Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 102435
Nombramiento de secretaria del Juzgado de Paz de Alaró (personal laboral fijo)
(Exp. nº 1326/2022)
Resolución del 1r. teniente de alcalde
Hechos.
Convocatoria y bases del procedimiento selectivo aprobadas por acuerdo de la junta de gobierno local de 7 de diciembre de 2022 (BOIB nº 164, de 17.12.2022).
Anuncio de la convocatoria publicado en el BOE nº 312, de 29.12.2022.
Lista provisional de aspirante admitidos y excluidos, aprobada por resolución del 1r. teniente de alcalde de 16 de enero de 2023, que fue considerada definitiva al no haberse presentado reclamaciones.
Nombramiento de los miembros de la comisión de valoración de los méritos del concurso, por resolución del 1r. teniente de alcalde de 17 de enero de 2023.
Valoración provisional de los méritos, de 26.01.2023.
Resolución de alegaciones a la puntuación provisional, por la comisión de valoración, con propuesta de nombramiento y propuesta de orden de prelación en la bolsa de trabajo, de 6 de febrero de 2023.
No es necesaria la presentación de la documentación indicada en la base décimo tercera porque la persona propuesta es empleada de este ayuntamiento.
Fundamentos de derecho.
Base décimo tercera de la convocatoria.
Resolución
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 21,1,h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, resuelvo:
1º. Nombrar secretaria del Juzgado de Paz de Alaró, personal laboral fijo de este ayuntamiento, a: Maria del Mar Frontera Monserrat, dni. ****863**
2º. Aprobar la relación complementaria de aspirantes y bolsa de trabajo:
Posición |
Aspirante |
DNI |
Puntuación total |
---|---|---|---|
1 |
Ossa Bibiloni, Dayana |
***5809** |
11,15 |
2 |
Campins Perelló, Catalina |
***9819** |
0,00 |
Esta relación también tiene la consideración de relación complementaria de personas aspirantes al posible nombramiento en el caso que la persona inicialmente propuesta renuncie a la plaza, de acuerdo con lo que previsto en el artículo 61.8 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y la base undécima de la convocatoria.
Lo que hacemos público para general conocimiento.
Recursos.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución.
b) El recurso de alzada ante la junta de gobierno local, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, 8 de febrero de 2023
El 1r. teniente de alcalde Lorenzo Rosselló Campins