Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 105147
Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 7 de febrero de 2023 por la que se convocan las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo y se concretan aspectos sobre su organización
Hechos
1. El artículo 69 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOMLOE), establece que las administraciones educativas deben convocar periódicamente pruebas para obtener directamente los títulos de formación profesional.
2. El artículo 36 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, fija una periodicidad máxima de un año para convocar pruebas para la obtención de los títulos de técnico y técnico superior.
3. El artículo 25.5 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, indica que la Consejería de Educación y Formación Profesional debe convocar periódicamente pruebas libres para la obtención de títulos de técnico y de técnico superior siguiendo los criterios que se determinen.
4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la que se regulan las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo de 2008) regula las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo. La disposición final primera de la Orden mencionada autoriza el órgano competente en materia de formación profesional del sistema educativo para que dicte las instrucciones necesarias para el despliegue y la aplicación de esta Orden.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
2. El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE núm. 182, de 30 de julio de 2011).
3. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo de 2022).
4. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 177, de 29 de noviembre de 2012).
5. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 13 de julio de 2009 por la que se regula la organización y el funcionamiento de los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo que se imparten de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en las Illes Balears en la modalidad de enseñanza presencial (BOIB núm. 108, de 25 de julio de 2009).
6. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la que se regulan las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo de 2008).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Convocar las pruebas para obtener los títulos de técnico y técnico superior de formación profesional dentro del sistema educativo, en conformidad con las instrucciones que figuran en el anexo 1.
2. Aprobar las instrucciones que concretan determinados aspectos de la organización de las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo en la convocatoria del año 2023 e incluirlas como anexo 1 de esta Resolución.
3. Aprobar los módulos profesionales ofrecidos en esta convocatoria, los cuales se recogen en el anexo 2.
4. Aprobar la lista de módulos de los ciclos formativos de grado superior que, en caso de ser ofrecidos en la convocatoria, se deben realizar en lengua inglesa, los cuales se recogen en el anexo 3.
5. Aprobar el calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas para la presente convocatoria, que figura en el anexo 4.
6. Aprobar la lista de centros, recogida en el anexo 5 de esta Resolución, que deben convocar pruebas para obtener los títulos de técnico y técnico superior de formación profesional dentro del sistema educativo de los ciclos amparados en la LOGSE en proceso de sustitución por los nuevos ciclos adaptados a la LOE, con las condiciones y plazos establecidos en el anexo 1.
7. Ordenar a todos los centros educativos incluidos en la oferta de esta convocatoria que publiquen un anuncio en su página web antes del inicio del plazo de inscripción.
8. Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de Formación Profesional (http://fp.caib.es) y ordenar que empiece a producir efectos el día siguiente de haberse publicado.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 7 de febrero de 2023
El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores Antonio Baos Relucio
ANEXO 1 Instrucciones
Primero Objeto y ámbito de aplicación
Estas instrucciones concretan los aspectos necesarios para desarrollar las pruebas libres que se van a llevar a cabo en los centros públicos de las Illes Balears en esta convocatoria, en conformidad con la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la que se regulan las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo).
Segundo Características de las pruebas
Las características de las pruebas se establecen en el artículo 3 de la Orden de 6 de marzo de 2008.
Tercero Centros que deben hacer las pruebas
1. Todos los centros educativos públicos de las Illes Balears autorizados para impartir ciclos formativos deben llevar a cabo las pruebas libres de los módulos que forman parte del currículum de todos los ciclos formativos que se cursan de forma presencial en el centro, con las limitaciones a la oferta establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.
2. En el caso de los ciclos formativos que se imparten con una organización temporal especial, solo se deben llevar a cabo las pruebas libres de los módulos que se imparten de forma presencial en el centro durante el curso 2022-2023.
3. Los centros tienen la obligación de aceptar todas las solicitudes de inscripción a las pruebas libres que reciban y de llevar a cabo las pruebas de los módulos que se impartan de forma presencial en el centro, con las limitaciones establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.
4. Los alumnos que en cursos anteriores hayan superado algún módulo de un ciclo que ha dejado de ofrecerse en su centro pueden solicitar la inscripción por libre al resto de módulos durante los dos cursos posteriores a aquel en que se haya dejado de ofrecer el módulo que solicita. El centro educativo debe aceptar las solicitudes recibidas siempre y cuando disponga de personal con atribuciones docentes en los módulos solicitados, disponga de las instalaciones específicas necesarias para realizar las pruebas y no se ofrezca el ciclo en otro centro de la misma isla.
Cuarto Requisitos para la inscripción
1. Los requisitos para participar en las pruebas para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo son los que se establecen en el artículo 6 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 y en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
2. El artículo 7 de la Orden mencionada recoge las incompatibilidades que no permiten inscribirse en determinados módulos de las pruebas libres.
3. El artículo 36.4 del Real Decreto 1147/2011 establece que un alumno no puede estar matriculado el mismo año académico en un mismo módulo profesional en diferentes comunidades autónomas.
4. Los alumnos que cumplen los requisitos de acceso y no pueden conciliar la vida laboral y familiar con la oferta formativa presencial ni a distancia, o bien presentan otras circunstancias, se pueden presentar a alguno de los módulos profesionales de los ciclos formativos, con las limitaciones siguientes:
5. La inscripción está sujeta al pago de las tasas que se establecen en los artículos 103 duovicies a 103 sexvicies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Para el año 2023, se han establecido las cuantías siguientes:
6. Quedan exentos del pago de la tasa:
7. Tienen derecho a una exención del 50 % de la tasa los miembros de familias monoparentales de categoría general, siempre y cuando la pidan al centro prestamista del servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.
8. El importe de la tasa se debe devolver, previa solicitud, en el supuesto de que la persona solicitante no sea admitida en las pruebas convocadas.
Quinto Inscripción en los módulos impartidos en lengua inglesa de los ciclos de grado superior amparados por la LOE
Las personas que se inscriban para hacer las pruebas libres de los ciclos de grado superior cuyas enseñanzas estén amparadas por la LOE se evaluarán en lengua inglesa de los módulos del ciclo que figuran en el anexo 3 de esta Resolución.
Sexto Centros donde se puede hacer la inscripción a las pruebas libres
1. Las personas interesadas en hacer las pruebas libres se deben inscribir en un centro educativo público de las Illes Balears autorizado para impartir el ciclo al que pertenecen los módulos de los que se quieren examinar. Si hay más de un centro autorizado, deben elegir el centro donde les interese presentarse, con las limitaciones establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.
