esta situación emitido por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), cuya fecha de emisión no puede ser anterior en más de treinta días naturales al inicio del plazo de inscripción. Si el solicitante es familiar del beneficiario, también debe aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

l) Las personas sujetas a medidas privativas de libertad y los jóvenes tutelados y extutelados en vías de emancipación deben presentar la resolución judicial que determine esta situación.

m) Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas deben presentar alguno de los documentos siguientes:

  • Un certificado como víctima del terrorismo o familiar, emitido por el Ministerio del Interior a nombre de la persona solicitante.
  • Una resolución previa de indemnización por acto terrorista. En el caso de ser cónyuge o hijo del beneficiario, también se debe presentar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga.
  • Un título de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo. En el caso de ser cónyuge o hijo del beneficiario, también se debe presentar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga.

n) Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género deben presentar alguno de los documentos siguientes:

  • Una orden de protección a favor de la víctima.
  • Una sentencia condenatoria.
  • Un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, hasta que se dicte la orden de protección.
  • Una resolución judicial por medio de la cual se hayan acordado medidas cautelares para la protección de la víctima.
  • Un informe de la administración competente en materia de servicios sociales o de la casa de acogida, o bien un informe del Instituto Balear de la Mujer.

En el caso de ser hijo dependiente, también se debe presentar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

o) Los miembros de familias monoparentales deben aportar el título o carné individual de familia monoparental emitido por el consejo insular correspondiente o bien por la administración competente en su lugar de residencia. Se reconocerán los títulos de familias monoparentales expedidos por otras comunidades autónomas siempre y cuando exista reciprocidad, hasta que dejen de estar vigentes.

p) Los jóvenes en situación de acogida deben presentar la resolución judicial o administrativa de la acogida, o, si no la hay, un certificado emitido por la entidad correspondiente (Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales —IMAS—, Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social del Consell Insular de Menorca, Servicio de Protección de Menores del Consell Insular d'Eivissa o Consell Insular de Formentera).

3. Para acreditar el requisito de edad se debe aportar original y copia del documento oficial de identificación de que se disponga (DNI, pasaporte, etc.).

4. Para acreditar el requisito de acceso al ciclo formativo, se debe presentar original y copia de alguno de estos documentos:

  1. El título oficial que permite el acceso al ciclo o el resguardo de haber hecho el pago para obtenerlo. En el caso de estar pendiente de homologación de estudios extranjeros en el momento de la inscripción, el solicitante debe presentar el volante para la inscripción condicional en centros docentes o exámenes oficiales, sellado por la unidad de registro donde se haya presentado la solicitud de homologación o convalidación. Antes del inicio de la primera prueba se debe presentar la resolución definitiva de homologación o convalidación.
  2. Una certificación académica personal que indique que se han superado los estudios que dan acceso directo al ciclo formativo (vea el anexo 1 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008).
  3. Cualquiera de los certificados o documentos acreditativos que permiten acceder al ciclo formativo por el turno de acceso mediante prueba (vea el anexo 1 mencionado).

5. Si los requisitos de acceso no se pueden acreditar documentalmente durante el periodo de inscripción, se debe acreditar que se pueden tener en el momento de hacer las pruebas y se deben entregar al presidente de la comisión evaluadora al inicio de la primera prueba. En caso de no presentarlos, se pierde el derecho a hacer la prueba.

6. Las personas que, dadas sus características físicas o sensoriales, piden la adaptación de las condiciones en que se deben hacer las pruebas deben presentar el certificado que acredite el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.

Décimo Solicitud de convalidaciones o de exenciones de módulos

No se pueden solicitar convalidaciones o exenciones a las pruebas para la obtención directa de un título (pruebas libres), dado que la normativa establece que solo pueden solicitar la convalidación o exención de módulos profesionales quienes cursan enseñanzas de formación profesional en un centro docente autorizado (artículo 40.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional de sistema educativo, y artículo 4 del Real Decreto 1085/2020).

Undécimo Actuación con la documentación necesaria para inscribirse a la prueba

1. El secretario del centro donde se hacen las inscripciones para hacer la prueba debe sellar uno de los ejemplares de la solicitud y lo debe devolver a la persona interesada. Además, se debe quedar con el otro ejemplar y con una copia compulsada de toda la documentación que se presenta.

2. Esta documentación se debe incorporar al expediente del alumno y se debe custodiar mientras el centro exista.

 

Duodécimo Relación provisional de inscritos

El 21 de marzo de 2023 los centros deben publicar en el tablón de anuncios y en su página web la relación provisional de personas inscritas a cada ciclo con la indicación del nombre de los módulos a los que están inscritas para examinarse y el nombre del ciclo al que pertenecen.

Decimotercero Plazo de reclamaciones

Los días 22, 23 y 24 de marzo de 2023 se pueden presentar, mediante una solicitud dirigida a la dirección del centro, las reclamaciones contra la relación provisional de personas inscritas.

Decimocuarto Relación definitiva de inscritos

El día 31 de marzo de 2023 el centro debe publicar en el tablón de anuncios y en su página web las relaciones definitivas de personas inscritas a cada ciclo, con la indicación de los módulos a los que están admitidas.

Decimoquinto Orientación para las personas inscritas

La orientación para las personas inscritas en las pruebas libres está regulada en el artículo 12 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.

