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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección tercera. Cursos y formación

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 100853
Resolución de la Dirección gerencia de la Escuela Balear de Administración Pública por la cual se aprueba la convocatoria de la 44a promoción del curso básico de capacitación para acceder a la categoría de policía del cuerpo de policía local para el año 2023

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Texto

Hechos

1.En conformidad con el artículo 34.3 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, los procedimientos de selección para acceder a las categorías de policía local se completan con la superación de un periodo de prácticas, que incluye la superación del curso de capacitación correspondiente a la categoría a la cual se accede, y la fase de prácticas al municipio relacionadas con las funciones propias de la categoría en cuestión.

2. Por otro lado, el artículo 28.3 de la Ley 4/2013 establece que la Escuela Balear de Administración Pública tiene que impartir el curso de capacitación correspondiente a cada categoría de la policía local.

3. El artículo 159 del Reglamento Marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, en relación con la previsión de vacantes dispone que:

1. Durante los tres primeros meses de cada año, los ayuntamientos comunicarán a la Dirección General de Emergencias e Interior, competente en materia de coordinación de las policías locales, la previsión de convocatorias para la selección de miembros del cuerpo de policía, o policías con objeto de permitir la planificación de los cursos de capacitación de las categorías correspondientes.

2. Las convocatorias se tienen que efectuar, en todo caso, de forma que la realización de las pruebas acabe antes del día 30 de noviembre con la lista de personas propuestas y pueda iniciarse el curso de capacitación de los seleccionados a partir de enero del año siguiente.

3. Una vez concluida la fase de oposición o, si se tercia, de concurso oposición, el ayuntamiento tiene que comunicar la lista definitiva de aspirantes que se tienen que incorporar a los cursos selectivos por categorías y solicitar la reserva de plazas correspondientes.

4. Los artículos 177 y siguientes del Reglamento Marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares regulan el curso de capacitación para acceder a cada categoría de la policía local.

Fundamentos de derecho

1.Los artículos 34.3 y 28.3 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

2.El artículo 159 del Reglamento Marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba lo Reglamento Marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares.

3.Los artículos 177 y siguientes del Reglamento Marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

4. La Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 8 de octubre por la cual se aprueba el contenido, el desarrollo, la metodología, la duración, la evaluación y el régimen interno del curso básico de capacitación para el acceso a la categoría de policía (BOIB núm.141, de 14 de octubre de 2021).

5.Los artículos 4.1 y 5.9 de los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril, así como la letra c) del artículo 10.2, el artículo 12.1 y las letras j) y m) del artículo 12.5 de los Estatutos.

Por todo esto, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la convocatoria de la 44a promoción del curso básico de capacitación por acceder a la categoría de policía para el año 2023.

2. Aprobar las bases que tienen que regir la convocatoria así cómo también el modelo de solicitud de reserva de plazas del curso básico de capacitación para los ayuntamientos que, con anterioridad a esta publicación no hayan presentado la correspondiente solicitud junto con un certificado del Secretario o Secretaria del Ayuntamiento, en el términos que figuran en los anexos 1 y 2 de esta Resolución, respectivamente.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica de la EBAP.

De acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, en los litigios entre administraciones públicas no se pueden interponer recursos en vía administrativa. Sin embargo, cuando se interpone un recurso contencioso administrativo contra otra administración, se puede requerir previamente que se anule o se revoque el acto.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (7 de febrero de 2023)

La directora gerente de la EBAP Maria de Carmen Iglesias Manjón

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria de la 44a promoción del Curso básico de capacitación para acceder a la categoría de policía para el año 2023

Primera Alumnos del curso

1. Pueden ser alumnos del Curso básico de capacitación las personas que han superado la fase de oposición de un proceso selectivo, ya sea del municipio o proceso unificado convocado por Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128 de 1 de octubre de 2022 para acceder al cuerpo de policía local en la categoría de policía y que tienen que ser nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad municipal. Así mismo también pueden ser alumnos las personas que resulten admitidas en las bolsas de interinos que se publiquen por parte de la EBAP.

La EBAP inscribirá de oficio los alumnos en el curso de capacitación a solicitud del ayuntamiento correspondiente, así como los que consigan plaza en el proceso unificado 2022-2023 y los que accedan a las bolsas de interinos que se publiquen por parte de la EBAP entre la publicación de la presente convocatoria y el inicio del curso, que no tengan certificado el Curso básico de capacitación de policía local. A partir del momento de la inscripción, se adquiere la condición de alumno o alumna.

