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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 100118
Resolución de la directora gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera, por la que se convoca, por el sistema de libre designación, el puesto de Jefatura de Servicio de Medicina Interna de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Can Misses, en el Área de Salud de Ibiza y Formentera (Convocatoria 2023_01)

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Texto

Hechos

Se encuentra vacante y dotado presupuestariamente el puesto de trabajo de Jefatura de Servicio de Medicina Interna, de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Can Misses, dependiente de la Gerencia del Área de Salud de Ibiza y Formentera, cuya provisión definitiva se considera necesaria con el fin de atender las necesidades organizativas y asistenciales.

Fundamentos de derecho

1. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

2. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

3. Decreto 39/2006, de 21 de abril, por la que se aprueban los estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.

4. Real Decreto-ley 1/1999, de 8 enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que se mantendrá vigente, con rango reglamentario y sin carácter básico, en tanto se proceda a su modificación en cada servicio de salud, según lo dispuesto en la disposición transitoria sexta, punto 1.c), de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

5. Decreto 87/2006 de 6 de octubre, de provisión de Jefaturas de carácter asistencial del Servicio de Salud de las Illes Balears.

6. Disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, que regula los "Requisitos de lengua catalana del personal estatutario y laboral del Servicio de Salud de las Islas Baleares".

En el apartado 3 de esta disposición se indica: "Exenciones: Excepcionalmente y cuando la prestación asistencial pueda resultar afectada por la carencia o insuficiencia de profesionales, o cuando se tengan que contratar investigadores o científicos de ámbito nacional o internacional, las convocatorias de selección y movilidad que afecten determinadas categorías de personal estatutario o laboral, pueden eximir los requisitos de conocimientos de la lengua catalana exigidos por esta disposición transitoria, oído el órgano competente en materia de planificación de recursos humanos del Servicio de Salud de las Illes Balears o de la entidad correspondiente, que emitirá preceptivamente informe sobre la vigencia y la extensión de la exención mencionada.”

En este sentido, debe considerarse el informe justificativo de la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares de día 21 de noviembre de 2022, que justifica la exención de conocimientos de lengua catalana en procesos selectivos y de provisión de personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

En el ejercicio de las competencias delegadas en el apartado 3 c) de la Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 3 de noviembre de 2020, de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 191, de 07/11/2020), dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Acordar la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Jefatura de Servicio de Medicina Interna del Hospital Can Misses, según lo indicado en las bases de la convocatoria.

2. Aprobar las bases que rigen el proceso selectivo (Anexo I) y el modelo de solicitud de participación (Anexo II).

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la web del Área de Salud de Ibiza y Formentera (www.asef.es), siendo la fecha de publicación en el BOIB la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.

No obstante, los interesados pueden optar por interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso potestativo de reposición.

 

Eivissa, 26 de enero de 2023

La directora gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera

PD consejera de Salud y Consumo de 3 de noviembre de 2020

(BOIB núm. 191, de 07/11/2020)

M. Carmen Santos Bernabeu

 

ANEXO I Bases Convocatoria 2023_01

1. Objeto de convocatoria.

La denominación del puesto a cubrir es Jefatura de Servicio de Medicina Interna del Hospital Can Misses del Área de Salud de Ibiza y Formentera.

2. Características generales.

El régimen jurídico del puesto de trabajo objeto de la convocatoria es el que se establece en el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y demás disposiciones aplicables.

3. Requisitos de los aspirantes.

3.1 Requisitos generales.

Los requisitos generales exigidos en esta convocatoria son los establecidos en el artículo 30.5 de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Así mismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, donde se regula el acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, será requisito el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal.

3.2 Requisitos específicos.

Los requisitos específicos exigidos en esta convocatoria son los que se detallan a continuación:

a) Podrán participar en esta convocatoria facultativos y facultativas con nombramiento como personal estatutario fijo que ostenten plaza en la especialidad de Medicina Interna en las instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud, así como facultativos y facultativas con nombramiento de funcionario de carrera, o laboral fijo, que presten servicios en hospitales de titularidad pública en la especialidad mencionada.

