Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 102825
Aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la reparcelación de las fincas en C/ Clavell 7 y 10, C/ Estepa 7 y C/ Dàlies 14, Ses Païsses, T.M. de Sant Antoni de Portmany
El Pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en sesión celebrada el día 26 de enero de 2023, ha acordado la aprobación definitiva el Estudio de Detalle para la reparcelación de las fincas en C/ Clavell 7 y 10, C/ Estepa 7 y C/ Dàlies 14, Ses Païsses, T.M. de Sant Antoni de Portmany y de conformidad con los artículos 54, 55 y 59 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se procede a la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. La documentación que contiene el Estudio de Detalle para la reparcelación de las fincas en C/ Clavell 7 y 10, C/ Estepa 7 y C/ Dàlies 14, Ses Païsses, T.M. de Sant Antoni de Portmany puede encontrarse en el Portal de Transparencia alojado en la web municipal, en el apartado 7. Urbanismo, Obras Públicas; 7.1 Planeamiento Urbanístico.
Dada cuenta el Acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Corporación de fecha 27 de julio de 2022 por el que se aprueba inicialmente el Estudio de Detalle presentado por la entidad PROYECTO SUR INVERSIONES Y DESARROLLOS, S.L., con CIF B87013884 para la reparcelación de las fincas en C/ Clavell 7 y 10, C/ Estepa 7 y C/ Dàlies 14, Ses Païsses, T.M. de Sant Antoni de Portmany, cuya documentación así como informe técnico municipal favorable de fecha 14 de julio de 2022 y que cuenta con la siguiente url de verificación
https://santantoni.sedelectronica.es/doc/6SC6ECDQNYHSG546ES9CAP5AE, se haya disponible en el portal de transparencia, alojado en la web municipal, en el apartado 7. Urbanismo, Obras Públicas; 7.1 Planeamiento Urbanístico. Planeamiento de Desarrollo.
Visto que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre de urbanismo de las Islas Baleares, y de conformidad con el Acuerdo de aprobación inicial, se procedió a someter a información pública durante el plazo de treinta días, mediante (i) anuncio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 102 de fecha 4 de agosto de 2022, (ii) inserción de anuncio en la sede electrónica de este Ayuntamiento durante el periodo del 1 de agosto de 2022 al 14 de septiembre de 2022 (obra al expediente certificado de auditoria de la publicación referida) y (iii) publicación de anuncio en el “Diario de Ibiza” de 9 de agosto de 2022 así como (iv) remisión de oficios a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el Estudio de Detalle identificados en el expediente.
Visto que en fecha 2 de agosto de 2022, fue remitido mediante notificación electrónica debidamente recibida en misma fecha, oficio al Consell Insular d'Eivissa, Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística, y Lucha contra el Intrusismo, en solicitud del informe preceptivo como administración con competencia en materia de urbanismo y que, habiendo transcurrido el plazo de dos meses, no ha tenido entrada en este Ayuntamiento informe alguno de la citada Administración, debiéndose entender que se ha cumplido con el trámite legalmente prevenido y que, en consecuencia, el informe se ha emitido de forma favorable y se puede continuar con la tramitación.
Visto que habiendo transcurrido el plazo de información pública, no ha tenido entrada en este Ayuntamiento alegación alguna en el plazo prevenido.
Visto que, de conformidad con la tramitación legalmente establecida conforme a lo dispuesto en el artículo 54, 55 y 59 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, una vez aprobado definitivamente, se notificará a los interesados, se publicará el Acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de detalle en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se remitirá un ejemplar diligenciado al Archivo de Urbanismo de las Islas Baleares y al Consejo Insular
Vista la competencia del Pleno, en virtud de los artículos 22.2 c) y 47.2 ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 94 m) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
Visto el informe propuesta de resolución emitido por la Técnico de la Administración General del departamento de Urbanismo y Actividades en fecha 2 de enero de 2023, así como dictamen de la Comisión Informativa de Pleno de fecha 23 de enero de 2023.
ACUERDO
Primero. APROBAR DEFINITIVAMENTE el Estudio de Detalle para la reparcelación de las fincas en C/ Clavell 7 y 10, C/ Estepa 7 y C/ Dàlies 14, Ses Païsses, T.M. de Sant Antoni de Portmany según documentación redactada por arquitecto D. José María García Sánchez, Colegiado nº 362557 en el C.O.A.I.B., con D.N.I. 23253425B y domicilio profesional en C/ Pere Francés, Nº 9, Oficina 203, Torre Can Ventosa, C.P. 07800, Eivissa, Illes Balears; sin visar, firmado electrónicamente el 24/06/2020 y según informe técnico municipal favorable de fecha 14 de julio de 2022 con la siguiente url de verificación
https://santantoni.sedelectronica.es/doc/6SC6ECDQNYHSG546ES9CAP5AE.
Segunda. Publicar el presente Acuerdo de aprobación definitiva en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears», así como Insertar anuncio en el tablón de edictos de la sede electrónica municipal.
Tercera- Comunicar y remitir al Archivo de Urbanismo de las Illes Balears y al Consell d'Eivissa el presente Acuerdo de aprobación definitiva con remisión del Estudio de Detalle y documentación anexa.
Cuarto.- Notificar el presente Acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el Estudio de Detalle identificados en el expediente a los efectos legales oportunos.
Sant Antoni de Portmany, (Firmado electrónicamente:6 de febrero de 2023)
El alcalde Marcos Serra Colomar