2. Las personas que se encuentren en algunos de los supuestos previstos en los artículos 178.3 y 178.4 del Reglamento Marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto 40/2019, están exentas de hacer el curso básico de capacitación.

3. La pérdida de la condición de personal funcionario en prácticas de un ayuntamiento supone la exclusión automática del curso básico de capacitación.

En estos casos, el ayuntamiento correspondiente tiene que comunicar a la EBAP la identidad de la siguiente persona aspirante nombrada funcionaria en prácticas, que podrá acceder a la próxima convocatoria o edición del curso de capacitación.

4. La superación de unidades formativas de una edición anterior por parte de una persona aspirante que por cualquier motivo obtenga plaza en el curso básico de una edición posterior o de otra convocatoria no supone ningún derecho de convalidación de las asignaturas superadas, excepto que tenga reconocido el derecho a reserva de plaza según el manual del curso básico de capacitación en vigor.

Segunda Plazas

1. El número de plazas del curso básico de capacitación previsto en esta convocatoria es de 177 (122 en Mallorca, 30 en Menorca y 25 en Ibiza). Este número podrá variar por causa justificada y debidamente motivada.

 

Tercera Descentralización del curso

1. El Curso básico de capacitación se llevará a cabo de forma descentralizada en las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza, siempre que se cuente con los recursos materiales y humanos necesarios para impartir el curso en estas islas.

2. En caso de necesidades extraordinarias, debidamente motivadas por los ayuntamientos correspondientes y aceptadas por la EBAP, el curso se puede llevar a cabo en dos etapas, siempre que se haya completado al menos una quinta parte de la carga lectiva del curso de capacitación, de acuerdo con el manual del Curso básico de capacitación en vigor.

Cuarta Inicio y realización del curso

1. Por cuestiones de cariz organizativo (número de alumnos) así cómo también por el hecho de tener que contar con diferentes colaboradores en cada isla, el curso básico de capacitación empezará la primera quincena de marzo de 2023.

2. Este dato queda sujeto a modificaciones en los casos en qué sea necesario reorganizar el inicio del curso por carencia de solicitudes mínimas así como también por circunstancias extraordinarias sobrevenidas. En estos casos, la EBAP tiene que comunicar el inicio del curso con una antelación mínima suficiente.

3. El curso se llevará a cabo de manera descentralizada en las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza, teniendo como alumnos de cada una de ellas las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo en cada uno de los municipios de las respectivas islas, y, en el caso de Ibiza, también las correspondientes en Formentera. Las direcciones son las siguientes:

- Mallorca: Sede de la EBAP; C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol)-07009, Palma

- Menorca: Cuartel de la policía local de Ciutadela; Carretera Me-1, Km 43,5, 07760 Ciutadela de Menorca

- Ibiza: Biblioteca Vicent Serra Orvay; Calle de la Plaza Mayor, 9, 07817 Sant Jordi de ses Salines

4. La Escuela Balear de Administración Pública tiene que publicar en la sede electrónica la fecha concreta de inicio con suficiente antelación al inicio del curso.

Quinta Solicitudes de reserva de plazas

1. Los ayuntamientos que hayan convocado procesos selectivos para acceder a la categoría de policía del cuerpo de policía local (o de policía en los casos en que no hayan constituido cuerpo) tienen que presentar una solicitud en el plazo y forma que se detalla a continuación:

Las solicitudes se tienen que presentar de forma electrónica a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR) dirigido a la Escuela Balear de Administración Pública (DECIR3: A04035968), de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 2 y que se pondrá a disposición de los ayuntamientos en la sede electrónica de la EBAP.

2. Junto con la solicitud, tienen que presentar un certificado del Secretario o Secretaria del ayuntamiento que contenga:

— El número de procesos selectivos de la categoría de policía local convocados por el Ayuntamiento interesado durante los 4 últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.

— El número de plazas amortizadas de la categoría de policía local durante los 4 últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.

3. El plazo para presentar las solicitudes es el siguiente:

a) Desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el día 16 de febrero de 2023, ambos incluidos.