No obstante, podrá participar en la presente convocatoria, el personal estatutario interino que cumpla con los requisitos establecidos a excepción del carácter de personal estatutario fijo, a fin de que, de forma subsidiaria las candidaturas presentadas por este personal puedan ser valoradas.

b) Será requisito indispensable el haber prestado servicios en la especialidad de Medicina Interna en las instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o de la Unión Europea, por un periodo mínimo de tres años. En su caso, se sumarán los periodos de desempeño de plaza de la especialidad correspondiente en los diferentes servicios y hospitales, aunque se contabilizarán como uno sólo los periodos de tiempo en los que, en su caso, se haya desempeñado simultáneamente más de una plaza.

3.3 Acreditación de los requisitos.

Los requisitos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta la toma de posesión. La acreditación se realizará mediante copia auténtica de la documentación oportuna en el momento de presentación de la solicitud.

4. Solicitudes.

4.1 Las personas interesadas en participar en la convocatoria deben presentar la documentación que se indica a continuación, en el plazo de veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOIB:

a) Solicitud de participación (Anexo II).

b)HISTORIAL PROFESIONAL de la persona candidata, en el que deben constar los siguientes apartados:

  • Formación universitaria.
  • Formación especializada.
  • Experiencia profesional en el ámbito asistencial y docente.
  • Méritos científicos y de investigación (en relación a los trabajos y publicaciones científicas, deberá especificarse la reseña de la publicación o certificación acreditativa del centro o institución organizadora, en caso de que se trate de aportaciones a reuniones científicas que no hayan sido publicadas).
  • Otras actividades que la persona aspirante considere oportuno hacer constar.

C) Copia auténtica de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y de los méritos alegados, como mínimo:

  • DNI o NIE.
  • Titulación académica universitaria y de la especialidad a la que se opta.
  • Nombramiento y/o contrato laboral en la especialidad objeto de la presente convocatoria.
  • Certificado/s de los servicios prestados.
  • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delito de trata de seres humanos.

d)Un PROYECTO TÉCNICO DE GESTIÓN del Servicio de Medicina Interna, que deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:

A. Análisis de Situación del Servicio de Medicina Interna, que incluirá el análisis de la población atendida, los recursos humanos disponibles, los recursos físicos y equipamiento, la cartera de servicios y el análisis de la casuística según actividad, calidad y coste. El análisis incluirá un resumen en una matriz DAFO.

B. Propuesta de Proyecto de Gestión a cuatro años que incluya:

* Misión, visión, valores y líneas estratégicas de la Unidad.

* Mapa de procesos

* Objetivos:

▪ Cartera de servicios y actividad.

▪ Orientación al ciudadano y medida de la satisfacción.

▪ Accesibilidad.

▪ Seguridad del paciente.

▪ Incremento de la efectividad clínica y disminución de la variabilidad.

▪ Mejora de la eficiencia. Adecuación de la indicación de pruebas y de la prescripción de fármacos.

▪ Continuidad asistencial.

▪ Gestión del conocimiento.           

*Cronograma de actuaciones.

*Indicadores de evaluación y seguimiento.

4.2 La documentación referida en el punto anterior puede presentarse telemáticamente, en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Hospital Can Misses - ubicado en la calle Corona, s/n, Edificio J, de Ibiza (CP 07800)- o en cualquiera de los lugares referidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sea cual sea la opción escogida para presentar la solicitud, se recomienda enviar el justificante de presentación al Hospital de RRHH del Hospital Can Misses por e-mail a la dirección electrónica "rrhh@asef.com".

Las personas que participen en el proceso son personalmente responsables de la veracidad de la documentación aportada y están obligadas a presentar los documentos originales en cualquier momento a requerimiento de la Administración convocante.

5.   Valoración.

5.1.  El proceso de selección se basará en la presentación y exposición pública del Proyecto Técnico de Gestión de la unidad asistencial a cuya jefatura se concursa, ante el Comité Asesor y con una duración máxima de 60 minutos, al efecto de valorar los méritos alegados y la adecuación, así como la idoneidad y los conocimientos de las personas aspirantes para prestar las funciones propias del puesto convocado.

l aspirante presentará, en el momento de la exposición y para acompañar a la misma, toda la documentación que estime conveniente, permitiéndose el uso de una presentación audiovisual de apoyo.

5.2  El órgano convocante designa como asesores para evaluar el proyecto técnico de gestión para resolver la presente convocatoria a:

  • Francesc Miquel Alberti Homar, subdirector de Atención Hospitalaria y Salud Mental del SSIB.
  • Antoni Payeras Cifre, jefe de servicio de Medicina Interna de HUSLL.
  • Bartolomé Bonet Serra, jefe de servicio de Pediatría HCM.