Decimosexto Registro de los datos de los inscritos

Las personas que figuran en la relación definitiva de personas inscritas y que cumplen las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo al que pertenecen los módulos de los que se quieren examinar quedan matriculadas, en régimen de enseñanza libre, del ciclo formativo mencionado.

Decimoséptimo Calendario de las pruebas

1. Las pruebas libres que se convocan mediante esta Resolución se llevarán a cabo dentro del periodo comprendido entre el día 2 de mayo y el día 31 de mayo de 2023, ambos incluidos.

2. Cada comisión evaluadora debe elaborar el calendario de las pruebas de un ciclo de forma conjunta con el jefe de estudios del centro, teniendo en cuenta el periodo establecido en el punto anterior.

3. En este calendario se deben hacer constar el día, la hora, el lugar y el tiempo máximo para hacer la prueba correspondiente a cada módulo profesional, así como el material necesario para poder hacerla y la fecha de publicación de los resultados de cada prueba. También se debe indicar si la prueba de cada módulo tiene más de una parte y si alguna de estas partes es eliminatoria.

4. El calendario debe indicar que la publicación de los resultados provisionales de cada prueba abre un plazo de tres días para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones.

5. El calendario y los criterios de evaluación se deben publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro el 18 de abril de 2023 como tarde.

6. Cada centro educativo debe enviar una copia del calendario mencionado al Servicio de Planificación y Participación de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores el mismo día en que se publica en el centro como tarde.

7. Cuando, por circunstancias justificadas, no sea posible hacer la prueba de un módulo determinado el día y la hora previstos, la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores puede autorizar que se haga la prueba en otra fecha. La nueva fecha se debe publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro y se debe comunicar a los alumnos afectados.

Decimoctavo Elaboración de las pruebas

1. Cada una de las comisiones evaluadoras que se constituyen en cada centro de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 16 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 debe elaborar una prueba para cada uno de los módulos profesionales del ciclo correspondiente en los que haya candidatos inscritos.

2. La comisión evaluadora debe facilitar los enunciados de los exámenes en la lengua oficial de la Comunidad Autónoma indicada por el inscrito en su solicitud, salvo los módulos que se deben realizar en lengua extranjera.

Decimonoveno Contenidos y criterios de valoración de las pruebas

1. Los aspirantes deben superar una prueba para cada uno de los módulos profesionales a los que se han matriculado.

2. El módulo profesional de Proyecto se debe evaluar de acuerdo con lo dispuesto en el punto trigésimo primero de estas instrucciones.

3. Los contenidos de las pruebas se deben fundamentar en el currículum vigente del ciclo formativo y en las competencias profesionales recogidas en los títulos.

4. Las pruebas deben ser presenciales y deben incluir contenidos teóricos y prácticos que permitan evidenciar, a través de los criterios de evaluación y realización correspondientes, que el aspirante ha logrado las diferentes capacidades, resultados del aprendizaje o competencias profesionales correspondientes al módulo.

5. La comisión evaluadora puede estructurar la prueba de cada módulo profesional en partes independientes y establecer, si es el caso, el carácter eliminatorio de cada una de estas partes. Se debe informar a los candidatos de esta circunstancia, de acuerdo con lo que se establece en el punto decimoséptimo de estas instrucciones.

6. Los criterios de calificación se deben especificaren el enunciado de la prueba.

Vigésimo Calificación de las pruebas y custodia de materiales de evaluación

1. Las pruebas se deben evaluar en conformidad con la normativa vigente en materia de evaluación de los ciclos formativos.

2. El centro debe custodiar los exámenes y otros materiales de evaluación realizados por los aspirantes durante un periodo de cuatro meses a contar desde el día en que se cierra el procedimiento establecido en el punto vigésimo séptimo de este anexo. En el supuesto de que el inscrito presente recurso, esta documentación se debe custodiar hasta que se cierren los procedimientos abiertos.

Vigésimo primero Publicación de los resultados provisionales de las pruebas

1. Los resultados provisionales de cada prueba se deben publicar durante los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba en el tablón de anuncios y en la página web del centro.

2. Los inscritos tienen derecho a acceder a sus pruebas y a recibir una explicación razonada de la calificación. Al mismo tiempo y por los mismos medios que se publiquen los resultados provisionales se debe indicar el día y hora, dentro del plazo establecido para la presentación de reclamaciones, en que se convoca las personas inscritas que deseen revisar su prueba.

3. El procedimiento y los plazos de publicación de los resultados provisionales, las reclamaciones y los resultados definitivos de las pruebas se regulan en los artículos 19, 20 y 21 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.

Vigésimo segundo Procedimiento para la revisión de los resultados

1. Se dispone de un plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de los resultados provisionales para presentar reclamaciones ante la comisión evaluadora, dirigidas al presidente.

2. La comisión evaluadora debe resolver las reclamaciones correspondientes al ciclo formativo y debe levantar acta antes de la publicación de los resultados definitivos.

3. En caso de desestimar la solicitud totalmente o parcialmente, la comisión evaluadora debe hacer constar en el acta de la sesión para la resolución de las reclamaciones la motivación razonada de la desestimación, la cual debe hacer referencia a:

  1. La adecuación de los resultados de aprendizaje evaluados en la prueba con los establecidos en el real decreto que establece el título para el módulo. En los ciclos LOGSE se valorará la adecuación a las capacidades terminales del módulo.
  2. La adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación.
  3. La correcta aplicación de los criterios de calificación.
  4. La decisión de modificación o de ratificación de la calificación.