2. Cuando una persona esté interesada en presentarse a una prueba que se hace en un centro situado en una isla diferente de aquella donde vive, puede presentar la solicitud y la documentación que se tenga que adjuntar en el centro educativo público más cercano autorizado para hacer pruebas libres de algún ciclo formativo. Este centro debe compulsar las copias de los documentos que se adjunten a la solicitud y debe enviar una copia de la solicitud y de la documentación al centro donde se pide hacer las pruebas, y comprobar su correcta recepción. Una vez acabado el plazo de admisión de solicitudes para hacer las pruebas, se deben enviar al centro donde se hacen las pruebas los originales de las solicitudes y la documentación que se adjunte.
3. Como norma general, las personas que se presenten a la prueba libre de un módulo de un ciclo en un centro se deben inscribir en este mismo centro para examinarse del resto de módulos de este ciclo en las convocatorias sucesivas. Si por alguna circunstancia deben cambiar de centro, deben comunicar al nuevo centro el nombre del centro en el que hicieron el resto de pruebas libres.
Séptimo Formalización de la solicitud de inscripción
1. La solicitud se debe formalizar por duplicado mediante el impreso oficial. Todos los centros educativos públicos de las Illes Balears que imparten enseñanzas de formación profesional del sistema educativo deben facilitar este impreso, que también se puede encontrar en la página web de Formación Profesional (http://fp.caib.es).
2. A la solicitud mencionada se deben adjuntar los documentos que correspondan de entre todos los que figuran en el punto noveno de estas instrucciones.
3. Los solicitantes que, por sus características físicas o sensoriales, necesiten una adaptación de las condiciones en que se deben hacer las pruebas lo deben hacer constar en la solicitud.
4. En la solicitud debe constar si la persona ya ha superado algún módulo del ciclo en el que se inscribe y el último centro donde ha hecho los estudios y/o las pruebas libres correspondientes.
Octavo Plazo de inscripción a las pruebas
La inscripción a las pruebas libres se debe formalizar del 2 al 10 de marzo de 2023, ambos incluidos.
Noveno Documentación para acreditar los requisitos de inscripción a las pruebas
1. Para acreditar el pago de la tasa correspondiente, se debe presentar el documento de ingreso 046 a nombre del solicitante. Si el pago se ha hecho electrónicamente, es suficiente presentar una copia simple. Si el pago se ha hecho de manera presencial, se debe presentar el original sellado por el banco para cotejar. El código del concepto para esta tasa es P40.
2. Para acreditar la exención total o parcial del pago de esta tasa, se debe presentar alguno de los documentos que se indican a continuación, según corresponda:
a) Las personas en situación legal de desempleo deben presentar el informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo, emitido por un servicio público de empleo. La fecha de este documento no puede ser anterior en más de treinta días naturales al inicio del plazo de inscripción.
b) Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % deben presentar el certificado que acredita el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales. En el supuesto de que el solicitante sea un familiar de hasta segundo grado de una persona con discapacidad, también debe aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
c) Las personas con grado II y III de dependencia reconocido deben presentar el certificado o la resolución que acredita el grado de dependencia, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales. En el supuesto de que el solicitante sea un familiar de una persona dependiente, también debe aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
d) Los miembros de familias en riesgo social con menores de edad que han sido objeto de declaración de riesgo por parte de la administración competente en materia de protección de menores deben presentar la resolución o certificado de declaración de riesgo emitida por el órgano. También deben aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga.
e) Los miembros de familias con menores de edad devueltos tras la aplicación de medidas administrativas de protección deben aportar la resolución o certificación oficial del órgano competente. También deben aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga.
f) Los miembros de familias con menores de edad devueltos tras la aplicación de medidas de justicia juvenil deben presentar la resolución o certificado del Servicio de Justicia Juvenil de la Dirección General de Infancia Juventud y Familias del Gobierno de las Illes Balears o del organismo autonómico competente, el cual debe ser vigente en la fecha de presentación. También deben aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga.
g) Las personas que acrediten ser miembros de una familia numerosa deben presentar el título o certificado expedido al efecto por el órgano competente, de acuerdo con lo que prevé la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.
h) Los miembros de unidades familiares que perciban la renta mínima de inserción deben presentar el certificado de ingresos de renta mínima de inserción con fecha posterior al 1 de enero de 2023.
i) Los miembros de unidades familiares que perciban la renta social garantizada deben presentar el certificado de ingresos de renta social garantizada con fecha posterior al 1 de enero de 2023.
j) Los beneficiarios del ingreso mínimo vital deben presentar la resolución o un certificado de concesión de la entidad gestora de la ayuda con fecha posterior al 1 de enero de 2023. Si el solicitante es familiar del beneficiario, también debe presentar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
k) Los solicitantes que perciban el subsidio de desempleo deben presentar el certificado que acredite esta situación emitido por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), cuya fecha de emisión no puede ser anterior en más de treinta días naturales al inicio del plazo de inscripción. Si el solicitante es familiar del beneficiario, también debe aportar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
l) Las personas sujetas a medidas privativas de libertad y los jóvenes tutelados y extutelados en vías de emancipación deben presentar la resolución judicial que determine esta situación.
m) Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas deben presentar alguno de los documentos siguientes:
n) Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género deben presentar alguno de los documentos siguientes:
En el caso de ser hijo dependiente, también se debe presentar el libro de familia o, alternativamente, un certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
o) Los miembros de familias monoparentales deben aportar el título o carné individual de familia monoparental emitido por el consejo insular correspondiente o bien por la administración competente en su lugar de residencia. Se reconocerán los títulos de familias monoparentales expedidos por otras comunidades autónomas siempre y cuando exista reciprocidad, hasta que dejen de estar vigentes.
p) Los jóvenes en situación de acogida deben presentar la resolución judicial o administrativa de la acogida, o, si no la hay, un certificado emitido por la entidad correspondiente (Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales —IMAS—, Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social del Consell Insular de Menorca, Servicio de Protección de Menores del Consell Insular d'Eivissa o Consell Insular de Formentera).
3. Para acreditar el requisito de edad se debe aportar original y copia del documento oficial de identificación de que se disponga (DNI, pasaporte, etc.).