4. Una vez adjudicada la plaza y antes del inicio del curso básico, el ayuntamiento tiene que aportar a la EBAP el nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes a los cuales se asigne una plaza en el Curso básico de capacitación. Si no aporta la documentación relativa al nombramiento de los funcionarios en prácticas antes del inicio del curso, no se garantizará la plaza asignada.

5. Las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en el apartado tercero solo se tendrán en cuenta a la hora de adjudicarse las plazas del Curso básico de capacitación cuando los ayuntamientos hayan presentado la solicitud y hayan aportado la documentación preceptiva antes de los cinco días anteriores al inicio del curso.

 

Sexta Información a los ayuntamientos

1. Antes de empezar el curso, los ayuntamientos tienen que facilitar a los funcionarios en prácticas inscritos los uniformes que determina el artículo 101 del Reglamento Marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, de forma que los alumnos puedan iniciar la formación debidamente uniformados.

2. Para seguir la formación en línea, es imprescindible que los funcionarios en prácticas que adquieran la condición de alumnos del Curso básico de capacitación dispongan de un dispositivo con conexión a Internet que permita el seguimiento de las actividades del curso que se impartan en esta modalidad.

3. Durante el desarrollo del Curso básico de capacitación, los alumnos tienen que percibir las retribuciones que determina el artículo 34 bis de la Ley 4/2013, atendiendo a su condición de personal funcionario en prácticas.

Séptima Régimen general del curso

El contenido del Curso básico de capacitación, así como la metodología, la duración, la evaluación y el régimen interno, se establecen en la Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 8 de octubre de 2021, o la posterior que la modifique, y el resto de normativa aplicable.

Octava Certificación

Una vez acabado el curso básico de formación, la EBAP tiene que certificar el curso de capacitación a los aspirantes que lo hayan superado.

 

ANEXO 2 Modelo de solicitud de reserva de plazas en el Curso básico de capacitación para acceder a la categoría de policía

Código SIA

2

8

6

0

8

5

0

 

Destino

Escuela Balear de Administración Pública

Código DIR3

A04035968

Solicitante

Ayuntamiento de / de

CIF

 

Código DIR3

 

Nombre y Apellidos del representante

 

Dirección electrónica

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Localidad

 

Municipio

 

Teléfono

 

Fax

 

Persona de contacto

 

Teléfono/extensión

 

SOLICITO la reserva de plazas en la _______________ edición del Curso básico de capacitación para acceder a la categoría de policía del año 2023 para las personas siguientes:

Nombre del aspirante

DNI del aspirante

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Documentación que se adjunta

1. Lista de aspirantes que han superado la fase de oposición y que tienen que ser nombrados funcionarios en prácticas certificada por el Secretario o Secretaria del ayuntamiento, con indicación de la fecha de aprobación y la nota obtenida en la fase de oposición.

 

Información sobre protección de datos personales

En conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y con la legislación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene esta solicitud.

 

Finalidad del tratamiento y base jurídica. La finalidad de este tratamiento es reservar plazas para el Curso básico de capacitación de policía local.

Responsable del tratamiento. Escuela Balear de Administración Pública.

Destinatarios de los datos personales. No se cederán los datos personales a terceros, salvo que haya una obligación legal o un interés legítimo, de acuerdo con el RGPD.

Plazo de conservación de los datos personales. Los datos se conservarán el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la cual han sido recaudadas. Será de aplicación la normativa autonómica de archivos.

Existencia de decisiones automatizadas. Los datos no se tratarán de forma automatizada.

Transferencias de datos a terceros países. Los datos no se transferirán a terceros países que no garanticen un nivel de protección de datos adecuado.

Ejercicio de derechos y reclamaciones. La persona afectada por el tratamiento de datos personales puede ejercer sus derechos de información, de acceso, de rectificación, de supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados ante el responsable del tratamiento mencionado antes, mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales» previsto en la Sede Electrónica de la CAIB.

Con posterioridad a la respuesta del responsable o si no hay respuesta en el plazo de un mes, puede presentar la «Reclamación de tutela de derechos» ante el Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Delegación de Protección de Datos. La Delegación de Protección de Datos de la Administración de la CAIB tiene la sede en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad (paseo de Sagrera, 2, 07012 Palma).

Dirección electrónica de contacto: protecciodades@dpd.caib.es

 

_______________ , de ______________ de 2023

[Localidad y fecha]

[rúbrica]