4. Los resultados definitivos se deben publicar en el tablero de anuncios y en la página web del centro el día siguiente de la sesión de resolución de las reclamaciones. La publicación de los resultados definitivos es el medio de notificación a los interesantes del resultado de la revisión de su solicitud.

5. En el plazo máximo de cinco días desde la publicación de los resultados definitivos, el centro educativo debe comunicar al interesado el contenido de la resolución de su reclamación. Esta comunicación se debe enviar a la dirección de correo electrónico que el interesado haya facilitado en la inscripción. En el caso de las solicitudes desestimadas, esta comunicación debe incluir la motivación razonada de la resolución de la reclamación del interesado y debe indicar explícitamente la posibilidad de presentar un recurso de alzada ante el director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los resultados definitivos.

Vigésimo tercero Acta de evaluación de las pruebas

1. Cada comisión evaluadora debe extender las actas de evaluación en que figuren los resultados obtenidos en cada uno de los módulos del ciclo.

2. El modelo de acta que se debe usar para documentar los resultados obtenidos por los aspirantes con las condiciones de acceso al ciclo formativo es el mismo que se usa para los ciclos que se cursan presencialmente, pero se debe hacer constar que se trata de un acta de pruebas libres. En este acta también se deben hacer constar las propuestas que afectan a las personas que figuran en ella (acceso a FCT, obtención del título, etc.).

3. Todas las actas deben estar firmadas por cada uno de los miembros de la comisión evaluadora.

Vigésimo cuarto Registro de las calificaciones obtenidas en las pruebas

Las calificaciones de los módulos superados mediante pruebas libres obtenidas por personas que cumplen las condiciones académicas o tienen las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo se deben reflejar en el expediente académico y en el resto de documentos del proceso de evaluación de las personas interesadas.

Vigésimo quinto Registro de las calificaciones obtenidas en pruebas libres de convocatorias anteriores por las personas que no tenían en aquel momento las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo

1. Las calificaciones obtenidas en convocatorias anteriores de pruebas libres por personas que no reunían en el momento en que las hicieron las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder a un ciclo formativo se deben reflejar en los documentos del proceso de evaluación en el momento que acrediten que han conseguido los requisitos de acceso.

2. Los datos de estas personas y las calificaciones que han obtenido en convocatorias anteriores de pruebas libres se deben añadir al acta de evaluación que se debe usar para documentar los resultados obtenidos por las personas con las condiciones de acceso al ciclo formativo en esta convocatoria.

3. Se debe abrir un expediente académico para cada una de estas personas, en el que debe figurar la documentación que se indica en el punto noveno de estas instrucciones y toda la que acredita que han superado módulos en convocatorias anteriores, cuando todavía no cumplían los requisitos de acceso al ciclo.

Vigésimo sexto Expedición de certificados, acreditaciones y títulos

Los centros deben entregar los certificados a las personas que han superado módulos de ciclos formativos mediante una prueba libre, de acuerdo con lo que se especifica sobre registro de datos en los artículos 23, 24 y 25 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.

Vigésimo séptimo Fecha de fin del proceso

El proceso de evaluación de los módulos profesionales debe acabar antes del 16 de junio de 2023.

Vigésimo octavo Recurso de alzada

1. Las personas inscritas que no estén de acuerdo con la resolución de la revisión de los resultados de la comisión evaluadora pueden interponer un recurso de alzada ante el director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los resultados definitivos.

2. El recurso de alzada se debe presentar en el registro de entrada del Gobierno de las Illes Balears por cualquiera de los medios indicados en la normativa del proceso administrativo común.

3. En un plazo no superior a tres días hábiles, la dirección del centro debe enviar a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores la documentación que esta le solicite para resolver el expediente.

4. El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, con el informe preceptivo previo del Departamento de Inspección Educativa, debe resolver el recurso y debe informar al centro sobre su contenido.

5. La Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores debe notificar la resolución del recurso al interesado.

6. Si, una vez acabado el proceso de revisión, se debe modificar alguna calificación final, el secretario del centro debe insertar la diligencia correspondiente en las actas y, si procede, en el expediente académico y al historial académico del alumno. Esta diligencia será visada por el director del centro.

Vigésimo noveno Calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas libres

El calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas de esta convocatoria se encuentra en el anexo 4 de esta Resolución.

Trigésimo Realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo

1. Las condiciones para poder cursar el módulo de Formación en Centros de Trabajo se recogen en la disposición adicional primera de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.

2. La matrícula para cursar el módulo de Formación en Centros de Trabajo se debe formalizar en el régimen presencial.

Trigésimo primero Realización del módulo profesional de Proyecto de los ciclos formativos de grado superior

1. Los alumnos que tengan que cursar el módulo profesional de Proyecto y no tengan aprobado o no estén exentos de hacer el módulo de Formación en Centros de Trabajo lo deben cursar en la modalidad presencial.

2. Los alumnos que tengan que cursar el módulo profesional de Proyecto y tengan superado el módulo de Formación en Centros de Trabajo en el momento de la inscripción pueden matricularse en el periodo establecido para inscribirse a las pruebas libres mencionado en el punto octavo de estas instrucciones.