4. Para acreditar el requisito de acceso al ciclo formativo, se debe presentar original y copia de alguno de estos documentos:
5. Si los requisitos de acceso no se pueden acreditar documentalmente durante el periodo de inscripción, se debe acreditar que se pueden tener en el momento de hacer las pruebas y se deben entregar al presidente de la comisión evaluadora al inicio de la primera prueba. En caso de no presentarlos, se pierde el derecho a hacer la prueba.
6. Las personas que, dadas sus características físicas o sensoriales, piden la adaptación de las condiciones en que se deben hacer las pruebas deben presentar el certificado que acredite el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.
Décimo Solicitud de convalidaciones o de exenciones de módulos
No se pueden solicitar convalidaciones o exenciones a las pruebas para la obtención directa de un título (pruebas libres), dado que la normativa establece que solo pueden solicitar la convalidación o exención de módulos profesionales quienes cursan enseñanzas de formación profesional en un centro docente autorizado (artículo 40.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional de sistema educativo, y artículo 4 del Real Decreto 1085/2020).
Undécimo Actuación con la documentación necesaria para inscribirse a la prueba
1. El secretario del centro donde se hacen las inscripciones para hacer la prueba debe sellar uno de los ejemplares de la solicitud y lo debe devolver a la persona interesada. Además, se debe quedar con el otro ejemplar y con una copia compulsada de toda la documentación que se presenta.
2. Esta documentación se debe incorporar al expediente del alumno y se debe custodiar mientras el centro exista.
Duodécimo Relación provisional de inscritos
El 21 de marzo de 2023 los centros deben publicar en el tablón de anuncios y en su página web la relación provisional de personas inscritas a cada ciclo con la indicación del nombre de los módulos a los que están inscritas para examinarse y el nombre del ciclo al que pertenecen.
Decimotercero Plazo de reclamaciones
Los días 22, 23 y 24 de marzo de 2023 se pueden presentar, mediante una solicitud dirigida a la dirección del centro, las reclamaciones contra la relación provisional de personas inscritas.
Decimocuarto Relación definitiva de inscritos
El día 31 de marzo de 2023 el centro debe publicar en el tablón de anuncios y en su página web las relaciones definitivas de personas inscritas a cada ciclo, con la indicación de los módulos a los que están admitidas.
Decimoquinto Orientación para las personas inscritas
La orientación para las personas inscritas en las pruebas libres está regulada en el artículo 12 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.
Decimosexto Registro de los datos de los inscritos
Las personas que figuran en la relación definitiva de personas inscritas y que cumplen las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo al que pertenecen los módulos de los que se quieren examinar quedan matriculadas, en régimen de enseñanza libre, del ciclo formativo mencionado.
Decimoséptimo Calendario de las pruebas
1. Las pruebas libres que se convocan mediante esta Resolución se llevarán a cabo dentro del periodo comprendido entre el día 2 de mayo y el día 31 de mayo de 2023, ambos incluidos.
2. Cada comisión evaluadora debe elaborar el calendario de las pruebas de un ciclo de forma conjunta con el jefe de estudios del centro, teniendo en cuenta el periodo establecido en el punto anterior.
3. En este calendario se deben hacer constar el día, la hora, el lugar y el tiempo máximo para hacer la prueba correspondiente a cada módulo profesional, así como el material necesario para poder hacerla y la fecha de publicación de los resultados de cada prueba. También se debe indicar si la prueba de cada módulo tiene más de una parte y si alguna de estas partes es eliminatoria.
4. El calendario debe indicar que la publicación de los resultados provisionales de cada prueba abre un plazo de tres días para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones.
5. El calendario y los criterios de evaluación se deben publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro el 18 de abril de 2023 como tarde.
6. Cada centro educativo debe enviar una copia del calendario mencionado al Servicio de Planificación y Participación de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores el mismo día en que se publica en el centro como tarde.
7. Cuando, por circunstancias justificadas, no sea posible hacer la prueba de un módulo determinado el día y la hora previstos, la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores puede autorizar que se haga la prueba en otra fecha. La nueva fecha se debe publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro y se debe comunicar a los alumnos afectados.
Decimoctavo Elaboración de las pruebas
1. Cada una de las comisiones evaluadoras que se constituyen en cada centro de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 16 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 debe elaborar una prueba para cada uno de los módulos profesionales del ciclo correspondiente en los que haya candidatos inscritos.
2. La comisión evaluadora debe facilitar los enunciados de los exámenes en la lengua oficial de la Comunidad Autónoma indicada por el inscrito en su solicitud, salvo los módulos que se deben realizar en lengua extranjera.
Decimonoveno Contenidos y criterios de valoración de las pruebas
1. Los aspirantes deben superar una prueba para cada uno de los módulos profesionales a los que se han matriculado.
2. El módulo profesional de Proyecto se debe evaluar de acuerdo con lo dispuesto en el punto trigésimo primero de estas instrucciones.
3. Los contenidos de las pruebas se deben fundamentar en el currículum vigente del ciclo formativo y en las competencias profesionales recogidas en los títulos.
4. Las pruebas deben ser presenciales y deben incluir contenidos teóricos y prácticos que permitan evidenciar, a través de los criterios de evaluación y realización correspondientes, que el aspirante ha logrado las diferentes capacidades, resultados del aprendizaje o competencias profesionales correspondientes al módulo.
5. La comisión evaluadora puede estructurar la prueba de cada módulo profesional en partes independientes y establecer, si es el caso, el carácter eliminatorio de cada una de estas partes. Se debe informar a los candidatos de esta circunstancia, de acuerdo con lo que se establece en el punto decimoséptimo de estas instrucciones.
6. Los criterios de calificación se deben especificaren el enunciado de la prueba.
Vigésimo Calificación de las pruebas y custodia de materiales de evaluación
1. Las pruebas se deben evaluar en conformidad con la normativa vigente en materia de evaluación de los ciclos formativos.
2. El centro debe custodiar los exámenes y otros materiales de evaluación realizados por los aspirantes durante un periodo de cuatro meses a contar desde el día en que se cierra el procedimiento establecido en el punto vigésimo séptimo de este anexo. En el supuesto de que el inscrito presente recurso, esta documentación se debe custodiar hasta que se cierren los procedimientos abiertos.
Vigésimo primero Publicación de los resultados provisionales de las pruebas
1. Los resultados provisionales de cada prueba se deben publicar durante los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba en el tablón de anuncios y en la página web del centro.