6. Resolución de la convocatoria.

6.1  Una vez vencido el plazo de presentación de solicitudes, verificado por el órgano competente que las personas aspirantes cumplen los requisitos y el resto de las especificaciones exigidas en la convocatoria, se publicará en la web del Área de Salud de Ibiza y Formentera (www.asef.es) la resolución de la directora gerente del ASEF que establezca la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicando las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución, para subsanar los defectos observados.

Todas las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas mediante la resolución con la que se determine la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará de la misma manera que las provisionales.

Contra la resolución que apruebe la lista definitiva, se pueden interponer los recursos que se especifican en la Resolución de la convocatoria.

6.2  Una vez evaluadas las personas candidatas a ocupar el puesto de trabajo, el órgano convocante dictará una resolución designando al facultativo seleccionado, que será publicada de igual forma que la convocatoria, y contra la que se podrán interponer los mismos recursos que se especifican en la presente Resolución.

De acuerdo con el artículo 25 del Real Decreto-ley 1/1999, de 8 enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, el puesto convocado para su provisión por libre designación podrá ser declarado desierto cuando se considere que no concurren personas idóneas para su desempeño.

7. Efectos del nombramiento.

7.1 La persona aspirante seleccionada obtendrá un nombramiento temporal para el puesto objeto de esta convocatoria de   cuatro años de duración, al término de los cuales será evaluada a efectos de su continuidad en el mismo.

7.2 El/La facultativo/a nombrado/a como resultado del procedimiento de provisión convocado mediante esta Resolución, percibirá durante el desempeño del puesto las retribuciones correspondientes al mismo.

7.3  Si el facultativo designado es personal estatutario fijo de la especialidad en el propio centro (Hospital Can Misses), mantendrá la plaza de su categoría, de manera que el nombramiento no generará vacante en la plaza que ocupa y, por tanto, no podrá ser objeto de provisión definitiva ni temporal (ni por interinidad ni por sustitución).

Si el facultativo designado fuera personal estatutario fijo de la especialidad correspondiente en otro centro del Servicio de Salud de las Illes Balears, ocupará únicamente el puesto de jefatura en el centro de destino y quedará en situación de reserva respeto a su plaza estatutaria fija.

Si el facultativo designado fuera personal estatutario fijo de la especialidad correspondiente en otro servicio de salud o administración pública sanitaria, o fuera funcionario de carrera o personal laboral fijo, ocupará únicamente el puesto de jefatura convocado, quedando respecto a su plaza o puesto de origen en la situación administrativa que proceda, y en la que sea declarado en su administración de origen.

8. Toma de posesión.

La persona a la cual se le haya adjudicado el puesto de jefe/a de servicio objeto de esta convocatoria deberá tomar posesión del mismo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del resultado final en el BOIB.

9. Cese.

De conformidad con el apartado 5 del artículo único del Decreto 87/2006 de 6 de octubre, de provisión de jefaturas de carácter asistencial del Servicio de Salud de las Illes Balears, el facultativo nombrado para el puesto de jefatura de servicio de Medicina Interna del Hospital Can Misses de acuerdo con esta convocatoria, podrá ser cesado discrecionalmente por la autoridad que acordó su nombramiento. 

 

ANEXO II SOLICITUD Convocatoria 2023_01

Solicitud para participar en el proceso selectivo del puesto de JEFATURA DE SERVICIO DE MEDICINA INTERNA DEL HOSPITAL CAN MISSES, convocado por la Resolución de la directora gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera publicada en el BOIB núm. ______ de fecha _______________

Datos de la persona aspirante:

DNI / NIE :                                                                                                                           

APELLIDOS Y NOMBRE:                                                                                                               

Datos a efecto de notificaciones:

DOMICILIO:                                                                                                                         

MUNICIPIO:                                                                                                                         

CÓDIGO POSTAL:                                                                                                              

TELÉFONO:                                                                                                                        

DIRECCIÓN ELECTRÓNICA:                                                                                             

Expone:

Que reúne todos los requisitos que se exigen para participar en la convocatoria.

Solicita:

Que sea admitido/a en la convocatoria, por lo que adjunta a esta solicitud la documentación exigida.

En Eivissa, a _____ de __________ de 2023

Firma

 

 

GERENCIA DEL ÁREA DE SALUD DE IBIZA Y FORMENTE