3. El procedimiento para evaluar este módulo en la modalidad libre es el siguiente:

  1. La comisión evaluadora debe proponer al candidato en condiciones de ser evaluado del módulo de Proyecto posibles proyectos a realizar. Sin embargo, los alumnos también pueden proponer proyectos a la comisión. Los contenidos de las pruebas se deben fundamentar en el currículum vigente del módulo.
  2. Antes del 28 de abril de 2023, la comisión evaluadora debe determinar el proyecto que debe llevar a cabo cada candidato y les debe informar y asesorar en todos los aspectos relevantes para llevarlo adelante.
  3. La comisión evaluadora debe convocar a los inscritos para hacer la prueba libre del módulo profesional de Proyecto. Debe haber un plazo mínimo de cinco semanas naturales entre la fecha de asignación del proyecto al alumno y la fecha fijada para presentarlo.
  4. Esta prueba consiste en la presentación y la defensa del proyecto elaborado por el alumno. Este módulo debe versar sobre la experiencia laboral del alumno que dio lugar a la exención o a la evaluación positiva del módulo de Formación en Centros de Trabajo en convocatorias anteriores.
  5. Si se supera el módulo, debe quedar reflejado en el acta de evaluación y se debe incluir en la propuesta de expedición de título.

4. Los profesores que deben evaluar la prueba libre de este módulo son los mismos que tienen la competencia para evaluar a los alumnos matriculados en la modalidad presencial.

Trigésimo segundo Inscripción en un ciclo que corresponde a un título establecido por la LOGSE que el curso 2021-2022 se sustituyó por un título nuevo establecido por la LOE

1. Los aspirantes que tengan algún módulo superado de un ciclo que corresponda a un título cuyas enseñanzas estén reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (LOGSE), y que en el curso 2021-2022 se hubiera empezado a sustituir por un título nuevo cuyas enseñanzas deriven de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), se pueden inscribir para hacer los módulos que le quedan del ciclo. Estos ciclos figuran en el anexo 5 de esta Resolución.

2. Estas personas se pueden inscribir para hacer las pruebas libres de estos ciclos durante los años 2022 y 2023 de la manera siguiente: en 2022 y 2023 se pueden examinar de cualquier módulo del ciclo, excepto del módulo de Formación en Centros de Trabajo, que se debe hacer en la modalidad presencial una vez superados todos los otros módulos del ciclo.

3. Los centros que deben hacer las pruebas libres de estos ciclos se especifican en el anexo 5 de esta Resolución.

Trigésimo tercero Publicación de los enunciados de las pruebas

Con objeto de facilitar el derecho al acceso a la información pública desarrollado por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, una vez acabado el proceso establecido en esta convocatoria, los centros publicarán los enunciados de las pruebas aplicadas en su página web, donde deberán permanecer accesibles durante un periodo no inferior a un año desde su publicación.

 

ANEXO 2 Oferta de ciclos que hacen pruebas libres en 2023 y limitaciones a la oferta de pruebas libres

Ciclo

Centro

Limitaciones

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

CIFP JOAN TAIX

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

CIFP JUNÍPER SERRA

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

CIFP PAU CASESNOVES

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES ALCÚDIA

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES CALVIÀ

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES FELANITX

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES GUILLEM COLOM CASASNOVES

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES GUILLEM SAGRERA

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES LLORENÇ GARCIAS I FONT

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES LLUCMAJOR

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES MANACOR

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES MARC FERRER

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES QUARTÓ DE PORTMANY

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES SA BLANCA DONA

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES SES ESTACIONS

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES SON PACS

 

ADG21_Técnico en Gestión Administrativa

IES XARC

 

ADG31_Técnico superior en Asistencia a la Dirección

CIFP PAU CASESNOVES

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

ADG31_Técnico superior en Asistencia a la Dirección

IES GUILLEM SAGRERA

 

ADG31_Técnico superior en Asistencia a la Dirección

IES MANACOR

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

ADG31_Técnico superior en Asistencia a la Dirección

IES SES ESTACIONS

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

CIFP JOAN TAIX

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

CIFP JUNÍPER SERRA

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

CIFP PAU CASESNOVES

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES ALCÚDIA

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES CALVIÀ

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES FELANITX

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES LLUCMAJOR

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES MANACOR

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES QUARTÓ DE PORTMANY

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES SA BLANCA DONA

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES SES ESTACIONS

 

ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas

IES SON PACS

 

AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre

IES ALBUHAIRA

 

AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre

IES ALGARB

 

AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre

IES BENDINAT

 

AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre

IES CAP DE LLEVANT

 

AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre

IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB

 

AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre

IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA

 

AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre

IES LLORENÇ GARCIAS I FONT

 

AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre

IES SON RULLAN

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

IES ALBUHAIRA

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

IES ALGARB

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

IES BENDINAT

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

IES CAP DE LLEVANT

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

IES LLORENÇ GARCIAS I FONT

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

IES SON RULLAN

 

AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento Físico

IES ALBUHAIRA

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento Físico

IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB

 

AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento Físico

IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA

 

AGA21_Técnico en Producción Agroecológica

CIFP CAN MARINES

 

AGA22_Técnico en Producción Agropecuaria

IES JOSEP SUREDA I BLANES

 

AGA22_Técnico en Producción Agropecuaria

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

AGA23_Técnico en Jardinería y Floristería

CIFP JOAN TAIX

 

AGA23_Técnico en Jardinería y Floristería

IES FELANITX

 

AGA23_Técnico en Jardinería y Floristería

IES JOSEP SUREDA I BLANES

 