2. Los inscritos tienen derecho a acceder a sus pruebas y a recibir una explicación razonada de la calificación. Al mismo tiempo y por los mismos medios que se publiquen los resultados provisionales se debe indicar el día y hora, dentro del plazo establecido para la presentación de reclamaciones, en que se convoca las personas inscritas que deseen revisar su prueba.
3. El procedimiento y los plazos de publicación de los resultados provisionales, las reclamaciones y los resultados definitivos de las pruebas se regulan en los artículos 19, 20 y 21 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.
Vigésimo segundo Procedimiento para la revisión de los resultados
1. Se dispone de un plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de los resultados provisionales para presentar reclamaciones ante la comisión evaluadora, dirigidas al presidente.
2. La comisión evaluadora debe resolver las reclamaciones correspondientes al ciclo formativo y debe levantar acta antes de la publicación de los resultados definitivos.
3. En caso de desestimar la solicitud totalmente o parcialmente, la comisión evaluadora debe hacer constar en el acta de la sesión para la resolución de las reclamaciones la motivación razonada de la desestimación, la cual debe hacer referencia a:
4. Los resultados definitivos se deben publicar en el tablero de anuncios y en la página web del centro el día siguiente de la sesión de resolución de las reclamaciones. La publicación de los resultados definitivos es el medio de notificación a los interesantes del resultado de la revisión de su solicitud.
5. En el plazo máximo de cinco días desde la publicación de los resultados definitivos, el centro educativo debe comunicar al interesado el contenido de la resolución de su reclamación. Esta comunicación se debe enviar a la dirección de correo electrónico que el interesado haya facilitado en la inscripción. En el caso de las solicitudes desestimadas, esta comunicación debe incluir la motivación razonada de la resolución de la reclamación del interesado y debe indicar explícitamente la posibilidad de presentar un recurso de alzada ante el director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los resultados definitivos.
Vigésimo tercero Acta de evaluación de las pruebas
1. Cada comisión evaluadora debe extender las actas de evaluación en que figuren los resultados obtenidos en cada uno de los módulos del ciclo.
2. El modelo de acta que se debe usar para documentar los resultados obtenidos por los aspirantes con las condiciones de acceso al ciclo formativo es el mismo que se usa para los ciclos que se cursan presencialmente, pero se debe hacer constar que se trata de un acta de pruebas libres. En este acta también se deben hacer constar las propuestas que afectan a las personas que figuran en ella (acceso a FCT, obtención del título, etc.).
3. Todas las actas deben estar firmadas por cada uno de los miembros de la comisión evaluadora.
Vigésimo cuarto Registro de las calificaciones obtenidas en las pruebas
Las calificaciones de los módulos superados mediante pruebas libres obtenidas por personas que cumplen las condiciones académicas o tienen las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo se deben reflejar en el expediente académico y en el resto de documentos del proceso de evaluación de las personas interesadas.
Vigésimo quinto Registro de las calificaciones obtenidas en pruebas libres de convocatorias anteriores por las personas que no tenían en aquel momento las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo
1. Las calificaciones obtenidas en convocatorias anteriores de pruebas libres por personas que no reunían en el momento en que las hicieron las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder a un ciclo formativo se deben reflejar en los documentos del proceso de evaluación en el momento que acrediten que han conseguido los requisitos de acceso.
2. Los datos de estas personas y las calificaciones que han obtenido en convocatorias anteriores de pruebas libres se deben añadir al acta de evaluación que se debe usar para documentar los resultados obtenidos por las personas con las condiciones de acceso al ciclo formativo en esta convocatoria.
3. Se debe abrir un expediente académico para cada una de estas personas, en el que debe figurar la documentación que se indica en el punto noveno de estas instrucciones y toda la que acredita que han superado módulos en convocatorias anteriores, cuando todavía no cumplían los requisitos de acceso al ciclo.
Vigésimo sexto Expedición de certificados, acreditaciones y títulos
Los centros deben entregar los certificados a las personas que han superado módulos de ciclos formativos mediante una prueba libre, de acuerdo con lo que se especifica sobre registro de datos en los artículos 23, 24 y 25 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.
Vigésimo séptimo Fecha de fin del proceso
El proceso de evaluación de los módulos profesionales debe acabar antes del 16 de junio de 2023.
Vigésimo octavo Recurso de alzada
1. Las personas inscritas que no estén de acuerdo con la resolución de la revisión de los resultados de la comisión evaluadora pueden interponer un recurso de alzada ante el director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los resultados definitivos.
2. El recurso de alzada se debe presentar en el registro de entrada del Gobierno de las Illes Balears por cualquiera de los medios indicados en la normativa del proceso administrativo común.
3. En un plazo no superior a tres días hábiles, la dirección del centro debe enviar a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores la documentación que esta le solicite para resolver el expediente.
4. El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, con el informe preceptivo previo del Departamento de Inspección Educativa, debe resolver el recurso y debe informar al centro sobre su contenido.
5. La Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores debe notificar la resolución del recurso al interesado.
6. Si, una vez acabado el proceso de revisión, se debe modificar alguna calificación final, el secretario del centro debe insertar la diligencia correspondiente en las actas y, si procede, en el expediente académico y al historial académico del alumno. Esta diligencia será visada por el director del centro.
Vigésimo noveno Calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas libres
El calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas de esta convocatoria se encuentra en el anexo 4 de esta Resolución.
Trigésimo Realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo
1. Las condiciones para poder cursar el módulo de Formación en Centros de Trabajo se recogen en la disposición adicional primera de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.
2. La matrícula para cursar el módulo de Formación en Centros de Trabajo se debe formalizar en el régimen presencial.
Trigésimo primero Realización del módulo profesional de Proyecto de los ciclos formativos de grado superior
1. Los alumnos que tengan que cursar el módulo profesional de Proyecto y no tengan aprobado o no estén exentos de hacer el módulo de Formación en Centros de Trabajo lo deben cursar en la modalidad presencial.
2. Los alumnos que tengan que cursar el módulo profesional de Proyecto y tengan superado el módulo de Formación en Centros de Trabajo en el momento de la inscripción pueden matricularse en el periodo establecido para inscribirse a las pruebas libres mencionado en el punto octavo de estas instrucciones.
3. El procedimiento para evaluar este módulo en la modalidad libre es el siguiente:
4. Los profesores que deben evaluar la prueba libre de este módulo son los mismos que tienen la competencia para evaluar a los alumnos matriculados en la modalidad presencial.
Trigésimo segundo Inscripción en un ciclo que corresponde a un título establecido por la LOGSE que el curso 2021-2022 se sustituyó por un título nuevo establecido por la LOE
1. Los aspirantes que tengan algún módulo superado de un ciclo que corresponda a un título cuyas enseñanzas estén reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (LOGSE), y que en el curso 2021-2022 se hubiera empezado a sustituir por un título nuevo cuyas enseñanzas deriven de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), se pueden inscribir para hacer los módulos que le quedan del ciclo. Estos ciclos figuran en el anexo 5 de esta Resolución.
2. Estas personas se pueden inscribir para hacer las pruebas libres de estos ciclos durante los años 2022 y 2023 de la manera siguiente: en 2022 y 2023 se pueden examinar de cualquier módulo del ciclo, excepto del módulo de Formación en Centros de Trabajo, que se debe hacer en la modalidad presencial una vez superados todos los otros módulos del ciclo.
3. Los centros que deben hacer las pruebas libres de estos ciclos se especifican en el anexo 5 de esta Resolución.
Trigésimo tercero Publicación de los enunciados de las pruebas
Con objeto de facilitar el derecho al acceso a la información pública desarrollado por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, una vez acabado el proceso establecido en esta convocatoria, los centros publicarán los enunciados de las pruebas aplicadas en su página web, donde deberán permanecer accesibles durante un periodo no inferior a un año desde su publicación.
ANEXO 2 Oferta de ciclos que hacen pruebas libres en 2023 y limitaciones a la oferta de pruebas libres
Ciclo |
Centro |
Limitaciones |
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
CIFP JOAN TAIX |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES ALCÚDIA |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES CALVIÀ |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES FELANITX |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES GUILLEM COLOM CASASNOVES |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES GUILLEM SAGRERA |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES LLORENÇ GARCIAS I FONT |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES LLUCMAJOR |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES MANACOR |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES MARC FERRER |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES QUARTÓ DE PORTMANY |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES SA BLANCA DONA |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES SES ESTACIONS |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES SON PACS |
|
ADG21_Técnico en Gestión Administrativa |
IES XARC |
|
ADG31_Técnico superior en Asistencia a la Dirección |
CIFP PAU CASESNOVES |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
ADG31_Técnico superior en Asistencia a la Dirección |
IES GUILLEM SAGRERA |
|
ADG31_Técnico superior en Asistencia a la Dirección |
IES MANACOR |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
ADG31_Técnico superior en Asistencia a la Dirección |
IES SES ESTACIONS |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
CIFP JOAN TAIX |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES ALCÚDIA |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES CALVIÀ |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES FELANITX |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES LLUCMAJOR |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES MANACOR |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES QUARTÓ DE PORTMANY |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES SA BLANCA DONA |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES SES ESTACIONS |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y Finanzas |
IES SON PACS |
|
AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre |
IES ALBUHAIRA |
|
AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre |
IES ALGARB |
|
AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre |
IES BENDINAT |
|
AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre |
IES CAP DE LLEVANT |
|
AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre |
IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB |
|
AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre |
IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA |
|
AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre |
IES LLORENÇ GARCIAS I FONT |
|
AFD21_Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre |
IES SON RULLAN |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
IES ALBUHAIRA |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
IES ALGARB |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
IES BENDINAT |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
IES CAP DE LLEVANT |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
IES LLORENÇ GARCIAS I FONT |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
IES SON RULLAN |
|
AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento Físico |
IES ALBUHAIRA |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento Físico |
IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB |
|
AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento Físico |
IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA |
|
AGA21_Técnico en Producción Agroecológica |
CIFP CAN MARINES |
|
AGA22_Técnico en Producción Agropecuaria |
IES JOSEP SUREDA I BLANES |
|
AGA22_Técnico en Producción Agropecuaria |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
AGA23_Técnico en Jardinería y Floristería |
CIFP JOAN TAIX |
|
AGA23_Técnico en Jardinería y Floristería |
IES FELANITX |
|
AGA23_Técnico en Jardinería y Floristería |
IES JOSEP SUREDA I BLANES |
|
AGA23_Técnico en Jardinería y Floristería |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
AGA25_Técnico en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural |
IES JOSEP SUREDA I BLANES |
|
AGA31_Técnico superior en Paisajismo y Medio Rural |
CIFP CAN MARINES |
|
AGA31_Técnico superior en Paisajismo y Medio Rural |
CIFP JOAN TAIX |
|
AGA32_Técnico superior en Gestión Forestal y del Medio Natural |
CIFP JOAN TAIX |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
ARG21_Técnico en Preimpresión Digital |
CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
ARG21_Técnico en Preimpresión Digital |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
ARG22_Técnico en Impresión Gráfica |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
ARG32_Técnico superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
COM21_Técnico en Actividades Comerciales |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
COM21_Técnico en Actividades Comerciales |
IES BERENGUER D'ANOIA |
|
COM21_Técnico en Actividades Comerciales |
IES GUILLEM SAGRERA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
COM21_Técnico en Actividades Comerciales |
IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA |
|
COM21_Técnico en Actividades Comerciales |
IES MANACOR |
|
COM21_Técnico en Actividades Comerciales |
IES SA BLANCA DONA |
|
COM31_Técnico superior en Marketing y Publicidad |
IES BERENGUER D'ANOIA |
|
COM31_Técnico superior en Marketing y Publicidad |
IES CALVIÀ |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
COM31_Técnico superior en Marketing y Publicidad |
IES MANACOR |
|
COM31_Técnico superior en Marketing y Publicidad |
IES SA BLANCA DONA |
|
COM33_Técnico superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales |
IES MANACOR |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
COM34_Técnico superior en Comercio Internacional |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
COM34_Técnico superior en Comercio Internacional |
IES BERENGUER D'ANOIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
COM35_Técnico superior en Transporte y Logística |
IES BERENGUER D'ANOIA |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
CIFP JOAN TAIX |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
IES FELANITX |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
IES ISIDOR MACABICH |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
IES LLUCMAJOR |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