AGA23_Técnico en Jardinería y Floristería

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

AGA25_Técnico en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural

IES JOSEP SUREDA I BLANES

 

AGA31_Técnico superior en Paisajismo y Medio Rural

CIFP CAN MARINES

 

AGA31_Técnico superior en Paisajismo y Medio Rural

CIFP JOAN TAIX

 

AGA32_Técnico superior en Gestión Forestal y del Medio Natural

CIFP JOAN TAIX

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

ARG21_Técnico en Preimpresión Digital

CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL

 

ARG21_Técnico en Preimpresión Digital

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

ARG22_Técnico en Impresión Gráfica

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

ARG32_Técnico superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

COM21_Técnico en Actividades Comerciales

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

COM21_Técnico en Actividades Comerciales

IES BERENGUER D'ANOIA

 

COM21_Técnico en Actividades Comerciales

IES GUILLEM SAGRERA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

COM21_Técnico en Actividades Comerciales

IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA

 

COM21_Técnico en Actividades Comerciales

IES MANACOR

 

COM21_Técnico en Actividades Comerciales

IES SA BLANCA DONA

 

COM31_Técnico superior en Marketing y Publicidad

IES BERENGUER D'ANOIA

 

COM31_Técnico superior en Marketing y Publicidad

IES CALVIÀ

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

COM31_Técnico superior en Marketing y Publicidad

IES MANACOR

 

COM31_Técnico superior en Marketing y Publicidad

IES SA BLANCA DONA

 

COM33_Técnico superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales

IES MANACOR

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

COM34_Técnico superior en Comercio Internacional

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

COM34_Técnico superior en Comercio Internacional

IES BERENGUER D'ANOIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

COM35_Técnico superior en Transporte y Logística

IES BERENGUER D'ANOIA

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

CIFP JOAN TAIX

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

CIFP PAU CASESNOVES

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

IES FELANITX

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

IES ISIDOR MACABICH

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

IES LLUCMAJOR

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

IES MANACOR

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

IES POLITÈCNIC

 

ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

IES SON PACS

 

ELE22_Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones

CIFP PAU CASESNOVES

 

ELE22_Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones

IES ISIDOR MACABICH

 

ELE22_Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones

IES POLITÈCNIC

 

ELE22_Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones

IES SON PACS

 

ELE31_Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

CIFP PAU CASESNOVES

 

ELE31_Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR

 

ELE31_Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

ELE32_Técnico superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos

IES POLITÈCNIC

 

ELE33_Técnico superior en Mantenimiento Electrónico

IES POLITÈCNIC

 

ELE34_Técnico superior en Automatización y Robótica Industrial

IES POLITÈCNIC

 

ENE31_Técnico superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica

IES LLUCMAJOR

 

ENE33_Técnico superior en Energías Renovables

CIFP PAU CASESNOVES

 

EOC21_Técnico en Construcción

IES POLITÈCNIC

 

EOC22_Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación

IES ISIDOR MACABICH

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

EOC22_Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

EOC22_Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación

IES POLITÈCNIC

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

EOC31_Técnico superior en Proyectos de Edificación

IES POLITÈCNIC

 

EOC32_Técnico superior en Proyectos de Obra Civil

IES POLITÈCNIC

 

FME21_Técnico en Mecanización

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

IES ALCÚDIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

IES CALVIÀ

 

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

IES GUILLEM COLOM CASASNOVES

 

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

IES ISIDOR MACABICH

 

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

IES MARC FERRER

 

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

IES PUIG DE SA FONT

 

HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía

IES SA SERRA

 

HOT22_Técnico en Servicios en Restauración

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT22_Técnico en Servicios en Restauración

IES ALCÚDIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT22_Técnico en Servicios en Restauración

IES BALÀFIA

 

HOT22_Técnico en Servicios en Restauración

IES ISIDOR MACABICH

 

HOT22_Técnico en Servicios en Restauración

IES MARC FERRER

 

HOT22_Técnico en Servicios en Restauración

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

HOT22_Técnico en Servicios en Restauración

IES PUIG DE SA FONT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT31_Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT31_Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos

IES ALCÚDIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT31_Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos

IES CALVIÀ

 

HOT32_Técnico superior en Agencias de Viajes y Gestión de Acontecimientos

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT32_Técnico superior en Agencias de Viajes y Gestión de Acontecimientos

IES ISIDOR MACABICH

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

HOT33_Técnico superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT33_Técnico superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas

IES ISIDOR MACABICH

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 2.º curso

HOT34_Técnico superior en Dirección de Cocina

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT34_Técnico superior en Dirección de Cocina

IES CALVIÀ

 

HOT34_Técnico superior en Dirección de Cocina

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

HOT34_Técnico superior en Dirección de Cocina

IES PUIG DE SA FONT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT35_Técnico superior en Dirección de Servicios en Restauración

CIFP JUNÍPER SERRA

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

CIFP PAU CASESNOVES

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES BIEL MARTÍ

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES CAPDEPERA

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES EMILI DARDER

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES JOAN RAMIS I RAMIS

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES MANACOR

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES POLITÈCNIC

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES PORTO CRISTO

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES SA COLOMINA

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES SANTA MARIA D'EIVISSA

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES S'ARENAL

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES SINEU

 

IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes

IES SON FERRER

 

IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

CIFP PAU CASESNOVES

 

IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

IES EMILI DARDER

 

IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

IES MANACOR

 

IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

IES SA COLOMINA

 

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma

CIFP PAU CASESNOVES

 

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma

IES JOAN RAMIS I RAMIS

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma

IES LLUCMAJOR

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma

IES SON FERRER

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web

CIFP PAU CASESNOVES

 

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web

IES JOAN RAMIS I RAMIS

 

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web

IES MANACOR

 

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web

IES SON FERRER

 

IMA21_Técnico en Instalaciones de Producción de Calor

IES ISIDOR MACABICH

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 2.º curso

IMA21_Técnico en Instalaciones de Producción de Calor

IES LLUCMAJOR

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

IMA22_Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización

IES ISIDOR MACABICH

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

IMA22_Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización

IES JOSEP MARIA QUADRADO

 

IMA22_Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización

IES LLUCMAJOR

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 2.º curso

IMA22_Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización

IES POLITÈCNIC

 

IMA23_Técnico en Mantenimiento Electromecánico

IES POLITÈCNIC

 

IMA32_Técnico superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos

IES JOSEP MARIA QUADRADO

 

IMA32_Técnico superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos

IES POLITÈCNIC

 

IMP21_Técnico en Estética y Belleza

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IMP21_Técnico en Estética y Belleza

CIFP JOAN TAIX

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

IMP21_Técnico en Estética y Belleza

IES LLUCMAJOR

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar

CEPA LA BALANGUERA

 

IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar

CIFP JOAN TAIX

 

IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar

IES ALGARB

 

IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar

IES CAP DE LLEVANT

 

IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar

IES PUIG DE SA FONT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IMP31_Técnico superior en Estética Integral y Bienestar

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

IMP32_Técnico superior en Estilismo y Dirección  de Peluquería

IES CAP DE LLEVANT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IMP33_Técnico superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa.

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IMS21_Técnico en Vídeo Disc-Jockey y Sonido

CIFP JUNÍPER SERRA

 

IMS21_Técnico en Vídeo Disc-Jockey y Sonido

IES ISIDOR MACABICH

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IMS32_Técnico superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos

CIFP JUNÍPER SERRA

 

IMS35_Técnico superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de Imagen

CIFP JUNÍPER SERRA

 

INA21_Técnico en Panadería, Repostería y Confitería

IES JOSEP SUREDA I BLANES

 

INA21_Técnico en Panadería, Repostería y Confitería

IES SA SERRA

 

INA22_Técnico en Aceites de Oliva y Vino

IES BINISSALEM

 

INA31_Técnico superior en Vitivinicultura

IES FELANITX

 

MAM21_Técnico en Carpintería y Mueble

IES POLITÈCNIC

 

MAM31_Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento

IES POLITÈCNIC

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP22_Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Barcos y Embarcaciones

CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP24_Técnico en Navegación y Pesca de Litoral

CIFP CAN MARINES

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP32_Técnico superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura

CIFP CAN MARINES

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP32_Técnico superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura

CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP33_Técnico superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Barcos y Embarcaciones

CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

QUIÉN31_Técnico superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

SAN21_Técnico en Emergencias Sanitarias

IES JOSEP MARIA LLOMPART

Solo se hacen pruebas libres de los módulos siguientes: Anatomofisiología y patología básicas, Teleemergencies, FOL y EIE

SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia

CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia

IES ALGARB

 

SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia

IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA

 

SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia

IES MARRATXÍ

 

SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia

IES PORTO CRISTO

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

CEPA CALVIÀ

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

IES ALBUHAIRA

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

IES ALGARB

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

IES CAP DE LLEVANT

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

IES MARRATXÍ

 

SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

IES MOSSÈN ALCOVER

 

SAN31_Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN32_Técnico superior en Dietética

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN32_Técnico superior en Dietética

IES ALBUHAIRA

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

SAN32_Técnico superior en Dietética

IES ALGARB

 

SAN32_Técnico superior en Dietética

IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA

 

SAN34_Técnico Superior en Higiene Bucodental

IES MARRATXÍ

 

SAN34_Técnico superior en Higiene Bucodental

IES MOSSÈN ALCOVER

 

SAN35_Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear

IES JOSEP MARIA LLOMPART

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SAN36_Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN36_Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

IES CAP DE LLEVANT

 

SEA21_Técnico en Emergencias y Protección Civil

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

CEPA CALVIÀ

 

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

CIFP SON LLEBRE

 

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

IES ALGARB

 

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

IES CAP DE LLEVANT

 

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

IES MARC FERRER

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

IES PORTO CRISTO

 

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

IES RAMON LLULL

 

SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia

IES SANTA MARGALIDA

 

SSC31_Técnico superior en Educación Infantil

IES ANTONI MAURA

 

SSC31_Técnico superior en Educación Infantil

IES CAP DE LLEVANT

 

SSC31_Técnico superior en Educación Infantil

IES MOSSÈN ALCOVER

 

SSC31_Técnico superior en Educación Infantil

IES QUARTÓ DE PORTMANY

 

SSC31_Técnico superior en Educación Infantil

IES SANTA MARGALIDA

 

SSC32_Técnico superior en Animación Sociocultural y Turística

IES RAMON LLULL

 

SSC33_Técnico superior en Integración Social

CEPA CALVIÀ

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

SSC33_Técnico superior en Integración Social

CIFP SON LLEBRE

 

SSC33_Técnico superior en Integración Social

IES ALGARB

 

SSC33_Técnico superior en Integración Social

IES CAP DE LLEVANT

Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso

SSC33_Técnico superior en Integración Social

IES MOSSÈN ALCOVER

 

SSC33_Técnico superior en Integración Social

IES RAMON LLULL

 

SSC33_Técnico superior en Integración Social

IES SANTA MARGALIDA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SSC34_Técnico superior en Mediación Comunicativa

CIFP SON LLEBRE

 

SSC35_Técnico superior en Promoción de la Igualdad de Género

CIFP SON LLEBRE

 

TMV21_Técnico en Carrocería

CIFP JUNÍPER SERRA

 

TMV21_Técnico en Carrocería

IES MANACOR

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles

CIFP JUNÍPER SERRA

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles

CIFP PAU CASESNOVES

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles

IES ISIDOR MACABICH

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles

IES MANACOR

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles

IES SON PACS

 

TMV26_Técnico en Mantenimiento de Embarcaciones de Recreo

CIFP CENTRE DE LA MAR

 

TMV26_Técnico en Mantenimiento de Embarcaciones de Recreo

CIFP L'EMBAT

 

TMV31_Técnico superior en Automoción

CIFP JUNÍPER SERRA

 

TMV31_Técnico superior en Automoción

CIFP PAU CASESNOVES

 

TMV31_Técnico superior en Automoción

IES MANACOR

 

TMV32_Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico de Aviones con Motor de Turbina

IES SON PACS

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

 

ANEXO 3 Módulos de los ciclos de grado superior LOE que se imparten en inglés el curso 2022-2023

Título

Módulo de primer curso

Módulo de segundo curso

ADG31. Técnico superior en Asistencia a la Dirección

0649. Ofimática y Proceso de la Información

0663. Gestión Avanzada de la Información

ADG32. Técnico superior en Administración y Finanzas

0649. Ofimática y Proceso de la Información

0656. Simulación Empresarial

AFD31. Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

1138. Juegos y Actividades Fisicorecreativas y de Animación Turística

1123. Actividades de Ocio y Tiempo Libre

AFD32. Técnico superior en Acondicionamiento Físico

1149. Actividades Básicas de Acondicionamiento Físico con Apoyo Musical

1150. Actividades Especializadas de Acondicionamiento Físico con Apoyo Musical

AGA31. Técnico superior en Paisajismo y Medio Rural

0694. Maquinaria e Instalaciones Forestales

0698. Conservación de Jardines y Zonas Deportivas

AGA32 Técnico superior en Gestión Forestal y del Medio Natural

0694. Maquinaria e Instalaciones Forestales

0790. Técnicas de Educación Ambiental

ARG32. Técnico superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia

1417. Materiales de Producción Gráfica

1481. Gestión de la Producción en Procesos de Edición

COM31. Técnico superior en Marketing y Publicidad

0931. Marketing Digital

1008. Medios y Apoyos de Comunicación

COM34. Técnico superior en Comercio Internacional

0627. Gestión Administrativa del Comercio Internacional

0826. Medios de Pago Internacional

COM35. Técnico superior en Transporte y Logística

0627. Gestión Administrativa del Comercio Internacional

0624. Comercialización del Transporte y la Logística

ELE31. Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

0523. Configuración de Instalaciones Domóticas y Automáticas

0521. Técnicas y Procesos en Instalaciones Domóticas y Automáticas

ELE32. Técnico superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos

0525. Configuración de Infraestructuras de Sistemas de Telecomunicaciones

0555. Redes Telemáticas

ELE33. Técnico superior en Mantenimiento Electrónico

1052. Equipos Microprogramables

1057. Mantenimiento de Equipos de Vídeo

ELE34. Técnico superior en Automatización y Robótica Industrial

0960. Sistemas Secuenciales Programables

0965. Sistemas Programables Avanzados

ENE31. Técnico superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica

0354. Promoción del Uso Eficiente de la Energía y del Agua

0352. Configuración de Instalaciones Solares Térmicas

ENE 33. Técnico superior en Energías Renovables

0670. Telecontrol y Automatismos

0683. Gestión del Montaje de Parques Eólicos

EOC31. Técnico superior en Proyectos de Edificación

0567. Diseño y Construcción de Edificios

0570. Desarrollo de Proyectos de Edificación Residencial

EOC32. Técnico superior en Proyectos de Obra Civil

0769. Urbanismo y Obra Civil

0772. Desarrollo de Proyectos Urbanísticos

HOT31. Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos

0176. Recepción y Reservas

0178. Comercialización de Eventos

HOT32. Técnico superior en Agencias de Viajes y Gestión de Acontecimientos

0383. Destinos Turísticos

0398. Venta de Servicios Turísticos

HOT33. Técnico superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas

0383. Destinos Turísticos

0385. Servicios de Información Turística

HOT34. Técnico superior en Dirección de Cocina

0499. Procesos de Elaboración Culinaria

0498. Elaboración de Pastelería y Repostería

HOT35. Técnico superior en Dirección de Servicios de Restauración

0510. Procesos de Servicios en Restaurante

0512. Planificación y Dirección de Servicios y Eventos en Restauración

IFC31. Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

0372. Gestión de Bases de Datos

0376. Implantación de Aplicaciones Web

IFC32. Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma

0484. Bases de Datos

0488. Desarrollo de Interfaces

IFC33. Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web

0484. Bases de Datos

0615. Diseño de Interfaces Web

IMA32. Técnico superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos

0121. Equipos e Instalaciones Térmicas

0133. Gestión del Montaje, de la Calidad y del Mantenimiento

IMP31. Técnico superior en Estética Integral y Bienestar

0747. Masaje Estético

0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión

IMP32. Técnico superior en Estilismo y Dirección de Peluquería

1065. Recursos Técnicos y Cosméticos

1071. Dirección y Comercialización

IMP33. Técnico superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa

1182. Diseño de Imagen Integral

1071. Dirección y Comercialización

IMS32. Técnico superior en Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos

0910. Medios Técnicos Audiovisuales y Escénicos

0903. Procesos de Realización en Cine y Vídeo

IMS35. Técnico superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen

1158. Planificación de Cámara en Audiovisuales

1164. Toma Fotográfica

INA31. Técnico superior en Vitivinicultura

0077. Viticultura

0084. Comercialización y Logística en la Industria Alimentaria

MAM31. Técnico superior en Diseño y Amueblamiento

0986. Desarrollo de Producto en Carpintería y Mueble

0989. Diseño de Carpintería y Mueble

QUIÉN31. Técnico superior en Laboratorio de Análisis y Control de Calidad

0070. Ensayos Microbiológicos

0071. Ensayos Biotecnológicos

SAN31. Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico

1369. Biología Molecular y Citogenética

1382. Citología General

SAN33. Técnico Superior en Documentación y Administración Sanitarias

1519. Sistemas de Información y Clasificación Sanitarios

1523. Gestión Administrativa Sanitaria

SAN34. Técnico Superior en Higiene Bucodental

0731. Estudio de la Cavidad Oral

0735. Educación para la Salud Oral

SAN36. Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

1369. Biología Molecular y Citogenética

1372. Técnicas de Immunodiagnóstico

SSC31. Técnico superior en Educación Infantil

0012. Autonomía Personal y Salud Infantil

0013. El Juego Infantil y su Metodología

SSC32. Técnico superior en Animación Sociocultural y Turística

1125. Animación y Gestión Cultural

1126. Animación Turística

SSC33. Técnico superior en Integración Social

0342. Promoción de la Autonomía Personal

0017. Habilidades Sociales

SSC34. Técnico superior en Mediación Comunicativa

0017. Habilidades Sociales

1121. Empresa e Iniciativa Emprendedora

SSC35. Técnico superior en Promoción de la Igualdad de Género

0344. Metodología de la Intervención Social

1401. Información y Comunicación con Perspectiva de Género

TMV31. Técnico superior en Automoción

0291. Sistemas Eléctricos y de Seguridad y Confortabilidad

0297. Gestión y Logística del Mantenimiento del Vehículo

 

ANEXO 4 Calendario de las pruebas libres correspondiente a la convocatoria de 2023

Fecha

Actuación

Apartado anexo 1

Del 2 al 10 de marzo

Inscripción para hacer las pruebas.

8

Antes de la publicación de la relación provisional

Creación de las comisiones evaluadoras.

12

21 de marzo

Publicación de las relaciones provisionales de inscritos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.

12

22, 23 y 24 de marzo

Plazo de reclamaciones contra las relaciones provisionales de inscritos.

13

31 de marzo

Publicación de las listas definitivas de inscritos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.

14

Antes del 18 de abril

Publicación del calendario, los criterios de evaluación y la relación de material necesario para hacer las pruebas en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.

17.3

17.5

El mismo día que se publica en el centro

Remisión a la DGFPIEAS, por vía electrónica, del calendario de las pruebas.

17.6

Antes del 28 de abril

Asignación del proyecto que hay que realizar para la evaluación del módulo de Proyecto de los alumnos que tienen superado el módulo de FCT.

31.3.b

Del 2 al 31 de mayo

Periodo para la realización de las pruebas libres según el calendario del centro.

17.1

Cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba

Publicación, en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro, de los resultados provisionales de cada prueba y convocatoria para hacer la revisión.

21

Tres días hábiles posteriores a la publicación de los resultados provisionales

Plazo de reclamaciones ante la comisión evaluadora.

22

El día siguiente de la resolución de las reclamaciones

Publicación de la lista definitiva de las calificaciones de la prueba en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.

22.4

Un mes desde el día siguiente de la publicación de la lista definitiva de calificaciones

Plazo para que quien no esté de acuerdo con el resultado de la revisión que resuelva la comisión evaluadora pueda presentar un recurso de alzada.

28

A partir de la publicación de la lista definitiva

Entrega de los certificados y de las acreditaciones.

26

Antes del 16 de junio

Finalización del proceso de evaluación.

27

 

ANEXO 5 Relación de ciclos LOGSE en proceso de sustitución por los nuevos ciclos LOE

Solo se pueden inscribir a ciclos LOGSE los alumnos que ya tengan algún módulo de estos ciclos superado. Afecta al ciclo siguiente:

  • Técnico en Conducción de Actividades Fisicodeportivas en el Medio Natural (AFD21-LOGSE), sustituido el curso 2021-2022

 Los centros que deben hacer las pruebas de este ciclo son:

  • IES Algarb
  • IES Llorenç Garcias i Font
  • IES Bendinat
  • IES Albuhaira
  • IES CTEIB
  • IES Son Rullan
  • IES Guillem Cifre de Colonya
  • IES Cap de Llevant