IES MANACOR |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
IES POLITÈCNIC |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas |
IES SON PACS |
|
ELE22_Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ELE22_Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones |
IES ISIDOR MACABICH |
|
ELE22_Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones |
IES POLITÈCNIC |
|
ELE22_Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones |
IES SON PACS |
|
ELE31_Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ELE31_Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados |
IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR |
|
ELE31_Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
ELE32_Técnico superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos |
IES POLITÈCNIC |
|
ELE33_Técnico superior en Mantenimiento Electrónico |
IES POLITÈCNIC |
|
ELE34_Técnico superior en Automatización y Robótica Industrial |
IES POLITÈCNIC |
|
ENE31_Técnico superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica |
IES LLUCMAJOR |
|
ENE33_Técnico superior en Energías Renovables |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
EOC21_Técnico en Construcción |
IES POLITÈCNIC |
|
EOC22_Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación |
IES ISIDOR MACABICH |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
EOC22_Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
EOC22_Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación |
IES POLITÈCNIC |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
EOC31_Técnico superior en Proyectos de Edificación |
IES POLITÈCNIC |
|
EOC32_Técnico superior en Proyectos de Obra Civil |
IES POLITÈCNIC |
|
FME21_Técnico en Mecanización |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
IES ALCÚDIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
IES CALVIÀ |
|
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
IES GUILLEM COLOM CASASNOVES |
|
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
IES ISIDOR MACABICH |
|
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
IES MARC FERRER |
|
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
IES PUIG DE SA FONT |
|
HOT21_Técnico en Cocina y Gastronomía |
IES SA SERRA |
|
HOT22_Técnico en Servicios en Restauración |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT22_Técnico en Servicios en Restauración |
IES ALCÚDIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT22_Técnico en Servicios en Restauración |
IES BALÀFIA |
|
HOT22_Técnico en Servicios en Restauración |
IES ISIDOR MACABICH |
|
HOT22_Técnico en Servicios en Restauración |
IES MARC FERRER |
|
HOT22_Técnico en Servicios en Restauración |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
HOT22_Técnico en Servicios en Restauración |
IES PUIG DE SA FONT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT31_Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT31_Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos |
IES ALCÚDIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT31_Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos |
IES CALVIÀ |
|
HOT32_Técnico superior en Agencias de Viajes y Gestión de Acontecimientos |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT32_Técnico superior en Agencias de Viajes y Gestión de Acontecimientos |
IES ISIDOR MACABICH |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
HOT33_Técnico superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT33_Técnico superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas |
IES ISIDOR MACABICH |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 2.º curso |
HOT34_Técnico superior en Dirección de Cocina |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT34_Técnico superior en Dirección de Cocina |
IES CALVIÀ |
|
HOT34_Técnico superior en Dirección de Cocina |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
HOT34_Técnico superior en Dirección de Cocina |
IES PUIG DE SA FONT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT35_Técnico superior en Dirección de Servicios en Restauración |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES BIEL MARTÍ |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES CAPDEPERA |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES EMILI DARDER |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES JOAN RAMIS I RAMIS |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES MANACOR |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES POLITÈCNIC |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES PORTO CRISTO |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES SA COLOMINA |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES SANTA MARIA D'EIVISSA |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES S'ARENAL |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES SINEU |
|
IFC21_Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes |
IES SON FERRER |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red |
IES EMILI DARDER |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red |
IES MANACOR |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red |
IES SA COLOMINA |
|
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma |
IES JOAN RAMIS I RAMIS |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma |
IES LLUCMAJOR |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma |
IES SON FERRER |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web |
IES JOAN RAMIS I RAMIS |
|
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web |
IES MANACOR |
|
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web |
IES SON FERRER |
|
IMA21_Técnico en Instalaciones de Producción de Calor |
IES ISIDOR MACABICH |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 2.º curso |
IMA21_Técnico en Instalaciones de Producción de Calor |
IES LLUCMAJOR |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
IMA22_Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización |
IES ISIDOR MACABICH |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
IMA22_Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización |
IES JOSEP MARIA QUADRADO |
|
IMA22_Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización |
IES LLUCMAJOR |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 2.º curso |
IMA22_Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización |
IES POLITÈCNIC |
|
IMA23_Técnico en Mantenimiento Electromecánico |
IES POLITÈCNIC |
|
IMA32_Técnico superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos |
IES JOSEP MARIA QUADRADO |
|
IMA32_Técnico superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos |
IES POLITÈCNIC |
|
IMP21_Técnico en Estética y Belleza |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IMP21_Técnico en Estética y Belleza |
CIFP JOAN TAIX |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
IMP21_Técnico en Estética y Belleza |
IES LLUCMAJOR |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar |
CEPA LA BALANGUERA |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar |
CIFP JOAN TAIX |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar |
IES ALGARB |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar |
IES CAP DE LLEVANT |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar |
IES PUIG DE SA FONT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IMP31_Técnico superior en Estética Integral y Bienestar |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
IMP32_Técnico superior en Estilismo y Dirección de Peluquería |
IES CAP DE LLEVANT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IMP33_Técnico superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa. |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IMS21_Técnico en Vídeo Disc-Jockey y Sonido |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
IMS21_Técnico en Vídeo Disc-Jockey y Sonido |
IES ISIDOR MACABICH |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IMS32_Técnico superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
IMS35_Técnico superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de Imagen |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
INA21_Técnico en Panadería, Repostería y Confitería |
IES JOSEP SUREDA I BLANES |
|
INA21_Técnico en Panadería, Repostería y Confitería |
IES SA SERRA |
|
INA22_Técnico en Aceites de Oliva y Vino |
IES BINISSALEM |
|
INA31_Técnico superior en Vitivinicultura |
IES FELANITX |
|
MAM21_Técnico en Carpintería y Mueble |
IES POLITÈCNIC |
|
MAM31_Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento |
IES POLITÈCNIC |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP22_Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Barcos y Embarcaciones |
CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP24_Técnico en Navegación y Pesca de Litoral |
CIFP CAN MARINES |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP32_Técnico superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura |
CIFP CAN MARINES |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP32_Técnico superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura |
CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP33_Técnico superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Barcos y Embarcaciones |
CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
QUIÉN31_Técnico superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
SAN21_Técnico en Emergencias Sanitarias |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos siguientes: Anatomofisiología y patología básicas, Teleemergencies, FOL y EIE |
SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia |
CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia |
IES ALGARB |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia |
IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia |
IES MARRATXÍ |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y Parafarmacia |
IES PORTO CRISTO |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
CEPA CALVIÀ |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
IES ALBUHAIRA |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
IES ALGARB |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
IES CAP DE LLEVANT |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
IES MARRATXÍ |
|
SAN23_Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería |
IES MOSSÈN ALCOVER |
|
SAN31_Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN32_Técnico superior en Dietética |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN32_Técnico superior en Dietética |
IES ALBUHAIRA |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
SAN32_Técnico superior en Dietética |
IES ALGARB |
|
SAN32_Técnico superior en Dietética |
IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA |
|
SAN34_Técnico Superior en Higiene Bucodental |
IES MARRATXÍ |
|
SAN34_Técnico superior en Higiene Bucodental |
IES MOSSÈN ALCOVER |
|
SAN35_Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SAN36_Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN36_Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico |
IES CAP DE LLEVANT |
|
SEA21_Técnico en Emergencias y Protección Civil |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
CEPA CALVIÀ |
|
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
CIFP SON LLEBRE |
|
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
IES ALGARB |
|
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
IES CAP DE LLEVANT |
|
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
IES MARC FERRER |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
IES PORTO CRISTO |
|
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
IES RAMON LLULL |
|
SSC21_Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia |
IES SANTA MARGALIDA |
|
SSC31_Técnico superior en Educación Infantil |
IES ANTONI MAURA |
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SSC31_Técnico superior en Educación Infantil |
IES CAP DE LLEVANT |
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SSC31_Técnico superior en Educación Infantil |
IES MOSSÈN ALCOVER |
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SSC31_Técnico superior en Educación Infantil |
IES QUARTÓ DE PORTMANY |
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SSC31_Técnico superior en Educación Infantil |
IES SANTA MARGALIDA |
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SSC32_Técnico superior en Animación Sociocultural y Turística |
IES RAMON LLULL |
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SSC33_Técnico superior en Integración Social |
CEPA CALVIÀ |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
SSC33_Técnico superior en Integración Social |
CIFP SON LLEBRE |
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SSC33_Técnico superior en Integración Social |
IES ALGARB |
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SSC33_Técnico superior en Integración Social |
IES CAP DE LLEVANT |
Solo se hacen pruebas libres de los módulos de 1.r curso |
SSC33_Técnico superior en Integración Social |
IES MOSSÈN ALCOVER |
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SSC33_Técnico superior en Integración Social |
IES RAMON LLULL |
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SSC33_Técnico superior en Integración Social |
IES SANTA MARGALIDA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SSC34_Técnico superior en Mediación Comunicativa |
CIFP SON LLEBRE |
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SSC35_Técnico superior en Promoción de la Igualdad de Género |
CIFP SON LLEBRE |
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TMV21_Técnico en Carrocería |
CIFP JUNÍPER SERRA |
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TMV21_Técnico en Carrocería |
IES MANACOR |
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TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles |
CIFP JUNÍPER SERRA |
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TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles |
CIFP PAU CASESNOVES |
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TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles |
IES ISIDOR MACABICH |
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TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles |
IES MANACOR |
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TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
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TMV22_Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles |
IES SON PACS |
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TMV26_Técnico en Mantenimiento de Embarcaciones de Recreo |
CIFP CENTRE DE LA MAR |
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TMV26_Técnico en Mantenimiento de Embarcaciones de Recreo |
CIFP L'EMBAT |
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TMV31_Técnico superior en Automoción |
CIFP JUNÍPER SERRA |
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TMV31_Técnico superior en Automoción |
CIFP PAU CASESNOVES |
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TMV31_Técnico superior en Automoción |
IES MANACOR |
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TMV32_Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico de Aviones con Motor de Turbina |
IES SON PACS |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
ANEXO 3 Módulos de los ciclos de grado superior LOE que se imparten en inglés el curso 2022-2023
Título |
Módulo de primer curso |
Módulo de segundo curso |
ADG31. Técnico superior en Asistencia a la Dirección |
0649. Ofimática y Proceso de la Información |
0663. Gestión Avanzada de la Información |
ADG32. Técnico superior en Administración y Finanzas |
0649. Ofimática y Proceso de la Información |
0656. Simulación Empresarial |
AFD31. Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
1138. Juegos y Actividades Fisicorecreativas y de Animación Turística |
1123. Actividades de Ocio y Tiempo Libre |
AFD32. Técnico superior en Acondicionamiento Físico |
1149. Actividades Básicas de Acondicionamiento Físico con Apoyo Musical |
1150. Actividades Especializadas de Acondicionamiento Físico con Apoyo Musical |
AGA31. Técnico superior en Paisajismo y Medio Rural |
0694. Maquinaria e Instalaciones Forestales |
0698. Conservación de Jardines y Zonas Deportivas |
AGA32 Técnico superior en Gestión Forestal y del Medio Natural |
0694. Maquinaria e Instalaciones Forestales |
0790. Técnicas de Educación Ambiental |
ARG32. Técnico superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia |
1417. Materiales de Producción Gráfica |
1481. Gestión de la Producción en Procesos de Edición |
COM31. Técnico superior en Marketing y Publicidad |
0931. Marketing Digital |
1008. Medios y Apoyos de Comunicación |
COM34. Técnico superior en Comercio Internacional |
0627. Gestión Administrativa del Comercio Internacional |
0826. Medios de Pago Internacional |
COM35. Técnico superior en Transporte y Logística |
0627. Gestión Administrativa del Comercio Internacional |
0624. Comercialización del Transporte y la Logística |
ELE31. Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados |
0523. Configuración de Instalaciones Domóticas y Automáticas |
0521. Técnicas y Procesos en Instalaciones Domóticas y Automáticas |
ELE32. Técnico superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos |
0525. Configuración de Infraestructuras de Sistemas de Telecomunicaciones |
0555. Redes Telemáticas |
ELE33. Técnico superior en Mantenimiento Electrónico |
1052. Equipos Microprogramables |
1057. Mantenimiento de Equipos de Vídeo |
ELE34. Técnico superior en Automatización y Robótica Industrial |
0960. Sistemas Secuenciales Programables |
0965. Sistemas Programables Avanzados |
ENE31. Técnico superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica |
0354. Promoción del Uso Eficiente de la Energía y del Agua |
0352. Configuración de Instalaciones Solares Térmicas |
ENE 33. Técnico superior en Energías Renovables |
0670. Telecontrol y Automatismos |
0683. Gestión del Montaje de Parques Eólicos |
EOC31. Técnico superior en Proyectos de Edificación |
0567. Diseño y Construcción de Edificios |
0570. Desarrollo de Proyectos de Edificación Residencial |
EOC32. Técnico superior en Proyectos de Obra Civil |
0769. Urbanismo y Obra Civil |
0772. Desarrollo de Proyectos Urbanísticos |
HOT31. Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos |
0176. Recepción y Reservas |
0178. Comercialización de Eventos |
HOT32. Técnico superior en Agencias de Viajes y Gestión de Acontecimientos |
0383. Destinos Turísticos |
0398. Venta de Servicios Turísticos |
HOT33. Técnico superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas |
0383. Destinos Turísticos |
0385. Servicios de Información Turística |
HOT34. Técnico superior en Dirección de Cocina |
0499. Procesos de Elaboración Culinaria |
0498. Elaboración de Pastelería y Repostería |
HOT35. Técnico superior en Dirección de Servicios de Restauración |
0510. Procesos de Servicios en Restaurante |
0512. Planificación y Dirección de Servicios y Eventos en Restauración |
IFC31. Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red |
0372. Gestión de Bases de Datos |
0376. Implantación de Aplicaciones Web |
IFC32. Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma |
0484. Bases de Datos |
0488. Desarrollo de Interfaces |
IFC33. Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web |
0484. Bases de Datos |
0615. Diseño de Interfaces Web |
IMA32. Técnico superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos |
0121. Equipos e Instalaciones Térmicas |
0133. Gestión del Montaje, de la Calidad y del Mantenimiento |
IMP31. Técnico superior en Estética Integral y Bienestar |
0747. Masaje Estético |
0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión |
IMP32. Técnico superior en Estilismo y Dirección de Peluquería |
1065. Recursos Técnicos y Cosméticos |
1071. Dirección y Comercialización |
IMP33. Técnico superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa |
1182. Diseño de Imagen Integral |
1071. Dirección y Comercialización |
IMS32. Técnico superior en Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos |
0910. Medios Técnicos Audiovisuales y Escénicos |
0903. Procesos de Realización en Cine y Vídeo |
IMS35. Técnico superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen |
1158. Planificación de Cámara en Audiovisuales |
1164. Toma Fotográfica |
INA31. Técnico superior en Vitivinicultura |
0077. Viticultura |
0084. Comercialización y Logística en la Industria Alimentaria |
MAM31. Técnico superior en Diseño y Amueblamiento |
0986. Desarrollo de Producto en Carpintería y Mueble |
0989. Diseño de Carpintería y Mueble |
QUIÉN31. Técnico superior en Laboratorio de Análisis y Control de Calidad |
0070. Ensayos Microbiológicos |
0071. Ensayos Biotecnológicos |
SAN31. Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico |
1369. Biología Molecular y Citogenética |
1382. Citología General |
SAN33. Técnico Superior en Documentación y Administración Sanitarias |
1519. Sistemas de Información y Clasificación Sanitarios |
1523. Gestión Administrativa Sanitaria |
SAN34. Técnico Superior en Higiene Bucodental |
0731. Estudio de la Cavidad Oral |
0735. Educación para la Salud Oral |
SAN36. Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico |
1369. Biología Molecular y Citogenética |
1372. Técnicas de Immunodiagnóstico |
SSC31. Técnico superior en Educación Infantil |
0012. Autonomía Personal y Salud Infantil |
0013. El Juego Infantil y su Metodología |
SSC32. Técnico superior en Animación Sociocultural y Turística |
1125. Animación y Gestión Cultural |
1126. Animación Turística |
SSC33. Técnico superior en Integración Social |
0342. Promoción de la Autonomía Personal |
0017. Habilidades Sociales |
SSC34. Técnico superior en Mediación Comunicativa |
0017. Habilidades Sociales |
1121. Empresa e Iniciativa Emprendedora |
SSC35. Técnico superior en Promoción de la Igualdad de Género |
0344. Metodología de la Intervención Social |
1401. Información y Comunicación con Perspectiva de Género |
TMV31. Técnico superior en Automoción |
0291. Sistemas Eléctricos y de Seguridad y Confortabilidad |
0297. Gestión y Logística del Mantenimiento del Vehículo |
ANEXO 4 Calendario de las pruebas libres correspondiente a la convocatoria de 2023
Fecha |
Actuación |
Apartado anexo 1 |
---|---|---|
Del 2 al 10 de marzo |
Inscripción para hacer las pruebas. |
8 |
Antes de la publicación de la relación provisional |
Creación de las comisiones evaluadoras. |
12 |
21 de marzo |
Publicación de las relaciones provisionales de inscritos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
12 |
22, 23 y 24 de marzo |
Plazo de reclamaciones contra las relaciones provisionales de inscritos. |
13 |
31 de marzo |
Publicación de las listas definitivas de inscritos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
14 |
Antes del 18 de abril |
Publicación del calendario, los criterios de evaluación y la relación de material necesario para hacer las pruebas en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
17.3 17.5 |
El mismo día que se publica en el centro |
Remisión a la DGFPIEAS, por vía electrónica, del calendario de las pruebas. |
17.6 |
Antes del 28 de abril |
Asignación del proyecto que hay que realizar para la evaluación del módulo de Proyecto de los alumnos que tienen superado el módulo de FCT. |
31.3.b |
Del 2 al 31 de mayo |
Periodo para la realización de las pruebas libres según el calendario del centro. |
17.1 |
Cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba |
Publicación, en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro, de los resultados provisionales de cada prueba y convocatoria para hacer la revisión. |
21 |
Tres días hábiles posteriores a la publicación de los resultados provisionales |
Plazo de reclamaciones ante la comisión evaluadora. |
22 |
El día siguiente de la resolución de las reclamaciones |
Publicación de la lista definitiva de las calificaciones de la prueba en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
22.4 |
Un mes desde el día siguiente de la publicación de la lista definitiva de calificaciones |
Plazo para que quien no esté de acuerdo con el resultado de la revisión que resuelva la comisión evaluadora pueda presentar un recurso de alzada. |
28 |
A partir de la publicación de la lista definitiva |
Entrega de los certificados y de las acreditaciones. |
26 |
Antes del 16 de junio |
Finalización del proceso de evaluación. |
27 |
ANEXO 5 Relación de ciclos LOGSE en proceso de sustitución por los nuevos ciclos LOE
Solo se pueden inscribir a ciclos LOGSE los alumnos que ya tengan algún módulo de estos ciclos superado. Afecta al ciclo siguiente:
Los centros que deben hacer las pruebas de este ciclo son: